SANLÚCAR DE BARRAMEDA, CIUDAD DE

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              Sin título
              MX UV.USBIX ANC-P-0023-PC_0023_0001 · Unidad documental simple · 1688/07/23
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              El Alférez Nicolás Rodríguez, Alcalde Ordinario de primer voto por ausencia del Alcalde Mayor de esta villa; el Alférez Mayor Miguel Valero [Grajeda]; Francisco de Solís, Alguacil Mayor; Joseph [José] de Leyva [Leiva] y Francisco de Aguilar, Regidores perpetuos que actualmente tiene esta villa, otorgan poder al Capitán y Sargento Mayor Francisco de Contreras Chávez, Caballero de la Orden de Calatrava, Alcalde Mayor y vecino de la ciudad de Sevilla y Prior de Consulado; a Pedro de Castro y al Capitán Joseph [José] de Castro, vecinos de la ciudad de Sanlúcar de Barrameda, para que en representación del Cabildo, parezcan ante el Rey y Real Consejo de Indias y pidan se confirme y apruebe la sentencia dada y pronunciada el año pasado de 1687 por los señores presidentes y oidores de la Real Audiencia de esta Nueva España, en el pleito que contra esta villa, sobre sus [privilegios] y tierras [roto], siguió el Doctor Martín de Solís Miranda [roto] Consejo de Su Majestad y su Fiscal en dicha Real Audiencia; asimismo, se confirme a dicha villa el título de su fundación y erección dado por el Excelentísimo señor Marqués de Guadalcázar siendo Virrey de esta Nueva España por el año de 1617; y también pidan se le conceda a esta villa todo lo que fuera para su mayor utilidad y aumento como si cada cosa fuese especificada en este poder. Por otra parte, si en atención a que por dicha sentencia se manda, se remita testimonio de esta sentencia y de los autos en dicho pleito hecho al Supremo y Real Consejo de las Indias y que según sea entendido por este Cabildo, aunque dicho testimonio esté sacado no sea remitido en la flota que está surta en el puerto de Veracruz para salir al Reino de Castilla, que pidan a su Majestad y Real Consejo de Indias se sirvan de que se les despache Real Cédula para que dichos señores de esta Real Audiencia manden que dicho testimonio se despache a dicho Real Consejo como está mandado, respecto de haberlo podido hacer este Cabildo. También dan este poder para que el ajuste de gastos de lo contenido en este poder y de lo que por [roto] de dicho Alguacil Mayor Francisco [de] Solís como Procurador Mayor que es de esta villa a los susodichos se les debiere, saque los pesos de oro, reales y maravedís de cualesquier personas que se los quieran dar, obligándolos a pagarlos con los premios e interese que corrieren, y para todo lo referido y su dependiente en cualquier manera dan este poder con libre y general administración.

              NICOLÁS RODRÍGUEZ, JUEZ RECEPTOR
              Sin título
              MX UV.USBIX ANC-P-0012-PC_0012_0026 · Unidad documental simple · 1676/11/17
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              Pedro Suárez, Alcalde Ordinario de esta villa de Córdoba, hijo legítimo de Pedro Suárez difunto, y de Francisca Tomasina, vecino que fue el dicho su padre y lo es la dicha su madre “si vive” de la ciudad de Sanlúcar de Barrameda en los Reinos de Castilla, otorga su testamento en la manera siguiente: Declara estar casado con Juana de Aguilar Gatica [Juana de Gatica y Aguilar], de dicho matrimonio no tiene hijos. Señala que en poder del Capitán Gonzalo Duarte, vecino de la Nueva ciudad de la Veracruz, tiene 114 cargas de harina y 4 de [roto], manda se ajuste cuenta. Asimismo, señala que de dicho Capitán Gonzalo Duarte, recibió algunas ropas de mujer para venderlas, las cuales vendió y consta en una memoria, pero a cuenta de la ropa le envió 40 cargas de harina, por lo cual manda se ajuste cuenta. Por otra parte, declara que el Licenciado don Julián Gerónimo [Jerónimo] Muñoz, vecino de la Nueva ciudad de la Veracruz, tiene en su poder 10 cargas de harina, manda se cobren; don Gaspar del Monge [y Mendoza], vecino de Tehuacán, le debe y tiene en su poder 17 cargas de trigo liadas y empetatadas; don José Ruiz Briseño, vecino de Tecamachalco, tiene 13 cargas de trigo blanquillo liadas y empetatadas, manda se ajuste cuenta; y el molino de la Puente tiene 59 cargas de trigo; además ciertas personas que mencionan en la escritura le deben varias cantidades de pesos, manda se cobren. Nombra albacea a Juana de Aguilar Gatica [Gatica Aguilar], su mujer, para que entre en sus bienes, los cobre, venda y remate. En atención a que no tiene hijos, nombra como heredera universal a su mujer, en el caso de que la dicha Francisca Tomasina estuviera viva le hereda las dos tercias partes de los bienes y la otra parte a su mujer.

              DOMINGO ANTONIO GÓMEZ, ESCRIBANO REAL
              Sin título
              MX UV.USBIX ANC-P-0053-PC_0053_0060 · Unidad documental simple · 1717/07/23
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              Juan Marcos Rendón, vecino de esta villa de Córdoba y natural de la ciudad de San Lucar de Varrameda [Sanlúcar de Barrameda], hijo de don Alonso de Santiago y doña Juana Rendón, difuntos, otorga poder para testar al Bachiller don Pedro Franco de Guzmán, Prespítero, su compadre, a Salvador de Mérida, su hermano y compadre, y a doña Estefanía Rodríguez, su mujer, a cada uno insolidum para que en el término que dispone la Ley 33 de Toro hagan y otorguen su testamento como les deja comunicado. Manda sea amortajado con el hábito de San Francisco de cuya Tercera Orden es hermano, y sepultado en la iglesia parroquial de esta villa en la capilla de las Ánimas. Declara tiene diferentes cuentas con algunos vecinos de esta villa y fuera de ella las cuales constaran en su libro de caja y manda a sus albaceas las ajusten y liquiden, paguen y cobren el alcance que contra él resultaren. Señala tiene cuenta corriente con el Capitán don Gaspar Rendón, su hermano, manda a sus albaceas paguen lo que se debiere. Hace cinco años y meses contrajo matrimonio con doña Estefanía Rodríguez, quien no llevó dote alguna, y él tendría de caudal de 4 000 a 5 000 pesos, y han procreado a María Francisca, José Román y doña Rosa María. Declara por bienes, una casa en esquina que está fabricando y un rancho de labor en tierras de esta villa, de lo que se hará inventario. Nombra por sus albaceas testamentarios al Bachiller don Pedro Franco de Guzmán, don Salvador de Mérida y a doña Estefanía Rodríguez, nombra por sus herederos a sus hijos y a su mujer. Usando de la patria potestad, nombra por tutora y curadora de las personas y bienes de sus hijos a su mujer Estefanía, relevándola de fianza.

              JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDO
              Sin título
              MX UV.USBIX ANC-P-0048-PC_0048_0079 · Unidad documental simple · 1712/08/26
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              Don Pablo José Bocarando y Espinosa, residente en esta villa de Córdoba y vecino de la ciudad de Sanlúcar de Barrameda en los reinos de Castilla, vende a Juan Marcos Rendón, vecino de esta villa, un esclavo mulato achinado, nombrado José, natural de la ciudad de la Habana, de veintidós años de edad poco más o menos, el mismo que hubo y compró de Francisco de [roto], vecino de la Nueva ciudad de la Veracruz, por escritura hecha en dicha ciudad el 21 de febrero de 1711, ante Juan de Campo y Anaya, Escribano Real y Público. Lo vende en precio de 340 pesos.

              JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDO
              Sin título
              MX UV.USBIX ANC-P-0048-PC_0048_0126 · Unidad documental simple · 1712/12/31
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              Pablo José Méndez, residente en esta villa de Córdoba y vecino de la ciudad de Sanlúcar de Barrameda en los reinos de Castilla, hijo legítimo del Capitán Pablo Méndez, difunto, y de doña Francisca María de los Reyes, otorga su testamento de la siguiente manera: Manda a las cofradías del Santísimo Sacramento y Ánimas del Purgatorio de la Santísima Trinidad de dicha ciudad de Sanlúcar de Barrameda, 60 pesos por mitad a cada una. Declara que Pedro Gómez, residente en esta villa, le debe 20 pesos 4 reales. Declara deber a don Lorenzo Barriga Parellón, 17 pesos. Declara que el Capitán don Andrés Seneche, residente en la ciudad de la Veracruz, próximo a realizar viaje a los reinos de Castilla en la presente flota a cargo del Coronel don Pedro de Rivera, con quien ha tenido cuentas largas, sabe lo que le toca y pertenece, lo cual manda lleve de su cuenta y riesgo a dicha ciudad de Sanlúcar y lo entregue a su madre y a don Juan Matías Fajardo, su tío. Nombra como albacea en esta villa a Alonso Bueno y en la ciudad de la Veracruz a don Andrés Seneche, a este último también lo nombra como tenedor de bienes. Nombra como heredera a su madre.

              JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDO
              Sin título
              MX UV.USBIX ANC-P-0035-PC_0035_0084 · Unidad documental simple · 1700/10/06
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              El Capitán Diego Cabezas, residente en esta villa de Córdoba, hijo legítimo de Juan Luengo Cabezas y de Isabel Rodríguez Cabezas, vecinos que fueron de la ciudad de Sanlúcar de Barrameda en los reinos de Castilla de donde es natural y vecino el otorgante, dijo que por cuanto se halla con diferentes achaques y necesita ir a la ciudad de la Puebla de los Ángeles para curarse, temeroso de la muerte y como prevención de lo que ocurra, otorga poder a Andrés Felipe de Flores y Juan González, vecinos de la dicha ciudad de Sanlúcar Barrameda y residentes en esta villa, para que en su nombre procedan antes o después de su fallecimiento a hacer y otorgar su testamento en la forma que les tiene comunicado. Nombra a ambos como sus albaceas testamentarios y tenedores de bienes. Asimismo, nombra como heredera del remanente de todos sus bienes a Doña María Cabezas, hermana del otorgante, mujer de Alonso Esteban de Vargas, y por su fallecimiento a doña Juana Cabezas y por muerte de ésta a Catalina Cabezas, también hermanas del otorgante.

              JUAN JIMÉNEZ, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICO
              Sin título
              MX UV.USBIX ANC-P-0027-PC_0027_0014 · Unidad documental simple · 1692/05/06
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              Pablo Bocarando, residente en esta villa, vecino de la ciudad de Sanlúcar de Barrameda en los Reinos de Castilla, hijo legítimo de Bartolomé Bocarando y María Basa, difuntos, otorga su testamento en la manera siguiente: Declara que fue casado de primer matrimonio en dicha ciudad con Isabel Hidalgo, difunta, dentro de este matrimonio tuvieron por hijos a Bartolomé, Amaro [José], Pablo, Agustín Bocarando y a Manuela Bocarando que está casada con Tomás Xenis [Genis], que reside en el pueblo de Orizaba. Señala que a Bartolomé, Amaro y Manuela les tiene pagado sus legítimas paternas. Por otra parte señala que pasó a segundo matrimonio con Petrona Jiménez, durante el cual han tenido por hijas a María [roto] que está en edad pupilar en compañía de la dicha su madre. Declara que sus bienes, así como las personas y cantidades que debe y le deben, constan en un libro de cuentas. Y para cumplir y pagar su testamento nombra albacea testamentario a Tomás Xenis [Genis], su yerno, y a Agustín Bocarando, residente en el pueblo de Orizaba, para que entren en sus bienes y tomen posesión de ellos. Por último nombra por sus universales herederos a Amaro, Bartolomé, Manuela, Pablo, Agustín, María y Jacinta, sus hijos e hijas legítimos.

              NICOLÁS DE ESTRADA, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICO