Don Juan de Thormes, vecino y mercader de Jalapa, vende a Don Manuel de Acosta, vecino de Naolinco, un rancho con su trapiche de moler piloncillo, nombrado San Diego, ubicado en el paraje de La Cañada, en esta jurisdicción; el cual tiene dos sitios y medio de tierras de ganado menor, el uno se llama Jonaquilapa o Rancho de los Pastores, y linda con el Ingenio de Tenampa; el otro se nombra La Laguna Honda, el cual linda con el malpaís de Chiltoyac; y el otro medio sitio se llama Nejapa, linda con tierras del Lic. Don Diego Martín de los Reyes y con tierras de los naturales de Naolinco, con todos sus aperos, ganados y esclavos, al precio de 9000 pesos de oro común.
TRAPICHE DE SAN DIEGO
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Don Ventura de Acosta, Administrador de los trapiches de la señora de la Concepción y San Diego, vecino de esta jurisdicción de Jalapa, otorga en donación a doña María Nicasia Meléndez, su legítima esposa, una esclava negra de nombre Mariana, mulata de color cocho, de 18 a 20 años de edad.
Don Manuel Eugenio de Acosta, don Antonio Damián de Uriza, doña Lucía Juliana de Heredia y doña Ignacia de Heredia, hijos legítimos y herederos de don Manuel de Acosta, quien fue dueño de los trapiches de Concepción, San Diego y Tenampa, y de otras tierras más, otorgan poder especial al Bachiller José Nicolás de Acosta, junto con don Lorenzo Benito Álvarez de Guzmán, para que pueda dividir, vender o traspasar las citadas tierras.
El Bachiller don José Nicolás de Acosta, Clérigo, Presbítero, domiciliario de este Obispado de Puebla, como heredero y apoderado de los demás herederos del difunto Manuel de Acosta, dueños de las tierras de los Trapiches de la Concepción, San Diego y Tenampa, se obliga a pagar a don Roque Jacinto Florido, vecino de esta jurisdicción, 700 pesos y 2, 000 que anteriormente le prestó para la defensa de dichas tierras, las que hipoteca como seguro de la deuda.
Manuel de Acosta, vecino del pueblo de Naolinco, hijo legítimo de Félix de Acosta y de doña Luisa Barradas Villavicencio, difuntos, otorga poder para testar al Alférez Felipe de Acosta, su hermano, y a Antonio García de Baldemora, su yerno, para que en su nombre puedan otorgar su testamento. Declara tener 7 hijos legítimos; a los casados les tiene dadas las porciones que les comunicó a sus albaceas. Tiene entre sus bienes 2 trapiches de hacer azúcar, uno nombrado Nuestra Señora de la Concepción, sobre el que está litigioso un censo que se ha de imponer; y el otro nombrado San Diego, del que tomaron razón sus albaceas. Nombra como herederos a sus hijos y como albaceas a los arriba mencionados.
Gaspar de Heredia y Ventura de Acosta, vecinos del pueblo de Naolinco, cada uno por su parte otorgan que hacen compañía el uno con el otro para tener en administración los trapiches nombrados Nuestra Señora de la Limpia Concepción y San Diego, por el tiempo que sea necesario, para la paga de las cantidades que se están debiendo a los acreedores y herederos de Manuel de Acosta, bajo las condiciones que se mencionan en la escritura.
Ventura de Acosta y Gaspar de Heredia, vecinos de la jurisdicción de Jalapa, dijeron haber otorgado escritura el 13 de marzo de 1711 para la compra del trapiche de San Diego y la Asunción, con las calidades y condiciones que en ella se expresan, habiendo corrido juntos en la administración hasta el 20 de noviembre de 1722, pero Ventura de Acosta dijo que de continuar la compañía se arruinarían, debido al abandono que le hizo al trapiche de San Diego por la gran mortandad de esclavos y ganados, y ahora no puede lograr fruto de la caña, también por las heladas que se padecen, por lo que han convenido en que Ventura de Acosta se quede con el trapiche en el estado en que se halla separándose y disolviendo la compañía, dando por libre la carga y gravámenes a que estaba obligado.
El Bachiller José Nicolás de Acosta, Clérigo Presbítero Domiciliario del Obispado de Puebla, heredero de Manuel de Acosta, junto con don Lorenzo Benito Álvarez de Guzmán, en representación de su legítima esposa Gertrudis Jacinta García de Baldemora, como hijos y herederos de don Manuel de Acosta, dijeron que dentro de los bienes del difunto Ventura de Acosta, quedaron tierras que están en pleitos, y para excusar dichos pleitos, otorgan por vía de paz, que se han convenido en lo siguiente: Nicolás señala que de los alcances que resultaron a favor de los herederos del difunto Manuel de Acosta, fue la cantidad de 468 pesos y algunas propiedades que entregó a los apoderados de dicho herederos, los cuales no subsanan el total de los bienes que tenia bajo su administración, mencionando que por no quedarle bienes propios con que pagar dicho total, se obliga a cubrirlo, para lo cual trasfiere los trapiches de la Concepción y San Diego, los cuales cede junto con los demás bienes que ya tiene entregados, para que entre ellos se lo dividan. Dichos otorgantes señalan que se desisten de dicho pleito, con la condición de que si alguno de ellos no cumpliera con lo antes dicho, se harán acreedores a una multa.
Felipe de Acosta y Antonio García de Baldemora, vecinos del pueblo de Naolinco, en nombre y con poder para testar de Manuel de Acosta, hermano del primero, otorgan su testamento donde se declara lo siguiente: fue casado con Lucía Lagunes, difunta, quien trajo como dote 2 mulas, y éste ya contaba con 12 mulas aparejadas. Entre sus bienes se encuentran un negrito nombrado Pedro de 4 años de edad, 200 pesos en reales, una hacienda de trapiche nombrada San Diego, otra hacienda de trapiche del mismo beneficio nombrada La Concepción, a la que se le ha seguido concurso de acreedores en el Santo Tribunal de la Inquisición contra bienes de Claudio Teodoro de Ceballos su anterior dueño. Se cuentan asimismo otros bienes que se enlistan, así como las deudas que tiene pendientes. Nombra por sus herederos a sus hijos y por tutores a los otorgantes de este testamento.
Ventura de Acosta y Gaspar de Heredia, vecinos de la jurisdicción de Jalapa, poseedores de los trapiches de la Concepción y San Diego, dijeron que por cuanto es a su cargo el enterar a doña Josefa de Acosta, hija y heredera de Manuel de Acosta y de doña Lucía Lagunes, de la legítima que por hijuela se le adjudicó, cuyo resto es de 359 pesos, los cuales no se los han podido enterar en reales, en cuya virtud otorgan que le entregan a Josefa de Acosta, mujer legítima que es de don José Ruiz Cañete, en cuenta de pago del resto de la legítima, una negrita esclava criolla de dichos trapiches, nombrada Juliana María, de 11 años de edad, por el valor de 250 pesos de oro común.