El Tesorero Tomás de Jáuregui, hijo legítimo de Tomás de Jáuregui y Graciana de Chavarría, difuntos, vecinos que fueron de la ciudad de Tudela en el Reino de Navarra de la Corona de España, de donde es natural, vecino de esta villa de Córdoba, otorga su testamento en la manera siguiente: Declara que está casado con Agustina Vázquez, mujer legítima que fue primero de Pedro Rodríguez, de ese matimonio su mujer tuvo cinco hijos, y al presente han tenido por hijos legítimos a Ana de Jáuregui de dieciséis años; Josephe [José] de Jáuregui de catorce años; Teresa de Jáuregui de doce años; Juana de diez y Tomás de nueve. Señala que otorgó a los primeros hijos de la susodicha las cantidades y géneros que les correspondían por herencia paterna. Declara que a su cargo ha sido la expedición de las bulas de la Santa Cruzada por comisión de Diego Duarte, Tesorero y vecino de Tehuacán. Menciona por sus bienes y de su mujer una casa de su vivienda, un solar, doce mulas de carga, el menaje de su casa y las cantidades que diversas personas le deben como consta en su libro de cuenta. Nombra como albaceas testamentarios a dicha Agustina Vázquez, Miguel de Prado y Pedro Rodríguez, su yerno y entenado, para que entren en sus bienes los vendan y rematen; y en el remante que quedara de todos ellos, nombra por sus universales herederos a sus hijos.
MARCOS BLANCO, JUEZ RECEPTORTEHUACÁN, CIUDAD DE
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Don Francisco Pibot y Tapia, vecino de esta villa y natural de la ciudad de Sevilla en los reinos de Castilla, hijo de don Andrés Pibot de Ávila y de doña Inés María de Herrera y Tapia Ovalle y Molina, difuntos; y doña Josefa María del Castillo de Altra, su mujer, natural de esta villa e hija de don Hipólito del Castillo de Altra, natural de la puebla de los Ángeles, y de doña Nicolasa del Monge y Mendoza, natural de la ciudad de Tehuacán, difunta. Ambos de mancomún y lo que a cada uno toca, otorgan su testamento en la manera siguiente: Mandan que sus cuerpos sean sepultados en el convento del Señor San Antonio de Descalzos del Señor San Francisco sita en esta villa, delante o al pie del altar de Nuestra Señora de los Dolores y para ello tienen patente del Reverendo Padre Fray Antonio Gamón, de la provincia de San Diego de esta Nueva España. Declaran son patronos del convento de Nuestra Señora de la Merced Redención de Cautivos y de ello tienen patente para que se les sepulte en el convento, con mortaja del hábito y cuerda del Señor San Francisco. Señalan estar casados y a cuyo matrimonio don Francisco Pibot llevó por propio caudal la cantidad de 7 000 pesos en esclavos, reales, frutos y dependencias de caudal del que no hizo inventario, y doña Josefa María del Castillo de Altra llevó por bienes dotales 2 758 pesos que fue lo que le tocó de la parte materna, y el dicho su marido la dotó en cantidad de 1 500 pesos; y de dicho matrimonio han procreado a Joaquín Antonio Francisco Pibot Tapia del Castillo y Monge. Declaran tienen una memoria que consta de 40 fojas, mandan que se ejecuten las cláusulas ahí contenidas como si fueren insertas a la letra en este testamento. Francisco, declaró que en la ciudad de Sevilla tiene distintos derechos y acciones de lo que tiene escrita algunas cartas y enviado poder y hecho otras diligencias, especialmente en el testamento de doña Agustina de Tapia y Galarza, su abuela, que constan en papeles en los que manda a sus albaceas y herederos hagan las diligencias pertinentes hasta que se les paguen dichos derechos. Ambos declaran que son esclavos de la Virgen María y en señal de su esclavitud tienen su cadena en el brazo derecho, y es su voluntad que los entierren con ellas. Nombran por sus albaceas para lo tocante en esta villa y fuera de ella al Reverendo Padre Predicador Fray Pedro Prieto, al Licenciado Nicolás de la Torre y Mena, a don Gaspar Rendón, a don Juan del Castilllo de Altra, su