Don Laureano Fernández de Ulloa, residente del pueblo de Jalapa y Administrador de las Reales Alcabalas de Jalacingo, Teziutlán y San Juan de los Llanos, otorga poder especial a don José Cano Cortés, Agente de Negocios, para que cobre a los Capitanes don José Robledano de Cardeña, don Manuel de Olmedo, don Gregorio Fernández Mantilla y don Juan Antonio de Zavalza vecinos del pueblo de Jalapa, el 2% más de alcabalas en todo este reino por disposición del Virrey.
TEZIUTLÁN, PARTIDO DE
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El Licenciado Juan de Alvarado, Presbítero, Cura del partido de Teziutlán, con poder del Licenciado Gabriel Pérez de Alvarado, dijo que habiendo hecho la cobranza de los réditos corridos de una capellanía de 1, 000 pesos de principal que le quedó debiendo Juan Bravo de Alarcón, cuyos fiadores fueron Diego de la Torre Arnate y Antonio Barradas, vecinos del pueblo de Jalapa, hallaron que los herederos de Juan Bravo no podían satisfacer la deuda ni proseguir con la obligación por no haber aceptado la herencia, ya que los bienes no eran equivalentes para todas sus dependencias y ha convenido con los fiadores hacerle devolución de las tierras en que están impuestos los 1, 000 pesos de la capellanía, por lo que quedan libres de obligación tanto en los bienes del difunto como sus fiadores.
Don Melchor Francisco Sánchez, vecino del pueblo de Jalacingo, arrendatario de las Reales Alcabalas de los partidos de San Juan de los Llanos, Teziutlán y Atempa del pueblo de Jalacingo y del pueblo de Jalapa, Papantla, Tetela y Jonotla por remate que se le hizo en la Real Almoneda en 700 pesos anuales, en cuya virtud otorga poder especial a Miguel Jerónimo López de Ontanar, vecino del pueblo de Jalapa, a quien le tiene arrendadas dichas alcabalas, para que en su nombre y representación reciba y cobre hasta el 28 de enero de 1700, 2, 700 pesos de todas y cualesquier personas que le deban desde 1694 por las mencionadas alcabalas.
Don Melchor Francisco Sánchez, vecino del pueblo de Jalacingo, declara que el 28 de mayo de 1698, se remataron en él como mejor postor las Reales Alcabalas de los partidos de San Juan de los Llanos, Teziutlán, Atempa de Jalacingo y Jalapa por 6 años que comenzaron a correr el 29 de enero de ese año en 700 pesos anuales; asimismo las de los partidos de Papantla, Tetela y Jonotla. Dado lo anterior y teniendo éste las Reales Alcabalas, las otorga en arrendamiento a Miguel Jerónimo López de Ontanar, vecino del pueblo de Jalapa, por 4 años a partir del 29 de enero de 1700 en 700 pesos de oro común cada año, por lo que le cede, renuncia y transfiere sus derechos y acciones.
El Bachiller Juan Zessati [Zesati] Lozano, Cura Beneficiado por Su Majestad, Vicario Foráneo, Juez Eclesiástico de esta villa de Córdoba y su partido, otorga poder general al Licenciado Antonio [Zessati] del Castillo, su hermano, Abogado de la Real Audiencia de esta Nueva España, vecino de la ciudad de México, para que en su nombre siga, fenezca y acabe todos los pleitos que tenga o tuviere en adelante con cualesquier persona, y especial para que pida, demande y cobre de la Real Caja de México y señores jueces oficiales de la Real Hacienda de esta Nueva España y de quien en derecho pueda, la cantidad de pesos de oro de minas que se le deben y ha devengado de su sueldo como cura beneficiado que fue del partido de Tezuitlán [Teziutlán] desde el 4 de octubre de 1682 hasta primero de mayo del presente año, y de lo que en adelante se le debieran de su sueldo como cura beneficiado de esta villa y de Huatusco.
DOMINGO ANTONIO GÓMEZ, ESCRIBANO REALDon Laureano Fernández de Ulloa, residente en este pueblo, arrendatario de las Reales Alcabalas de Jalacingo, Atempa, Teziutlán, Papantla, Jonotla y San Juan de los Llanos, otorga poder general a don Juan José Quiñones, residente de la Ciudad de México, para que lo represente en todos sus pleitos, causas y negocios civiles y criminales.
Don Laureano Fernández de Ulloa, residente del pueblo de Jalapa y arrendatario de las Reales Alcabalas de esta jurisdicción de Jalacingo, Teziutlán, Atempa, Papantla, Jonotla y San Juan de los Llanos, da por cancelada la escritura hecha a favor de don Nicolás Pérez Toledano, vecino del pueblo de Teziutlán a quien le arrendó las alcabalas de Jalacingo y Teziutlán de fecha 25 de Agosto de 1745.
El ciudadano Juan Diego de Maza, vecino del pueblo de San Francisco Atempan, en la doctrina de Tlatlauqui, partido de Teziutlán, estado de Puebla y presente en ésta, de cuyo persona le dan conocimiento los ciudadanos Bernabé Zárate y Lázaro Aragón, de esta vecindad, otorga poder especial al ciudadano José María Rebolledo, que se ejercita en tocinería, para que en su representación, demande y cobre de los bienes del finado Juan Canseco, cantidad de pesos, que por varios respectos, le adeuda ese finado; y de lo que percibiere y cobrare otorgue recibos, finiquitos, cartas de pago y demás documentos que le sean pedidas. Asimismo, lo confiere para que, si en razón de lo expuesto hubiere que gestionar en juicio, pueda comparecer en todos los tribunales superiores e inferiores que importe.
JUAN NEPOMUCENO DE ARRIAGA, ESCRIBANODon Juan Santiago Lobo, vecino de España y residente en el pueblo de Jalapa, con poder otorgado a su favor por don Pablo Francisco Mallol, para cobrar las Reales Alcabalas del partido de Teziutlán y Atempa, se obliga a que hará buena y legal administración de ellas, señalando que en el periodo de un mes afianzará a satisfacción del dicho administrador general el seguro y paga de dichas rentas que ha de cobrar y administrar con acuerdo a la instrucción y despacho del señor Juez Contador General de este Real Derecho.
El Licenciado Gabriel Pérez de Alvarado, Presbítero, Vicario y Juez Eclesiástico del pueblo de Zacatlán, dijo que Rodrigo Fernández de la Calleja, impuso una capellanía de 3, 000 pesos de principal a censo redimible sobre un sitio de tierras nombrado Macuiltépetl, con rédito de 5%, cuya fundación consta en la escritura de imposición, quien trabó ejecución y vencido el artículo fue declarado por legítimo dueño e hizo su venta a censo redimible en 1, 000 pesos de principal a Juan Bravo Laguna, labrador, vecino del pueblo de Jalapa, difunto, quien le pagó sus réditos en vida y le quedó debiendo el principal. Por lo que otorga poder especial al Licenciado Juan de Alvarado, Presbítero, Cura del partido de Teziutlán, para que en su representación cobre y reciba de los bienes que quedaron por muerte de Juan Bravo Laguna lo que le quedó debiendo.