TABACO

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              Sin título
              MX UV.USBIX ANC-P-0054-PC_0054_0062 · Unidad documental simple · 1718/09/02
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              Antonio Millán Quijada, vecino de esta villa de Córdoba y natural de la ciudad de Tehuacán, hijo de Diego Millán y doña Hipólita Vázquez de Ávila, difuntos, otorga su testamento de la manera siguiente: Manda sea amortajado con el hábito y cuerda de San Francisco de cuya Tercera Orden es hermano y sepultado en el convento del Señor San Antonio, delante del altar de Nuestra Señora de Los Dolores. Señala habrá tiempo de treinta y seis años poco más o menos que contrajo matrimonio con doña Sebastiana Cid, y él tenía de capital 300 pesos y su mujer no llevó dote alguna, de este matrimonio procrearon 8 hijos. Declara por bienes suyos las casas de su morada, una ubicada en la calle Real con el menaje que hay en ella, otra que compró del Capitán don Nicolás Rodríguez, otra más que está frontero al convento y junto a ésta se encuentra incorporada otra casa chica. Declara le son deudoras algunas personas dentro y fuera de esta villa, de las cantidades de pesos que constan en el libro de cuentas de una tienda que tiene de mercancía con géneros de Castilla y de la tierra en esta villa. Declara que el señor alcalde le debe 550 pesos. También, declara tiene de censo 790 pesos sobre las casas que compró de dicho Nicolas, de aceite de la lámpara de la Tercer Orden. Asimismo, tiene un rancho de tabaco en arrendamiento y declara debe 50 pesos hasta que se discierna a quien pertenecen las tierras en que lo tiene fundado, y en éste tiene cuatro casas, herramientas y una rosa para sembrar tabaco, además, otros bienes, esclavos y animales que se mencionan en esta escritura. Declara tiene veinticinco toros en poder de don Francisco Valero y Alvarado. Nombra por sus albaceas a doña Sebastiana, Bachiller don Pedro Franco de Guzmán y al Capitán don Gaspar Rendón, y solo por tenedora de bienes a doña Sebastiana. Manda que del remanente del quinto de sus bienes se imponga una capellanía de misas rezadas para que a su título se ordene del sacro presbiterato Antonio Millán, su hijo, que se halla estudiando en la Compañía de Jesús de la ciudad de los Ángeles. Nombra por sus herederos a sus hijos, señalando que a la difunta su hija Juana Millán Quijada, mujer que fue de Juan Rodríguez Teiseira, le dio lo que constará por sus libros de cuentas. Nombra a Sebastiana por tutora y curadora de las personas y bienes de sus hijos.

              ALONSO LÓPEZ DE SAGADE, JUEZ RECEPTOR
              Sin título
              MX UV.USBIX ANC-P-0055-PC_0055_0118 · Unidad documental simple · 1719/11/14
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              Don Jerónimo de Laesa, vecino de esta villa de Córdoba y natural de la ciudad de la Puebla de los Ángeles, hijo de don Jerónimo de Laesa y de doña Juana de Arrue, difuntos, ordena su testamento en la forma siguiente: Manda su cuerpo sea amortajado con el hábito y cuerda de San Francisco de cuya Tercera Orden es hermano y sepultado en la iglesia junto a la pila de agua bendita. Declara por sus bienes un rancho de labor de tabaco fundado en tierras de esta villa, con dos casas grandes y dos chicas, en cuyas tierras tiene sembrado como 150 000 matas poco más o menos de tabaco. Rancho en el que tiene lo siguiente: machetes, agujas de fierro de ensartar tabaco, hachas, bestias mulares de carga, cajas con ropa, y otras más que se mencionan en esta escritura. Declara debe a Francisco Monge, a José de Tembra y Simanes, a don Francisco de Tapia, al Señor General don Francisco Espiguel de Ávila, a sus mozos y a otras personas, lo cual manda a su albacea se pague. Nombra por su albacea a Marcos Fernández. Nombra por única heredera a [roto] Suárez, su sobrina, y nombra por tutor y curar de ella a Marcos, relevándole de fianza y otro seguro.

              JOSÉ DE SEGURA CEBALLOS, JUEZ RECEPTOR
              Sin título
              MX UV.USBIX ANC-P-0044-PC_0044_0005 · Unidad documental simple · 1708/01/11
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              Benito Caravallo, vecino de esta villa de Córdoba, natural de la villa de Combarro del reino de Galicia, hijo legítimo de Esteban Caravallo y de [roto] de Renda, vecina de dicha villa, estando enfermo en cama en su libre y entero juicio, otorga su testamento en la forma y manera siguiente: Declara estar casado con Antonia Milián, natural y vecina de esta villa, durante su matrimonio han tenido por hijos legítimos a María Josefa de trece años, Francisca de ocho, Ana Prudencia Caravallo de dos meses. Declara por sus bienes una casa de cal y canto, cubierta de teja, y en ella un solar en que está edificada y tres bestias. Declara que diferentes personas le son deudoras como en cantidad de 1 600 pesos del repartimiento que tiene hecho de mulas; asimismo, le deben diferentes personas a pagarle en tabaco como cantidad de 300 pesos, todo lo cual manda se cobre. Declara adeudar a don Justo Caballero, vecino de la ciudad los Ángeles, la cantidad de 300 pesos; a don Nicolás del Castillo de Altra, vecino de dicha ciudad, 100 pesos; a Pedro Jiménez, vecino de dicha ciudad, 90 pesos; a José Domingo dos cargas de tabaco; a doña Juana Rodríguez Romano, su tía, 50 pesos; al Cabo de Escuadra Francisco Díaz, 70 pesos; a Manuel Tablero, vecino de la Veracruz, como 70 pesos; y a José de Brito 24 pesos. Nombra herederos a los citados sus hijos.

              SEBASTIÁN PÉREZ PADRÓN, JUEZ RECEPTOR
              Sin título
              MX UV.USBIX ANC-P-0031-PC_0031_0106 · Unidad documental simple · 1696/11/11
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              Doña María Manuela Rodríguez de Sandoval, mujer legítima del Regidor y Depositario General don Baltazar González de Belilla [Velilla] Blanco, vecino de esta villa, dijo que por cuanto el susodicho se encuentra bastante [roto] por causa de los crecidos gastos que ha tenido en el seguimiento de [roto] pleito que trata en la Real Audiencia con el Padre don Diego [Peláez Sánchez], Prebendado de la Santa Iglesia Catedral de la ciudad de los Ángeles, sobre el embargo de un trapiche en la jurisdicción de esta villa, de lo cual resultó la total ruina de su marido, sin caudal alguno y perdida de todo el trapiche. Y hallándose su marido con la obligación de alimentar a la otorgante y a sus tres hijas, viendo que le era imposible por lo antedicho, la otorgante consideró que con su industria, trabajo y solicitud podría ayudar a su marido, poniéndolo en ejecución desde hace muchos días, mediante lo cual han podido tener el sustento y vestuario anual, valiéndose de adquirir algunas cantidades prestadas con las cuales ha fabricado distintas arrobas de almidón, amasado pan de [trigo] y sembrado algunos tabacales, resultado de la cortedad de su juicio para el reparo de la mayor ruina que los amenazaba. Habiendo llegado a tiempo de tener esperanza de remedio respecto a que dicho su marido, para el fomento de dicho pleito, se valió de enajenar todas las alhajas que ella tenía, algunas de ellas que le había comprado él, siendo las mayoría las que le dieron sus padres al tiempo que contrajeron matrimonio. Y con dicha determinación, habiendo consultado con su marido y mediante su venia a su trabajo y granjerías, se encuentra con el principal de 450 pesos, 225 pesos procedidos de tres cargas de tabaco que [roto] cosecha que uno y otro importa 575 pesos de principal con que podrá fomentar a sus hijos, en el ínterin que la Divina Majestad de Dios Nuestro Señor es servido de depararle camino a su marido, para que con la ayuda de ambos lo puedan hacer sin tanto trabajo como le ha costado y cuesta a ella sola. En cuya conformidad, le ha pedido a su marido le conceda licencia autentica para poder tratar y contratar libremente con el dicho principal y si fuera necesario poder pedir crédito a las personas que lo han hecho en otras ocasiones, por lo cual don Baltazar González de Belilla Blanco otorga licencia a su mujer para que sin intervención de él y por sí sola pueda tratar, contratar y otorgar cualesquier escrituras.

