[Pedro] de Villegas otorga poder a Gabriel Bravo, Escribano de Su Majestad, para que pueda cobrar de sus bienes a Juan Galeote, 22 pesos de oro común que le debe por un caballo overo de la casta de Toledo que le vendió, y de carga y media de corambre y un aparejo que le prestó.
TOLEDO, CIUDAD DE
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Baltazar Vázquez de Herrera, residente en este pueblo y vecino de la ciudad de Toledo, dio su poder cumplido a Francisco Núñez, mercader, vecino de la ciudad de México, ausente, para que lo pueda obligar a que pagará a Francisco López Enríquez, o a quien su poder hubiere, 700 pesos de oro común, por razón de otros tantos que por su orden le fueron dados en reales de contado.
Juan de Oceta, escribano público de Jalapa y su provincia, dio su poder cumplido a Don Pedro de Loyando, canónigo de la Santa Iglesia Catedral de Toledo, a Don Juan de Ibarra Veitia, y a Juan y Diego Hernández de Córdoba, vecinos de la Villa de Madrid, para que en su nombre parezca ante el Rey y su Real Consejo de Indias, y pidan la confirmación de su oficio.
Baltazar Vázquez de Herrera, vecino de la ciudad de Toledo, en los reinos de Castilla y residente en Jalapa, dio su poder cumplido a Juan de Sabalza [Juan de Zavalza], vecino de la ciudad de México, para que represente su persona y otorgue la carta de pago y finiquito a Luis Díaz [de Lucena] y a Francisco López Enríquez, por 7 645 pesos ensayados.
Don Manuel Rodríguez de Olmedo, natural de Toledo, Obispado de Valladolid, en los Reinos de Castilla La Vieja, hijo legítimo de los difuntos Francisco Rodríguez de Amenca y de doña Francisca de Olmedo, otorga poder para testar al Capitán don Manuel de Olmedo, su tío, vecino de este pueblo, junto con Josefa de Araciel, su mujer legítima, y como heredero nombran a su citado tío.\r\n
Bernardino de Balcarcel, natural de la ciudad de Toledo, en los reinos de España y residente en este pueblo de Jalapa, otorga poder especial, a don Francisco Gutiérrez Franco, junto con don Antonio Gutiérrez de la Guerra, hermanos y flotistas de la flota a cargo del Jefe de Escuadra, don Rodrigo de Torres, para que cobren a don Carlos Tarja, Comisario de la Cuarta Brigada de Artilleros de la Marina, la cantidad de 1,900 reales del vellón y 25 reales de 21 meses de campaña que debe al rey.
Baltazar Vázquez de Herrera, vecino de la ciudad de Toledo, en los reinos de Castilla y residente al presente en este pueblo, dio su poder cumplido a Diego de Otrazu, vecino de la ciudad de Los Reyes, en los reinos del Perú, para que en su nombre pueda mandarle de aquellas partes, en uno de los navíos que vienen al puerto de Acapulco, 7 645 de plata ensayada que se cobraron de Luis Díaz de Lucena, vecino de la ciudad de Cartagena.
Don Miguel de Rojas y Amer, Médico, residente en esta dicha villa, y el Capitán Miguel de Leiva [Esparragosa], Regidor perpetuo y vecino de ella, dijeron que por cuanto a favor de dicho Miguel de Rojas se despachó Real Provisión, para que después de haber otorgado fianza de la Ley Real de Toledo, pueda cobrar de Pedro Tudela 950 pesos y 1 tomín; para que tenga el debido efecto otorgan poder cada uno por lo que le toca a Francisco Leandro, Procurador del Número de la ciudad de México; Miguel de Rojas se lo da para que en su nombre pueda presentar ante el Señor Maestre de Campo don Francisco Lorenz de Herrada [Rada], Corregidor de la ciudad de la Nueva Veracruz, la Real Provisión y pida su cumplimiento; y Miguel de Leiva [Esparragosa] se lo da para que en su nombre pueda afianzar a favor del citado Miguel de Rojas, conforme a la Ley Real de Toledo, como en dicha Real Provisión se manda. Obligándoles a uno como principal y a otro como fiador, en tal manera que si habiendo [percibido] don Miguel de Rojas los 950 pesos y 1 tomín, y si después se mandara devolverlos y el susodicho no lo hiciera, Miguel de Leiva [Esparragosa] como su fiador pagará dicha cantidad.
NICOLÁS LÓPEZ, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICOBaltazar Vázquez de Herrera, vecino de la ciudad de Toledo y estante en este pueblo, dio su poder cumplido a Antonio Rodríguez de Cárdenas, a Juan de Balza y a Hernando de Andrada, vecinos de la ciudad de México, para que lo representen en todos sus pleitos civiles y criminales y para que cobren los pesos de oro, esclavos, joyas y mercaderías que le debieren.