PRESBÍTEROS

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              Sin título
              MX UV.USBIX ANX-P-0089-PX_0089_0085 · Unidad documental simple · 1832/07/27
              Parte de Archivo Notarial de Xalapa

              Don Francisco González, apoderado de doña María Josefa Ortiz y doña Gertrudis Rodríguez Guevara, en unión del ciudadano Alejandro Vázquez, albacea de Santiago López; solicita se eleve a testamento nuncupativo el que antes de fallecer otorgó don Santiago López en presencia de testigos, el día 18 de mayo de 1832 en esta ciudad, en el cual don Santiago López declara ser natural de Perote y vecino de esta ciudad, hijo legítimo de don Santiago López y de doña María de la O Rodríguez, difuntos; asimismo, declara fue casado con doña Matiana Morales, difunta, en cuyo matrimonio procrearon a José Narciso, que también falleció; declara por bienes una casita situada en la calle del Hospital de Mujeres; nombra como herederas a sus sobrinas doña Gertrudis Rodríguez Guevara y a doña María Josefa Ortiz, y como albacea a don Alejandro Vázquez. Para que la memoria otorgada por don Santiago se eleve a testamento nuncupativo, don Francisco González solicita se sirva mandar que don José Antonio Franceschi y Castro, don José Joaquín Martínez y Vázquez, don Paulino Mejía, don Matías Hernández y don Justo Muñoz, el Presbítero José Ignacio Ibáñez y Domingo Rica, testigos de cuando Santiago López otorgó su memoria testamentaria, den su declaración y respondan a algunas preguntas respecto a dicha memoria del difunto. Asimismo, suplica se sirva ayudar como pobre a la señora Rodríguez Guevara por serlo de notoriedad. Y tras la declaración de testigos y la presentación de otras pruebas solicitadas por el Juez Licenciado Antonio María de Rivera, el alcalde de segunda nominación de Xalapa, declara por testamento nuncupativo la memoria hecha por Santiago López.

              JUAN HERRERO, SECRETARIO
              Sin título
              MX UV.USBIX ANX-P-0089-PX_0089_0110 · Unidad documental simple · 1832/09/13
              Parte de Archivo Notarial de Xalapa

              Don Dionisio Camacho, de esta vecindad, con poder de doña Manuela del Solar Campero, viuda de don Fermín de Aguirreolea, otorga que ha recibido del Presbítero don Juan Nepomuceno Fernández de Ulloa 300 pesos en moneda contante y sonante, declarando que dicha cantidad pertenecen a una obra pía que doña Paula Barradas ordenó se fundase para que el día 22 de cada mes se celebre una misa en el altar de Santa María Magdalena del convento de San Francisco de esta ciudad. Por lo cual, obliga a su podataria a seguirlos reconociendo del mismo modo que consta en la escritura otorgada ante don Juan Nepomuceno de Arriaga, en 20 de septiembre de 1830, asimismo, obliga a su comitente a pagar sus réditos de 5 por ciento anual y para mayor seguridad hipoteca una casa situada en esta ciudad en la segunda cuadra de San Francisco de Paula.

              ANTONIO MARÍA BUENABAD, ESCRIBANO
              Sin título
              MX UV.USBIX ANX-P-0089-PX_0089_0115 · Unidad documental simple · 1832/09/18
              Parte de Archivo Notarial de Xalapa

              El presbítero don Juan Nepomuceno Fernández de Ulloa, de esta vecindad, otorga que debe y se obliga a pagar al Presbítero don Cristóbal de Pitalua y Costa, ex cura de Tuxpan, residente en esta ciudad, la cantidad de 2 000 pesos que por vía de empréstito depósito irregular y causa de réditos de un 5 por ciento, que le ha dado en pesos fuertes a su entera satisfacción, cuyo pago hará dentro de cinco años contados desde hoy y en el ínterin sus correspondientes réditos del 5 por ciento anual. Y para seguridad hipoteca las tierras de labor que nombran los Ojuelos, ubicadas en este cantón, en las inmediaciones del Encero, compuestas de 80 caballerías que hacen dos sitios escasos de ganado mayor, y lindan por el norte con el paraje que nombran el Dominico, los trapiches del Rosario y Mastatlán, tierras de los Garcías y las del Castillo, por donde terminan con una cuchilla y es el rumbo por donde tienen mayor extensión; y por el costado del sur lindan con el cerro que nombran de Simarrontepec y sigue por el cantil del río del Castillo hasta las tierras del Encero, cerrando por el oriente con las pertenecientes a los herederos de don Manuel de Acosta. Cuyas tierras ya deslindadas las hubo y compró el otorgante y don José Iravedra del Presbítero don Francisco de Campo, por escritura que les otorgó en esta ciudad el 13 de septiembre de 1825 y, posteriormente, el comunero don José Iravedra vendió su parte al otorgante por escritura con fecha en esta ciudad a 4 de noviembre de 1827.

              ANTONIO MARÍA BUENABAD, ESCRIBANO
              Sin título
              MX UV.USBIX ANX-P-0089-PX_0089_0148 · Unidad documental simple · 1832/11/13
              Parte de Archivo Notarial de Xalapa

              Don Manuel de Jesús Gutiérrez, hijo, albacea y heredero de don Diego Melchor Gutiérrez, vecino del pueblo de Xicochimalco, otorga que vende realmente a don Antonio Hernández, vecino del mismo pueblo; un trapiche de moler caña, con sus casas, jacales, tierras y campos de caña, muebles útiles y herramientas, con todo los demás que le es anexo, situado en la doctrina del pueblo de Xicochimalco, de esta jurisdicción, el cual se nombra Chapulapa, que linda por el sur con el río así llamado; por el oriente desde el paso de Chichilan con tierras de Antonio Hernández y otro pedazo de Chimalpablo; desde dicho paso busca el lindero mirando al norte hasta la cumbre de la Loma donde está un palo blanco grueso; dicha tierra tiene 300 varas del paso a la cumbre de dicha Loma hasta coger la medianía lindando con la tierra de Juan Domingo, de donde hay de una parte a otra 900 varas; y al poniente cogiendo la orilla de arriba, linda con terreno de Pedro Celestino y a la vuelta de la zanja de arriba hasta lindar con la de Francisco Hernández y topar con el citado río del mismo Chapulapa que está al lado del sur con 425 varas. Cuyo deslindado trapiche con sus tierras, casa y oficinas, es el mismo que hubo y compró su finado padre al Presbítero don [José de] Vicente Espino. Lo vende en precio de 1 600 pesos, que declara haber recibido en reales de contado.

              ANTONIO MARÍA BUENABAD, ESCRIBANO
              Sin título
              MX UV.USBIX ANX-P-0090-PX_0090_0030 · Unidad documental simple · 1833/02/26
              Parte de Archivo Notarial de Xalapa

              El Presbítero don Juan Nepomuceno Fernández de Ulloa, de esta vecindad, dijo que por cuanto el Presbítero don Francisco de Campo le confirió poder especial para que en su nombre y después de su fallecimiento dispusiera, hiciera y otorgara su testamento conforme a lo que le tenía comunicado. Y usando de las facultades: otorga que hace y ordena su testamento en la manera siguiente: 1.º Ratifica la declaración y protesta de los misterios de fe católica; así mismo, declara que el Presbítero murió el día 4 de agosto de 1832 y sepultado al siguiente día, en el cementerio general de esta ciudad. Declara que le dejó una lista de sus créditos activos y pasivos; así como, la encomienda de celebración de misas que agregará por separado a este testamento. Expresa que le comunicó que sus bienes consisten: en una casa situada en la calle del hospital de mujeres de esta ciudad, gravada en 1 000 pesos que reconoce al convento de Santa Clara de Puebla, 300 a favor de la cofradía del Carmen de esta parroquia y ciento a favor del Santo Excelentísimo también de esta parroquia y que de los réditos vencidos y no satisfechos dará noticia en la cuenta de albaceazgo. Ítem, declara que dicho finado quiso se nombrase su albacea.

              JOSÉ FRANCISCO RIVADENEIRA, ALCALDE CUARTO CONSTITUCIONAL
              Sin título
              MX UV.USBIX ANX-P-0090-PX_0090_0082 · Unidad documental simple · 1833/07/01
              Parte de Archivo Notarial de Xalapa

              El Presbítero don José Francisco Campomanes, Cura y Juez Eclesiástico en esta parroquia y sus hermanos doña Mariana, don Mariano y don Pascual [Campomanes], todos residentes en esta misma ciudad; otorgan poder al Licenciado Antonio Viamonte, de esta propia vecindad, para que, a su nombre, los defienda en todos sus pleitos que tienen pendientes o adelante les corriese, ya sea como actores o como demandados. Además, para todas sus causas y negocios de los relacionante; por esta razón pueda parecer y parezca en los tribunales eclesiásticos o seculares, superiores o inferiores que importe.

              JUAN NEPOMUCENO DE ARRIAGA, ESCRIBANO
              Sin título
              MX UV.USBIX ANX-P-0090-PX_0090_0087 · Unidad documental simple · 1833/07/10
              Parte de Archivo Notarial de Xalapa

              Don Juan de Quero, vecino en las inmediaciones de esta ciudad, dijo que el 7 de marzo de este presenta año, se formalizó escritura, por la cual el Presbítero don Juan Nepomuceno Fernández de Ulloa le dio en arrendamiento a don Pablo Domínguez, el rancho nombrado de los Ojuelos, ubicado en esta misma jurisdicción, por el tiempo, precio y condiciones que constan en la propia escritura; siendo una de ellas que el comparente se constituyese fiador de Domínguez de mancomún con don Bernabé de Elías Vallejo. Por lo tanto, el relacionante está para prestar esa fianza, pero bajo la precisa calidad de que si antes de cumplirse el termino señalado, en la misma escritura de arrendamiento llegase a fallecer el que va hablando o el nominado Domínguez, desde ese momento quedará libre el primero de toda responsabilidad con respecto a la indicada fianza y que, como en dicho instrumento no se explicó este requisito ni hoy puede anotarse allí por no haber pasado ante el presente escribano, se ha acordado formalizar esta declaración. Y en consecuencia el nominado don Juan de Quero otorga que se constituye fiador de mancomún con don Bernabé de Elías por el prenotado don Pablo Domínguez.

              JUAN NEPOMUCENO DE ARRIAGA, ESCRIBANO
              Sin título
              MX UV.USBIX ANX-P-0090-PX_0090_0113 · Unidad documental simple · 1833/09/09
              Parte de Archivo Notarial de Xalapa

              Don Bernabé de Elías Vallejo, de esta vecindad y comercio, curador ad bona de doña María Francisca y doña María del Carmen [Merino], hijas del finado don Francisco Merino, cuya curaduría y diligencias están agregadas en este mismo protocolo; dijo que, ante el alcalde de segunda nominación de esta ciudad, puso demanda el Presbítero don Juan Nepomuceno Fernández de Ulloa, albacea del Presbítero del Francisco de Campo, que lo fue del expresado Francisco Merino, por 258 pesos y los premios corridos al 5 por ciento desde el 22 de junio de 1819, que el propio Merino se obligó a pagarle a don Fernando de Cubas, que es a quién pertenece dicho crédito. Pues el intento del Presbítero Ulloa es que se libere a la testamentaria del Presbítero Campo de la responsabilidad que éste quiso contraer como garante según se percibe al pie de la obligación que otorgó Merino y le eximan igualmente de contestaciones, respecto a que hay una finca propia del principal deudor. Y a que Cubas está corriente a entenderse con el actual representante de los bienes de Merino, siempre que se le otorgue formal escritura con hipoteca de la casa del repetido finado deudor. Y el comparente convencido de la legitimidad de la deuda y considerando el prejuicio que les resultaría a sus menores de que se entablase un juicio o se quisiera practicar algunas otras diligencias judiciales, tuvo por más benéfico a dichas menores convenir en los términos que se expresan en la copia del acta conciliatoria. Y en consecuencia de lo expuesto, don Bernabé de Elías, como curador ad bona de las citadas menores otorga que obliga los bienes del finado don Francisco Merino al pago de los relacionados 258 pesos y los premios que correspondan, desde la fecha que se menciona, por lo que verifique el pago, tan luego como se logre la venta de la casa que va a hipotecarse. Y para la mayor seguridad del adeudo hipoteca una casa de la testamentaria del finado Merino, ubicada en esta ciudad a la calle que nombran de Alba y cuyos linderos según la escritura de venta que le otorgaron a Merino el 26 de abril de 1810 que son los siguiente: su frente al poniente con 24 y media varas y del otro lado la boca del callejón que nombran de Tomás Campos y casas bajas de doña María Josefa Casanova dicha calle en medio; y 50 de fondo hacia el oriente por donde linda con solar que fue de Domingo Roldán, y al tiempo de la venta pertenecía a los herederos de Roque Ortiz; y por el sur con casa y solar que fue del difunto Antonio de los Reyes. Y no cumpliendo así, podrá el acreedor sacarla de terceros o más poseedores, vendarla y rematarla para reintegrarse del repetido crédito, réditos y de las costas que en la cobranza se originen.

              JUAN NEPOMUCENO DE ARRIAGA, ESCRIBANO
              Sin título
              MX UV.USBIX ANX-P-0090-PX_0090_0132 · Unidad documental simple · 1833/11/12
              Parte de Archivo Notarial de Xalapa

              Incorporación de las diligencias relativas al nombramiento de tutor de la menor María Cayetana Francisca de Paula Leonides Guevara y Galván.

              JUAN NEPOMUCENO DE ARRIAGA, ESCRIBANO
              Sin título
              MX UV.USBIX ANX-P-0082-PX_0082_0043 · Unidad documental simple · 1825/02/10
              Parte de Archivo Notarial de Xalapa

              El presbítero don Juan Nepomuceno Fernández de Ulloa, de esta vecindad, dijo que en uso del poder especial que le confirió en Puebla el señor don Francisco Ángel del Camino, canónigo dignidad de tesorero de la Catedral de Puebla, como albacea y tenedor de bienes del difunto señor deán don Juan de Dios Olmedo y Araciel, quién lo fue de su finada hermana doña Josefa Olmedo y Araciel. Otorga que vende en favor de don Jorge de la Serna, vecino y del comercio de la Nueva Veracruz, residente en este suelo, a saber una casa de paredes, de cal y piedra, de edificio bajo, cubierta de madera, ladrillo y teja, situada en esta villa, en la calle que nombran de Velen [Belén], a la que hace frente hacia el oriente y del otro lado casa de don Joaquín de Herrasti y Alba; por su fondo al poniente linda con casa de la testamentaria vendedora; por el costado del sur linda con el de casa de doña Ana del Camino y hoy de la cofradía de Ánimas de esta parroquia y por el del norte con el de casa alta del finado don Felipe Díaz de Peón. Cuya finca es la misma que el difunto don Manuel de Olmedo, padre de don Juan de Dios y de doña Josefa, hubo y compró de doña Petronila Rodríguez, por escritura pública su fecha en esta villa el 7 de abril de 1745. Vende dicha casa con tan solo con 1 000 pesos que sobre ella están impuestos y cargados a censo redimible con causa de réditos de 5 por ciento, ramo de una capellanía que con el principal de 3 000 pesos fundó el capitán don Manuel de Olmedo conforme a la voluntad de don Francisco Echevestre, de la que es actual capellán propietario don Manuel de Gorospe y Camino. Cuya enajenación la hace en precio de 6 000 pesos y en las condiciones que se menciona en el acta.

              JUAN FRANCISCO CARDEÑA, ESCRIBANO PÚBLICO INTERINO