hermano; y para las del pueblo de Cosamaluapam [Cosamaloapan] y tierra caliente a don Francisco de los Santos, y asimismo, ambos Francisco Pibot y doña Josefa María del Castillo, mutuamente se dan poder y facultad para que el que quedare vivo ejecute lo que a cada uno corresponda. Mandan que sus bienes se vendan en almoneda, sin pedir licencia a los jueces para que no se pierda tiempo y no se devalúen. Nombran por heredero al citado Joaquín Antonio Francisco Pibot y Tapia Castillo y Monge y en caso de que llegase a morir en la edad pupilar, pasaría a ser heredera Josefa María del Castillo, y por su falta al síndico que es o fuere del convento del Señor San Antonio de esta villa de Córdoba para que adorne la iglesia del convento, y de lo que sobrare se aplique en la fábrica de terceros para la fábrica de su colateral. Y Josefa, nombró por heredero a su hijo y por su muerte a Hipólito del Castillo de Altra, dejando en la parte del tercio a don Francisco de Pibot y en caso de que fallezca Hipólito antes que ella, entonces su parte pasaría a poder de Francisco Pibot, y por fallecimiento de éste, a su hijo. Manda que en caso de que llegase a sobrar algo de lo que a ella corresponde, se ponga a renta para la Orden Tercera de Penitencia sita en el convento del Señor San Antonio para que con sus réditos se repartan limosnas a los pobres vergonzantes. Usando de la patria potestad, ambos se nombran por tutor, curador y administrador de su hijo, y revocan y anulan cualquier testamento, poder y otras disposiciones.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICOAntonio Millán Quijada, vecino de esta villa de Córdoba y natural de la ciudad de Tehuacán, hijo de Diego Millán y doña Hipólita Vázquez de Ávila, difuntos, otorga su testamento de la manera siguiente: Manda sea amortajado con el hábito y cuerda de San Francisco de cuya Tercera Orden es hermano y sepultado en el convento del Señor San Antonio, delante del altar de Nuestra Señora de Los Dolores. Señala habrá tiempo de treinta y seis años poco más o menos que contrajo matrimonio con doña Sebastiana Cid, y él tenía de capital 300 pesos y su mujer no llevó dote alguna, de este matrimonio procrearon 8 hijos. Declara por bienes suyos las casas de su morada, una ubicada en la calle Real con el menaje que hay en ella, otra que compró del Capitán don Nicolás Rodríguez, otra más que está frontero al convento y junto a ésta se encuentra incorporada otra casa chica. Declara le son deudoras algunas personas dentro y fuera de esta villa, de las cantidades de pesos que constan en el libro de cuentas de una tienda que tiene de mercancía con géneros de Castilla y de la tierra en esta villa. Declara que el señor alcalde le debe 550 pesos. También, declara tiene de censo 790 pesos sobre las casas que compró de dicho Nicolas, de aceite de la lámpara de la Tercer Orden. Asimismo, tiene un rancho de tabaco en arrendamiento y declara debe 50 pesos hasta que se discierna a quien pertenecen las tierras en que lo tiene fundado, y en éste tiene cuatro casas, herramientas y una rosa para sembrar tabaco, además, otros bienes, esclavos y animales que se mencionan en esta escritura. Declara tiene veinticinco toros en poder de don Francisco Valero y Alvarado. Nombra por sus albaceas a doña Sebastiana, Bachiller don Pedro Franco de Guzmán y al Capitán don Gaspar Rendón, y solo por tenedora de bienes a doña Sebastiana. Manda que del remanente del quinto de sus bienes se imponga una capellanía de misas rezadas para que a su título se ordene del sacro presbiterato Antonio Millán, su hijo, que se halla estudiando en la Compañía de Jesús de la ciudad de los Ángeles. Nombra por sus herederos a sus hijos, señalando que a la difunta su hija Juana Millán Quijada, mujer que fue de Juan Rodríguez Teiseira, le dio lo que constará por sus libros de cuentas. Nombra a Sebastiana por tutora y curadora de las personas y bienes de sus hijos.
ALONSO LÓPEZ DE SAGADE, JUEZ RECEPTORDoña Catalina de Esparragosa, natural de la ciudad de Teguacan [Tehuacán], hija legítima de Alonso Miguel de Esparragosa y de María Martínez, vecinos que fueron de dicha ciudad; dijo que por la gravedad de su achaque no le da lugar para otorgar su testamento, por lo tanto, otorga poder al Regidor José de Leiva, su marido, para que en su nombre haga y ordene su testamento como se lo tiene comunicado. Declara estar casada con dicho regidor y durante dicho matrimonio han procreado diferentes hijos, unos casados y otros ya difuntos. Instituye y nombra por albacea testamentario y tenedor de bienes a su marido. Nombra por sus únicos y universales herederos a Antonio de Leiva, su hijo legítimo; a los hijos de José Gómez Dávila y de doña María de Leiva Esparragosa, su difuntos hijos; y a los hijos del Regidor Miguel de Leiva Esparragosa, su hijo, y de doña Agustina Jaimes Dávila Barrientos; y a los hijos naturales del Capitán José de Leiva Esparragosa, su difunto hijo, que lo son Josefa de Leiva, María de Esparragosa y Juan José, niños.
JUAN JIMÉNEZ, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICODoña Nicolasa del Monge y Mendoza, vecina de esta villa de Córdoba y natural de la ciudad de Teguacan [Tehuacán], hija legítima del Capitán don Gaspar del Monge y Mendoza y de doña María Altamirano, difuntos, otorga poder a don Hipólito del Castillo de Altra, su marido, para que después de su fallecimiento haga y ordene su testamento como se lo tiene comunicado. Ordena ser sepultada con hábito y cuerda de San Francisco en el convento de San Antonio de esta villa. Manda se le den 100 pesos a doña Manuela de Altamirano, su tía, como manda graciosa por el amor que le tiene. Declara que hace diecinueve años contrajo nupcias con don Hipólito del Castillo de Altra, y que ella trajo al matrimonio como 6 000 pesos y después del fallecimiento de sus padres otra cantidad que consta en la hijuela de partición, y su marido trajo 8 000 pesos. Declara que durante su matrimonio han procreado a doña Gertrudis María del Castillo de Altra, mujer legítima del Alguacil Mayor don José de Carvajal y Contreras; a doña Josefa María del Castillo de Altra, de catorce años de edad; don Juan del Castillo de Altra, de doce años de edad; a don Hipólito del Castillo, de diez años; doña María Teresa, de siete años; doña Antonia del Castillo, de cinco años; doña Nicolasa del Castillo, de tres años; y doña Juana Águeda del Castillo, de año y medio. Nombra como albaceas testamentarias a don Hipólito del Castillo, a don Miguel José del Castillo de Altra, al Bachiller don Pedro de Montenegro, su compadre, y al Capitán don Pedro Fernández Ronderos, vecino de la ciudad de los Ángeles. Nombra como tenedor de bienes de sus menores hijos a su marido. Nombra como herederos universales a sus hijos. Nombra como tutor y curador ad bona de las personas y bienes de sus hijos menores a dicho su esposo.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDODon Francisco de Meza y Mendoza, vecino de esta villa de Córdoba, natural de la ciudad de Tehuacán, hijo legítimo de Francisco de Meza y Mendoza y de doña María Solano de Mendoza, difuntos, dijo que por cuanto la gravedad su enfermedad no le permite hacer su testamento, por lo cual las cosas tocantes al descargo de su conciencia las tiene comunicadas y está comunicando con el Bachiller don Andrés de Meza y Mendoza, don Francisco de Meza y don Juan Manuel de Meza y Mendoza, sus hijos legítimos; por tanto, otorga que les da poder a los citados sus hijos para que cuando haya fallecido hagan y ordenen su testamento. Declara que fue casado con doña Ana de la Plaza y Moral, difunta, durante el cual procrearon por sus hijos legítimos a Ana de Meza que está casada con [roto] Bistrain; a doña Inés de Meza [y Moral] Bartolomé Soriano Correa, a Francisco de Meza y Mendoza, a Juan Manuel de Meza y Mendoza, al Bachiller Andrés de Meza [y Mendoza] y doña Josefa de Meza. Ítem declara que le tiene entregado a don Francisco de Meza, su hijo, una hacienda de labor nombrada La Nopalera que posee en la jurisdicción de Tehuacán, con cargo y obligación que deberá pagar un censo de 1 100 pesos. Ítem declara que compró un sitio de tierra en el [roto] de la Punta en donde está fundando una hacienda de trapiche, el cual compró para su hijo Juan Manuel. Para cumplir y pagar este testamento nombra por sus albaceas a don Francisco, Juan Manuel y don Andrés, sus hijos, y a don Gregorio Martínez de Solís, vecino de esta villa. Por último, nombra herederos a doña Ana, doña Inés, don Francisco, don Juan Manuel, Bachiller don Andrés, doña María y doña Josefa, sus hijos legítimos.
JUAN DE ESPINOSA, ESCRIBANO PÚBLICOSebastián García de la Cuerda, vecino de esta villa de Córdoba y natural de la ciudad de Teguacan [Tehuacán], hijo natural de Antonio García de la Cuerda y de Lucía María, difuntos, otorga su testamento de la siguiente manera: Declara ser mayordomo de la cofradía de Nuestra Señora de la Soledad, sita en la iglesia parroquial [roto], manda se ajusten las cuentas de cargo y data. Declara por bienes dos mulas, una escopeta de arción y una espada, la cual manda se le dé a Juan José García, su nieto, hijo de Pascual García; una casa cercada de tablas y cubierta de zacate, edificada en solar de 50 varas de frente en cuadro; dos casas en el rancho de tabaco que tiene en los propios de esta villa; cuatro siguescoles, un hacha y un machete de mano, entre otros bienes. Declara fue casado con María de Leiva, difunta, quien llevó al matrimonio como dote 100 pesos y él no tenía caudal, asimismo, dijo que procreó con ella a Pascual García de la Cuerda y a María García de Leiva. Declara que contrajo segundas nupcias con Micaela de Espinosa. Nombra como albaceas testamentarios a Pascual García de la Cuerda, su hijo, y a la dicha Micaela de Espinosa, a quien también nombra como tenedora de bienes. Nombra como herederos a sus hijos.
GASPAR RENDÓN, JUEZ RECEPTORJuan Nieto, residente en esta villa de Córdoba y vecino de la ciudad de Teguacan [Tehuacán], hijo legítimo de Roque Nieto y Mariana de Castro, difuntos, otorga poder a Gertrudis González, su mujer, para que después de su fallecimiento otorgue su testamento como se lo tiene comunicado. Declara que hace cuatro años más o menos contrajo matrimonio con dicha Gertrudis, quien llevó al matrimonio una casa techada de palma, que ha de valer como 20 pesos, y él como veinte mulas aparejadas de lazo y reata, dos de silla y una yegua dorada; de cuyo matrimonio no han tenido hijos. Declara tener por hija natural a Rosa Nieto, que conoce don Juan Dávila Barrientos y Juan Muñoz, y que ha de tener ocho años de edad. Declara por bienes treinta mulas aparejadas de lazo y reata, de las cuales veintisiete le pertenecen y las tres restantes a José Nieto, su hermano; entre otros bienes. Nombra como albaceas testamentarios en esta villa a don Juan Dávila Barrientos y Juan Muñoz, y por lo que toca a Teguacan [Tehuacán] a la dicha Gertrudis González, a quien también nombra como tenedora de bienes. Ordena se saque de sus bienes seis mulas aparejadas de lazo y reata, las cuales hace gracia y donación a Rosa Nieto, su hija, para que se pongan en persona segura y abonada y sus réditos y principal se le entreguen cuando tome estado o cumpla la mayoría de edad, y si falleciera en edad pupilar, ordena se le entreguen a su madre. Nombra como heredera a Gertrudis González.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDODomingo Antonio Gómez, Escribano, dijo que estando en la casa de la morada de doña Ana de Messa [Meza] Solano, enferma en cama, le entregó el presente papel cerrado y sellado con catorce sellos, el cual es su testamento cerrado y que por tal lo otorgó para que se cumpla lo que en él tiene señalado, sepultura, albaceas, herederos y otras disposiciones. En dicho testamento se menciona lo siguiente: Doña Ana de Messa [Meza] Solano, hija legítima de Francisco [García] de Messa [Meza], difunto y de doña María Solano de Mendoza, vecina de la ciudad de Tehuacán, de donde es natural, y al presente vecina de esta villa de Córdoba, viuda de Gaspar González. Ordena que de sus bienes se den a Catalina, prima hermana de su marido, 200 pesos de oro común, como remuneración de su asistencia y compañía; por cuanto el dicho su marido y la otorgante han criado en su casa a Juana, niña huérfana, manda se le den 300 pesos. Declara que tiene por sus esclavos a José, negro nacido en casa de su marido, y cinco piezas de esclavos que trajo en dote cuando contrajo matrimonio, de edad de trece, once, nueve, ocho y cuatro años; es su voluntad que dicho negro y cinco esclavos mulatillos que por fin de sus días queden libres y gocen de su libertad y salgan del cautiverio. Ordena que erijan una capellanía de misas rezadas, con valor de 2 000 pesos, los que han de quedar impuestos a censo redimible sobre su trapiche de hacer azúcar. Declara que fue casada con Gaspar González, durante el matrimonio no tuvieron hijos. Instituye y nombra por sus albaceas a Francisco de Meza [y Mendoza] y Alonso de Meza [y Mendoza], sus hermanos, para que entren en sus bienes y los vendan, paguen sus deudas y las disposiciones que hizo; y del remanente que quedare de sus bienes nombra como universal heredera a doña María Solano de Mendoza.
DOMINGO ANTONIO GÓMEZ, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICODoña Inés Ruiz de Meza y Moral, vecina de esta villa de Córdoba, mujer, viuda de don Bartolomé Soriano Correa, en nombre y con poder para testar otorgado por su marido, otorga su testamento en la manera siguiente: En el nombre de su marido, declara que se ajusten cuentas con Juan Francisco Zalduendo, Domingo Mauleón, Pedro Trillo de Figueroa, Francisco de Meza y Mendoza, entre otras personas que se mencionan en la escritura. Ítem, comunicó su marido que fue casado con la presente otorgante, durante su matrimonio tuvieron por sus hijas legítimas a Josefa, que será de edad de once años; a Ana, de nueve; a Catarina, de siete; y a Bartolomé Soriano Correa, de cinco años. Ítem, le comunicó su marido y en su nombre declara que tuvo por hijos naturales que al presente viven en la ciudad de Tehuacán, uno nombrado José, que será de catorce años, y el otro Alonso, que será de doce años, el cual los tuvo con una mujer soltera, al quienes les dejó el quinto del remanente de todos sus bienes. Ítem, le comunicó su marido que tenía por bienes una [hacienda] trapiche nombrada Nuestra Señora de la Antigua, ubicada en la jurisdicción de la Veracruz Vieja, en el paraje que llaman Tenejapa, con todo lo que se compone, entre otros bienes que se mencionan en el acta. Ítem, por dicho poder declaró el citado difunto pos sus albaceas a don Francisco de Meza y Mendoza, su padre, y a Bartolomé de Bistrain, hermano de la otorgante. Nombró por sus únicos y universales herederos a sus hijos legítimos y como curadora ad bona de las personas y bienes de sus hijos a la presente otorgante.
JUAN JIMÉNEZ, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICO