Alonso Pérez de Alamillo, como principal obligado, y José García como su fiador, vecinos de la provincia de Tepeaca, se obligaron a pagar a la Masa General de la ciudad de Los Angeles, 170 pesos y 7 reales de oro común, por otros tantos que valieron las semillas, ganados y lana, del diezmo de la hacienda del principal nombrada San Diego, pago de San Andrés Chalchicomula, del año pasado de 1679, para fin del mes de diciembre del presente año.
SAN DIEGO, RANCHO DE
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Doña María Manuela Rodríguez de Sandoval, vecina de la villa de Córdoba, mujer legítima del Regidor y Depositario General don Baltazar González de Velilla Blanco, dijo que cuando contrajo matrimonio, su marido recibió 4 000 pesos en reales que su tío, el Capitán Nicolás Blanco, le dio en forma de dote, más 400 pesos que su mismo tío dio para que con dicha cantidad le comprara una esclava para su servicio. Dijo también, que su marido compró el trapiche del Canónigo don Diego Peláez [Sánchez] y que pagó parte de su precio con los 4 400 pesos. También declaró que hace trece años su marido compró en Orizaba veinte esclavos y esclavas, y que le adjudicó una de ellas por la que le había pagado su tío; dicha esclava es de nación Chava, de nombre Teresa, a quien doctrinó en las cosas necesarias, lo que consta en un instrumento que está en el archivo público de esta villa. Como también constan los bienes que eran de sus padres y que llevó al matrimonio, y declaración que hizo de ellos su marido. Asimismo, consta que se opuso al embargo que el canónigo hizo sobre el trapiche y que con los demás autos se quemaron en el incendio del Real Palacio. Y porque tiene noticia de que dicho canónigo lleva a cabo una nueva ejecución en el trapiche, por la presente se opone por los 4 000 pesos y por la esclava negra y sus hijos nacidos desde que es suya, para que de ninguna suerte se trabe ejecución en ellos [roto]. Asimismo, se opone [roto] por la cantidad de 1 091 pesos 4 reales [que pertenecen] a sus hijas por habérselos donado Gregorio Martínez de Solís, Alguacil Mayor y Regidor perpetuo por Su Majestad de esta villa de Córdoba, y su esposa doña Juana de Gatica y Aguilar, sus primos. Finalmente, suplica al alcalde admita su oposición sin privarle del servicio de su esclava y sus hijos por ser así justicia, como por hallarse sumamente enferma y con cuatro hijas. También, solicita al alcalde ordene a sus primos reconozcan la declaración de donación.
JUAN JIMÉNEZ, ESCRIBANO REALMiguel de Leiva Esparragosa, vecino y natural de la villa de Córdoba, Regidor perpetuo de ella por Su Majestad, hijo de José de Leiva y de doña Catalina de Esparragosa, vecinos dicha villa, ordena su testamento de la siguiente manera: Ordena se den 150 pesos al mayordomo de la cofradía de Nuestra Señora de Cosamaluapa [Cosamaloapan], de los cuales, 50 pesos se ocupen para la fábrica material de la capilla de dicha santa imagen y 100 pesos en cera para alumbrar a dicha señora en su capilla. Manda se den 500 pesos a doña María Jaimes Ricardo, doncella de dieciséis años, en agradecimiento por acompañarlo en su enfermedad. Menciona que fue albacea de su hermano el Capitán José de Leiva Esparragosa, por lo cual pide a sus albaceas prosigan y fenezcan las diligencias del inventario, avalúos y juicio divisorio que se encuentran parados, y sus bienes en poder del Regidor José de Leiva, su padre. Para el descargo de su conciencia declara que dicho Capitán José de Leiva Esparragosa, tenía tres hijos naturales nombrados María, niña que se encuentra en casa y compañía del padre del otorgante, José de Leiva; Josefa, quien se encuentra con Ana de San Pedro, su madre; y otro que está en el pueblo de Orizaba en poder de Alejandro Pérez, su padrino. Impone 500 pesos a censo redimible para que con sus réditos se digan cincuenta misas rezadas en la ciudad de los Ángeles, todos los lunes en el altar del Santo Cristo en el convento de San Agustín, por las ánimas benditas del purgatorio. Dijo que el Capitán don Lope de Iribas, difunto, dejó a un hijo nombrado don Lope Antonio de Iribas, mayor de catorce años, el cual quedó sumamente desamparado, solo y en la pobreza, y en consideración al Capitán Iribas, el Capitán Nicolás Blanco, difunto, en su testamento le legó cierta cantidad de pesos; y haciéndole el bien, el otorgante le ayudó a aumentar un rancho que estaba principiando su padre en los asientos de Tlacomulco, y para que lo pusiera en el estado que hoy se halla le ha prestado diferentes cantidades de pesos, las cuales manda se le cobren. Declara por bienes un rancho nombrado San Diego, en el paraje del Ojo del Agua, en esta jurisdicción, en donde vive con su familia el Depositario General don Baltazar González de Velilla Blanco, su compadre, por hacerle bien y buena obra para su mantención y sustento. Y en atención al mucho amor y voluntad que le tiene a su comadre doña María Manuela Rodríguez de Sandoval, mujer legítima de dicho depositario, considerando su pobreza, es su voluntad que pagando la susodicha las cantidades de pesos que ha gastado en dicho rancho, se lo apliquen y entreguen por suyo propio. También declara tener 8 caballerías de tierra, que tiendan con las tierras de la hacienda de trapiche San José; la hacienda nombrada San Miguel que posee en arrendamiento hecho por su padre, a quien pertenece. Asimismo, posee una hacienda de trapiche de fabricar azúcar nombrada Nuestra Señora de la Concepción, en el paraje de Acatengo, la cual tiene convenido vender a su hermano Antonio de Leiva; un rancho de caña, en un sitio de ganado menor nombrado Señor San José; y diferentes casas que tiene en la villa de Córdoba. Declara estar casado con doña Agustina Jaimes Dávila Barrientos, con quien ha procreado a Gabriel, de ocho años de edad; Miguel, de seis años; Rafael, de tres años; y Diego, de dos años. Dijo que para el sufragio y bien que reciben las ánimas del purgatorio, convirtiéndose los bienes profanos y temporales en espirituales eclesiásticos, ordena se funde una capellanía de misas rezadas con el remanente del quinto de sus bienes, por su alma, la de sus padres, abuelos, su esposa y parientes, bajo las condiciones y nombramientos que se mencionan. Nombra por albaceas testamentarios al Capitán José Gómez Dávila, en primer lugar, y a Nicolás de Olivera y a Antonio de Leiva; y como tenedor de bienes y tutor y curador de las personas y bienes de dichos sus hijos al dicho capitán José Gómez Dávila y por su falta a Nicolás de Olivera, y por la de ambos a Antonio de Leiva Esparragosa; y como herederos universales a sus cuatro hijos.
JUAN JIMÉNEZ, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICODon José María Rodríguez Roa, a nombre de don Miguel José Ussi, como curador de sus menores hijos y de la finada señora doña Joaquina Cendoya, dijo que por la facultad que tiene de su poderdante, otorga que ha dado en arrendamiento el rancho nombrado San Diego, por el término de cinco años, contados desde abril del próximo pasado a don José María Rivera, también de esta vecindad, bajo las condiciones siguientes: 1ª, éste ha de satisfacer 150 pesos anuales. 2ª, los gastos que el arrendatario haga por cambio de cercas u otras mejoras, no serán demandados hasta concluir el tiempo estipulado. 3ª, que en el caso de que antes de los cinco años haya comprador para dicho rancho, se le abonarán solo 50 pesos, y si al mismo señor Rivera se le hiciere la venta, no tendrá lugar de los pagos que se mencionan en la cláusula anterior, porque se convierten dichas mejoras en su propia utilidad. Bajo cuyas condiciones y calidades, otorga el señor adjudicado don José María Rodríguez Roa le será cierto y seguro a don José María Rivera, el explicado arrendamiento del rancho de San Diego, cuyo precio no han de incrementar ni revocar él ni su poderdante, pena de darle otro con las mismas condiciones.
ÁNGEL DE OCHOA, ESCRIBANODon Miguel de Leiva Esparragosa, vecino y natural de esta villa de Córdoba, Regidor por Su Majestad, hijo legítimo de don José de Leiva y de doña Catalina de Esparragosa, vecinos de esta villa, ordena su testamento de la siguiente manera: Manda se den de sus bienes 500 pesos a doña María Jaimes Ricardo, doncella de dieciocho años, hija del Capitán José Álvarez Ricardo y de doña Isabel de Noroña, quien está en su casa y compañía asistiéndolo en sus achaques. Declara ser albacea testamentario de José de Leiva Esparragosa, su difunto hermano, por lo cual pide a sus albaceas continúen las diligencias del juicio divisorio. Ordena saquen de sus bienes 500 pesos y los pongan a censo para que sus réditos de 25 pesos se digan cincuenta misas cada año, en la ciudad de los Ángeles, los lunes en el altar del Santo Cristo de Burgos, que está en el convento de San Agustín de dicha ciudad, por las Ánimas Benditas del Purgatorio. Declara por bienes un rancho nombrado San Diego, en el paraje que llaman Ojo de Agua; dos haciendas de trapiche de beneficio de hacer azúcar, la primera nombrada San Miguel, que es la que tiene actualmente, y la otra nombrada San José que fundó desde sus principios; asimismo, dijo tener varias casas de cal y canto en esta villa y demás bienes que encarga sus albaceas realizar inventarios de ellos. Ítem declara estar casado con doña Agustina Jaimes Dávila Barrientos, durante dicho matrimonio, procrearon como hijos a Miguel José de ocho años y a Rafael José de cinco años, declara lo que recibió por dote y el caudal que él tenía. Ítem tiene comunicado a sus albaceas lo que debe y las personas que le deben. Declara ser albacea de don Nicolás de Olivera, difunto, vecino que fue de esta villa, y como tal procedió a la venta de su hacienda, nombrada San Francisco de las Mesillas, la cual compró don Gregorio Martínez de Solís en precio de 51 000 pesos de contado, 15 000 de ellos de contado y el resto como manda el contrato de venta, por lo cual, pide a sus albaceas continúen las diligencias de dicho albaceazgo. Ordena se instituya una capellanía de misas rezadas por su alma, la de sus padres, abuelos, esposa y demás parientes, con 3 000 pesos de principal que han de cargar y situar en una casa baja de cal y canto, cubierta de teja, que tiene en esta villa. Y en el remanente del quinto de sus bienes que quedare, manda que sus albaceas lo pongan a censo redimible en fincas ciertas y seguras; cuyos réditos le deben dar a la Madre Nicolasa Teresa de la Concepción y a la madre Gertrudis de San Miguel, sus hermanas religiosas, profesas del convento de Señora de Santa Clara de la ciudad de los Ángeles, bajo las cláusulas y condiciones que se mencionan en el acta. Nombra por sus albaceas testamentarios en primer lugar al Capitán Juan de los Santos Cubillos; en segundo al Capitán Juan Gómez Dávila; en tercer lugar a don Antonio de Leiva Esparragosa, su hermano y en cuarto lugar a doña Agustina Jaimes Dávila Barrientos, mujer del otorgante, en las condiciones que se expresan en la escritura. Y del remanente que quedare de sus bienes nombra por sus únicos y universales herederos a sus hijos legítimos, Miguel y Rafael de Leiva y a doña Agustina Jaimes Dávila. A esta última la nombra por tutora y curadora ad bona de las personas y bienes de sus hijos menores.
JUAN JIMÉNEZ, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICOEn el rancho de trapiche del beneficio de hacer azúcar nombrado San Diego, Juan de los Santos Cubillos, uno de los albaceas testamentarios del difunto Regidor don Miguel de Leiva Esparragosa, dijo que continuando con los inventarios de los bienes que dejó por fin y muerte el dicho Regidor, según cláusula de su testamento le pertenece esta hacienda, por lo tanto hace inventario en la siguiente manera: Una casa de horcones y madera, embarrada, cubierta de zacate, con sus puertas y ventanas; otra casa de trapiche sobre horcones de madera y cubierta de zacate; un trapiche corriente con su canoa; un colgadizo que sirve de casa de calderas; calderas, moledores, resfriadera de cobre; cinco suertes de caña dulce con sus respectivos nombres; entre otras cosas que se menciona en el acta. Finalmente declara cerrado dicho cuarto inventario de bienes.
JUAN JIMÉNEZ, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICOBalthazar [Baltazar] González de Belilla [Velilla] Blanco, Regidor Perpetuo y Depositario General, vecino de esta villa, dijo que se halla destituido de bienes y en suma pobreza, respecto a que desde hace mucho tiempo sigue pleito en la Real Audiencia de esta Nueva España contra el Licenciado don Diego [Peláez] Sánchez, Prebendado de la Santa Iglesia Catedral de la ciudad de los Ángeles, sobre [roto] un trapiche que le vendió al otorgante [roto] en esta dicha villa [roto]. Dijo también, que teniendo algunas tierras pertenecientes al Ilustre Cabildo de esta villa y no tener conque labrarlas y cultivarlas, ni casa en que vivir en ellas, hizo relación de sus muchas necesidades a Joseph de Leiba [José de Leiva] y Esparragosa, Capitán de la Infantería Española de esta villa, quien condolido con su situación le prometió ayuda para el fomento de hacer una casa y labrar dichas tierras. Por lo cual declara y confiesa que tiene en su poder 340 pesos que le dio dicho capitán para el avío y rancho, de lo cual dio vale en forma el primero de abril pasado, más 660 pesos con que dicho capitán le ajusto a 1 000 pesos de oro común para el efecto referido. Y en esta conformidad, se obliga a pagar al susodicho capitán los 1 000 pesos más lo que pareciere en otros recibos, dentro de cinco años a partir del primero de abril de este año, y en cada año se obliga a darle la mitad de los frutos que obtenga de dichas tierras; asimismo, le ha de pertenecer al Capitán Leiva la mitad del aumento de dicho rancho que en dichas tierras está fabricando con el nombre de San Diego. Y para el seguro de la deuda hipoteca dicho rancho.
NICOLÁS LÓPEZ, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICOIsabel López Ruiz Matamoros, soltera vecina del pueblo de Jalapa, hija natural de Juan López Ruiz Matamoros, difunto, otorga su testamento donde declara lo siguiente: debe a doña María de Thormes ciento y tantos pesos; debe a Lorenzo Meléndez hijo de Ana Dorantes, 2 becerros. Entre sus bienes tiene la casa en la que vive, una mitad es de ella y la otra de Francisca Zavala, su hermana, con quien esta convenida de que después del fallecimiento de las dos, sea para el convento con el cargo de que cada año se digan seis misas rezadas; tiene vacas, yeguas, potros y caballos que están en el rancho de San Diego en tierras de los Cadenas; asimismo tiene dos esclavos, a quienes les da un solar de los tres que tiene y un colchón, les otorga la libertad con la calidad de que esté subordinado a su sobrino para que lo eduque y lo ponga a oficio hasta que pueda gobernarse. Nombra como albacea a su hermana Francisca Zavala y al Alférez Agustín Velázquez su sobrino, a este último también lo nombra como su heredero universal.
El Capitán don José de Leiva y Esparragosa, vecino de esta villa, dijo que por cuanto al presente se halla por dueño de un rancho que está en esta jurisdicción nombrado San Diego, “que éste está al principio de su fundación y principiado por mano y disposición” de don Balthazar González de Belilla [Velilla] Blanco, Depositario General y Regidor perpetuo de esta villa por Su Majestad, a quien viendo pobre y atrasado y con crecidas obligaciones ha solicitado ayudar como lo hizo en el fomento de dicho rancho, debajo del concierto y ajuste que tuvieron para ello como consta de los instrumentos que uno a otro se otorgaron para su mayor claridad; y respecto de que al presente se halla “muy a los principios la dicha fundación” en que tiene gastadas muchas cantidades de pesos de su caudal, sin que haya puesto[roto] reales el dicho depositario [roto] por cuya razón se halla dueño de dicho rancho. Por otra parte dijo que de presente ha comparecido en esta villa la parte del Doctor don Diego Peláez Sánchez, Canónigo de la Santa Iglesia Catedral, pidiendo y demandando cantidad de pesos al dicho don Balthazar González de Velilla Blanco, y en virtud de Real Provisión que presentó ante la justicia ordinaria de esta villa se ha pasado a la ejecución de todos sus bienes, y considerando ser suyo dicho rancho se pasó también a trabar dicha ejecución, a pesar de haber presentado dichos instrumentos, con petición en que alega el derecho que le asiste, se procedió a la ejecución por la parte que le puede tocar a dicho depositario general; mandando dicho juez que ocurriese a representarlo a la audiencia de la ciudad de México. Y para poder representarlo otorga poder a don Juan [Matías] de Rivera y Nava, vecino de la ciudad de México, para que en su nombre parezca ante Su Alteza y señores de la Real Audiencia de México y en razón de lo referido y presentando dichos instrumentos que para dicho efecto le remita, pida se le declare tocar y pertenecer dicho rancho al otorgante, sin que de ninguna manera quede perjudicado por las diligencias hechas por la justicia ordinaria de esta villa, en orden de lo pedido por el Doctor don Diego Peláez.
JUAN JIMÉNEZ, ESCRIBANO REAL