El presbítero don Juan Nepomuceno Fernández de Ulloa, de esta vecindad, dijo ser legítimo dueño de la hacienda nombrada los Ojuelos está en términos de esta jurisdicción, hacia el rumbo del Encero, la cual se compone de 80 caballerías de tierra, que hacen dos sitios de ganado mayor, las que lindan por el lado del norte con el paraje nombrado el Dominico, los trapiches del Rosario y Maxtatlán, tierras de los Garcías y las del Castillo, por donde terminan con una cuchilla y es el rumbo por donde tiene más extensión, y de poniente a oriente, por el costado del sur lindan con el cerro que nombran Cimarrontepec, y siguen por el cantil del río del Castillo hasta las tierras del Encero, y viene a cerrar por el oriente con tierras pertenecientes a los herederos de don Manuel de Acosta, a quien pertenecieron éstas en un tramo y las vendieron al finado presbítero don Francisco de Campo, quien se las vendió al que comparente y a don José Trabedra, en compañía, el 13 de septiembre de 1825, habiendo este último vendido también al otorgante su parte. Como legítimo dueño, otorga que vende a don Félix Antonio Olvera, el sitio que se ubica de la cuesta del Arco barranca abajo, a donde concluye la Barranca para la loma del Paxtle y de ahí río de los Otates para arriba hasta llegar a ponerse en paralelo con dicha cuesta del Arco, siguiendo de aquí a cerrar hasta el punto donde se comenzó; lindando dichas tierras demarcadas, por el oriente con las de don José Barradas, por el norte con las de Maxtatlán, por donde está el salto nombrado de la Mesa, por el sur con la barranca del Arco y del otro lado tierras de dichos Ojuelos, y por poniente que se halla una angostura con tierras de los mismos Ojuelos, no pudiéndose fijar el área plana que comprende por estar entre barrancas el terreno que queda dentro de dichos linderos. Lo vende en precio de 1 400 pesos. Asimismo, dijo que hace tiempo hizo trato de vender la hacienda a don Pablo Domínguez, quien prometió vender una parte del terreno de dicha hacienda a don Félix Antonio Olvera, ya por sí, si la compraba, o ya por el compareciente como legítimo dueño. Siendo estas tierras en cuestión las mismas que se trataron en dicha promesa.
ÁNGEL DE OCHOA, ESCRIBANO PÚBLICO INTERINORÍO DEL CASTILLO
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El Presbítero don Francisco de Campo, Clérigo Domiciliado del Obispado de la Puebla de los Ángeles, vecino de esta Villa, dijo que por cuanto don Miguel de Campo, su hermano, le debe a don Francisco de Paula Cortés la cantidad de 227 pesos, por la presente se obliga a que si el citado su hermano no satisface dicha cantidad con sus réditos de 5% anual en el término de 3 años, lo pagará el otorgante de su propio peculio y para seguridad del pago, hipoteca las tierras que tiene en términos de esta jurisdicción, nombradas los Ojuelos, las cuales lindan por el oriente con tierras nombradas el Dominico, las de los Acosta y Atexca; por el poniente con las del Castillo, las de los Garcías y Cimarrontepec; por el costado del norte con las de Maxtatlán y del Rosario; y por el sur con el Río del Castillo y el del Lencero.
El presbítero don Juan Nepomuceno Fernández de Ulloa, de esta vecindad, otorga que debe y se obliga a pagar al Presbítero don Cristóbal de Pitalua y Costa, ex cura de Tuxpan, residente en esta ciudad, la cantidad de 2 000 pesos que por vía de empréstito depósito irregular y causa de réditos de un 5 por ciento, que le ha dado en pesos fuertes a su entera satisfacción, cuyo pago hará dentro de cinco años contados desde hoy y en el ínterin sus correspondientes réditos del 5 por ciento anual. Y para seguridad hipoteca las tierras de labor que nombran los Ojuelos, ubicadas en este cantón, en las inmediaciones del Encero, compuestas de 80 caballerías que hacen dos sitios escasos de ganado mayor, y lindan por el norte con el paraje que nombran el Dominico, los trapiches del Rosario y Mastatlán, tierras de los Garcías y las del Castillo, por donde terminan con una cuchilla y es el rumbo por donde tienen mayor extensión; y por el costado del sur lindan con el cerro que nombran de Simarrontepec y sigue por el cantil del río del Castillo hasta las tierras del Encero, cerrando por el oriente con las pertenecientes a los herederos de don Manuel de Acosta. Cuyas tierras ya deslindadas las hubo y compró el otorgante y don José Iravedra del Presbítero don Francisco de Campo, por escritura que les otorgó en esta ciudad el 13 de septiembre de 1825 y, posteriormente, el comunero don José Iravedra vendió su parte al otorgante por escritura con fecha en esta ciudad a 4 de noviembre de 1827.
ANTONIO MARÍA BUENABAD, ESCRIBANOEl presbítero don Francisco de Campo, de esta vecindad, otorga que vende al presbítero don Juan Nepomuceno Fernández de Ulloa, también de esta vecindad, las tierras de labor que nombran los Ojuelos, ubicadas en jurisdicción de esta villa, por el rumbo e inmediaciones al Encero [Lencero], que se componen de 80 caballerías que hacen escasos dos sitios de ganado mayor, las que lindan por el rumbo del norte con el paraje nombrado el Dominico, los trapiches del Rosario y Mastatlan, tierras de los Garcias y las del Castillo, por donde terminan con una cuchilla, y es el rumbo por donde tienen más extensiones; y de poniente a oriente por el costado del sur, lindan con el cerro que nombran Simarrontepeque [Cimarrontepeque]y siguen por el cantil del río del Castillo hasta las tierras del Encero, y cierran por el oriente con tierras pertenecientes a los herederos de don Manuel de Acosta, a quién pertenecieron éstas en un tronco, y de quién las hubo y compró por escritura otorgada en esta villa el 13 de octubre de 1809. Las que ahora las vende al citado Juan Nepomuceno Fernández de Ulloa en compañía con don José Iravedra, por precio de 2 000 pesos en reales de contado.
JUAN FRANCISCO CARDEÑA, ESCRIBANO PÚBLICO INTERINOEl Presbítero don Juan Nepomuceno Fernández de Ulloa, dijo que es dueño del rancho nombrado los Ojuelos, ubicado en jurisdicción de esta ciudad, por mediaciones del Encero [Lencero], que se compone de 80 caballerías, que hacen dos sitios escasos de ganado mayor y linda por el norte con el paraje nombrado el Dominico, los trapiches del Rosario y Maxtatlán; tierras de los Garcias y las del Castillo, por donde terminan con una cuchilla; y es el rumbo por donde tienen más extensión; y de poniente a oriente por el costado del sur lindan con el cerro que nombran Cimarrontepeque y sigue por el cantil del río del Castillo hasta las tierras del Encero [Lencero]; y cierra por el oriente con tierras pertenecientes a los herederos de don Manuel de Acosta. Por la presente otorga que lo da en arrendamiento el rancho deslindado a don Pablo Domínguez, vecino de los Ojuelos, bajo las siguientes condiciones: 1.ª Que dicho arredramiento será por 7 años, los que empezaron a contarse desde el primero de noviembre de 1832, fecha en la que esta Domínguez en posesión de la finca. 2.ª Que por dicho arrendamiento pagará 800 pesos anuales pagados por medios años con puntualidad. Así mismo, expone que dicho precio no le incrementará ni lo removerá de la finca. 3.ª Que dicho arrendamiento comprende: las tierras, casa principal, casa de madera, dos platanares, 300 cabezas de ganado de fierro, 10 yuntas de bueyes, yeguas, caballos, potros, burros, ovejas, carneros, pollos y gallinas. 4.ª En caso de alguna seca en que peligre el ganado de la finca, el arrendador dará pastos con justo precio en la finca de la Yerbabuena. 5.ª Los inventarios de todo firmados por peritos valuadores y ambos contratantes se agregarán en hoja separada a la copia que le diese de esta escritura y se les dará la validez que si estuvieran insertados en ella; entre otras condiciones que se mencionan en el acta. Y para mayor seguridad del contrato, el arrendador ofrece por sus fiadores a don Bernabé de Elías Vallejo, de este comercio y vecindad y a don Juan de Quero, de Dos Ríos, ambos presentes otorgan que se constituyen como tales fiadores.
ANTONIO VIAMONTE, ALCALDE CUARTO CONSTITUCIONAL