El Alférez Francisco de Brito [Lomelín], vecino de esta villa de Córdoba, en nombre y con poder del Reverendo Padre Predicador Fray Gerónimo [Jerónimo] de Galindo del Orden de San Agustín, Prior actual de su convento de la ciudad de la Nueva Veracruz, otorga que vende a Joseph Gómez Dávila, vecino de la misma villa, un negro nombrado Agustín de nación rayado, en 360 pesos de oro común.
DOMINGO ANTONIO GÓMEZ, ESCRIBANO REALPREDICADORES
9 Descripción archivística resultados para PREDICADORES
El Licenciado Pedro Díaz de Florencia, [Abogado] de los Reales Consejos y Audiencias de este [reino de la Nueva España], residente en esta villa de Córdoba, otorga poder general y cesión en causa propia al Reverendo Padre Predicador Fray Francisco Polanco, Presbítero, [roto] para que en nombre y en representación de su persona parezca ante el Excelentísimo Señor Duque, Gobernador y Capitán de este [reino] y pida se sirva mandar se le haga pago [roto] pesos que se le quedó debiendo de honorarios y costas [roto] el Señor don Francisco [roto] Caballero de la Real Orden de Alcántara, Gentilhombre [de las Cámara de su Majestad] de su Consejo [de Indias] y Visitador [roto] pedir todos los reales intereses de Su Majestad a sus deudores, asimismo, pedir contra los que resultasen culpados en los [roto] y excesos cometidos contra la Real Hacienda, cuyas [roto] ya sentenciadas y mandadas pagar dicho honorario y costas [roto] el otorgante por dicho Señor Visitador General en virtud de [roto] dejó en poder de los oficiales reales del Real y Minas de [Guanajuato] a donde el otorgante ejerció dicho cargo de abogado fiscal prorrateando las costas entre todos los reos que resultaren culpados en dichos excesos y fraudes contra la Real Hacienda. En este estado avoca en si dichas causas indultando [a los] mismos reos y penándolos por sus excesos y delitos [roto] o indultos que su gran justificación hallaría [roto] al real servicio dejando sin mandar pagar dicho honorario y costas al otorgante, ni haberlas querido pagar después de lo [referido] los dichos reos aunque para ello dichos oficiales reales hicieron [roto] diligencias como consta de carta misiva [roto] original que entregó a dicho Reverendo Padre Predicador Fray Francisco [roto] para la justificación de no estar pagado dicho honorario y costas cuyo resto como va expresado son los [roto] y 54 pesos los cuales ande [roto] dicho padre pague lo que han suplido las personas [roto] ha recibido dicha cantidad para la curación de las enfermedades [roto] de su persona y otros gastos.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDOEl Capitán José Jiménez, vecino y natural de la ciudad de la Nueva Veracruz, hijo legítimo de Andrés Jiménez y de doña Antonia de Barrios, difuntos, otorga su testamento de la siguiente manera: Declara haber estado casado en primeras nupcias con Bárbara de Olarte y por segundas nupcias con doña Magdalena de Chavarría, asimismo, declara no tener hijos ni del primer ni del segundo matrimonio. Dijo que antes de subir a esta villa, estando gravemente enfermo, hizo una memoria firmada de su nombre, la cual entregó al Reverendo Padre Predicador Fray Gaspar de Espinosa, Comendador del convento de Nuestra Señora de la Merced de la ciudad de la Nueva Veracruz, intitulada con el rótulo para el Reverendo Padre Procurador General Fray Andrés Jiménez, su hermano, de dicha Orden de Nuestra Señora de la Merced. Asimismo, dejó hecho un poder para testar y un codicilo otorgado en dicha ciudad ante Juan Morera de Silva, Escribano de Su Majestad. Es su voluntad que un negrito criollo de quince años de edad, nombrado Juan, hijo de Lucía, su esclava, dando 100 pesos a sus albaceas obtenga su libertad. Declara que del tiempo que tuvo en arrendamiento la hacienda San Nicolás de Asperilla, solo está debiendo 90 pesos. Declara le deben Tomás Ramírez, vecino de la orilla de Jamapa, 6 pesos; Francisco Loango, negro libre, vecino de Medellín, 30 pesos; el Capitán Juan Carrega y su hijo Francisco Carrega, sujetos que tienen plaza en San Juan de Ulúa, 107 pesos de dos vestidos que les vendió. Declara tener hecho un vale a favor de José Guerrero Vázquez, Mayordomo de la hacienda de Santa Fe, de unos reales procedidos del arrendamiento de las tierras de San Julián. Declara haber comprado de armazón tres esclavos, de los cuales se le huyó uno nombrado José, casta Mina. Es su voluntad que el Padre Comendador Fray Gaspar de Espinosa, le entregue a su hermano, el Capitán Juan Jiménez, la memoria que lleva citada, cerrada como se la dio, la cual abrirá su hermano extrajudicialmente y hará lo que le tiene comunicado en ella, añadiendo y quitando lo que le tiene dicho, para lo cual le otorga poder especial, revocando desde luego dicha memoria. Manda se den 10 pesos a la hermandad de la Virgen del Rosario de esta villa. Nombra por albaceas testamentarios al Capitán Juan Jiménez, su hermano, y al Bachiller don Félix Bolado de la Barrera, Clérigo Presbítero Domiciliario de este obispado, vecino de la ciudad de la Nueva Veracruz; y por solo tenedor de bienes al dicho Capitán Juan Jiménez. Nombra como heredera de la mitad del remanente de sus bienes a su alma, asimismo, ordena que la otra mitad entre en poder del Capitán Juan Jiménez, para que la utilice en las cosas que le tiene comunicado.
MIGUEL VALERO GRAJEDA, JUEZ RECEPTORDon José Gómez Dávila, vecino de esta villa de Córdoba, otorga poder especial al Reverendo Padre Predicador Fray Juan de Valdivieso, de la Real Orden de Nuestra Señora de la Merced, Conventual en el convento de la ciudad de la Nueva Veracruz, para que en su nombre pueda vender un negro esclavo criollo, nombrado Manuel de edad de treinta años, que hubo y compró de don Bernardino de Villarauz, vecino del pueblo de Orizava [Orizaba], el cual dicho negro lo venda sujeto a servidumbre libre de empeño enajenación e hipoteca, sin enfermedad, vicio ni defecto.
JUAN JIMÉNEZ, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICOEl Bachiller Diego García Calvo, Presbítero Domiciliario de esta obispado de la Puebla de los Ángeles, vecino de esta villa de Córdoba, dijo que por cuanto el Muy Reverendo Padre Predicador Fray Nicolás Enríquez, Guardián del convento de San Antonio de esta villa de religiosos Descalzos de San Francisco, de orden de su superior había conmutado tres sillas torneadas de madera guarnecidas de fondo carmesí, las cuales el otorgante rescató, dando al sujeto que las había tomado el precio que había exhibido por ellas, y por ser uno de los devotos del convento de San Antonio, y que desea el aumento del culto divino, otorga que hace a dicho convento gracia y donación de las tres sillas, reservando para él el dominio de ellas.
Joseph [José] Segura [y] Cevallos [Ceballos], vecino de esta [villa], otorga poder al [Predicador] Fray Pedro de la Concepción, [Religioso de la Orden de Nuestra] Señora del Carmen, estante en la ciudad de la [roto], y a don Juan de Figueroa, vecino de esta villa, para que en nombre del otorgante comparezcan ante los señores jueces y justicias de dicha ciudad, y presenten la Real Provisión despachada a pedimento de don Joseph [José] Caramur, su fecha en la ciudad de México a 17 de marzo de 1696, y testimonios de auto proveído por Su Alteza a pedimento del otorgante, en que se manda se notifique al Capitán don Antonio Orejón de la Lama no salga de este reino sin arraigarse de fianza, pena de 2 000 pesos y lo demás que expresa, con fecha en la ciudad de México a 23 de junio de 1696. Ante cuyos señores jueces y justicias pidan cumplimiento de dicha fianza.
NICOLÁS LÓPEZ, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICOEl General don Joseph [José] Maza, residente en esta villa de Córdoba, por cuanto tiene por esclava a María de los Ángeles Ramos, mulata criolla de treinta años de edad, la cual hubo y compró del Padre Predicador General Fray Joseph [José] de Fuentes, Prior que era del convento de Santo Domingo de la villa de Tehuantepec, quien se la vendió como albacea de Ana Ramos, difunta vecina que fue de dicha villa, por la presente ahorra y liberta a dicha esclava para que desde hoy y para toda su vida sea libre y como tal pueda tratarse y disponer de su persona a su voluntad.
DOMINGO ANTONIO GÓMEZ, ESCRIBANO REALEl Reverendo Padre Fray Pedro Pérez de la Calle, Guardián del convento del Señor San Antonio de esta villa de Córdoba; Antonio de Villavicencio, Sotasíndico de dicho convento; y dicho padre guardián en voz y en nombre del Muy Reverendo Padre Predicador Fray Antonio Gamón, Provincial del mencionado convento en la ciudad de México, en virtud de su carta orden, su fecha en la ciudad de México a 4 de marzo de 1718, en que le ordena satisfaga al sayalero, para lo cual, venden a doña Josefa de Pedraza, viuda, vecina de esta villa, a saber un solar eriazo que el convento posee en esta villa y se compone de 50 varas de frente y 50 de fondo; que hace frente, calle en medio, con el mencionado convento de San Antonio; por la otra frente, calle en medio, con casa de los herederos de Antonio Millán Quijada, difunto; por el otro lado con casa de don José de Segura y Ceballos, Alcalde Ordinario de esta villa por Su Majestad; y por el fondo con [roto] errera. Solar que fue donado al convento [roto] Iribas difunto, y hoy lo venden con sus entradas y salidas, usos y costumbres, derecho y servidumbre, por libre de deuda, empeño e hipoteca, al precio de 200 pesos de oro común en reales.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO PÚBLICO Y DE CABILDOEl Muy Reverendo Padre Predicador Fray Miguel Zapata, Religioso Guardián del convento de San Antonio [roto] de Córdoba, [otorga poder] general [roto] al Reverendo Padre Fray José Cortecero, Predicador Conventual del convento de Nuestra Madre Santa Bárbara de la ciudad de los Ángeles, para que en su nombre y el del convento de esta villa de Córdoba, parezca en todos su pleitos, causas y negocios civiles y criminales, movidos o por mover, demandando como defendiendo en cualquier juzgado, audiencia o tribunal de ambos fueros, eclesiásticos y seculares.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDO