Lorenzo Díaz, hijo del difunto Manuel Díaz y Francisca Bizcocho, natural de Sanlúcar de Barrameda y residente en este pueblo, otorga poder a don Juan Ortiz, vecino del pueblo de Jalapa, para que en su nombre ordene su testamento, donde pide ser sepultado en la iglesia parroquial de este pueblo, se digan 50 misas rezadas; asimismo declara ser soltero. Tiene 204 pesos en poder de dicho Juan, que son todos sus bienes. Nombra por albacea a dicho Juan y como heredera a su madre.
SANLÚCAR DE BARRAMEDA, CIUDAD DE
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Don Francisco Peirano Moreno, natural de la ciudad de San Lucar de Barrameda en los Reinos de Castilla y residente en el pueblo de Jalapa, hijo legítimo de don Juan Baptista Peyrano y doña Lucía Moreno, otorga poder para testar a don Francisco Antonio, don Carlos y don Sebastián Díaz y Herrero, residentes en este pueblo, para que después de su muerte ordenen su testamento en la forma en que les tiene comunicado; asimismo los nombra albaceas testamentarios y herederos universales.
Don Bartolomé de Orozco, natural de la Ciudad de Sanlúcar de Barrameda y residente en el pueblo de Jalapa, otorga poder general a su hermana doña Nicolasa de Orozco y don Felipe Martínez de Espinosa, vecinos en dicha ciudad, para que lo defiendan y demanden en todos sus pleitos, causas y negocios, civiles y criminales.
Don Juan Rodríguez Ortiz, Clérigo Presbítero, vecino de la Ciudad de Sanlúcar de Barrameda, residente en esta Villa de Xalapa, otorga poder especial al Doctor Rafael Colón, Presbítero vecino de la Ciudad de Sanlúcar de Barrameda, para que en su representación del cargo de albacea del difunto don Pedro García, vecino de dicha ciudad, perciba de don Francisco González Conde, albacea también, o de la persona en cuyo poder estén depositados 3, 200 pesos, para que los invierta y distribuya según la última voluntad del difunto.
Andrés Felipe de Flores, residente en esta villa de Córdoba y vecino de la ciudad y puerto de San Lucar de Varrameda [Sanlúcar de Barrameda] en los reinos de Castilla, natural de dicha ciudad, hijo de Diego Felipe de Flores y de doña Josefa María Rodríguez, difuntos, otorga poder al Capitán don Gaspar Rendón, vecino y mercader de esta villa, para que en el término que dispone la ley 33 de Toro haga su testamento con las cláusulas, mandas y legados que le tiene comunicado. Ordena que su cuerpo sea amortajado con el hábito y cuerda de San Francisco y enterrado en la iglesia adonde acaeciere su muerte, y la forma de entierro a voluntad de su albacea. Nombra por su albacea testamentario, tenedor de bienes y heredero al Capitán don Gaspar Rendón, y revoca cualquier otro poder para testar.
Sans titreFernando Moreno, vecino de esta villa, natural de Sanlúcar de Barrameda en los reinos de Castilla, hijo legítimo de Juan Moreno, difunto, y de Leonor de Lara, vecina de dicha ciudad, otorga poder a su hermano José Moreno, vecino de esta villa, para que después de su fallecimiento haga y ordene su testamento como se lo tiene comunicado. Declara tener un caudal de 400 pesos los cuales están en abrigo de su hermano y de Alonso [Bueno], vecino de esta villa, cuya cantidad ordena se le entregue a su madre, después de haber pagado su funeral mandas y legados. Asimismo, ordena que dicho remanente quede en poder de su hermano hasta que Dios Nuestro Señor se sirva de llevarlo a dicha ciudad de Sanlúcar para entregarlo a su madre. Nombra como albacea testamentario y tenedor de bienes a su hermano.
Sans titreDon Manuel de Aguilar, natural de la Ciudad de Sanlúcar de Barrameda en los Reinos de Castilla y vecino de Jalapa, otorga poder especial a su esposa doña Luisa de Pina, vecina de dicha ciudad, para que pueda vender, cambiar, empeñar o de cualquier manera enajenar una viña que dejó en el paraje nombrado El Cabezón, la que heredó de sus padres.
Bernabé González de Amaya, vecino de Sanlúcar de Barrameda y residente en este pueblo, otorga poder especial a Cristóbal de Loaiza, vecino de México, para que en su nombre, comparezca ante las autoridades correspondientes y presente la requisitoria o despacho que le toque, pidiendo que se cumpla lo que en ella se contiene, en razón de lo cual pueda hacer pedimentos, requerimientos y todos los demás autos y diligencias que convengan.
Don Bartolomé de Orozco, hijo legítimo de los difuntos don Gaspar de Orozco y de doña Teresa de Sierra y Hurtado, natural de la Villa de Lebrija, vecino de la Ciudad de Sanlúcar de Barrameda, Arzobispado de Sevilla y residente en el pueblo de Jalapa, otorga poder para testar y nombramiento de albaceas a su hermana doña Nicolasa de Orozco, junto con don Félix Martínez de Espinosa, vecino de la Ciudad de México, y como herederos nombra a la citada Nicolasa de Orozco y Juana de Orozco, su otra hermana.
Don Alonso de Somoza, Escribano del Navío nombrado “La Perla”, de la flota a cargo del señor Marqués de Casa Tilly, vecino de la ciudad de Sanlúcar de Barrameda, en los Reinos de Castilla y residente del pueblo de Jalapa, otorga poder especial a don José Fernández de Arroez, vecino de la Ciudad de Guadalajara, para que comparezca ante la Real Audiencia de Guadalajara, donde solicite copia de los testamentos de su tío el señor don Juan de Somoza y demás papeles que le pertenecen.