Joseph [José] de Ábrego, vecino del pueblo de Quechula, se obliga a pagar a don Miguel de Leiba, Regidor perpetuo por Su Majestad de esta villa, la cantidad de 575 pesos de a 8 reales cada uno de oro común, los mismos que por hacerle amistad y buena obra le prestó para comprar veinte mulas aparejadas de lazo y reata, con la calidad de que con ellas ha de sacar de la hacienda y trapiche del regidor 20 cargas de azúcar cada mes, conducirlas a la ciudad de la Puebla de los Ángeles y entregarlas en justa y bien acondicionada a Juan [Bautista de] Sierra Valle y Rioseco, vecino de dicha ciudad, [roto] por lo cual se le ha de pagar 3 pesos y 4 [roto] flete por cada carga desde dicho trapiche hasta la ciudad de los Ángeles [roto]. Declara que tiene ya pagados 50 pesos.
SEBASTIÁN DE LA PEÑA, ESCRIBANO REALREGIDORES
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Miguel Navarro; doña Ana Jaimes Navarro, mujer legítima de José Vázquez de Aranda; doña Gertrudis Jaimes Navarro, mujer legítima de don Gaspar Ramírez de Carvajal Benavente, Regidor perpetuo de esta villa de Córdoba; hijos y herederos de Antonio Navarro de Rosas y doña María Jaimes Alfonso, difuntos, vecinos que fueron de pueblo de Quichula [Quechula], otorgan que dan su poder general a [roto] Gómez Tagle, vecino de la ciudad de México, para que en su nombre y representación pueda parecer como sobrinos que son de Antonio de Armijo, difunto, ante el Santo Tribunal de la Inquisición de esta Nueva España, y pida se sirvan dichos señores demandar se le entregue el procedido de los bienes que quedaron por fin y muerte del dicho Antonio de Armijo, su tío, que entró en la caja del tesoro de dicho tribunal y de lo que recibiere y cobrare otorgue los recibos, cartas de pago y demás instrumentos.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDOIsidro Hernández de Seresero, vecino del pueblo de Quichula [Quechula], jurisdicción de la ciudad de Tepeaca, residente en esta villa de Córdoba, declara deber al Regidor Miguel de Leyba, vecino de esta villa, 593 pesos 4 tomines de oro común, procedidos de 230 arrobas de azúcar [roto] a precio de 22 tomines que importaron [632 pesos] 4 tomines, de los cuales le había dado 40 pesos.
NICOLÁS LÓPEZ, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICOMicaela de Estrada, vecina de esta villa de Córdoba, mujer que fue de Manuel de Piña, difunto, quien le otorgó poder para testar bajo cuya disposición falleció, su fecha en esta villa a 3 de diciembre de 1698, en cuya virtud por la presente otorga el testamento de su marido de la manera siguiente: Declara que su marido ordenó ser sepultado en la iglesia parroquial de esta villa, lo cual no fue posible por haber muerto en el pueblo de Quichula [Quechula], donde fue enterrado. Declara que su marido ordenó se diesen 20 pesos para la fábrica de la santa iglesia de esta villa. Declara que procrearon por hijos a Manuel, Gertrudis y Francisco de Piña. Declara que su marido la nombró tutora y curadora de los bienes de sus hijos por ser menores de edad. Nombra como albaceas testamentarios al Regidor don Miguel de Leyva y a Juan de Piña, hermano del difunto, vecinos de esta villa, y como herederos universales a sus tres hijos.
JUAN JIMÉNEZ, ESCRIBANO REALJhoan [Juan] Pecellin [Pezellin] Vaca, vecino [roto] jurisdicción de Orizaba, arrendatario del molino de la Puente; Francisco de Aguilar, Regidor de la villa de Córdoba; y el Capitán Joseph [José] Blanco, ambos vecinos de esta villa, otorgan poder a Gaspar [de los Reyes], vecino del pueblo de Quichula [Quechula], para que en nombre del dicho Juan Pecellin [Pezellin] Vaca haga arrendamiento con el Señor Conde del Valle Vizconde de San Miguel, del dicho molino de pan moler nombrado de la Puente, que su señoría tiene en esta jurisdicción. Dicho arrendamiento ha de ser por los años y precio que le parezca, con la obligación y condiciones con que lo ha tenido arrendado el año pasado, obligando como fiadores a Francisco de Aguilar y al Capitán Joseph [José] Blanco.
DOMINGO ANTONIO GÓMEZ, ESCRIBANO REALEl Capitán Antonio de Leiva Esparragosa, vecino de esta villa de Córdoba y dueño de hacienda de hacer azúcar en su jurisdicción, marido y conjunta persona de doña Margarita de Bistrain Dávila, otorga poder general a don Pedro Fernández de Agurto, residente en esta villa, para que en nombre y en representación de su persona demande y cobre, judicial y extrajudicialmente del cura que es o fuere del pueblo de Quechula, como patrón que es de la obra pía que fundó don Juan Francisco Álvarez Ricardo por cláusula de testamento para casar huérfanas, beneficio que tocó a dicha Margarita, la cantidad de 230 pesos que se le restan debiendo de la dote de la dicha su mujer. Asimismo, para que haya, reciba y cobre de los bienes, albaceas y herederos de don Diego Dávila Barrientos y de quien con derecho pueda y deba 500 pesos, cuya cantidad estaba de principal en poder del Regidor don José de Leiva, su padre, y la redimió y entregó a dicho Diego Dávila Barrientos como consta de escritura; y de lo que recibiere y cobrare, entregue los recibos, cartas de pago y demás instrumentos que se le pidan.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDOEl Regidor Miguel de Leiva [Esparragosa], vecino de esta villa y dueño de hacienda de beneficiar azúcar en su jurisdicción, otorga recibo a Isidro Hernández de Serecedo, vecino del pueblo de Quechula, por la cantidad de 593 pesos 4 tomines de oro común que por escritura pública se obligó a satisfacerle, cuya escritura da por cancelada.
SEBASTIÁN DE LA PEÑA, ESCRIBANO REALAntonio Carrillo, vecino del pueblo de Quechula y estante en esta villa, se obliga a pagar a Nicolás de Olivera, vecino de esta villa y poseedor de hacienda de beneficiar azúcar en su jurisdicción, 468 pesos de oro común, los mismos que Carrillo le estaba debiendo a don Miguel de Leyva, Regidor de esta villa, y dicho Olivera por hacerle amistad y buena obra le pagó a dicho regidor. Cuya cantidad irá pagando a Olivera desde el próximo 1 de octubre hasta que pague toda la cantidad, sacando todos los viajes de azúcar del trapiche de Olivera, y en cada mes un viaje en su recua conduciéndola a la ciudad de la Puebla de los Ángeles y donde la entregará al Capitán Juan Bautista de Sierra Valle y Rioseco, encomendero de Olivera. Y se le ha de pagar a Carrillo de flete por cada carga de azúcar 4 pesos y dicho encomendero le ha de ir descontando del débito 40 pesos de oro en cada viaje. Para seguridad de la deuda hipoteca quince mulas de carga aparejadas de lazo y reata.
SEBASTIÁN DE LA PEÑA, ESCRIBANO REALDon Miguel de Leiva Esparragosa, Regidor de esta villa de Córdoba por Su Majestad, otorga poder especial a Luis Rodríguez, vecino del pueblo de Quichula [Quechula], para que en su nombre haya, demande, reciba y cobre judicial o extrajudicialmente de Carlos Ipeñarrieta, mercader viandante, la cantidad de 434 pesos, que le debe de resto y ajuste de cuentas; asimismo, cobre de Antonio Machorro, vecino del pueblo de Acacingo [Acatzingo], la cantidad 274 pesos y 5 tomines que le debe, y recibiendo dichas cantidades otorgue recibo, carta de pago y finiquitos en forma.
JUAN JIMÉNEZ, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICOManuel Gómez Dávila, Juan Gómez Dávila y doña María de Olaso y Salgado, viuda de José Gómez Dávila, vecinos de esta villa de Córdoba, como albaceas testamentarios del difunto José Gómez Dávila; dijeron que dicho difunto les dejó comunicado que le vendió al Secretario Juan de Espinosa, Escribano Público Propietario y de Registros del partido de Orizaba y de San Antonio Huatusco, una hacienda de trapiche de hacer azúcar nombrada San José en esta jurisdicción, al pago de San Lorenso Serralbo [San Lorenzo Cerralvo], con 6 caballerías de tierra en que está fundada, en precio de 20 563 pesos y 5 reales; de los cuales 16 873 pesos y 5 reales le pagó en reales de contado y los 3 690 pesos están impuestos y cargados a censo principal. Y por inconvenientes, el difunto no otorgó escritura en forma por la cual les dejó encargado que la otorgaran, y poniéndolo en efecto y ejecución, otorgan que venden al Secretario Juan de Espinosa la dicha hacienda de trapiche de hacer azúcar con todo lo que le pertenece y se detalla en esta escritura, entre lo que destaca un negro esclavo nombrado Miguel, maestro de azúcar, de cuarenta años, junto con su mujer, y un mulato purgador de nombre Miguel Rico, de treinta y dos años más o menos. Asimismo, los albaceas declaran que tiene recibidos los 16 873 y 5 reales y los 3 690 pesos quedan impuestos y cargados a censo principal redimible sobre dicha hacienda, de los cuales 1 250 están a favor del Regidor José de Leiva, vecino de esta villa, por razón de las tierras en que está fundada dicha hacienda; 1 000 a favor de una obra pía de que es patrón el cura que es o fuere del pueblo de Quichula [Quechula]; 840 pesos a favor de la comunidad y naturales del pueblo de San Pedro Tequila, jurisdicción de Orizaba; y los 600 pesos restantes a favor de la comunidad y naturales del pueblo de Tlacotepeque [Tlacotepec].
JUAN JIMÉNEZ, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICO