Don Antonio de Leiva Esparragosa, vecino de esta villa de Córdoba, dueño de una hacienda de trapiche del beneficio de hacer azúcar nombrada Acatengo y Nuestra señora de la Concepción, en términos del pueblo de San Juan Cuescomatepeque [Coscomatepec], que se compone de 2 sitios y 6 caballerías de tierra, con especificación de que en un sitio y 2 caballerías de tierra se haya fundada dicha hacienda; y en el otro sitio y las 4 caballerías el comedero del Monte, que lindan por la parte del sur y del oriente con tierras pertenecientes a los propios de esta villa; y por la del poniente con las de la hacienda de trapiche del Licenciado don Diego Peláez Sánchez, Canónigo de la santa iglesia catedral de la ciudad de los Ángeles; y por la del norte con tierras del pueblo de San Francisco Chocamán; cuya hacienda hubo y compró del Regidor don Miguel de Leiva Esparragosa, su difunto hermano. Y como dueño que es de dicha hacienda, otorga que la da en arrendamiento a Juan de los Santos Cubillos, vecino de esta villa, con el dicho comedor, sus pastos, aguajes, entradas y salidas; y la dicha hacienda con sus casas, aperos, esclavos, suertes de caña y demás bienes que se inventariaron y valuaron en esta escritura y que importan la cantidad de 8 544 pesos y 3 reales. Cuyo arrendamiento hace por tiempo de nueve años, a razón de 700 pesos por los seis primeros años y los tres años restantes a 800 pesos; con declaración que además del arrendamiento pagará 300 pesos que están cargados a censo principal sobre dicho trapiche y tierras, y su pago será en la manera que se expresa en el acta.
Zonder titelREGIDORES
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Juan de los Santos Cubillos, vecino de esta villa de Córdoba, como albacea testamentario del Regidor don Miguel de Leiva Esparragosa, vecino que fue de esta villa, y como apoderado de doña Agustina Jaimes Dávila Barrientos, viuda y albacea dicho difunto; dijo que don Miguel de Leiva en vida tuvo muchos años trato y cuentas corrientes con Juan Bautista Sierra Valle y Rioseco, difunto, vecino que fue de la ciudad de los Ángeles, quienes ajustaron todas las cuentas que tenían en esta villa el 5 de febrero pasado, quedando a deber dicho regidor 772 pesos 4 reales. Y tras el fallecimiento de los susodichos, los albaceas de Juan Bautista Sierra, que lo son doña María Jiménez, su viuda, y el Reverendo Padre Presentado Fray Baltazar Romeo, por medio de don Manuel Romeo, apoderado de éstos, solicitaron el pago de dicha cantidad, por lo cual, el otorgante, como albacea, en los autos que se formaron pidió esperas para la paga de dicha cantidad, “respecto de los pocos atrasos que generalmente han padecido y padecen las haciendas del beneficio de hacer azúcar”. Y habiéndose ajustado con dichos albaceas para el pago de dicha cantidad, por la presente otorga que debe y se obliga a pagar la cantidad de 772 pesos 4 reales a los dichos albaceas de Juan Bautista de la Sierra Valle y Rioseco, en los plazos establecidos en el acta.
Zonder titelDon Francisco Cruzado, Provincial de la Santa Hermandad y Regidor de la Nueva ciudad de la Veracruz, dueño de hacienda de fabricar azúcar en esta jurisdicción, otorga que debe y se obliga de pagar a los señores jueces hacedores de la santa iglesia catedral de la ciudad de la Puebla de los Ángeles, 247 pesos de oro común que importaron los diezmos causados en dicha hacienda y sus frutos de tres años pasados, cuya cantidad pagará en dos partes de 123 pesos y 4 reales, los primeros para fin del mes de febrero y los segundos para fin del mes de junio de este presente año.
Zonder titelGaspar Ramírez de Carvajal Benavente, vecino de esta villa de Córdoba y Regidor de ella por Su Majestad, otorga poder especial al Capitán don Lorenzo de la Torre, residente en esta villa y vecino de la ciudad de la Nueva Veracruz, para que en su nombre parezca ante el Excelentísimo Señor Duque de Alburquerque, Virrey Gobernador General de esta Nueva España, y en el Superior Gobierno de ella presente la Real Ejecutoria y demás instrumentos y recaudos que le tiene entregados, hasta conseguir su aprobación.
Zonder titelManuel Gómez Dávila, Juan Gómez Dávila y doña María de Olaso y Salgado, viuda de José Gómez Dávila, vecinos de esta villa de Córdoba, como albaceas testamentarios del difunto José Gómez Dávila; dijeron que dicho difunto les dejó comunicado que le vendió al Secretario Juan de Espinosa, Escribano Público Propietario y de Registros del partido de Orizaba y de San Antonio Huatusco, una hacienda de trapiche de hacer azúcar nombrada San José en esta jurisdicción, al pago de San Lorenso Serralbo [San Lorenzo Cerralvo], con 6 caballerías de tierra en que está fundada, en precio de 20 563 pesos y 5 reales; de los cuales 16 873 pesos y 5 reales le pagó en reales de contado y los 3 690 pesos están impuestos y cargados a censo principal. Y por inconvenientes, el difunto no otorgó escritura en forma por la cual les dejó encargado que la otorgaran, y poniéndolo en efecto y ejecución, otorgan que venden al Secretario Juan de Espinosa la dicha hacienda de trapiche de hacer azúcar con todo lo que le pertenece y se detalla en esta escritura, entre lo que destaca un negro esclavo nombrado Miguel, maestro de azúcar, de cuarenta años, junto con su mujer, y un mulato purgador de nombre Miguel Rico, de treinta y dos años más o menos. Asimismo, los albaceas declaran que tiene recibidos los 16 873 y 5 reales y los 3 690 pesos quedan impuestos y cargados a censo principal redimible sobre dicha hacienda, de los cuales 1 250 están a favor del Regidor José de Leiva, vecino de esta villa, por razón de las tierras en que está fundada dicha hacienda; 1 000 a favor de una obra pía de que es patrón el cura que es o fuere del pueblo de Quichula [Quechula]; 840 pesos a favor de la comunidad y naturales del pueblo de San Pedro Tequila, jurisdicción de Orizaba; y los 600 pesos restantes a favor de la comunidad y naturales del pueblo de Tlacotepeque [Tlacotepec].
Zonder titelDon Juan Valero Grajeda, vecino de esta villa de Córdoba, Regidor en ella por Su Majestad, como Procurador Mayor de sus propios y rentas, otorga que da en arrendamiento a don Juan Gómez Dávila, vecino de esta villa, 6 caballerías de tierra pertenecientes a los propios y rentas de esta villa, a una legua de esta villa poco más o menos, en un ojo de agua saliendo de ella, que por la parte del norte lindan por una parte con tierras de dicho propios que tiene en arrendamiento a Nicolás Montero; y por el sur linda con las lagunas del potrero de esta villa, orillándose con la sierra de Matlaquiaguitl [Matlaquiáhuitl]; y por otra parte linda con la barranca de Rio Seco; dichas 6 caballerías las arrienda por tiempo y espacio de nueve años, que empezaron a correr y a contarse desde esta fecha, por precio de 80 pesos por cada año; arrendandolas por tierras ciertas y seguras con sus pastos, aguas, abrevadores y con todo lo demás que le pertenece.
Zonder titelDoña Micaela Ramos, vecina del pueblo de San Juan Cuescomatepeque [Coscomatepec], viuda, mujer que fue del Capitán Marcos Blanco, difunto, su albacea testamentaria y tenedora de bienes de los que dejó en este pueblo como en la villa de Córdoba, hacienda de Mazapa y Tlamatoca, todos los cuales le fueron aplicados por su dote, arras y mitad de gananciales, como también por las porciones que a cada uno de sus hijos les toca por herencia paterna; y como tutora y curadora con la obligación de pagar a sus hijos lo que les corresponde a cada uno luego que tuviesen edad o tomasen estad, cuya obligación otorgó en la villa de Córdoba el 29 de diciembre de 1693, por cuya razón le pertenecen todos los bienes; y como dueña de ellos, otorga que vende a Nicolás de Bolaños, vecino de esta villa, una casa de madera, embarrada y cubierta de paja, la cual esta edificada en un solar de 50 varas de frente y 50 de fondo, que está en dicha villa, en la plaza Pública de ella, sale para el convento de San Antonio; linda por el oriente con casa y solar de Diego de Palma; por el poniente, calle en medio, con casa del Regidor don José de Leiva; por el sur con casa de doña Juana de Contreras Gatica, calle en medio; y por el norte linda con un pedazo de solar que pertenece al Sargento Antonio de Villavicencio. La vende en precio de 350 pesos de oro común que declara que los tiene recibido en reales de contado.
Zonder titelEl Capitán don Lucas de Acosta, residente en esta villa de Córdoba, Administrador General en este reino de la Nueva España del asiento hecho con Su Majestad por la Real Compañía de Guinea del reino de Portugal, para la introducción de negros esclavos en las Indias; otorga que ha recibido del Capitán don Gregorio Martínez de Solís, Alguacil Mayor y Regidor de esta villa, 1 350 pesos de oro común en reales, los mismos que el susodicho se obligó a pagarle por el valor de siete cabezas de esclavos del armazón de su cargo, tres muleques, una negra y tres negros enfermos, como consta en la escritura de venta que de ellos se hizo; por lo tanto, da por rota, nula y cancelada y de ningún valor ni efecto dicha escritura de obligación.
Zonder titelEl Capitán don Francisco de Rivadeneira, residente en esta villa de Córdoba, dijo que habiendo venido a esta villa por el año de 1698 a diferentes negocios, con poder general del Capitán Gaspar Carlos de Rivadeneira, su hermano, vecino de la ciudad de los Ángeles, con fecha en dicha ciudad a 10 de diciembre de 1697, para vender de contado, fiado o a censo cualesquier sitios de tierra, ranchos y otros bienes, en cuya virtud procedió a vender diferentes sitios de tierra propiedad de su hermano en esta jurisdicción, a distintas personas; y entre las ventas que hizo, se encuentran cuatro sitios para ganado menor, que contiene una merced hecha a Gaspar de Rivadeneira, su abuelo, y que recayó en dicho su hermano, su data en México a los 29 de abril de 1588, concedida por el Excelentísimo Señor Marqués de Villamanrique, Virrey que fue de esta Nueva España. Y respecto a que la tierra que comprenden los cuatro sitios de dicha merced, la vendió a diferentes personas, para que no haya dudas ni confusiones ha tenido a bien declarar a que personas se les vendió dichas tierras, por lo tanto, declara que el segundo y tercer sitio de las cuatro expresados en la merced, lo vendió al Regidor don Miguel de Leiva Esparragosa, vecino que fue de esta villa, bajo los linderos expresados en dicha merced, y por el precio y condiciones que se expresan en la escritura de venta otorgada en esta villa el 14 de febrero de 1698. El primer sitio de los cuatro contenidos en dicha merced, lo vendió a Gaspar Ramírez de Carvajal Benavente, vecino y Regidor de esta villa, y al Capitán don Francisco Cruzado, que es contra cimarrones y vecino de la Nueva Veracruz, de esta manera: 8 caballerías y media al Regidor y 6 caballerías a Francisco Cruzado, en las cantidades y condiciones, que expresa dicha escritura de venta otorgada en esta villa el 19 de febrero de 1698. Y del cuarto sitio expresado en la merced referida, vendió 8 caballerías al Regidor don Miguel de Leiva Esparragosa, por la cantidad y condiciones que expresa en escritura de venta otorgada en esta villa el 19 de febrero de 1698; y 6 y media caballerías, de este cuarto sitio, las vendió al Capitán don Gaspar del Monge y Mendoza, vecino que fue de esta villa, como consta en escritura de venta, su fecha a los 4 de marzo de 1698 en esta villa.
Zonder titelEl Capitán don Francisco de Rivadeneira, residente en esta villa de Córdoba y vecino de la ciudad de Tepeaca, en nombre del Capitán don Gaspar Carlos de Rivadeneira, su hermano, vecino de la ciudad de la Puebla de los Ángeles, en virtud del poder general que le otorgó en dicha ciudad el 10 de diciembre de 1697; dijo que entre los bienes de su hermano se encuentran cuatro sitios para ganado menor en términos de Huatusco, que contiene una merced hecha a Gaspar de Rivadeneira, su abuelo, y que recayó en dicho su hermano, su data en México a los 29 de abril de 1588, concedida por el Excelentísimo Señor Marqués de Villamanrique, Virrey que fue de esta Nueva España. Asimismo, dijo que doña Agustina Jaimes Dávila Barrientos, viuda del Regidor don Miguel de Leiva Esparragosa, le ha pedido le venda 4 caballerías y tres cuartos de tierras que hubo de sobra en la medida que hizo don Lorenzo de Cabrera, medidor, ante el Alcalde Mayor de esta villa, perteneciente a la de la hacienda nombrada de San Miguel, de beneficio de hacer azúcar en esta jurisdicción, que quedó por bienes de don Miguel de Leiva y que hoy tiene en propiedad doña Agustina Jaimes Dávila, para que todas queden unidas bajo la dicha medida y linderos que tiene permanentes. Dichas tierras, las dos y un cuarto de ellas, lindan por el sur con tierras de doña Agustina Jaimes Dávila; por el norte con el camino real viejo y con otra caballería y media de las mencionadas, que lindan con el arroyo del agua; y la otra restante, cumpliendo a las cuatro caballerías y tres cuartos, lindan con el río Blanco y tierras de doña Agustina Dávila, cortando línea recta a dar a dicho río Blanco. Por tanto, otorga que vende a doña Agustina Jaimes Dávila Barrientos, vecina de esta villa, las 4 caballerías y los tres cuartos de tierra antes mencionadas y deslindadas, libres de censo e hipoteca, por precio de 600 pesos horros de alcabalas.
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