              NICOLÁS LÓPEZ, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICO
              Sin título
              MX UV.USBIX ANC-P-0054-PC_0054_0080 · Unidad documental simple · 1718/10/23
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              Juan Siyen, residente en esta villa y natural de la ciudad de Cádiz en los reinos de Castilla, hijo de Juan Siyen y de doña Sebastiana de Rivera, difuntos. Manda que cuando fallezca sea amortajado con el hábito y cuerda de San Francisco y sepultado en la iglesia de esta villa, y su entierro lo deja a voluntad de sus albaceas. Declara que habrá tiempo de treinta y dos años que contrajo matrimonio con doña Ana Trejo, vecina de la ciudad de Cádiz, quien no llevó dote ni él tenía caudal alguno, ni al presente lo tiene y durante éste procrearon a Ana Siyen. Señala tiene 400 pesos que pertenecen a don Pedro Pablo Moncada de Monterrosa, residente en la ciudad de los Ángeles. Señala le debía el Alférez Bernardo de Reina 59 pesos y 6 reales del procedido de algunos trastes y géneros de la tierra y Castilla, y él debía a dicho Bernardo, 65 pesos del valor de un tercio de tabaco fino que, rebajado de los 59 pesos y 6 reales, le resta debiendo al susodicho 5 pesos y dos reales. También dijo tener unos bienes en poder del citado alférez. Declara no tiene caudal alguno, ni debe ni le deben. Nombra por su albacea y tenedor de bienes a don Pedro Pablo. Deja en poder de don Juan Cuadrado un cajón con 200 millares de tachuelas de bomba y de carda, y un envoltorio con 13 hebras de [roto] en poder del Capitán Juan de los Santos Cubillos y todo pertenece a don Pedro Pablo. Asimismo, deja en poder del Alférez Bernardo de Reina media docena de sombreros de saya de la Puebla y ocho docenas de cucharas de palo. Nombra por su heredera a doña Ana Siyen. Nombra por tutora y curadora a doña Ana Trejo. Revoca y anula cualquier otro poder para testar.

              JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDO
              Sin título
              MX UV.USBIX ANC-P-0042-PC_0042_0175 · Unidad documental simple · 1707/05/12
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              Nicolás Montero, natural de esta villa de Córdoba, hijo legítimo de Nicolás Montero y de Catalina Olayo, difuntos, otorga su testamento en la manera siguiente: Declara ser casado con María Magdalena, natural de esta villa, hija legítima de Baltazar García y de Juana María, difuntos, al tiempo de treinta y ocho años que son casados han procreado por sus hijos legítimos a Juan Tomás, Manuel, Nicolás Pedro, Josefa Montero casada con Sebastián Marín y Gertrudis Montero casada con Juan Ramón. Declara por sus bienes un rancho en tierras de la villa; dos solares; una pilita de tabaco con novecientos cabeceados; una milpa; una suertecilla de caña; una mula de silla [roto] cuartones y tablas de cedro. Ítem, declara debe 20 pesos a Santos, vecino de Albarado [Alvarado]. Ítem declara le deben las personas siguientes: Juan de Carmona, vecino de Albarado [Alvarado]; el Alférez Antonio Montero de dicho pueblo; el Alférez Álvaro de Herrera de dicho pueblo; Matías Guzmán; el Alférez mayor don Miguel Valero Grajeda; don Diego Valero Grajeda; Juan Flores de San Miguel; Juan de Ureña, vecino de la ciudad de la Puebla; Melchora de los Reyes; Simón de Arévalo, Cristóbal Romano; Antonio de la Rosa; Sebastián Marín; Pedro Guzmán; Felipe de la Cruz, entre otros que se mencionan en la escritura. Nombra como albaceas a Juan Montero y a Juan Ramón, y declara por herederos a su mujer e hijos.

              LOPE ANTONIO DE IRIBAS, JUEZ RECEPTOR
              Sin título
              MX UV.USBIX ANX-P-0080-PX_0080_0019 · Unidad documental simple · 1822/03/27
              Parte de Archivo Notarial de Xalapa

              Dionisio González y Cabrera, de esta vecindad, dueño de trapiche que nombran Mastatlan [Maxtatlán] en esta jurisdicción; otorga que se constituye fiador y principal pagador por don Miguel María González de Somoza, administrador de la Fábrica Nacional de Cigarros de la Puebla de los Ángeles en subrogación del finado José Díaz de Corbera, vecino y del comercio de la misma ciudad; por cantidad de 2 000 pesos, en tal manera que éste cumplirá exactamente con todas las funciones de su destino y no hará mala versación ni de las partidas de tabacos u otros efectos anexos a la fábrica que pertenecientes a la Hacienda Nacional entren en su poder; de los que producirá buena cuenta y razón con pago en cualesquier día que se pidan por la oficina o jefe respectivo. Y si por uno u otro respecto resultare en su contra algún alcance descubierto o quebranto, el que así fuere lo satisfará el otorgante como tal fiador hasta la indicada cantidad y no más.

              JUAN FRANCISCO CARDEÑA, ESCRIBANO PÚBLICO Y REAL INTERINO
              Sin título
              MX UV.USBIX ANC-P-0015-PC_0015_0021 · Unidad documental simple · 1679/10/24
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              Pedro López de la Cruz, hijo legítimo de Gerónimo [Jerónimo] López y de Francisca Rodríguez de la Cruz, vecinos de los Llanos en la isla de la Palma, una de las Canarias, de donde es natural y vecino de la villa Córdoba, otorga su testamento en la forma siguiente: ordena se den limosnas a los lugares santos. Declara estar casado con María Urbalana, que vive en la ciudad de la Laguna en la isla de Tenerife, una de las Canarias, asimismo, dijo no recordar la dote que ella llevó, pero lo que fue se le quedó a ella cuando él se vino a la Nueva España. Durante dicho matrimonio procrearon a Francisca. Dijo que adeuda al Bachiller Juan [Yáñez] Ortega de la Paba, Cura de esta villa; a Ana Martínez, quien le dio una carga de tabaco fino para que lo remitiese con el suyo y que se vendiese por su cuenta; tiene cuentas con Alonso Rodríguez, aquien le tiene remitidas quince cargas de tabaco fino; el Capitán Bartolomé Sánchez de Orduña, vecino de la ciudad de los Ángeles, le debe 444 pesos de alcance de cuentas. También le deben Nicolás, hijo de Nicolás Sánchez; Juan Daza; Tomasa, la de los 2 caminos; Salvador Pérez Padrón, trajinante de la carrera de Tabasco. Declara que él debe a Bernardo López de Narea. Señala tiene hecho cuatro jacales en tierras ajenas y en ellas dos rosas para sembrar tabaco y una fanega de maíz sembrado, además de diversa herramientas, cinco caballos, otros bienes y trastos de que se hará inventario. Instituye como albaceas a [Jacinto] Pérez Padrón y a Antonio [Sebastián Pérez Padrón], su primo. Nombra como heredera a su hija Francisca, y por fallecimiento de ésta a sus padres. Manda que si Sebastiana, huérfana que se ha criado en casa de Jacinto Pérez Padrón, se casara con Manuel Gómez, sirviente suyo o con otro hombre honrado, si este casamiento no se realizará, manda se le den 100 pesos, un bernegal, seis cucharas de plata y otros bienes.

              DOMINGO ANTONIO GÓMEZ, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICO
              Sin título
              MX UV.USBIX ANX-P-0035-PX_0035_0022 · Unidad documental simple · 25/04/1758
              Parte de Archivo Notarial de Xalapa

              Don Juan de Berrocal Montero, vecino de Cádiz, otorga poder especial a don Francisco Méndez de Quiñones, vecino de la Ciudad de Puebla, para que cobre 29 zurrones de tabaco en polvo que a cuenta de dicho Juan, trajo don Diego del Ojo, mismas que se encuentran en la Real Aduana de Puebla.

              Sin título
              MX UV.USBIX ANC-P-0042-PC_0042_0028 · Unidad documental simple · 1707/02/19
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              Don Nicolás Rodríguez Dávila, vecino de la ciudad de los Ángeles, residente en esta villa de Córdoba, otorga que se obliga de pagar a los señores hacedores de la santa iglesia catedral de la ciudad de la Puebla de los Ángeles, 564 pesos de oro común en reales, los 420 pesos de los diezmos causados en su hacienda de fabricar azúcar del año pasado de 1705, 20 pesos de mieles, 3 pesos de pollos, 3 pesos de tres fanegas de maíz y los 118 pesos restantes de tabacos que le vendió pertenecientes a dichos diezmos.

              JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDO