RECIBOS

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              MX UV.USBIX ANC-P-0012-PC_0012_0022 · Stuk · 1676/09/30
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              El Bachiller Juan García de Arroyo, Clérigo Presbítero, Cura Teniente de esta villa, en virtud de poder de Joseph [José] Pérez de la Peña y María Ramírez de Ferrera, su mujer, vecinos de la ciudad de los Ángeles, para estar en los autos del juicio divisorio de los bienes que quedaron por fin y muerte de María Ferrera [de Tévez], difunta, otorga que ha recibido de Francisco de Solís, Alguacil Mayor de esta villa y del partido de San Antonio Huatusco, 338 pesos de oro común en que se incluyen 105 que se pagaron a Jacinto Pérez Padrón, Alcalde Ordinario de esta villa, de otros tantos que los susodicho le debían. Dichos 338 pesos es el resto de 800 que el alguacil debía a los dichos Joseph [José] Pérez de la Peña y María Ramírez de Ferrera, de la venta de una casa que fue del Regidor Juan Francisco Ramírez y María Ferrera [de Tévez].

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              MX UV.USBIX ANC-P-0014-PC_0014_0031 · Stuk · 1749/10/14
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              El Capitán de caballería reformado don Miguel Valero [de] Grajeda, vecino republicano de esta villa de Córdoba, otorga haber recibido de don Francisco Valero y Alvarado, Alguacil Mayor, Regidor Perpetuo, actual Procurador Mayor de ella, por mano de don Fabio González Calderón, Alcalde Mayor, Teniente de Capitán, 200 pesos de oro común, que se le mandaron satisfacer como albacea y heredero del Alférez Real don Juan [García] Valero, su padre.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0053-PC_0053_0034 · Stuk · 1717/05/29
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              El Licenciado don José López de Sagade Bugueiro, Presbítero, vecino de esta villa, Comisario del Santo Oficio de la Inquisición de este reino, otorga haber recibido del Capitán don Francisco Pibot y Tapia, Alcalde Ordinario de esta villa por Su Majestad y dueño de trapiche de hacer azúcar en su jurisdicción, 1 000 pesos de oro común en reales por otros tantos que le debía al otorgante el Capitán de Caballos Corazas don Juan Valero Grajeda y estaban sobre el trapiche de hacer azúcar que posee el Capitán Francisco Pibot, que se obligó a pagar por escritura de venta. De dicha cantidad se dio por entregado a su voluntad, y entregó carta de pago y recibo en forma.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0055-PC_0055_0031 · Stuk · 1719/04/26
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              De una parte, el Capitán don Lope Antonio de Iribas y doña Agustina Jaimes Dávila Barrientos, marido y mujer, dueños de haciendas del beneficio de fabricar azucares en jurisdicción de esta villa; y del otro don Rafael de Leiva, casado, hijo del Regidor don Miguel de Leiva Esparragosa, difunto, y de la dicha doña Agustina, de primer matrimonio. Dijeron que don Lope Antonio y doña Agustina, tienen nombramiento de tutores y curadores de la persona y bienes de don Rafael en la cantidad de 15 237 pesos 5 tomines y 10 granos que le cupieron en la hijuela de partición, asimismo, la cantidad de cuatro mil [roto] y cuarenta y un pesos que también le cupieron de herencia de su abuelo. Ambas cantidades están en poder de sus tutores y han corrido de réditos de una y otra cantidad 5 389 pesos hasta hoy día de la fecha, menos los gastos pupilares de Rafael correspondientes a manutención de su persona de 600 pesos anuales. Y ahora con ocasión de haberse puesto en estado don Rafael con Inés Valero Caballero de Grajeda, solicitó a sus tutores le entreguen su legítima paterna y abolenga, quienes aceptaron en hacerlo en una hacienda del beneficio de hacer azúcar nombrada Señor San Joseph [José] con todo lo que le pertenece. Señalando como valuadores de tierras, campo de cañas, esclavos, ganados mulares y caballares a don Francisco de Aguilar, Regidor Perpetuo de esta villa por Su Majestad, y a don Francisco de Barrios; y por lo que tocaba a casa de trapiche, de calderas, de purga, asoleaderos, de vivienda y demás oficinas al Sargento Antonio de Villavicencio y a José Ramírez, maestro de carpintero; y por lo que tocaba a los cobres y demás herramientas a Juan de Aragón, maestro caldero, todos vecinos de esta villa. Presentando su avalúo, el día 5 de enero del presente año, de lo que dieron memoria simple a don Rafael de Leiva solo extrajudicialmente, quien dijo que estaba apreciado el sitio de tierra en más de lo que se había valuado por muerte de su padre y se convino con su tutor a que se le rebajase el exceso que eran 2 550 pesos de dichas tierras, y habiendo aceptado el tutor, la hacienda quedó en 31 783 pesos y 2 reales y lo demás del avalúo lo aprobó con más 2 262 pesos real y medio que importó el valor de otros bienes muebles; y según consta de memoria simple firmada por los susodichos, todo importa 34 045 pesos 3 reales y medio que tiene recibidos Rafael en el valor de la hacienda y bienes muebles, de cuya cantidad sus tutores le han pedido le otorgue recibo. Por lo cual, don Rafael otorga ha recibido del Capitán don Lope Antonio de Iribas y doña Agustina Jaimes Dávila Barrientos, sus padres, tutores, curadores y de sus fiadores los 34 045 pesos 3 reales y medio en la forma siguiente: 15 237 pesos y 5 tomines de su hijuela por su legítima paterna de los bienes del Regidor don Miguel de Leiva Esparragosa, su padre; 4 641 pesos de legítima del Regidor don José de Leiva y doña Catalina de Esparragosa, sus abuelos; 5 389 pesos réditos de toda la mencionada cantidad hasta hoy día de la fecha. Rafael se obligará a reconocer sobre el trapiche la cantidad a favor de los capellanes que sabe y le consta al Capitán don Sebastián de Guevara y Lucio, vecino de la ciudad de los Ángeles, por cuya mano a corrido la paga [de los] réditos, asimismo, los ha de pagar don Rafael en el ínterin que no los redima su principal desde el día 20 de enero del presente año en adelante, dejando en su fuerza y vigor la escritura de su imposición y sus cláusulas, y llevará a su ejecución 500 pesos a favor de Juan José de Leiva para cuando tome estado o tenga la edad competente, y en el ínterin sus réditos desde el día 20 de enero del presente año; 1 250 pesos a favor del convento de religiosas Santa Clara de la ciudad de los Ángeles y en el ínterin que no los redimiere sus réditos desde dicho día 20 de enero pasado en adelante. Y los 4 027 pesos 6 reales y medio que pertenecen a doña Agustina Jaimes Dávila Barrientos, su madre, y por muerte de ésta los deja a sus albaceas para dar cumplimiento a sus disposiciones y en el ínterin pagar sus réditos, que contarán desde el día 20 de enero pasado del presente año. De la hacienda y bienes muebles se dio por entregado a su voluntad, otorgando por ello recibo y cancelando la hijuela de partición y escritura de tutela y fianza. Como dueño de la hacienda de San Joseph [José] otorga sitúa y carga sobre ella los 8 777 pesos 6 reales y medio a favor de las personas que van mencionadas en esta escritura, a quienes reconoce como dueños y señores de ellas como con sus principales y se obliga a pagar sus réditos a razón de 5 por ciento anuales ínterin que no los redimiere.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0055-PC_0055_0059 · Stuk · 1719/07/04
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              Isabel Álvarez [de Oliva], vecina de esta villa, albacea de Diego de Rojas, difunto, otorga haber recibido de Juan Fernández de Ávila, vecino de esta villa y dueño de trapiche de hacer azúcar en esta jurisdicción, 640 pesos de oro común que Juan le debía al difunto, y de lo que entrega recibo en forma.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0055-PC_0055_0124 · Stuk · 1719/12/09
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              [roto] otorga haber recibido de don José de Segura [y Ceballos], albacea y uno de los herederos del Capitán don José de Segura [roto] uno de los albaceas que fue de [roto] tutor de dichos herederos, a saber [537] pesos [roto] que le cupieron al otorgante en la partición de bienes. Cantidad que se dio por entregado y otorga carta de pago en forma.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0056-PC_0056_0018 · Stuk · 1720/02/24
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              [roto] en voz y nombre de [roto] convento de Santa [roto] mayores de veinticinco años [roto] usando de dicho poder, otorga haber recibido de don Diego de Altamirano, vecino de esta villa, 125 pesos de oro común en reales, los mismos que han importado los réditos del principal que tiene sobre la casa de su morada, perteneciente a dichas sus partes, que se cumplieron el día doce de febrero de este año.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0056-PC_0056_0034 · Stuk · 1720/04/18
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              Diego Millán Quijada, vecino de esta villa de Córdoba, marido y conjunta persona de doña María Juárez Laesa, uno de los hijos y herederos de Antonio Millán Quijada, difunto, otorga haber recibido de su madre doña Sebastiana Cid, viuda, albacea testamentaria y tenedora de bienes de dicho difunto, tutora y curadora ad bona que fue de su persona y bienes, a saber 1 000 pesos de oro común en reales por cuenta y parte de pago de su legítima paterna, por lo cual otorga carta de pago y recibo en forma.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0044-PC_0044_0067 · Stuk · 1708/07/10
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              Doña Inés María de Serrano y Perea, vecina de esta villa de Córdoba, viuda del Pagador don Juan de Buendía, tutora y curadora ad bona de las personas y bienes de don Lucas, don Bernardo, doña Narcisa, doña Francisca y doña Gabriela Josefa de Buendía y Canto, menores hijos y de dicho difunto, otorga haber recibido del Bachiller don Juan López de Sagade Bugueiro, Presbítero, y de don Tomás López de Sagade Bugueiro, su hermano, 4 236 pesos y 4 reales de oro común en reales, los mismos que pertenecen a la otorgante y a los dichos sus hijos, y de dicha cantidad se dio por entregada.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0044-PC_0044_0101 · Stuk · 1708/09/17
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              El Alférez don Miguel Jerónimo Maldonado, vecino de esta villa, en nombre de doña María Jiménez, su legítima mujer, viuda que fue de Juan Bautista Sierra Valle y Rioseco, tutor y curador de las personas y bienes de los menores sus hijos, y en virtud del poder otorga haber recibido de Juan Fernández de Ávila, residente en esta villa, 500 pesos de dos años y un mes de [arrendamiento de un mesón] que se cumplió en julio, de cuyo arrendamiento había otorgado escritura por tiempo y espacio de cuatro años. Y estando presente Juan Fernández dijo haberse transigido en largar la casa mesón y lo demás que le pertenece, por ello pidió al Alférez don Miguel Jerónimo que las mejoras que en dicho mesón tiene hechas las ponga como bienes de sus menores. Finalmente, el presente otorgante y Juan Fernández declararon cancelación de dicha escritura en forma.

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