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              1590 Archivistische beschrijving results for REGIDORES

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              MX UV.USBIX ANC-P-0052-PC_0052_0049 · Stuk · 1716/05/22
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              Don Francisco Valero y Espinosa, natural y vecino de esta villa de Córdoba, hijo del Regidor don Francisco Valero Grajeda y de doña Beatriz de Arteaga y Espinosa, difuntos; junto con doña Estefanía Gómez Dávila, su mujer, hija del Capitán don Manuel Gómez Dávila y de doña Juana de Gatica Padrón, difuntos; ambos se otorgan poder mutuo para testar, para que en el término que dispone la Ley 33 de Toro el que sobreviva de los dos, pueda hacer y otorgar su testamento en la manera siguiente: Mandan sean amortajados con el hábito y cuerda de San Francisco y sepultados, el dicho Francisco Valero en la iglesia de esta villa, y Estefanía en el convento del Señor San Antonio de esta villa. Mandan a las cofradías sitas en la iglesia de esta villa y la de Jesús Nazareno del pueblo de San Juan Tetitlan de las Casillas, a cada una 8 reales de limosnas. Habrá tiempo de ocho años poco más o menos contrajeron matrimonio, y ella llevó de dote y propio caudal 1 920 pesos en ropa, esclavos y otras alhajas, y él tendría de caudal 4 000 pesos, durante dicho matrimonio no han procreado hijos. Ambos, uno y otro se nombran albaceas y tenedores de bienes, y del remanente que quedare de sus bienes, deudas, derechos y acciones se nombran herederos, revocan cualquier otro testamento, codicilos, poderes para testar y otras últimas disposiciones.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0052-PC_0052_0050 · Stuk · 1716/05/22
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              Don Juan Gómez Dávila, vecino de esta villa de Córdoba y dueño de trapiche de hacer azúcar en su jurisdicción, dijo que el 8 de julio de 1707 otorgó escritura de imposición de censo de 1 000 pesos de principal a favor de la Madre Catalina de San Miguel, Religiosa Profesa de Velo y Coro del convento de Santa Clara de la ciudad de la Puebla de los Ángeles, una de las hijas del Regidor don José Gómez Dávila, difunto, sobre una casa de madera en solar de 37 varas frente y 25 de fondo, misma que ha ido en disminución por sus cortedades; razón por la cual, cede y traspasa los 1 000 pesos en la hacienda de hacer azúcar nombrada Santa Theresa [Teresa], para que desde hoy día de la fecha y hasta que se redima estén sobre ella seguros. Cantidad que tiene recibida y transfiere en la monja, y en el ínterin que no los redimiere se obliga a pagar sus réditos a razón de 5 por ciento anuales, sin pleito alguno pena de la cobranza, con las calidades y condiciones siguientes: en caso de que sus herederos y sucesores vendieren o dividieren entre ellos la hacienda, ha de ser con el cargo de los 1 000 pesos de este censo y en caso de que sea por venta, se obliga y obliga a sus acreedores y a sus sucesores a que se le notificará a la madre monja. Es condición que la hacienda sea vendida a persona lega, llana y abonada de quien se pueda cobrar su principal y réditos, y no a persona de las prohibidas por derecho, ya que pretende tenerla siempre aumentada y que nunca tenga disminución, para cuyo cumplimiento obliga su persona y bienes habidos y por haber.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0052-PC_0052_0059 · Stuk · 1716/06/16
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              El Alférez don José Gómez Dávila, natural y vecino de esta villa de Córdoba, hijo del Regidor don José Gómez Dávila y de doña María de Leiva Esparragosa, otorga poder para testar a don Lope Antonio de Iribas, a doña Beatriz de los Santos Cubillos y Granados, su mujer, y a don Jerónimo de Olaso y Salgado, vecinos de esta villa, para que los tres juntos y cada uno insolidum en el término que dispone la Ley 33 de Toro, puedan hacer y otorgar su testamento con las cláusulas, misas, mandas, legados y demás declaraciones que les tiene comunicado. Manda sea sepultado en la iglesia parroquial de esta villa en la parte y lugar que pareciere a sus albaceas, y pide que su entierro y acompañamiento sea con la mayor moderación que se pueda. Deja una memoria en la que declara todas sus dependencias que ha tenido hasta hoy. Dijo que hace dos años contrajo matrimonio con Beatriz de los Santos Cubillos y Granados, quien llevó en dote 3 778 pesos y 3 reales en reales, bienes, muebles y otras alhajas y mandas hechas por diferentes personas vecinas de esta villa a la dicha su mujer, y él mandó 2 000 pesos en arras propter nuptias como parece de la carta dote que para en el archivo público de esta villa, durante dicho matrimonio no procrearon hijos. Nombra por sus albaceas testamentarios al Capitán don Lope Antonio, a doña Beatriz de los Santos y a don Jerónimo de Olaso, y por su tenedor de bienes nombra al Capitán don Lope Antonio, y por su heredera a Beatriz de los Santos, su mujer.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0052-PC_0052_0060 · Stuk · 1716/06/19
