El Cabildo, Justicia y Regimiento de esta villa de Córdoba, estando congregados en el ayuntamiento a saber el Pagador don Juan de Buendía, Alcalde Mayor y Teniente Capitán General de esta villa y partido de San Antonio Guatusco [Huatusco] por Su Majestad; don Miguel Valero Grajeda, Alférez Mayor y Alcalde Ordinario; el Capitán don Gregorio Martínez de Solís, Alguacil Mayor; y los Regidores don Diego Valero Grajeda, don Baltazar González de Velilla Blanco, Depositario General, Francisco de Aguilar y don Juan Valero Grajeda, Regidores; por ellos y en nombre de los demás capitulares y vecinos de esta villa, por quienes prestan voz y caución; otorgan poder en primer lugar al Capitán don Miguel Vélez de la Rea, Caballero de la Orden de Santiago y Diputado Mayor del Comercio de esta Nueva España; en segundo lugar al Capitán don Francisco Vélez de la Rea, Caballero de la Orden de Santiago, vecino de la ciudad de Sevilla; y en tercer lugar al Muy Reverendo Padre Predicador Fray Juan de Ayeta, de la Orden del Seráfico Padre San Francisco, residente en la villa de Madrid; para que en sus nombres y el de los vecinos y moradores de esta villa y su jurisdicción, comparezca ante el Rey Nuestro Señor en su Real y Supremo Consejo de Indias y sigan, prosigan, fenezcan y acaben cualesquier pleitos y negocios que este cabildo y vecinos tuvieren, con cualesquier persona de cualquier estado y calidad que sean; y especialmente, pidan se guarde y cumpla lo determinado por la Real Audiencia de la ciudad México, en los autos que este cabildo, regimiento y vecinos han seguido con el Señor Oidor don Baltazar de Tovar, Juez Privativo para las Medidas y Composiciones de Tierras en esta Nueva España, sobre lo intentado por el Capitán Juan López Mellado y lo demás que se contiene en los autos que este cabildo y regimiento remiten a Real y Supremo Consejo de Indias, para que vistos en dicho consejo se pida se mande guardar, con graves penas, la Real Cédula ejecutoria despachada a favor de esta villa en el pleito que siguió con el fiscal de Su Majestad, sobre la jurisdicción de sus alcaldes ordinarios y sobre la propiedad de las tierras de esta villa, sobre sus límites y linderos desde el principio de su fundación, que son los mismos que contienen las cuatro leguas en cuadro, dos por cada viento, según lo contenido en la Real Cédula de Nuevas Poblaciones. Asimismo, para que pidan se ponga perpetuo silencio a don Gaspar de Rivadeneira y a don Juan López Mellado, para que no inquieten ni perturben a esta villa y sus vecinos en la pacifica posesión de las tierras que Su Majestad les concedió. También, para que se declare esta villa exenta de medirse y componer sus tierras, por haberlo hecho ya en diferentes ocasiones.
JUAN JIMÉNEZ, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICOTENIENTES DE CAPITÁN
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El Capitán de Artillería don Jerónimo de Acosta, Alcalde Mayor de esta villa por Su Majestad y Teniente de Capitán General en ella, otorga poder al Capitán don Gaspar Rendón, su compadre, vecino de esta villa, para que en nombre y en representación de su persona demande y cobre judicial y extrajudicialmente todas las cantidades de maravedíes de oro, plata, joyas, esclavos, y otras cosas que se le estuvieren debiendo en virtud de escrituras, vales, libranzas o por cualesquier otra causa. Con sus deudores haga cualesquier transacciones a los tiempos y plazos que ajustare de lo cual entregue la escritura o escrituras que le fueren pedidas, y para que además venda cualesquier de sus bienes, joyas, esclavos, mercadurías y demás cosas a las personas que le pareciere al precio que por bien tuviere, otorgando las escrituras que le fueren pedidas. También se le da este poder para todos sus pleitos, causas y negocios civiles y criminales movidos y por mover, autos, sentencias, diligencias que convengan, por lo que se le da éste con libre y general administración para todo ello.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDOEl Capitán de la Artillería don Jerónimo de Acosta, Alcalde Mayor de esta villa de Córdoba por Su Majestad y Teniente de Capitán General en ella, otorga poder general a don Felipe Fernández de Viveros, vecino de la Nueva ciudad de la Veracruz, para que en nombre y en representación de su persona demande y cobre, judicial y extrajudicialmente, todas y cualesquiera sumas de maravedíes reales, pesos de oro y plata, mercadería, fructos, joyas, esclavos y demás que se le deban. De lo que recibiere y cobrare entregue recibos, carta de pago, cancelaciones y demás instrumentos que se le pidan; y si por las cobranzas fuese necesario contienda de juicio, parezca ante los señores jueces y justicias de Su Majestad y haga pedimentos, requerimientos, protestaciones, venta, remates, oiga autos y sentencias, por lo que se delibera éste con libre y general administración con facultad de enjuiciar, jurar y sustituir.
FÉLIX DE SOSA, ESCRIBANO REALDon Francisco de la Concha Cueva Rebollar, Alcalde Mayor de esta villa de Córdoba, Teniente de Capitán General en ella, el de San Antonio Huatusco, San Juan Coscomatepec, su partido y jurisdicción, como principal deudor, y los capitanes don Lope Antonio de Iribas, don Nicolás Rodríguez Dávila y don Juan de los Santos Cubillos, dueños de haciendas del beneficio de hacer azúcar en esta jurisdicción, y Antonio Millán Quijada, mercader, vecinos que son de esta villa, como sus fiadores y principales pagadores, otorgan que se obligan de dar y pagar al convento de señoras religiosas de Santa Clara de la ciudad de la Puebla de los Ángeles y en su nombre al Licenciado don José Arias Maldonado, mayordomo de dicho convento, 5 000 pesos de oro común en reales, los 3 000 que pertenecen al convento y los 2 000 a la Reverenda Madre María de la Encarnación, Religiosa de Velo y Coro de dicho convento, que por hacerle buena obra le ha prestado de mano de don Francisco Pibot y Tapia, albacea y tenedor de los bienes del General don Francisco Sigler del Rebollar, difunto, Alcalde Mayor que fue de esta villa, quien se lo debía a dicho convento, los cuales pagará en el término de dos años.
El General don Francisco de la Concha Cueva Rebollar, Alcalde Mayor de esta villa, Teniente de Capitán General en ella, dijo que el 8 de junio pasado en el pueblo de Quetzaltenango don Luis Antonio de la Concha Rebollar y Ceballos heredero del General don Francisco Sigler del Rebollar le otorgó su poder general, y de dicho poder usando otorga que lo sustituye en don Francisco de los Santos, vecino del pueblo de Cosamaloapan, para que cobre judicial o extrajudicialmente de cualquier persona las cantidades de pesos, oro, plata labrada, joyas, mercaderías y otras cosas que estuvieren debiendo a los bienes del General don Francisco Sigler del Rebollar, vecino que fue de dicho pueblo. También le da poder para que pueda vender cualquier bien que quedó del citado difunto en el pueblo de Cosamaloapan.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDOEl General don Carlos Samaniego y Pacheco, Alcalde Mayor de Su Majestad y Teniente de Capitán General en esta villa, su jurisdicción y partido de Huatusco, vende al Regidor Joseph de Leyva [José de Leiva], vecino de esta villa, un negro su esclavo de nombre Francisco Canchancha, criollo del puerto de la Habana, de treinta años de edad, el mismo que hubo y compró del Sargento Miguel Díaz de Aguilar, vecino de esta villa, y en virtud del poder del Alférez don Juan [de] Arnedo de Escudero, y que fue de la Armada de Barlovento, en dicha villa el 5 de abril de 1698. Lo vende por la cantidad de 400 pesos de oro común.
SEBASTIÁN DE LA PEÑA, ESCRIBANO REALDon Antonio Tome Muñoz Seliceo, residente en esta villa de Córdoba, vecino del pueblo de San Andrés Chalchicomula, otorga poder general, cesión y traspaso al Señor General don Francisco Espiguel de Ávila, Alcalde Mayor de esta villa de Córdoba, su partido y jurisdicción por Su Majestad y Teniente de Capitán General en ella, para que en nombre y en representación de su persona demande y cobre judicial y extrajudicialmente del Capitán don José de Carvajal y Contreras, vecino de esta villa, de sus bienes, albaceas y herederos 787 pesos de oro común en reales, mismos que le prestó y se obligó a pagarle por escritura.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDODon Francisco Espiguel de Ávila, Alcalde Mayor de esta villa por Su Majestad y Teniente de Capitán General en ella, el Capitán don Lope Antonio de Iribas, Alcalde Ordinario de Primero Voto de esta villa por Su Majestad, Jueces Comisarios nombrados por el Excelentísimo Señor Marqués de Valero, Virrey, Gobernador General de esta Nueva España y Presidente de la Real Audiencia, y en virtud de su mandamiento con fecha en la ciudad de México a 22 de febrero del presente año, refrendado de don José de la Cerda, su Secretario, por el cual se les concede facultad para reconocer las tierras que gozan por propias el muy Ilustre Cabildo, Justicia y Regimiento, y saber lo que han pagado, deben pagar y deben sus arrendatarios y hacerle escritura de ellos con las solemnidades debidas para su seguridad como consta en dicho mandamiento. Facultad que usan para dar en arrendamiento al Licenciado don Salvador Martínez de Abrea, Presbítero, vecino de esta villa, 2 caballerías y un cuarto de tierra con más seis solares, que por el oriente linda con Matías Álvarez, por el occidente con el Alférez Nicolás Rodríguez, por el norte con el camino que sale de esta villa para los barbechos y por el sur con el camino viejo de los carros que va de esta villa. Tierras que fueron medidas por don Maximiliano Gómez Daza, medidor aprobado por el superior gobierno de esta Nueva España, y las arriendan por tiempo de nueve años, que empezaron a correr y contarse desde primero de marzo pasado del presente año, por precio 29 pesos anuales y se obligan a que será cierto y seguro, y no le serán quitadas pena de darle otras en las mismas condiciones, parte y lugar por el mismo tiempo y precio.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDOJuan Morera de Silva, Escribano del Rey de esta villa de Córdoba, que al presente asiste al despacho de oficio público de ella de consentimiento de don Miguel de Orbe, su propietario, y a los negocios tocantes y pertenecientes a su Ilustre Cabildo, Justicia y Regimiento por nombramiento de sus capitulares. Certifica que este registro se compone de 178 fojas con las 9 últimas, y se han otorgado por las partes 124 instrumentos, uno ante el General don Francisco Espiguel de Ávila, Alcalde Mayor de esta villa por Su Majestad y Teniente de Capitán General en ella, y los últimos 4 ante el Capitán don Francisco Pibot y Tapia. Algunas escrituras certificadas van escritas en papel del sello cuarto por no haber del tercero ni estanco en esta villa.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDOEl General don Francisco Espiguel de Ávila, Alcalde Mayor de esta villa, su partido y su jurisdicción y Teniente de Capitán General en ella, en voz y en nombre de don Antonio Tome Muñoz Seliceo, vecino del pueblo de San Andrés Chalchicomula de la provincia de Tepeaca, en virtud del poder que le cedió y traspasó, otorga haber recibido del Capitán don José de Carvajal y Contreras, Alguacil del Santo Oficio de la Inquisición en este reino y dueño de trapiche hacer azúcar en esta jurisdicción, 787 pesos de oro común en reales, mismos que se obligó a pagarle en plazos por escritura, de lo cual entregó carta de pago, finiquito y cancelación.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDO