SORIA, PROVINCIA DE

Área de elementos

Taxonomía

Código

Nota(s) sobre el alcance

    Nota(s) sobre el origen

      Mostrar nota(s)

        Términos jerárquicos

        SORIA, PROVINCIA DE

          Términos equivalentes

          SORIA, PROVINCIA DE

            Términos asociados

            SORIA, PROVINCIA DE

              4 Descripción archivística resultados para SORIA, PROVINCIA DE

              4 resultados directamente relacionados Excluir términos relacionados
              Sin título
              MX UV.USBIX ANX-P-0075-PX_0075_0148 · Unidad documental simple · 12/10/1812
              Parte de Archivo Notarial de Xalapa

              Don Mateo Badillo, del comercio de España, residente en esta Villa, natural de la Villa de Cabrejas del Pinar, Obispado de Osma, Provincia de Soria en el Reino de Castilla la Vieja, hijo legítimo don Pablo Badillo y de doña María Matea de la Herrera, otorga su testamento donde declara no estar casado ni tener hijos. Ordena que al Hospital de Mujeres, que se está comenzando a construir en esta Villa, a cuya subsistencia contribuye el otorgante mensualmente, se le den 7 000 pesos. Ordena que al Beaterio de esta Villa se le continúe con la asistencia de 7 pesos mensuales, hasta que en finca segura se impongan a su favor 2 000 pesos, de cuyos réditos disfrute el Beaterio y para que la maestra y ayudanta de la escuela de enseñanza pública de niñas pobres atienda hasta el número de 30 alumnas, sin que ellas exijan gratificación que no sea voluntaria. Ordena que de los bienes que tiene en España, se vincule la cantidad de 50 000 pesos, bien sea en créditos contra el Estado y de los que le reconoce el Real Consulado de Cádiz o en tierras con que amortice estos créditos, como se ha propuesto en las cortes; y como beneficiario de dicho vínculo nombra a su sobrino don Juan Badillo y Barrio, hijo de su hermano don Esteban Badillo y de doña María Barrio. Ordena que a sus sobrinas María Antonia y María Francisca, hijas de su hermana doña Francisca Javiera Badillo, casadas con don Manuel Cuenca y don Francisco de la Orden, se les dé a cada una 10 000 pesos. Nombra como albaceas para esta Nueva España a don Pablo Badillo, su sobrino que al presente se halla en Lima, y por su ausencia a don Francisco y a don Manuel Badillo, sus sobrinos, además de don Manuel Martín Barbadillo y por su ausencia a don Pablo Fraile y Santa María; y para España designa al citado Pablo Badillo, a don Francisco Fernández Elías, y por falta de alguno de los dos a don José Martínez de Junquera, del mismo modo a don Juan Miguel Bustiniaga y a don José María Tuero, sus sobrinos políticos. Nombra como herederos universales al mencionado Pablo Badillo, junto con sus sobrinos Manuel, Francisco, Antonio y Pedro, sobrinos segundos del otorgante.

              Sin título
              MX UV.USBIX ANX-P-0058-PX_0058_0018 · Unidad documental simple · 28/02/1793
              Parte de Archivo Notarial de Xalapa

              Don Mateo Badillo, natural de la Villa de Cabrejas del Pinar, Provincia de Soria, Obispado de Osma en España y residente en esta Villa de Jalapa, soltero y noble, otorga poder especial a don Ramón Gil, residente en la corte y Villa de Madrid, para que en su nombre pida al Rey licencia para fundar un vínculo con el capital de 100, 000 pesos sencillos.