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              El Capitán don Lope Antonio de Iribas, vecino de esta villa de Córdoba y dueño de hacienda de beneficio de hacer azúcar de su jurisdicción, mayordomo de la cofradía del Santísimo Sacramento en la parroquia de esta villa, vende al Capitán don Gregorio Martínez de Solís, Alférez Mayor Regidor Perpetuo de esta villa, un negro esclavo de dicha cofradía, nombrado Gabriel del Sacramento, que será de edad de veinte años poco más o menos, mismo que le legó y mandó a la cofradía un vecino de esta villa. Lo vende con licencia del ilustrísimo señor obispo de este obispado de la ciudad de Los Ángeles, por esclavo cautivo, sujeto a servidumbre y por libre de deuda, empeño, hipoteca y otra enajenación, y sin asegurarlo de ningún vicio, enfermedad, al precio de 350 pesos de oro común.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0043-PC_0043_0063 · Stuk · 1736/03/10
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              Don Gregorio Rendón, Regidor Perpetuo por Su Majestad de esta villa de Córdoba, Alguacil Mayor del Santo Oficio de la Inquisición de este reino, exhibió un testimonio de escritura de obligación fecha en la ciudad de los Ángeles a primero del corriente mes y año, cuyo testimonio al parecer se halla firmado del susodicho, por lo que pidió ante el escribano se registre en este libro de censos, y según se percibe parece haberse obligado dicho regidor como fiador de doña Josefa Gómez Dávila, vecina de dicha ciudad, viuda del Capitán don Antonio de los Reyes Ladrón de Guevara, asimismo, el Capitán don Manuel de los Reyes Ladrón de Guevara, vecino de dicha ciudad de los Ángeles, al seguro de 6 000 pesos común que por hacerle buena obra se le suplieron y prestaron en reales de contado a la dicha doña Josefa, de la obra pía de casar huérfanas que mandó fundar don Jorge Cerón Zapata, con obligación de réditos de 5 por ciento, y los tres juntos de mancomún se obligaron de pagar dicha cantidad de 6 000 pesos a la dicha obra pía y en su nombre al Licenciado don Gregorio Solano su administrador que al presente es y al que en adelante lo fuere; para mayor seguridad del principal y réditos doña Josefa hipotecó unas casas que posee en dicha ciudad de los Ángeles [roto] y don Gregorio Rendón hipotecó una hacienda del beneficio de hacer azúcar nombrada San Nicolás Obispo, alias Cuichapa, fundada en 27 caballerías de tierras, lindadas por el poniente con tierras de los naturales del pueblo del Naranjal, por el poniente con tierras de la hacienda de Guadalupe pertenecientes a don Lope Antonio de Iribas, por el norte con las serranías de Posquautla [Poscuautla] y por el sur con río Blanco; y para que conste el registro de dicha escritura se asentó en este libro.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0043-PC_0043_0099 · Stuk · 1744/02/21
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              El Regidor don Francisco García de Lara, exhibió un testimonio de escritura su fecha del día de ayer, y de ella se percibe que el mencionado Francisco impuso y cargó a censo redimible sobre sus bienes y especialmente sobre su hacienda del beneficio de hacer azúcar nombra Señora Santa Anna Tepostepeque [Tepostepec], 1 500 pesos de oro común en favor del Bachiller don José Yanuario Molina, Clérigo Diácono, con obligación y rédito, dicha hacienda linda por la parte del oriente con rancho de Francisco Sánchez, por el poniente con de Juan Avendaño, por el norte con la sierra de Matlaquiguil [Matlaquiahuitl] y por el sur con los ranchos de don Luis Domínguez y Salvador Díaz.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0043-PC_0043_0130 · Stuk · 1749/12/20
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              El Bachiller don Antonio de la Parra, con poder de [roto] hermanos y cofrades de la cofradía de Nuestra Señora de la Concepción cita en el pueblo de Cosamaloapan, el cual le fue sustituido por el Licenciado [roto] Lagunas, Cura Beneficiado de aquel partido, hizo presentación de una escritura para su registro, y en ella consta que don José López [roto] Clérigo Presbítero Domiciliario de este obispado [roto] 75 pesos de oro común de censo tributo y rédito en cada un año, de la cantidad de 1 500 pesos de oro común que confiesa haber recibido de don Francisco Pibot y Tapia, Regidor de esta villa, por los mismos que tenía en su poder don Francisco de los Santos Fentanes y doña Jerónima Jaques de Pinilla, vecinos de dicho pueblo, en favor de dicha cofradía de Nuestra Señora de Cosamaloapan, cargados sobre la hacienda que fue de dicho don Francisco de los Santos, dicha cantidad se halla impuesta sobre la hacienda nombrada San Antonio de Padua, que al presente pertenece a don Diego Bringas de Manzaneda, vecino del pueblo de Orizaba.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0043-PC_0043_0153 · Stuk · 1752/09/13
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              Don José de Silva, vecino de ella, Procurador de Causas de su Audiencia Ordinaria, exhibió testimonio de una escritura a efecto de que se registre en este libro, su data a 11 del presente mes y año; en él consta haberla otorgado doña Juana de Garaita, de esta vecindad, viuda del Regidor don Fernando de Carvajal, hija y heredera de don Manuel de Garaita, su albacea testamentaria y tenedora de sus bienes; y en conformidad de la voluntad de doña María Álvarez Ricardo, su madre, que del remanente del quinto de los bienes que se verificaron por caudal suyo en correspondiente cuenta de división y partición de ellos anexa a la de dicho don Manuel de Garaita, impuso, situó y cargó a censo principal redimible, la cantidad de 149 pesos 2 reales 4 granos y un quinto, sobre el valor y precio de una casa de cal y canto, cubierta de teja y madera, que tiene y posee en esta villa, para que gozando la susodicha todo el tiempo de su vida el rédito se conviertan por su fallecimiento en una capellanía o memoria de misas por el alma de dicha doña María Álvarez, por la de la Reverenda Madre Ana Micaela de la Santa Trinidad, su hija, que murió monja profesa en el convento de la Santísima Trinidad de la Puebla, obligando a sus herederos a pagar la cantidad de 7 pesos, 3 reales 1 gramo y 3 quintos a la parte que le fuere legítima.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0043-PC_0043_0169 · Stuk · 1756/11/04
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              Bernardo de Ceballos, vecino republicano de esta villa de Córdoba, Alcalde, exhibió tres testimonios de otras tantas escrituras, y en el primero consta que Gaspar Mejías de Reinoso y doña Manuela Antonia Rodríguez de Abouza y Meza, ambos de esta vecindad, recibieron del citado don Bernardo como heredero, albacea y fideicomisario de don Carlos Mosquera, vecino que fue del pueblo de Orizaba, la cantidad de 2 000 pesos de oro común, obligándose a mantenerlos en su poder por vía de depósito irregular y por tiempo de nueve años a favor de la fiesta anual, que conforme a la voluntad de don Bernardo y a beneficio del alma del citado Mosquera, ha de celebrarse perpetuamente en el convento de San Antonio de esta villa y con toda la solemnidad al Apóstol Santiago el 25 de julio de cada año. Del segundo testimonio consta que los expresados don Gaspar Mejías de Reinoso y doña Manuela Antonia Rodríguez de Abouza y Meza, confesaron haber recibido de don Bernardo de Ceballos, la cantidad de 3 000 pesos de oro común, por los mismos que en nombre de dicho difunto don Carlos Mosquera y a beneficio de su alma aplicó el referido don Bernardo a doña Ana María Mosquera, su sobrina, niña doncella, vecina del pueblo de Orizaba, hija legítima del Alguacil Mayor don Pedro Bernardo Mosquera de Valladares y de doña Francisca Javiera Gutiérrez del Mazo, difuntos, para que cuando tome estado se le entregue el expresado principal, y mientras se le satisfagan sus réditos, y si falleciere la susodicha sin tomar estado, entre desde el primer día de su muerte en el nominado principal y réditos la escuela de niños de todas calidades y condiciones, y se obligaron a tenerlos por vía de depósito irregular y a pagar a Francisca Javiera. Y en el último testimonio consta que Gaspar Mejías de reinoso y doña Manuela Antonia Rodríguez de Abouza y Meza, su mujer, otorgaron haber recibido del citado [Bernardo de Ceballos] la cantidad de 3 000 pesos de oro común [roto], en nombre de dicho difunto, los cuales aplicó [a] María Ignacia, niña doncella, hija legítima del Regidor don Pedro Laso y doña Juana de San Pedro Rodríguez Romano, todos vecinos de esta villa, para que cuando tome estado se le entreguen y en el entretanto se le den los réditos, y en caso de que fallezca sin tomar estado, entre en esta piedad el hospital de mujeres enfermas que se intenta fundar en esta villa, y si no tiene efecto la fundación, entre en el principal y réditos el convento de Señor San Antonio de esta villa para que se convierta en uno y otro en la obra material; de cuya cantidad otorgaron haber recibido y se obligaron a tener por vía de depósito irregular. Y para seguridad de las tres cantidades que suman 8 000 pesos hipotecaron el importe de las legítimas paternas y maternas de la mencionada doña Manuela Antonia Rodríguez de Abouza y Meza; una casa principal de edificio bajo de cal y canto cubierta de madera y teja que poseen en esta villa; y también una hacienda del beneficio de hacer azúcar titulada San Joseph [José] del Cacahuatal con todo lo que les pertenece.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0043-PC_0043_0222 · Stuk · 1776/04/15
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              Don Vicente Gómez, de esta vecindad, hizo exhibición de un testimonio de escritura otorgada en la ciudad de Puebla en 10 del corriente mes, por doña María Gertrudis de Gorospe y Padilla, vecina de ella, viuda del Capitán don Gabriel de Segura y Ceballos, Regidor Honorario que fue de dicha ciudad, su albacea testamentaria, tenedora de bienes, tutora y curadora ad bona de sus menores hijos, en la que está incluido el auto en que se le hizo adjudicación de todos los bienes, y donde se obligó de pagar de lo que se les libre en las cuentas de división y partición cuando tomen estado, y en el ínterin sus réditos los convertirá en alimentos y crianza de los menores, con hipoteca de todos sus bienes.

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