Jacinto Fernández de Infanzón, dueño de mulas, vecino de pueblo de Tepetlaoxtoc, de la Jurisdicción de Texcoco, otorga poder a su hermano José Fernández de Infanzón, para que en su nombre cobre todas las cantidades de pesos, plata, oro, joyas que le adeuden y siga contienda de juicio si se requiere en razón de dichas cobranzas.
TEPETLAOXTOC, PUEBLO DE
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Don Manuel José Rincón, maestro de herrería y albeitería, vecino de esta Villa de Xalapa, otorga poder a don José Dionisio Juárez, vecino del pueblo de Tepetlastoc, para que en su nombre cobre de la testamentaria de Rafael Galvaez, la cantidad de 526 pesos 7 reales, que le quedó debiendo de manufactura y herraje de su recua.
Don Pedro Fernández, dueño de recua y vecino del pueblo de Tepetlastoc, residente en Jalapa por motivo de que Juan Lorenzo Cano, mozo sirviente de su recua, ha puesto demanda contra el otorgante por castigar y haber tumbado un brazo de un sablazo a un sirviente, otorga poder especial a don José Manuel Malpica, vecino de Jalapa, para que en su nombre y representación lo defienda en dicha demanda.
Doña Margarita Galván, vecina de Xicochimalco, viuda, albacea y heredera de don Sebastián Rosas, otorga poder especial a don Francisco Rosas, vecino de México, para que en su nombre demande y cobre de don Juan de la Madrid, vecino de Tepetlastoque, la cantidad de 1 600 y pico de pesos que le quedó en deber a su difunto esposo; dándole de lo que cobrare recibo y finiquito.
JUAN JOSÉ PAZ, ESCRIBANO DE CÁMARADon Sebastián Rosas, de esta vecindad, otorga que adeuda a don Jorge de la Serna, de este comercio y vecindad, la suma de 600 pesos, que por hacerle beneficio y buena obra le ha suministrado, y se obliga a satisfacerla en el término de seis meses; y para asegurar el pago de la deuda le hipoteca la deuda de 1 600 pesos que a su favor tiene Manuel Madrid, dueño de mulas, vecino de Tepetlastoque, valor de una mula que le vendió, por escritura de 21 de marzo pasado y que se obligó a pagar en ocho meses.
JUAN FRANCISCO CARDEÑA, ESCRIBANO NACIONALManuel Madrid, dueño de mulas, residente en esta villa, vecino de Tepetlastoque, otorga que ha recibido veintiséis bestias mulares que don Sebastián Rosas de esta vecindad y comercio, le ha entregado y vendido, de que le otorgó recibo en forma, cuya enajenación le ha hecho por el precio y en los términos siguientes: veinte de ellas aparejadas, de lazo y reata a 70 pesos cada una; cuatro de silla a treinta y cinco; y una de carga y otra de silla, en 60 pesos las dos; cuyas tres partidas montan la suma de 1 600 pesos, que se constituye y obliga a satisfacerle a Rosas en el precio de ocho meses. Y para seguridad del pago hipoteca los atajos de mulas propias que tiene en el camino Real y las mismas que ahora compra.
JUAN FRANCISCO CARDEÑA, ESCRIBANO NACIONALDon Lucas Narváez, hijo legítimo de los difuntos don Juan Narváez y de doña Micaela Casasola, natural del pueblo de Tepetlastoc, jurisdicción de la Ciudad de Texcoco y vecino del pueblo de Jalapa, casado con doña Juana Sánchez, a la cual otorga poder para testar y nombramiento de albaceas, junto con su hermano don Miguel Narváez, y como herederos a José Eugenio, Mariano y Manuel, mellizos, María Agustina y María, sus hijos legítimos.
Doña Juana de Vergara, mujer de don Narciso José de Lagos y Arbide, residentes y vecinos de este pueblo de Jalapa, hija legítima de don Sebastián de Vergara, vecino del pueblo de Tepetlaoxtoc, con licencia de su marido otorga poder especial a don José González, vecino de Texcoco, para que en su nombre asista a la conclusión y definición de los inventarios de los bienes que dejó su difunto padre.
Sebastián de Vergara, natural y vecino del pueblo de Tepetlastoc, jurisdicción de Texcoco, hijo legítimo del difunto José de Vergara y de Juana Fernández, otorga poder a su tío don Juan Fernández, vecino de Tepetlaoxtoc, para que ordene su testamento en donde declara fue casado con la difunta Rosa López Lascano, con la que tuvo 3 hijos, nombra como albacea, tutor, y tenedor al referido su tío, y como herederas nombra a sus dos hijas.
José de Urbina, vecino de Tepetlaoxtoc, mayordomo de la recua de los señores Beltranes de dicho pueblo, y dueño de 27 mulas, otorga que se constituye fiador de Ventura Sánchez, y se obliga a pagar a don Diego Leño o a quien en su poder hubiere de la cantidad de 295 pesos 3 reales, en los plazos que se mencionan en esta escritura, y ofreció como su abonador a don Juan Esteban Manríquez.