Don Juan Esteban de Elías, de esta vecindad y comercio, quien junto con don José de Arias, albacea y heredero de don Fernando Gómez Muñoz, vende a don Carlos Díaz y Herrero, Alguacil Mayor y Regidor Decano, un molino de moler trigo, ubicado en las inmediaciones de esta Villa, que llaman de la Pedreguera, con su ladrillera, tenería y tierras laboriosas, junto con el rancho agregado, llamado San Roque, en el precio de 11 000 pesos de oro común, de los cuales reconoce 600 pesos de la capellanía que fundó doña Ana Estudillo y sirve el Bachiller don Nicolás de Acosta; 2 000 pesos de la que fundó el Bachiller don Juan de Palafox y Mayorga: 1 000 pesos de la que fundó don Rodrigo Fernández de la Calleja; 1 000 pesos de la que fundó doña María de la O Muñoz; 1 000 pesos de la que fundó el Ilustrísimo Señor don Alonso de la Mota. Cuyos principales reconoce sobre la finca desde tiempo inmemorial y ahora también quedan cargados sobre ella 1 500 pesos a favor del vendedor, en calidad de depósito irregular por tiempo de su voluntad, cuyas cantidades suman 7 100 pesos, otorgando de contado los 3 900 pesos restantes.
REGIDORES
1590 Descripción archivística resultados para REGIDORES
El muy Ilustre Ayuntamiento, compuesto por don Ramón María de Villalba, Presidente; don Carlos Díaz y Herrero, Regidor Decano y Alguacil Mayor; don Francisco Sáenz de Santa María, Regidor Llano por Su Majestad; don José Fernández Castañeda, Diputado del Común; y don Eduardo de Alsasua, Síndico Personero, dijeron que por superior orden del Señor Virrey de este Reino, se les ha concedido la facultad de solicitar y tomar a réditos la cantidad de 24 431 pesos, de los cuales 18 000 son para satisfacer a don Juan de Bárcena, de esta vecindad y comercio, y al referido don Francisco Sáenz de Santa María, monto que ambos suplieron para costear la fábrica del Cuartel de Infantería de esta misma villa, y los 6 431 pesos restantes se ocuparán para invertirlos en la construcción de las dos cuadras que ha expresado el Señor Coronel, don Pedro de Alonso, ser indispensables agregar a dicho cuartel para el más cómodo alojamiento de su regimiento de infantería, cantidad impuesta sobre el producto anual que rinde el arbitrio que se recolecta, de un peso en cada tercio de harina de los que se introducen en este suelo para su consumo. Y haciendo uso de dicha facultad otorgada por el Virrey, otorgan poder especial a don Ignacio Antonio de Salamanca, Procurador del Número de la Real Audiencia y Cancillería de México, para que solicite del cofre de la santa iglesia catedral, conventos, cofradías y cualquier persona eclesiástica o secular, la cantidad de 24 431 pesos a censo redimible, a razón de 5% anual, sobre el arbitrio de harinas y sus productos y para seguridad de la deuda hipotecan los arbitrios de dicho ayuntamiento.
El ciudadano Manuel Galván, regidor en el ayuntamiento del pueblo de Coatepec, dijo que entre otros terrenos eriazos que tiene aquella comunidad, y que pertenecen a sus propios, existe uno situado a orillas del río nombrado de los Pintores con el cual linde por el sur y poniente, así como por el oriente con tierras de don José María Ruiz y de don Francisco Murrieta, y por el norte con la calle llamada de don Antonio Basilio Domínguez a cuyo extremo occidental se halla el terreno deslindado. Terreno que el ayuntamiento vendió a don José María Ruiz con aprobación del gobierno, como aparece en el oficio que se agrega suscrito por el señor jefe político de esta ciudad, y aunque en él se expresa que esa venta se hace en enfiteusis, ha sido una equivocación, puesto que se vende a censo redimible. Y que estando facultado el comparente por el propio ayuntamiento para formalizar la respectiva escritura; reduciéndolo a efecto, otorga que vende a don José María Ruíz el terreno que queda deslindado en precio de 20 pesos que redimirán cuando lo tengan a bien, previa la aprobación del jefe político de esta ciudad, satisfaciéndole entretanto al ayuntamiento de Coatepec el rédito de un 5 por ciento anual.
JUAN NEPOMUCENO DE ARRIAGA, ESCRIBANO PÚBLICODon Tadeo Díaz, como regidor decano de este Ilustre Ayuntamiento, en representación del cuerpo municipal; y don José María Ochoa, de esta vecindad y comercio, dijeron que en virtud de autorización del Gobierno Departamental, procedió dicho respetable cuerpo al remate de los ramos que son de su inspección, habiendo recaído en el nominado señor Ochoa el de la asistencia de los presos de la cárcel, por lo cual, otorgan que establecen la contrata por dichos ramos bajos las condiciones que se mencionan, entre las cuales destacan: Que el expresado remate es por tiempo de tres años a partir del día de mañana 10 de septiembre. Que por parte del Ayuntamiento se ha de pagar al señor Ochoa a razón de 6 y medio octavos de real diarios por cada persona de los presos que existan de ambos sexos. Que dichos alimentos deben consistir en una taza de café o atole de maíz y dos pambazos a cada persona para el desayuno, así como, para la comida, y para la cena en dos bombillas de alimento bien condimentado de a 8 onzas cada una con cuatro pambazos por persona para la primera y dos para la segunda, o en su defecto siete tortillas en cada una, debiendo suministrarse los domingos y jueves carne guisada, y en los demás días diferenciarse con papas, habas, frijoles u otras verduras, entre otras condiciones que se mencionan.
JUAN NEPOMUCENO DE ARRIAGA, ESCRIBANO PÚBLICODon Fernando de Cubas, Alcalde Ordinario de Segunda Elección de esta Villa, otorga poder especial a don Ignacio de la Campa Cos, Agente de Negocios del Número de la Real Audiencia de la capital de México, para que a nombre de él otorgue una escritura de obligación y fianza a favor de José Antonio de la Peña, Regidor, Alférez Real de esta Villa, por 4 000 pesos, caucionando la quinta parte de los 20 000 que tiene percibidos de las arcas de las parcialidades de San Juan y San Santiago de dicha Capital, por el término de 2 años.
Doña María Gertrudis Almanza, de esta vecindad, viuda de don José Ramón Morales, Guarda que fue de Rentas Reales en la Nueva Veracruz, otorga poder especial a don Martín María de Cos, Regidor Perpetuo de dicho ayuntamiento, para que en su nombre y representación, perciba y cobre en aquellas Cajas Reales, la cantidad de 550 pesos que le pertenecen a su marido, como parte de un decomiso en que tuvo participación en el tiempo en que sirvió de guarda.
Don José Antonio de la Peña, Regidor Perpetuo Alférez Real de este ayuntamiento, como albacea y heredero de don José Antonio Liñeiro, dijo que entre los bienes heredados hay una casa de altos y bajos con su solar en la Villa de Corcubión, en los reinos de Galicia, la que hubo y compró de María López, viuda de Juan Ballón, por mano de don Blas Durán, por escritura de 2 de abril de 1766, de la que otorga donación a doña María Joaquina de la Peña Hoyo, hija de don Joaquín de la Peña Vallastra y de doña Manuela de Hoyo Gutiérrez, vecinos del lugar de Navajeda, en el Obispado de Santander.
Don Carlos Díaz de la Serna y Herrero, de este comercio y vecindad, Regidor y Alguacil Mayor jubilado de este Ilustre Ayuntamiento, y doña María Josefa de Herrasti y Alba, consortes, otorgan poder general a don Joaquín Herrasti y Alba, su hermano, para que en sus nombres pida, demande y cobre todas las cantidades de oro, plata, joyas, esclavos y demás efectos que les deban de manera judicial o extrajudicial.
Doña María Joaquina Barros, vecina de esta Villa, de estado honesta, mayor de 25 años de edad, otorga poder general a don Pedro Antonio Garay y Llano, Regidor Perpetuo del Ilustre Ayuntamiento de la Nueva Veracruz, para que en su nombre pida, demande, reciba y cobre judicial o extrajudicialmente todas las cantidades de pesos, oro, plata, joyas, esclavos, mercaderías, géneros y demás bienes muebles que le deban, administre, gobierne y rija cualquiera de sus bienes, y la defienda en todos sus pleitos, causas y negocios, civiles o criminales, eclesiásticos o seculares.
El Bachiller Antonio Rodríguez Teiseira, Clérigo de menores órdenes de este obispado de la Puebla de los Ángeles, vecino de esta villa, exhibió el testimonio de una escritura de fecha del 23 del presente mes y año, y en él se percibe que el Regidor y Alcalde Ordinario don Cristóbal Eugenio Calderón, dueño de hacienda de hacer azúcar en esta jurisdicción, cargó a censo principal redimible a favor de dicho bachiller 182 pesos de oro, para seguridad del principal hipotecó una casa [roto].
DIEGO GÓMEZ DE OLASO, ESCRIBANO PÚBLICO Y DE CABILDO