              Sin título
              MX UV.USBIX ANX-P-0063-PX_0063_0118 · Unidad documental simple · 06/09/1799
              Parte de Archivo Notarial de Xalapa

              Don Mateo Badillo, del Comercio de España y residente en esta Villa de Xalapa, natural de la Villa de Cabrejas del Pinar, Obispado de Osma provincia de Soria en el Reino de Castilla la vieja, hijo de los difuntos don Pablo Badillo y doña María Matea de la Herrera, otorga su testamento donde declara ser soltero y no tener hijos; deja 6,000 pesos a José Martín Badillo a quien él ha criado en su casa y tiene pensado mandarlo a Sevilla a casa de Simón de los Villares y Hernández. Declara que ha puesto solicitud para que por el Rey se le conceda vincular la cantidad de 100,000 pesos de 128 cuartos, para lo cual tiene remitido a España el caudal correspondiente, que se halla en poder de su hermano Miguel Badillo y de su sobrino Manuel Badillo, y algunos otros bienes que le pertenecen. A cuyo vínculo ha de quedar agregada la casa alta que posee en esta villa en la calle Real, y otra en donde actualmente se encuentra el correo en la calle de la Amargura; sobre esta última queda la pensión de la escuela de niñas en el Beaterio de esta villa. Habiendo costeado la principal obra material del Beaterio, a saber todo lo que hace frente a la calle, que son sus salas, corredor y capilla, con obligación de abrir y dar enseñanza pública a niñas pobres. Habiéndose abierto la enseñanza pública el 25 de agosto pasado, fecha en la que asignó 6 pesos mensuales para atender a la maestra y ayudanta de dicha escuela, señalando que se acepten a 30 niñas pobres para que se les enseñe gratuitamente la doctrina cristiana, leer, coser e instruir en otras cosas a las niñas pobres. Nombra como albaceas en España a don Miguel Badillo su hermano, en segundo a don Manuel Badillo, y en tercero a don Pablo Badillo, sus sobrinos, vecinos de Cádiz. Y para Nueva España nombra a don Lucas Mateo Martínez, residente en el Real de Catorce y administrador de aquel correo; a don Remigio Fernández, Caballero de la Orden de Carlos Tercero y vecino de Veracruz; y a don Francisco Javier Sáenz de Santa María, vecino de esta Villa de Xalapa. Nombra como herederos en primer lugar al albacea que se hallare en esta Nueva España de los tres que nombró para España, no hallándose ninguno de ellos, nombra a sus albaceas en este reino de Nueva España en el orden que están mencionados.

              Sin título
              MX UV.USBIX ANX-P-0078-PX_0078_0063 · Unidad documental simple · 10/09/1818
              Parte de Archivo Notarial de Xalapa

              Don Lino Carasa Jiménez, natural del lugar de los Molinos [de Duero], en la Provincia de Soria, Obispado de Osma, en los Reinos de Castilla, vecino de esta Villa, hijo legítimo de los difuntos don Manuel Carasa Martínez y de doña María Jiménez, otorga que ordena su testamento donde declara ser casado con doña Gertrudis Zavalza, procrearon 5 hijos, todos mayores de 25 años. Manifiesta que a los 3 años de casado recibió por legítima paterna y materna de su citada esposa, la cantidad de 6 151 pesos ¾ de reales y otros enseres de valor. Después recibió 5 569 pesos ¾ de reales que le tocaron a la citada su esposa, como una de las herederas de su hermano el Presbítero don José Zavalza; cuando se verificó el matrimonio él tenía de 3 000 a 3 500 pesos, posteriormente recibió de algunas herencias la cantidad de 16 808 pesos. Declara por bienes suyos la hacienda de fabricar azúcar nombrada San Miguel Almolonga, situada en la Doctrina de Naolinco, la que está afecta a 7 300 pesos; la casa de su morada, otra chica, y los enseres que contienen. Nombra albacea y tenedor de sus bienes, en primer lugar a la citada su esposa doña Gertrudis Zavalza, y en segundo a sus dos hijos don Manuel María y don Juan Francisco Carasa, para que entren en sus bienes, los vendan y rematen en almoneda o fuera ella; y en el remanente que quedare de todos sus bienes, instituye como sus únicos herederos a sus hijos.