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              Sin título
              MX UV.USBIX ANC-P-0038-PC_0038_0092 · Unidad documental simple · 1703/06/21
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              Don Francisco de Rivadeneira, residente en esta villa de Córdoba y vecino de la ciudad de Tepeaca, en nombre del Capitán don Gaspar Carlos de Rivadeneira, su hermano, vecino de la ciudad de la Puebla de los Ángeles, en virtud del poder general que le otorgó en dicha ciudad el 10 de diciembre de 1697 ante Antonio de Robles y Sámano, Escribano Real y Público; dijo que don Antonio de Leiva Esparragosa, vecino de esta villa y dueño de hacienda de beneficio de hacer azúcar, le ha pedido le venda 4 caballerías de tierras que sobraron de las 8 que vendió el otorgante al Regidor don Miguel de Leiva Esparragosa, como se reconoció por las medidas que de ellas hizo el Bachiller don Lorenzo de Cabrera, medidor nombrado por Excelentísimo Señor Duque de Alburquerque, Virrey de esta Nueva España, cuyas 4 caballerías pertenecen un sitio de los cuatro que se expresan en la merced hecha a favor de don Gaspar de Rivadeneira, abuelo del otorgante y de quien las heredó su padre. Dichas 4 caballerías lindan por el sur con tierras del don Antonio de Leiva; por el poniente con un sitio de tierra de doña Agustina Jaimes Dávila Barrientos; por el norte con tierras de don Hipólito del Castillo de Altra; por el oriente con tierras de doña Agustina Dávila; y por en medio de las 4 caballerías un arroyo de agua. Por lo tanto, otorga que vende a don Antonio de Leiva, las 4 caballerías de tierra libres de censo, hipoteca ni otra enajenación, por precio de 800 pesos horros de alcabala, los cuales pagará el día 15 de octubre del presente año.

              JUAN JIMÉNEZ, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICO
              Sin título
              MX UV.USBIX ANC-P-0038-PC_0038_0113 · Unidad documental simple · 1703/08/02
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              El Regidor José de Leiva, vecino de esta villa de Córdoba, otorga poder especial a Francisco de Pedraza, vecino de esta villa, para que en su nombre pueda pedir, demandar, recibir, haber y cobrar judicial o extrajudicialmente del Capitán José de Nares, vecino de esta villa, que hoy reside en la ciudad de la Nueva Veracruz, de sus bienes y herederos y de quien con derecho pueda y deba, la cantidad de pesos que le resta debiendo de la cuenta que tuvo con él y con el Capitán José de Leiva Esparragosa, su difunto hijo.

              JUAN JIMÉNEZ, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICO
              Sin título
              MX UV.USBIX ANC-P-0038-PC_0038_0154 · Unidad documental simple · 1703/11/07
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              Doña Catalina de Esparragosa, natural de la ciudad de Teguacan [Tehuacán] y vecina de esta villa de Córdoba, mujer legítima del Regidor José de Leiva, hija legítima de Alonso Miguel de Esparragosa y de doña María Martínez, otorga su testamento de la siguiente manera: Ordena ser sepultada en la iglesia parroquial de esta villa, en la bóveda en que fue enterrado el Regidor Miguel de Leiva Esparragosa, su hijo. Manda se den de sus bienes 200 pesos para ayuda a la obra de la Capilla de la Tercer Orden que actualmente se está aderezando en esta villa; asimismo, manda 100 pesos para ayuda al colateral que se pretende hacer en el altar de la iglesia parroquial de esta villa. Es su voluntad se saquen de su bienes 1 000 pesos y se carguen a censo sobre finca segura para que con sus réditos se diga todos los años una misa cantada en el octavo día de la fiesta de San Antonio. Manda se den 40 pesos a Nuestra Señora de Cosamaluapan [Cosamaloapan] y 20 pesos al Santo Cristo que está en la parroquia del pueblo de San Pedro Yshuatlan [Ixhuatlán]. Ordena que se den 500 pesos a María Gómez, su nieta; 4 pesos a María de las Vírgenes, parda libre pobre; 30 pesos a Jerónima, mulata libre, mujer su esclavo negro nombrado José, Mina, persona que le asistió en sus enfermedades. Manda que Juana Medina, su esclava mulata, siga sirviendo a su marido y cuando éste fallezca obtenga dicha esclava su libertad. Declara que hace más de cincuenta años se casó con el Regidor don José de Leiva, con quien procreó a Nicolasa Teresa de la Concepción y Gertrudis de San Miguel, Religiosas Profesas del convento de Santa Clara de la ciudad de los Ángeles; a María de Leiva Esparragosa, que casaron con el Capitán José Gómez Dávila, ambos difuntos; al Regidor Miguel de Leiva Esparragosa, difunto, que estuvo casado con doña Agustina Jaimes Dávila Barrientos; a José de Leiva Esparragosa, difunto, quien murió sin tomar estado; y por último, a Antonio de Leiva Esparragosa, que vive en esta villa, casado con Margarita de Bistrain Dávila. Nombra por albaceas testamentarios a Antonio de Leiva, hijo y a Juan de los Santos Cubillos; y por tenedor de bienes a Antonio de Leiva, su hijo. Nombra por sus únicos y universales herederos a sus nietos, Miguel y Rafael, José, Juana y María; y a Antonio de Leiva, su hijo. Y manda que el remanente que quede del quinto de sus bienes, sus albaceas los pongan a censo redimible y sus réditos se entreguen por mitad a sus dos hijas monjas, para ayuda de su vestuario y otras necesidades; con la condición de que cuando hayan fallecido ambas, con el principal se funde una capellanía de misas bajo las condiciones y nombramientos que se mencionan en este su testamento. Para finalizar, dijo que es su voluntad se den 400 pesos en reales a doña María de Olaso y Salgado, vecina de esta villa, mujer que fue del Capitán José Gómez Dávila, por ser pobre y por el mucho amor que le tiene.

