Don Dionisio Serrano y Perea, vecino del pueblo de San Juan Cuescomatepeque [Coscomatepec], marido y conjunta persona de doña Nicolasa Ramos, hija legítima del Capitán Marcos Blanco, difunto, y de doña Micaela Ramos, vecina de dicho pueblo; dijo que cuando contrajo matrimonio con doña Nicolasa Ramos recibió por dote 5 672 pesos y 6 reales, incluidos 4 000 que el Capitán don José de Leiva Esparragosa, difunto, le estaba debiendo a doña Micaela Ramos, por el valor de una casa que le vendió en esta villa, como consta en escritura de obligación que se otorgó en esta villa. Y respecto a que el Regidor don Miguel de Leiva Esparragosa, hermano de dicho capitán, solicitó hacer la paga por dicho su hermano y por don José de Leiva, padre de ambos y heredero del Capitán José de Leiva, conviniendo con el otorgante a que pagaría de contado 1 300 pesos y por 2 800 pesos otorgaría obligación, lo cual ya tiene hecho. Por lo tanto, otorga cancela dicha escritura de obligación otorgada por el Capitán don José de Leiva Esparragosa.
JUAN JIMÉNEZ, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICOREGIDORES
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Don Antonio de Leiva Esparragosa, vecino de esta villa de Córdoba, dueño de una hacienda de trapiche del beneficio de hacer azúcar nombrada Acatengo y Nuestra señora de la Concepción, en términos del pueblo de San Juan Cuescomatepeque [Coscomatepec], que se compone de 2 sitios y 6 caballerías de tierra, con especificación de que en un sitio y 2 caballerías de tierra se haya fundada dicha hacienda; y en el otro sitio y las 4 caballerías el comedero del Monte, que lindan por la parte del sur y del oriente con tierras pertenecientes a los propios de esta villa; y por la del poniente con las de la hacienda de trapiche del Licenciado don Diego Peláez Sánchez, Canónigo de la santa iglesia catedral de la ciudad de los Ángeles; y por la del norte con tierras del pueblo de San Francisco Chocamán; cuya hacienda hubo y compró del Regidor don Miguel de Leiva Esparragosa, su difunto hermano. Y como dueño que es de dicha hacienda, otorga que la da en arrendamiento a Juan de los Santos Cubillos, vecino de esta villa, con el dicho comedor, sus pastos, aguajes, entradas y salidas; y la dicha hacienda con sus casas, aperos, esclavos, suertes de caña y demás bienes que se inventariaron y valuaron en esta escritura y que importan la cantidad de 8 544 pesos y 3 reales. Cuyo arrendamiento hace por tiempo de nueve años, a razón de 700 pesos por los seis primeros años y los tres años restantes a 800 pesos; con declaración que además del arrendamiento pagará 300 pesos que están cargados a censo principal sobre dicho trapiche y tierras, y su pago será en la manera que se expresa en el acta.
JUAN JIMÉNEZ, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICODoña Micaela Ramos, vecina del pueblo de San Juan Cuescomatepeque [Coscomatepec], viuda, mujer que fue del Capitán Marcos Blanco, difunto, su albacea testamentaria y tenedora de bienes de los que dejó en este pueblo como en la villa de Córdoba, hacienda de Mazapa y Tlamatoca, todos los cuales le fueron aplicados por su dote, arras y mitad de gananciales, como también por las porciones que a cada uno de sus hijos les toca por herencia paterna; y como tutora y curadora con la obligación de pagar a sus hijos lo que les corresponde a cada uno luego que tuviesen edad o tomasen estad, cuya obligación otorgó en la villa de Córdoba el 29 de diciembre de 1693, por cuya razón le pertenecen todos los bienes; y como dueña de ellos, otorga que vende a Nicolás de Bolaños, vecino de esta villa, una casa de madera, embarrada y cubierta de paja, la cual esta edificada en un solar de 50 varas de frente y 50 de fondo, que está en dicha villa, en la plaza Pública de ella, sale para el convento de San Antonio; linda por el oriente con casa y solar de Diego de Palma; por el poniente, calle en medio, con casa del Regidor don José de Leiva; por el sur con casa de doña Juana de Contreras Gatica, calle en medio; y por el norte linda con un pedazo de solar que pertenece al Sargento Antonio de Villavicencio. La vende en precio de 350 pesos de oro común que declara que los tiene recibido en reales de contado.
JUAN JIMÉNEZ, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICOAntonio de Orantes [Dorantes], vecino de esta villa de Córdoba, como principal y obligado en derechos; el Regidor Joseph [José] de Leyva [Leiva], de esta villa por Su Majestad; Isidro Sánchez de la Llama, Lorenzo de Guzmán y [Antonio] Sebastián Pérez Padrón, vecinos de esta dicha villa, como sus fiadores y principales pagadores que se constituyen, otorgan que se obligan de pagar al Capitán Marcos Blanco, Teniente General de esta jurisdicción [roto]; y por otro impedimento, al Sargento Juan Joseph [José], vecino del pueblo de San Juan Coscomatepeque [Coscomatepec]; a saber 448 pesos de oro común, mismos que por un vale simple, “yo el dicho principal fui demandado ante la Real Justicia de esta villa, y de que en caso necesario principal y fiadores nos damos por entregados […] yo el dicho Antonio de Orantes [Dorantes] [ilegible] dar y pagar al dicho Teniente General Marcos Blanco o al dicho Sargento Juan José”, los 50 pesos de ellos en la Navidad del presente año y otros 50 pesos de la fecha de este pago en un año, y consecutivamente ha de ir [ilegible] en esta forma hasta haber pagado íntegramente dicha cantidad.
Diego de Palma, vecino de esta villa de Córdoba, dijo que por cuanto fue casado con doña Teresa de Jáuregui, difunta, quien antes de su fallecimiento tuvo deseo y ánimo de que ambos fundaran una capellanía de misas rezadas por sus almas, con principal de 2 000 pesos, y por voluntad de la susodicha dispuso un poder que le otorgó para testar, por el cual entre las cláusulas que hizo y ordenó fue separar de sus bienes 1 000 pesos y con ellos ejecutar la obra en la conformidad que le comunicó. Y atendiendo a que de imponer dicha capellanía de 2 000 pesos, los 1 000 de ellos de su mujer y los otros 1 000 pesos de su propio caudal sería aumentado el divino culto de Dios Nuestro Señor, y poniendo este deseo en ejecución, otorga que instituye dicha capellanía con las condiciones y calidades siguientes: La capellanía se funda con el principal de 2 000 pesos de oro común que aplica y sitúa en el precio y valor de una casa de piedra y madera, cubierta de teja, que tiene en esta villa, ubicada en la calle Real, que viene del pueblo de San Juan Cuescomatepeque [Coscomatepec] para la Lagunilla, y hace enfrente, calle en medio, con casa de Lorenso [Lorenzo] de Guzmán; por el norte, por la espalda, con casas de doña Gertrudis de Gatica; por el oriente con solar del regidor don Gaspar Ramírez de Carvajal Benavente; dicha casa se halla apreciada en 2 164 pesos y 7 reales. Y como tal fundador de esta capellanía nombra a Juan Manuel Fernández de Jáuregui por primer capellán propietario, para que lo sea todos los días de su vida, de edad de catorce a quince años, que al presente se halla estudiando gramática en la ciudad de los Ángeles, natural de esta villa, hijo legítimo de Luis Fernández de Andrade y de doña Juana de Jáuregui, para que a su título pueda ordenarse ascendiendo al sacro presbiterato; y por su fin y muerte nombra por capellán propietario a José Fernández de Jáuregui, niño de edad de siete años, hermano del dicho Juan Manuel; y por su falta a los hijos legítimos que tuviere doña Bernarda de Jáuregui. Dichos capellanes han de tener la obligación de decir veinticinco misas rezadas en cada un año. Por último, nombra por capellán interino al Licenciado don Manuel de Prado, Presbítero Domiciliario de este obispado y vecino de esta villa, para que la sirva, siendo obligado a decir dichas veinticinco misas rezadas en cada un año; y como instituyente de dicha capellanía se nombra por primer patrono de ella por todos los días de su vida.
JUAN JIMÉNEZ, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICOEl Regidor Francisco de Aguilar, vecino de esta villa de Córdoba, se obliga a pagar a Pedro Jiménez Bernal, vecino de Alvarado, 196 pesos y 3 reales de oro común, mismos que le debe Juan de Escalona, vecino de San Juan Coscomatepec, por quien se obliga a pagarlos dentro de dieciocho meses.
ANTONIO DE SINTRA, ESCRIBANO REALDon Juan Pérez, Gobernador; Miguel Juan, Regidor Mayor; [roto] y Bartolomé Francisco, Regidores; Joseph [José] de la Cruz, Alguacil Mayor; Cristóbal Jácome, Alcalde del barrio de San Juan Texucapan; y Juan de Morales, Alcalde de Santiago Ystiyuca [Ixtiyuca], todos del pueblo de San Juan Cuescomatepeque [Coscomatepec] partido de San Antonio Guatusco [Huatusco]; mediante Jacinto Beneroso [Veneroso], intérprete de dicho partido y vecino de este pueblo, y con licencia que pidieron al Alférez Antonio de Ábrego Esquivel, Teniente General por nombramiento del Capitán don Antonio Orejón de la Lama, Caballero de la Orden de Santiago y Alcalde Mayor de dicho partido, otorgan en arrendamiento a doña Micaela Ramos, viuda de Marcos Blanco y vecina de este pueblo, unas tierras que llaman el sitio de Quausxapa, que poseen a la salida de este dicho pueblo para el de San Antonio Guatusco [Huatusco], las cuales siempre han arrendado a doña Micaela, como obligada del abasto de las carnicerías de dicho pueblo, para que agostasen sus ganados. Las arriendan por tiempo de dos años y precio de 60 pesos anuales, que ha de pagar a los otorgantes o a quien les suceda, para los gastos y fiestas de la cofradía de Nuestra Señora, sita en la iglesia de este dicho [pueblo].
NICOLÁS LÓPEZ, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICOGaspar González, vecino y natural de la villa de Córdoba, hijo legítimo de Gaspar González y de Francisca de Chávez, otorga su testamento donde declara estar casado con doña Ana de Meza [Solano], con quien no tuvo hijos. Declara por bienes una hacienda de trapiche de hacer azúcar en esta jurisdicción de la villa de Córdoba, nombrada San Miguel, una casa en esta villa y un solar a la linde de ella, en la calle que sale de la plaza para el pueblo de San Juan Cuezcomatepec [Coscomatepec]. Nombra como albaceas al Regidor Joseph [José] de Leiva, su tío, y al Capitán Joseph [José] Blanco, vecinos de esta villa de Córdoba, y como heredera universal a su mujer.
DOMINGO ANTONIO GÓMEZ, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICOJuan Ximénez [Jiménez], vecino de la ciudad de Cádiz, residente en esta villa de Córdoba, soldado de la capitana de flota surta en San Juan de Ulúa del cargo del Conde de Villanueva, en voz y en nombre de don Luis de Aranda, Capitán de dicha capitana, otorga que vende al Regidor Joseph [José] de Leiva, un esclavo nombrado Juan Andrés Márquez de nación Congo, que es del Capitán don Joseph [José] Márquez de Luna, vecino de Cádiz, uno de dos muleques que don Juan Herrera, vecino de Veracruz, le vendió en dicha ciudad. Lo vende en 345 pesos de oro común, y para seguridad de la venta nombra como fiador a [Francisco] de Arévalo, dueño de recua, vecino de San Juan Coscomatepec.
ANTONIO DE SINTRA, ESCRIBANO REALDon Nicolás García, Gobernador [roto] Francisco Juan, Alcalde; Juan Baltazar, Miguel de la Cruz [roto], Regidores; don Juan Lucas, don Juan de Olmos, don Pedro de Olmos, don Juan Pedro y Cristóbal Matías, principales de este pueblo y otros macehuales, mediante don Francisco de Fuentes, intérprete del juzgado, dijeron que este pueblo posee tierras en los alrededores y otro pedazo del otro lado de río Xamapa [Jamapa], llamado Zinextepec, y porque dichas tierras las tienen baldías y por esta causa sería de mucha utilidad arrendar el herbaje que hay en ellas y de lo que obtengan se convierta en lo necesario para su comunidad, por tanto, con licencia del alcalde mayor, arriendan a Marcos Blanco, vecino del pueblo de San Juan Cuezcomatepec [Coscomatepec], las tierras que este pueblo tiene desde su salida hasta donde linda con las tierras del pueblo de San Juan Coscomatepec, que es donde tiene su rancho Diego de Guzmán, con las que llaman de la [Yerbabuena], por la cantidad de 20 pesos anuales y por el pedazo de Zinextepec 10 pesos anuales durante cuatro años que dura el arrendamiento.
DOMINGO ANTONIO GÓMEZ, ESCRIBANO REAL