Stuk PX_0085_0049 - Zonder titel

Identificatie

referentie code

MX UV.USBIX ANX-P-0085-PX_0085_0049

Titel

Zonder titel

Datum(s)

  • 1828/04/30 (Vervaardig)

Beschrijvingsniveau

Stuk

Omvang en medium

f. 178 vta. - 189 vta.

Context

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Geschiedenis van het archief

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Don Dionisio Camacho, alcalde cuarto constitucional, en nombre de don José Francisco Bonilla, en virtud del poder para testar, que le confirió en el pueblo de Coatepec, el 5 de noviembre de 1827, mismo que usa para otorgar su testamento con las siguientes cláusulas: Se dieron por única vez, los veinte reales de las mandas establecidas por el Honorable Congreso del Estado. Declara que fue casado con doña María del Carmen Ballesteros, de cuyo matrimonio no tuvieron hijos y ella no llevó nada a él y dicho José Francisco llevó la casa de su morada y cinco solares que heredó de sus difuntos padres. También, encargó se pague a la colecturía de diezmos lo que resultare de la venta de maíz, según sus apuntes, son 100 pesos. Declara, le es deudor al otorgante de la cantidad de 160 pesos de varios encargos que le remitió de esta villa, de 100 pesos que reconoce a censo de su mencionada casa, y un pico de sesenta y más pesos a don José Sabás Covarrubias. Por sus bienes declaró, la citada casa y solares, un rancho de ganado vacuno y caballar en la tierra caliente, de cuyas cabezas dará razón Pablo Méndez, vecino del pueblo de Coatepec, quien también deberá hacerse cargo del ganado, asimismo, tiene 7 mulas y caballos en poder de Bernardo Murrieta del mismo pueblo, con más siete toros que tenía entregados a dicho Méndez, todos los citados bienes fueron adquiridos durante el matrimonio. Mandó que después del pago de sus deudas, se deduzca de los gananciales matrimoniales, el líquido de la mitad restante con el agregado de los bienes que heredó se distribuya en tres partes, dos de ellas se entregarán a la mencionada su esposa en reales, o bien, dejándole la casa con la limitación de que los use mientras no se casare, en caso contrario, se invertirá en una obra piadosa que reporte el gravamen de una a dos misas en favor de las Ánimas Benditas, o en el de la cofradía del Santísimo Sacramento de Coatepec. La otra tercera parte, se ocupará para misas por la intención, la otra para la educación del joven Vela que está a su cargo y tiene como hijo; y la otra, que fue su voluntad no se explicase. Por única heredera nombró a su mujer. Revoca cualesquiera otros poderes para testar u otras últimas disposiciones.

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    Aantekening

    Incluye certificación del poder para testar, pedimento, auto de remisión, auto de conformidad, testimonios, notificaciones, dictamen y tasaciones, f. 179 - 187 vta. El escribano registra el nombre José Sabas, José Sabas Covarrubias, para su ubicación se registró como aparece en el resumen del acta.

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    Publicado

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    Gedeeltelijk

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