              JUAN JIMÉNEZ, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICO
              Sin título
              MX UV.USBIX ANC-P-0038-PC_0038_0172 · Unidad documental simple · 1703/12/20
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              El Regidor don Juan Valero Grajeda, vecino de esta villa de Córdoba y su jurisdicción por Su Majestad, como Procurador Mayor nombrado por los Señores Cabildo, Justicia y Regimiento de esta villa, para todas sus causas y negocios, cobrar sus propios, arrendarlos y todo los demás que debe hacer cualquier procurador; otorga que da en arrendamiento a Lucas de Yarzabal, vecino de esta villa, una caballería de tierra de las pertenecientes a los propios de esta villa, que está a la linde de las tierras que tiene en arrendamiento Alonso Galván; por el sur con una joya donde está una laguneta que se hace una ciénaga; por el poniente linda con la casa de Juan de Figueroa y sale corriendo derecho a dar en donde tiene su rancho Juan Íñiguez. El arrendamiento lo hace por nueve años que empieza a contarse desde el primero de junio pasado de este año, por precio de 12 pesos de oro común anuales.

              JUAN JIMÉNEZ, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICO
              Sin título
              MX UV.USBIX ANC-P-0039-PC_0039_0003 · Unidad documental simple · 1704/01/30
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              Doña Agustina Jaimes Dávila Barrientos, vecina de esta villa de Córdoba, viuda, mujer que fue del Regidor don Miguel de Leiva Esparragosa, albacea y tenedora de bienes, tutora y curadora de las personas de sus dos hijos, nombrada por tal en el testamento que dispuso el difunto, en esta villa el 20 de abril de 1701; dijo que conforme a su obligación como albacea, en mancomunidad con Juan de los Santos Cubillos, pidió se hicieran inventarios de todos los bienes que dejó dicho difunto, de los cuales solicitó que todos se le adjudicaran, con la obligación de que pagará la parte que le toca a cada uno de sus hijos, y en atención y prevención de llegar a segundas nupcias, reiteró dicha obligación con los réditos pupilares correspondientes. Asimismo, dijo que después de valuados dichos bienes, le entregaron dos haciendas de hacer azúcar nombradas San Miguel y San José, sus esclavos, avíos, y aperos con los demás bienes inventariados, con la referida obligación de entregar a los dichos sus hijos, cuando llegase el caso de edad competente, la porción que a cada uno le toca de acuerdo a la cuenta de división y partición. Y en atención a que las dichas haciendas estén en adelantos que se necesitan, otorga poder especial a don José Sáenz de Escobar, Abogado de la Real Audiencia de esta Nueva España y vecino de la ciudad de México, para que en su nombre solicite y busque 10 000 pesos, que imponga en su nombre, sobre dichas dos haciendas a censo redimible, otorgando la escritura de censo correspondiente, con las condiciones generales y particulares que convengan; obligándola a la paga de los réditos a razón del 5 por ciento; a los términos y plazos estipulados en la escritura.

              FRANCISCO LEANDRO, ESCRIBANO REAL
              Sin título
              MX UV.USBIX ANC-P-0039-PC_0039_0004 · Unidad documental simple · 1704/02/01
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              Doña Inés María de Serrano y Perea, legítima mujer del Pagador don Juan de Buendía, Alcalde Mayor y Teniente de Capitán General de esta villa de Córdoba, por Su Majestad, ella con licencia por su marido; por lo tanto, ambos otorgan que venden a Jerónimo de Monterde, vecino de la ciudad de México, una negra esclava, criolla, nombrada Rosa María de veintiocho años poco más o menos, la misma que hubo y compró de don Francisco de Aguirre y Gomendio, Regidor perpetuo por Su Majestad de la ciudad de la Nueva Veracruz; dicha esclava la venden sujeta a perpetuo cautiverio y servidumbre, por libre de empeño, enajenación e hipoteca, y sin asegurarla de ninguna tacha, vicio ni defecto, en precio de 412 pesos horros de alcabala que por dicha esclava les ha pagado y que confiesan haberlos recibido en reales de contado.

              FRANCISCO LEANDRO, ESCRIBANO REAL
              Sin título
              MX UV.USBIX ANC-P-0039-PC_0039_0062 · Unidad documental simple · 1704/08/27
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              Juan Ortiz de Rosas, vecino de esta villa de Córdoba, dijo que hoy día de la fecha sacó y compró en almoneda y remate público una casa baja, de piedra y madera que tiene una sala, edificada en medio solar, de los bienes que quedaron por fin y muerte de José de Leiva, la cual fue rematada en cantidad de 450 pesos, que pagó de contado al Capitán don Antonio de Leiva Esparragosa, hijo, albacea y uno de los herederos de dicho difunto. Y la dicha casa, la sacó para el Licenciado don Juan Antonio de la Veguellina y Sandoval, Abogado de la Real Audiencia de esta Nueva España y vecino de esta villa de Córdoba; y si por alguna razón de haberse celebrado el remate y adquirido algún derecho a dicha casa desde luego lo cede, renuncia y transfiere en dicho Licenciado Juan Antonio de la Veguellina y Sandoval, para que haga y disponga en conformidad de dicho remate y en virtud de esta declaración de ella como le pareciere.

              JUAN JIMÉNEZ, ESCRIBANO REAL
              Sin título
              MX UV.USBIX ANC-P-0039-PC_0039_0077 · Unidad documental simple · 1704/11/17
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              Nicolás de Bolaños, vecino de esta villa de Córdoba, otorga que vende al Regidor don Gaspar Ramírez de Carvajal Benavente, que lo es de esta villa, por Su Majestad, una casa de madera, cubierta de paja, con sus puertas y ventanas, edificada en un solar de 50 varas de frente y 50 de fondo, que es en esta villa, en la calle que de la plaza Pública sale para el convento del Señor San Antonio; linda por el oriente con casa y solar de Diego de Palma; por el poniente calle en medio con casa del Capitán don Antonio de Leiva Esparragosa; por el [sur] con casa de doña Juana de Contreras GAtica, calle en medio; y por el norte con un pedazo de solar que pertenece al Sargento Antonio de Villavicencio. La vende en cantidad de 400 pesos de oro común y declara haberlos recibido en reales de contado.

              JUAN JIMÉNEZ, ESCRIBANO REAL
              Sin título
              MX UV.USBIX ANC-P-0040-PC_0040_0044 · Unidad documental simple · 1705/04/18
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              Don Lope Antonio de Iribas, vecino de esta villa de Córdoba, natural de ella, hijo legítimo del Capitán don Lope de Iribas y de doña Ana González de Velilla Blanco, difuntos; y doña Agustina Jaimes Dávila Barrientos, mujer legítima del susodicho, natural del pueblo de Quichula [Quechula], hija legítima de don Diego Dávila Barrientos difunto y doña Margarita Jaimes Alfonso, vecina de esta villa; otorgan que se dan el uno al otro el poder que se requiere para testar en la forma y con las cláusulas que se tienen comunicados. Doña Agustina declara que fue casada de primer matrimonio con el Regidor don Miguel de Leiva Esparragosa, difunto, de cuyo matrimonio tuvieron dos hijos. Actualmente los otorgantes declaran que tienen una hija llamada Ana Francisca Margarita de Iribas Dávila, de edad de cuatro meses. Asimismo, declaran que para pagar su testamento ambos se instituyen como albaceas testamentarios y tenedores de bienes. Finalmente, declaran que del remanente que quede de todos sus bienes nombran herederos, dicho don Lope Antonio de Iribas a su hija Ana Francisca; y doña Agustina Jaimes Dávila Barrientos a Miguel y Rafael de Leiva hijos de su primer matrimonio, así como también a Ana Francisca su hija legítima.

              JUAN JIMÉNEZ, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICO
              Sin título
              MX UV.USBIX ANC-P-0040-PC_0040_0056 · Unidad documental simple · 1705/06/12
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              Don Antonio de Leiva Esparragosa, vecino de esta villa de Córdoba, dueño de hacienda del beneficio de hacer azúcar en su jurisdicción, otorga poder general al Alférez Antonio Muñoz de Anaya, vecino de esta villa, para que lo defienda en todos sus pleitos, causas y negocios civiles y criminales, eclesiásticos y seculares, saque escrituras, testimonios que le pertenezcan y los presente ante quien convenga. También, le da poder para que representando a su persona demande, reciba y cobre de cualquier persona todas las cantidades que le adeuden, de lo que recibiere otorgue cartas de pago, finiquito y lasto. Asimismo, se lo da para que lo pueda obligar como principal o como su fiador y principal pagador hasta en cantidad de 2 000 pesos, obligándolo a la paga de ellos, cargándolos a censo redimible sobre todos sus bienes y especialmente sobre su hacienda de fabricar azúcar nombrada San Joseph [José]. Igualmente, le da el poder para que pueda vender y comprar cualquiera de sus esclavos; para que pueda hacer con sus deudores cualquier trato por la cantidad y el tiempo que le pareciere. Finalmente, se lo otorga para que prosiga las diligencias del juicio divisorio en que actualmente atiende como albacea testamentario del Regidor José de Leiva, su padre difunto.

              JUAN JIMÉNEZ, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICO