Zona de identificação
Código de referência
Título
Data(s)
- 1824/08/12 (Produção)
Nível de descrição
Dimensão e suporte
f. 33 vta. - 35 vta.
Zona do contexto
Nome do produtor
História biográfica
Entidade detentora
História do arquivo
Fonte imediata de aquisição ou transferência
Zona do conteúdo e estrutura
Âmbito e conteúdo
Don Antonio Mancilla, marido legítimo de doña María Luisa de Castro y de Guevara, de esta vecindad, otorga que ha recibido de don José Domingo de la Rocha, de este comercio, la cantidad de 300 pesos en reales. Cuya cantidad, es la mitad de los 600 pesos que prestó a la susodicha, antes de contraer matrimonio, y la cual acordó en pagar con gravamen de una casa a quién que le facilitase los 600 pesos. Y para la seguridad de Rocha, lo asienta a instrumento público. Por la presente, doña María Luisa de Castro otorga que debe a don José Domingo de la Rocha, la cantidad de 300 pesos, los cuales entrega este día a su marido don Antonio Mancilla, como si ella los hubiera recibido, otorgando en favor de Rocha recibo en forma; asimismo, se obliga a pagar dicha cantidad con el rédito de 5 por ciento anual, en el tiempo de tres años, que deben correr y contarse desde esta fecha hasta igual día y mes del año venidero de 1827. Y para la seguridad del pago de dicha cantidad y sus réditos, hipoteca una casa, en esta villa, baja de piedra y madera cubierta de teja, situada en la calle Real a la que hace su frente con los linderos que se expresan en el acta. La cual le pertenece por la conclusión de la testamentaria de su difunto esposo don Mariano Ladrón de Guevara. Dicha casa la grava y confiere al acreedor poder para que si cumplido dicho plazo, no le hubiere satisfecho el principal y sus réditos, dirija su acción contra ella.
Avaliação, seleção e eliminação
Incorporações
Sistema de arranjo
Zona de condições de acesso e utilização
Condições de acesso
Condiçoes de reprodução
Idioma do material
espanhol
Script do material
Notas ao idioma e script
Características físicas e requisitos técnicos
Instrumentos de descrição
Zona de documentação associada
Existência e localização de originais
Existência e localização de cópias
Unidades de descrição relacionadas
Zona das notas
Nota
Al margen del acta se señalan dos notas la 1ª Dice: \"Esta escritura queda registrada en el libro de hipotecas de su cargo, en esta villa, fecha a 12 de agosto de 1824\", f. 34. La 2ª Dice: \"Don Dionisio Camacho, a cuyo favor endoso don José Domingo de la Rocha la anterior escritura, deja otorgado recibo y cancelación a favor de doña María Luisa de Castro y de Guevara, por el principal y premios contenidos en ella, en esta villa a 30 de marzo de 1826\", f. 34 - 34 vta. El escribano registra los nombres Luisa Castro Ladrón de Guevara, María Luisa de Castro, Luisa de Castro, ésta firma María Luisa de Castro y de Guevara, María Luisa de Castro; Domingo de la Rocha, José Domingo de la Rocha; Mariano Guevara, Mariano Ladrón de Guevara, para su ubicación se registraron como aparecen en el resumen del acta.
Identificador(es) alternativo(s)
Pontos de acesso
Pontos de acesso - Assuntos
Pontos de acesso - Locais
Pontos de acesso - Nomes
- CAMACHO, DIONISIO (Assunto)
- CASTRO Y DE GUEVARA, MARÍA LUISA DE (Assunto)
- LADRÓN DE GUEVARA, MARIANO (Assunto)
- MANCILLA, ANTONIO (Assunto)
- ROCHA, JOSÉ DOMINGO DE LA (Assunto)