El Capitán don Lope Antonio de Iribas, vecino de esta villa y dueño de haciendas del beneficio de hacer azúcar en su jurisdicción, otorga debe y se obliga a pagar a don Antonio de Carvajal, a doña María Teresa [de Carvajal] y a doña María Nicolasa [de Carvajal], menores hijas y herederas del Regidor don Gaspar Ramírez de Carvajal Benavente y de doña Gertrudis Jaimes Navarro, difuntos, 2 000 pesos de oro común en reales, los mismos que le tiene entregados el Bachiller don Nicolás Ruiz Buencuchillo, su tío, tutor y curador ad bona de dichos menores; cuya cantidad se obliga a pagar luego que tengan edad competente o tomen estado, pagando en el ínterin sus réditos a razón de 5 por ciento anual.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDOREGIDORES
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Doña María Manuela Rodríguez de Sandoval, vecina de esta villa de Córdoba, mujer legítima de don Baltazar González de Velilla Blanco, Depositario General y Regidor Perpetuo de esta villa por Su Majestad, con licencia de su marido, otorga que vende a Diego Ventura Márquez, medio solar en esta villa, en la calle Real a mano derecha del camino que va al pueblo de San Juan Coscomatepeque [Coscomatepec], que hace esquina y frente con solar de don Francisco de Meza y Mendoza, compuesto de 25 varas de frente y 50 de fondo, hace frente, calle en medio, y linda con casa y solar que fue de Diego de Piña. Cuyo solar compró a María de las Vírgenes, parda libre, vecina que fue de esta villa, por escritura con fecha de 5 de enero de 1697, y ahora lo vende en precio de 40 pesos de oro común que son y pertenecen al altar de Jesús Nazareno de las Tres Caídas, sita en la iglesia parroquial de esta villa, y en el ínterin que no los redima ha de pagar sus réditos a razón de 5 por ciento anual, los cuales ha de entregar al señor cura que sea de dicha parroquia, para el adorno de dicho altar y ayuda de su culto.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDOEl Alférez Mayor don Miguel Valero Grajeda, Regidor Perpetuo de esta villa de Córdoba por Su Majestad, dijo que es dueño de la hacienda del beneficio de hacer azúcar nombrada San Miguel y Santiago [hacienda Santiago y San Miguel] en tierras propias, en jurisdicción de esta villa; y de una casa principal de piedra y madera, también en esta villa, en la esquina de la plaza Pública de ella, que va para el camino real de la Nueva ciudad de la Veracruz, y linda por una parte con casa que quedó por bienes de doña Juana de Contreras Gatica; por el fondo con casa del Alguacil Mayor don Gregorio Martínez de Solís; y hace frente, calle en medio, con casa de doña Agustina Jaimes Dávila Barrientos, sobre la cual están cargados 2 000 pesos de capellanía a favor del ánima de don Benito Rendón, difunto. Asimismo, dijo que sobre dicha hacienda están cargados 7 000 pesos de principal a favor del Tribunal del Santo Oficio de la Inquisición de este reino, también 1 200 pesos a favor de la capellanía que dejó fundada por su alma el Licenciado don Juan de Rivera Grajeda. Y porque se siente con muchos achaques y no puede administrar, regir ni gobernar su hacienda por su mucha edad, ha ajustado con el Regidor don Juan Valero Grajeda, su sobrino, hacerle transacción y concierto, por lo cual otorga que vende, cede y traspasa al Regidor don Juan Valero, la dicha hacienda y la casa en precio de los 11 200 pesos, de los cuales se ha de obligar y reconocer 2 000 pesos de capellanía a favor del ánima de don Benito Rendón; 7 000 pesos a favor del Tribunal del Santo Oficio de la Inquisición; 1 200 pesos a favor de la capellanía que fundó el Licenciado don Juan de Rivera; y los 1 000 pesos restantes que le ha de dar su sobrino según tienen pactado. Dicho traspaso se realiza bajo las condiciones que se mencionan en la escritura.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDOPablo Blas Muñoz, vecino de la villa de Córdoba y natural de la ciudad de Cádiz en los reinos de Castilla, hijo legítimo de Juan Manuel Muñoz y de doña Catalina Lorenzo de Granados, difuntos, otorga poder a su mujer doña Antonia de Aguilar y al Regidor don Francisco de Aguilar, su suegro, para que después de su fallecimiento hagan y ordenen su testamento como se los tiene comunicado. Declara que hace seis años poco más o menos, contrajo matrimonio con Antonia de Aguilar, de la cual no ha recibido dote alguna, y de dicho matrimonio han procreado a José Francisco, de doce años de edad; a Ambrosio, de 3 años; y María Narcisa, de un año. Nombra como albaceas a su mujer y suegro, y por tenedora de bienes a la susodicha, asimismo, nombra como herederos a sus hijos.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDODon Diego Valero Grajeda, Regidor Perpetuo de esta villa por Su Majestad y dueño de hacienda del beneficio de hacer azúcar en su jurisdicción, otorga poder general al Señor Doctor don José Valero Grajeda, su hermano, Prebendado de la santa iglesia catedral de la ciudad de la Puebla de los Ángeles, para que en su nombre pueda tomar a censo redimible 7 000 pesos de la persona, obras pías, capellanías o del Tribunal del Santo Oficio de la Inquisición de este reino u otro que halle; y cargue dicho censo sobre unas casas que posee en dicha ciudad y sobre su hacienda de hacer azúcar, nombrada Nuestra Señora de Guadalupe, que tiene en esta jurisdicción a 2 leguas de esta villa, la cual linda por esta parte con el río Blanco; por otro lado con la hacienda de trapiche del Regidor don Juan Valero Grajeda, su sobrino; por otro lado con tierras del Alférez Mayor don Miguel Valero Grajeda, su hermano; y por otro lado con tierras y rancho de Miguel García. Dicha hacienda se compone de 17 caballerías de tierra que heredó del Licenciado don Juan Valero Grajeda, su hermano; y sobre la cual están cargados 3 000 pesos de una capellanía a favor del Licenciado don José de Morales, asimismo, se halla hipotecada por 7 000 pesos a favor del Santo Oficio.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDODon Diego Valero Grajeda, Regidor Perpetuo de esta villa de Córdoba por Su Majestad, dijo que por muerte de don Miguel Valero Grajeda, su hermano, Alférez Mayor y Regidor Perpetuo que fue de esta villa, en virtud de renuncia que hizo en el otorgante, fue servido por Su Majestad de honrarle y hacerle merced de dicha alferecía mayor y regidor de esta villa, cuyo cargo tiene aceptado y jurado, y en conformidad de la facultad que por ley y Reales Cédulas se conceden a los que tiene oficios vendibles y renunciables en las Indias, el que puedan renunciarlos en las personas que a bien tengan; haciendo uso de dicha facultad, otorga renuncia el dicho oficio de regidor perpetuo de esta villa en don Francisco Valero y Espinosa, su sobrino, vecino de esta villa, en quien concurren las calidades que se requieren en dicho empleo.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDOEl Alférez Mayor don Miguel Valero Grajeda, vecino de esta villa de Córdoba, dijo que gozaba y ejercía dicho oficio por merced real y que hoy por precisas ocupaciones y enfermedades no puede ya asistirlo, por lo cual renuncia a dicho oficio en manos de Su Majestad a favor del Regidor don Diego Valero Grajeda, su hermano, vecino de esta villa, persona de toda su satisfacción y en quien concurren las calidades necesarias para su uso y ejercicio.
GASPAR RENDÓN, JUEZ RECEPTOREl Regidor don Diego Valero Grajeda, vecino de esta villa de Córdoba, otorga que debe y se obliga a pagar a su hermano, el Alférez Mayor don Miguel Valero Grajeda, Regidor Perpetuo de esta villa, 2 000 pesos de oro común que importó el oficio de tal alférez mayor que ejercía el susodicho en esta villa y del cual hizo renuncia a favor del otorgante, cuya cantidad pagará luego que el Virrey de Nueva España, Duque de Linares, le despache título en forma.
GASPAR RENDÓN, JUEZ RECEPTORDon Diego Valero Grajeda, Regidor por Su Majestad de esta villa de Córdoba y su jurisdicción, Procurador Mayor en ella, nombrado por los Señores Cabildo, Justicia y Regimiento, con facultad de seguir sus negocios y causas, cobrar sus rentas, arrendar sus propios y rentas, otorga que da en arrendamiento a Sebastián García de la Cuerda, vecino de esta villa, una caballería de tierras de las que pertenecen a dichos propios, por tiempo y espacio de nueve años en precio de 13 pesos y 4 reales en cada uno. Dicha caballería de tierra linda por el poniente con unos árboles que llaman fresnos y más arriba de ellos está un sumidero, por el sur un arroyo y por el sur [sic] con un corral de piedra que está junto a las tierras que tiene en arrendamiento Nicolás Montero.
JUAN JIMÉNEZ, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICOEl Regidor don Gaspar Ramírez de Carvajal Benavente otorga que vende a José de Ayala, vecino de esta villa, un solar de 50 varas de frente y 50 de fondo ubicado en el barrio que llaman del Convento, que linda por una parte con solar que fue de Francisco de Licona y por otra con solar que fue de los herederos de Juan Cid, calle en medio, que es el mismo que hubo y compró de Nicolás de Bolaños, quien a su vez lo obtuvo por merced del cabildo de esta villa. Lo vende en precio de 30 pesos de oro común.
JUAN JIMÉNEZ, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICO