Don José María Suárez, vecino de Plan del Río y presente en este suelo, dijo que el 12 de noviembre próximo pasado, se le remató en la ciudad de México, la contrata de postas de correos de esta caja de Xalapa a la de Veracruz y de aquella a ésta, por el tiempo de cinco años y bajo los términos y condiciones que se expresan en el mismo remate, como consta el documento que se agrega a este registro, y que de nuevo ratifica el comparente la obligación que tiene contraída por el referido remate, y presenta por sus fiadores a don Juan Francisco de Bárcena, de esta vecindad y comercio y actual alcalde de primera nominación en esta municipalidad y a don Luis García Teruel, dueño de la hacienda nombrada Lucas Martín en cercanía de esta ciudad, vecino en la propia finca, mismos que instruidos del todo lo relacionado, otorgan que se constituyen fiadores del mencionado don José María Suárez.
Arriaga, Juan Nepomuceno dePostas
14 Descripción archivística resultados para Postas
Don Antonio Fernández de Velasco, vecino de la población de la Hoya y presente en este suelo, otorga que se compromete a servir la posta de dicho punto de la Hoya, dando una mula de carga, dos caballos y un postillón en los días miércoles de cada semana para que conduzcan del referido punto de la Hoya a Perote la correspondencia, cuya contrata será por tiempo de seis meses que comenzaron a correr el día primero del presente, por la cantidad de 275 pesos en los seis meses, en cuenta de los cuales tiene recibidos 25 pesos y se le ha de entregar el resto, que son 250 pesos a fines de abril próximo. Y si le pidiesen más de las tres bestias referidas, la franqueará pagándosele lo que sea justo; igualmente, han de correr los extraordinarios de la Hoya a Perote y de la Hoya a Xalapa, pagándosele con arreglo a la tarifa y contrata, ya sean para el gobierno o particulares. Y estando presente don Luis Slocum, a quien confiesa conocer perfectamente el nominado Velasco, dijo que a nombre de los señores Manuel Escandón y Compañía, ha celebrado con dicho Velasco la contrata explicada en los términos referidos, y en consecuencia compromete a la citada compañía a pagarle a Velasco los 275 pesos por el tiempo de seis meses.
Arriaga, Juan Nepomuceno deDon Manuel Escandón y Compañía y don José María Suárez, presentes en este suelo, dijeron que el primero tiene rematadas las postas de esta línea con el Gobierno General y como tal remate de dicho ramo ha contratado con el segundo de que por el espacio de cinco años contados desde el día primero de abril pasado, sean de cargo de éste los extraordinarios que ocurran de Corral Falso a Veracruz, en los puntos de ese derrotero que son Corral Falso, Plan del Río, Puente Nacional y Veracruz, e igualmente la Antigua; y ha de mantener bien atendidas las mulas destinadas a la remuda de las diligencias que conduce la correspondencia ordinaria, en los puntos de Corral Falso, Plan del Río y Puente Nacional. Todo ello por la cantidad de 8 600 pesos anuales que le serán satisfechos por tercios adelantados, cuya contrata se obligan a cumplir fiel y exactamente.
Arriaga, Juan Nepomuceno deDon Pedro Mengouz, de esta vecindad, y don José Antonio Hernández, de la población de la Hoya, el primero como administrador de las diligencias de línea, cuyas acciones tienen rematadas las postas que comprehenden las mismas líneas, y el segundo como particular. Ambos comparentes han contratado lo siguiente: José Antonio, se obliga a conducir desde la Hoya a Perote, la correspondencia del correo ordinario, teniendo para el efecto las bestias de silla y mula de carga en buen estado y a las horas de costumbre, por el tiempo de un año, contados desde el próximo día 10 de agosto, y por la cantidad de 350 pesos, de los que al momento Mengouz le entrega 150 pesos, y los restantes 200 pesos al vencimiento de los primeros seis meses. Estando presente don Joaquín Rincón, se constituyó fiador del mencionado José Antonio.
Arriaga, Juan Nepomuceno deLos señores Escandón y Compañía, y José María Suárez, dijeron que el primero celebró contrata con el Gobierno General de la Federación en esta República relativa a las postas de correos en la línea de Veracruz a México por el tiempo de cinco años que deberá comenzar a contarse el 1 de abril, y que en secuencia de esa contrata han celebrado los comparentes entre sí en lo particular un convenio consignado en las cláusulas siguientes: Suárez se hará cargo por los cincos años de mantener perfectamente comidas y cuidadas las bestias de las postas de la diligencia en Xalapa, Corral Falso, Plan [sic], Puente Nacional, Boquerón, Santa Fe y Veracruz. Que en cada posta de las mencionadas habrá nueve mulas y un mozo para cuidarlas, el cual será de cuenta de Suárez, advirtiendo que el mozo de cada posta hará el servicio de Sota y a él se le entregará la pastura que crea conveniente para mantener bien su tiro. Que en cada una de las referidas postas habrá una caballería proporcionada con su correspondiente techo con el fin de que las bestias no estén a la intemperie. Que será a cuenta de Suárez correr todos los extraordinarios que se ofrezcan desde Veracruz hasta la Hoya y de bajada desde Xalapa hasta Veracruz, siendo bajo su responsabilidad cualesquiera faltas en este servicio y a su favor los productos de dichos extraordinarios. Que por el servicio expresado en los artículos anteriores excepto lo último dicho los señores Manuel Escandón y Compañía pagarán al señor Suárez la cantidad de 12 000 pesos anuales por trimestre adelantado. Que el presente contrato tendrá su exacto cumplimiento mientras el gobierno mantenga con Escandón y Compañía la contrata celebrada de conducir la correspondencia, pero que, si por convenirle al gobierno les faltase, cesará también con Suárez el compromiso e igualmente que, si algún día el gobierno obliga a que la correspondencia sea llevada por la vía de Orizaba y Córdoba, en cuyo caso variará también el curso de la diligencia, cesará de consiguiente este contrato con Suárez. Bajo cuyos capitales y condiciones otorgan ambos comparentes que será fielmente cumplido el convenio, comprometiéndose cada uno en la parte que le toca. Y ratificando la escritura se obligan a su firmeza y guarda, el señor Manuel Escandón y Compañía y el señor Suárez con los suyos propios.
Arriaga, Juan Nepomuceno deDon José Antonio Due, vecino de la ciudad de México y residente en esta, dijo que la señora su hermana doña Piedad Due, viuda de don José María Sánchez, dio su poder a don Félix Lucido para que administrase la venta del Plan del Río y sus tierras, y de los demás intereses de la testamentaria de aquel, entre los que se enumera, el que pudiera resultarse en el ramo de postas que contrató con la empresa de la Línea Unida de Diligencias. Que la señora Due rescindió el contrato celebrado respecto a las postas y le encargó al comparente la administración de todos sus bienes, por poder que le otorgó, y que revocó a Lucido, quedando pendiente en éste ultimo la liquidación de cuentas que ha tenido su efecto en esta fecha, que exhibe en estas fojas. El comparente, en virtud del poder que de su hermana tiene, aprueba la liquidación de cuentas y da por verídica sin margen de error de cálculo, y se da por entregado de los 537 pesos 2 reales 1 grano que resultan del alcance contra de Lucido, en la citada cuenta, y formaliza a su favor carta de pago y finiquito.
Ochoa, Ángel deDon José María Suárez, vecino del Plan del Río, otorga poder al Doctor don José María Pérez, residente en México, para que en su nombre se presente en todos los tribunales superiores e inferiores haciendo valer la acción que le compete al otorgante como contratista actual de las postas de correos de esta ciudad a Veracruz, bien sea sosteniendo que sea subsistente dicha contrata o bien consintiendo que se rescinda, precediendo la efectiva indemnización de todos los perjuicios que de esa rescisión le resultan por los gastos que tiene hechos en caballos, mulas, aperos, semillas, corrales, vegas de camalote y demás avíos.
Arriaga, Juan Nepomuceno deDon José de Cos Gayón, residente en esta villa, maestro de postas, contratado legítimamente con la Nación para la carrera de esta villa hasta la Nueva Veracruz, y de allí, al paraje de la Joya; otorga poder especial a don Tirso Conde, vecino de la capital de la Federación, para que promueva ante el Excelentísimo Señor Presidente de la República y por conducto del Ministerio de Hacienda, el que por parte de la Renta de Correos se le cumpla la contrata que celebró por el término asignado en ella, ya que por su parte ha cumplido con la mayor eficacia y puntualidad, y la cual con perjuicio notable se le ha querido rescindir por parte del Director General de la Renta. Le da el poder para que haga todas las presentaciones, actos, agencias y diligencias que convengan hasta que se le restituya al ejercicio de su contrata de que ha sido despojado y se le abonen los perjuicios y menoscabos que se le han irrogado.
Cardeña, Juan FranciscoDon Elías José Nogueira Ortiz de Zárate, de esta vecindad, otorga poder especial al Licenciado don Antonio María de Rivera, Senador por este Estado en el Congreso General, residente en México, para que en su representación haga postura en forma, al asiento de posta de correos de esta ciudad y ramos anexos en la línea hasta Veracruz, por la cantidad que estime conveniente, bajo los requisitos y condiciones que sean de ordenanza de dicho ramo.
Arriaga, Juan Nepomuceno deDon Matías Arosa, del correo semanario de la carrera de México a Veracruz, residente en esta villa, otorga poder especial a don José Ignacio Romero, regidor Constitucional de este Ilustre Ayuntamiento, para que en su nombre se presente ante el señor juez político de esta villa, a gestionar verbal o jurídicamente lo que se ofreciere, relativo a la composición o servicios de postas que se le había conferido.
Jiménez Pérez, José Ignacio