Doña Ana de Pedraza, viuda, vecina de esta villa de Córdoba, vende al Capitán don Gregorio Martínez de Solís, Alguacil Mayor y Regidor Perpetuo de esta villa por Su Majestad, un esclavo negro nombrado Juan Antonio, casta [roto], de cuarenta y cuatro años de edad, el mismo que hubo y compró de Francisco Boza, como apoderado de Juan de Ávalos, vecino de la Nueva ciudad de la Veracruz. Lo vende en precio de 185 pesos.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDOREGIDORES
1590 Descripción archivística resultados para REGIDORES
El Capitán don Gregorio Martínez de Solís, vecino de esta villa de Córdoba y Alguacil Mayor y Regidor Perpetuo en ella por Su Majestad, dueño de hacienda del beneficio de hacer azúcar en su jurisdicción, otorga poder general al Capitán don Felipe Fernández de Viveros, vecino de la Nueva ciudad de la Veracruz, para que en su nombre demande, reciba y cobre judicial o extrajudicialmente todo lo que le deban; y para lo representen y defiendan en todos sus pleitos, causas y negocios, civiles y criminales, que tenga con cualquier persona y ellas contra él, en cualquier audiencia, cancillería o tribunal.
GASPAR RENDÓN, JUEZ RECEPTOREl Capitán don Gregorio Martínez de Solís, Alguacil Mayor y Regidor Perpetuo de esta villa de Córdoba por Su Majestad, otorga haber recibido de don Francisco Pibot y Tapia, vecino de esta villa, albacea testamentario y tenedor de bienes que fue del General don Francisco Sigler [del Rebollar], difunto, la cantidad de 7 500 pesos, los 5 000 pesos de ellos que dicho general se obligó a pagar al otorgante por escritura en el pueblo de Orizaba el 29 de agosto de 1707, y los 2 500 pesos restantes, inclusos los dichos 5 000 pesos, que se obligó a pagar al otorgante el dicho Pibot y Tapia, por escritura que otorgó en esta villa el 12 de noviembre de 1707.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDOEl Capitán Miguel de Leyba, vecino y Regidor Perpetuo de esta villa de Córdoba, declara haber recibido de su hermano el Regidor Joseph Gómez Dávila 500 pesos de oro común, por cuenta de los réditos que paga de 1 300 pesos en que le vendió el Regidor Joseph [José] de Leyba [Leiva], padre del otorgante, 6 caballerías de tierra en que tiene fundada su hacienda de hacer azúcar y los ha recibido como cesionario que es de dicho su padre.
Don Joseph [José] de Leyba [Leiva], vecino de esta villa, otorga poder al Regidor don Miguel de [Leiva Esparragosa], al Capitán Joseph [José] de Leyba [Leiva] Esparragosa, y al Regidor Joseph Gómez Dávila, sus hijos, para que en su nombre se presenten ante el Alférez Antonio de Ábrego Esquivel, Juez Subdelegado para las medidas y composiciones de tierras de esta jurisdicción, y presenten los títulos de las que le pertenecen y está poseyendo en esta jurisdicción, por compra que hizo al Capitán don Gaspar Carlos de Rivadeneyra [Rivadeneira], vecino de la provincia de Tepeaca, y se le declaren por buenos, ajustados [roto] libres de composición. Y si es necesario hagan nueva composición [roto] [para lo cual] se entiendan con el Capitán don Gaspar Carlos de Rivadeneyra [Rivadeneira], como vendedor que fue de ellas y por haber quedado impuesto un censo a su favor en dichas tierras.
NICOLÁS LÓPEZ, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICODon Miguel de Leiva [Esparragosa], don Gaspar Carvajal y don Miguel Valero [y] Gragera [Grajeda], Alférez Mayor y Regidores de esta villa por Su Majestad, por ellos y por los demás del Cabildo y su Ayuntamiento, otorgan poder a don Juan [Matías] de Rivera y Nava, vecino de la ciudad de México, para que en sus nombres y del ayuntamiento, parezca ante Su Alteza y señores de la Real Audiencia de la ciudad de México, y sobre los privilegios que Su Majestad fue servido de conceder a esta dicha villa desde principio de su fundación, como lo ha continuado a ciertas preeminencias que goza como en la tierra que se sirvió de aplicarle y obtiene por sus propios y rentas, y en éstas han intentado introducirse algunas personas causando despojo e inquietudes, como al presente lo intenta el Doctor don Diego Peláez Sánchez, Canónigo de la Santa Iglesia Catedral de la ciudad de los Ángeles, en las que tiene fundado un trapiche de fabricar azúcar, sobre que tiene pleito pendiente con el Depositario General don Balthazar González de Belilla [Velilla] Blanco, y se declare por su Real Audiencia “ser y pertenecer dichas tierras a esta dicha villa”; y para sus causas y pleitos, negocios y declaración de todo ello que al presente y adelante hubiere con cualesquiera persona.
JUAN JIMÉNEZ, ESCRIBANO REALJuan Ruiz, vecino de esta villa de Córdoba, hijo legítimo de Basilio Ruiz y doña Luisa de los Reyes, vecinos que fueron de la ciudad de la Puebla de los Ángeles, de donde es natural y Tercero Profeso de Hábito Exterior de la Tercera Orden de Penitencia del Seráfico Padre San Francisco, ordena su testamento de la manera siguiente: Señala que le deja a sus albaceas la forma de su entierro, manda que se digan veinticinco misas rezadas por la pitanza ordinaria, diez por el alma de sus padres difuntos y cuarenta por aquellas personas a quienes puede ser de encargo; dos reales a cada una de las mandas forzosas y acostumbradas. Declara estar casado con doña Margarita de Cuéllar y al tiempo cuando contrajeron matrimonio la susodicha trajo a su poder en dote 500 pesos en reales y él no tenía ningún caudal, y durante dicho matrimonio procrearon como hijo legítimo al Padre Fray Francisco Antonio Ruiz, Religioso Sacerdote de la Orden de Nuestro Padre San Agustín, el cual durante su profesión renunció a los bienes de sus padres y posteriormente el otorgante lo excluye del derecho que pudiera tener en sus bienes. Declara que le resta debiendo 74 pesos a Manuel Francisco, mercader y residente en esta villa, por el valor de dos marquetas de cera de Castilla; a Juan Lanceta Osorio, vecino de esta villa, dos marquetas de cera de Castilla; a Gaspar Rendón, vecino de esta villa, una marqueta de cera de Castilla. Ítem, declara tener en su poder una marqueta de cera de China, manda se le entregue al Regidor don Miguel de Leiva, como Mayordomo que es de la Cofradía de la Purísima Concepción de Nuestra Señora la Virgen María. Declara ser diputado de la Cofradía de Nuestra Señora de la Concepción, sita en la santa iglesia parroquial de esta villa, y de lo que ha sido a su cargo tiene dada la cuenta al mayordomo de ella. Nombra como albaceas a su mujer, doña Margarita de Cuéllar, y al Regidor don Miguel de Leiva Esparragosa; como tenedora de sus bienes a dicha su esposa, asimismo, la nombra como su única y universal heredera.
JUAN JIMÉNEZ, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICOLa Justicia, Cabildo y Regimiento de esta villa de Córdoba de esta Nueva España, congregados en este Ayuntamiento a saber: don Miguel Valero Grajeda, Alférez Mayor; don Gregorio Martínez de Solís, Alguacil Mayor; don Diego Valero Grajeda, don Francisco de Aguilar, don Gaspar Ramírez de Carvajal Benavente y don Juan Valero Grajeda, Regidores perpetuos por el Rey Nuestro Señor; en voz y en nombre de los demás capitulares y vecinos de esta villa, otorgan poder general, en primer lugar, al Reverendo Padre Fray Juan de Ayeta, Custodio Padre de la Provincia del Santo Evangelio y Procurador General de las Indias Occidentales de la Orden de Nuestro Padre San Francisco; en segundo, a don Nicolás de Lona, Teniente en la villa de Madrid; y por su ausencia, a don Pedro Cristóbal del Alcázar, Caballero de la Orden de Calatrava, Regidor en dicha villa; y por la de éste, a don Juan Esteban de Aparicio y a don Gregorio Jerónimo Andamo, Agentes de Negocios; y por la de todos, al Procurador más antiguo de los del Número Real y Supremo Consejo de Indias; para que en nombre de esta villa, su cabildo y moradores comparezcan ante el Rey Nuestro Señor y el Real Consejo de Indias, donde en virtud de las mercedes hechas por Su Majestad en esta villa, cédulas expedidas, posesiones adquiridas y confirmaciones con que se haya, defienda su derecho sobre la pretensión del Capitán Juan Mellado de Revadeneira, quién tiene hechas diferentes diligencias ante el Licenciado don Baltazar de Tovar, Oidor en la Real Audiencia de la ciudad de México y Juez de Composición de Tierras, pretendiendo derecho a dichas tierras.
JUAN JIMÉNEZ, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICOEl Capitán don Lucas de Acosta, residente en esta villa de Córdoba, Administrador General en este reino de la Nueva España del asiento hecho con Su Majestad por la Real Compañía de Guinea del reino de Portugal para la introducción de negros, bajo la escritura que pasó en la villa de Madrid Corte de Su Majestad a los 12 de julio de 1696, ante Diego Fernández Piñero, Escribano de Cámara en el Real Consejo de Indias y de la Junta de Guerra, que fue Su Majestad servido de aprobar por Real Cédula su fecha en dicha villa a 17 de julio de 1696, refrendada por el Señor don Bernardo Antonio de Pardiñas Villar de Francos; y en virtud de nombramiento que le hicieron de dicho cargo los diputados de la junta de dicha Real Compañía en la ciudad de Lisboa a los 22 de mayo de 1699, firmado por dichos diputados y refrendado por Francisco Méndez de Barros, que en testimonio esta protocolado en el registro del oficio público de José de Orduña, Escribano Público de la ciudad de la Veracruz, de cuya facultad usando, otorga que vende a don Juan Valero Grajeda, vecino y Regidor de esta villa, nueve esclavos piezas de diferentes castas, calimbados en el brazo izquierdo con una CR, los mismos que fueron conducidos a la ciudad y puerto de la Veracruz por el Capitán Antonio Francisco de Seiva, en la urca nombrada Nuestra Señora de las Necesidades y San Joseph [José]. Los vende por esclavos cautivos, sujetos a servidumbre, libres de empeño y sin asegurar de vicio, tacha, ni enfermedad pública ni secreta, y con todas sus mañas buenas o malas, almas en bocas huesos en costales, excepto las enfermedades de mal de corazón y gota coral, según se expresa en la condición duodécima de dicho asiento; siete de ellos en precio de 350 pesos cada uno y los otros dos en 365 pesos de oro común cada uno, que importaron 3 180 pesos, que ha de pagar dicho comprador en los plazos y tiempos que se expresan en la escritura.
JUAN JIMÉNEZ, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICOEl Regidor don Miguel de Leiva Esparragosa y su mujer doña Agustina Jaimes Dávila Barrientos, vecinos de esta villa de Córdoba, ella con licencia otorgada por su marido, dijeron que por cuanto ellos y su familia se hayan favorecidos de la gran misericordia de Dios Nuestro Señor, por lo que dan infinitas gracias por los beneficios que les hace y considerando ser muy agradable a los ojos de Su Divina Majestad el que a su Santísima Madre se le venere, además, siendo tan devotos del inefable misterio de la Purísima Concepción de su Purísima Madre; como muestra de agradecimiento han tenido a bien poner en renta a censo principal redimible 1 000 pesos de oro común, sobre una hacienda de hacer azúcar que tienen en esta jurisdicción, nombrada Nuestra Señora de la Concepción de Acatengo, para que con sus réditos se celebre una fiesta todos los años a Nuestra Señora de la Concepción en la iglesia del convento de Señor San Antonio de esta villa y que ésta sea con todo lucimiento, vísperas, procesión, misas y sermón, el segundo domingo después de pasado el día de la Purísima Concepción de Nuestra Señora y quede perpetuada en dicha iglesia. Declaran que dicha hacienda tiene impuesto un censo a favor del convento de Santa Clara de la ciudad de los Ángeles. Mencionan que para el cuidado y cobro de los réditos y para celebrar dicha fiesta nombran como patrono al síndico que es ahora y en adelante sea de dicho convento de San Antonio. Asimismo, se obligan a mantener dicha hacienda de todo lo necesario y que siempre vaya en aumento, además, a no venderla, trocar ni cambiar.
JUAN JIMÉNEZ, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICO