POSTAS

Elements area

Taxonomie

Code

Bereik aantekeningen

    ron aantekeningen

      Toon aantekening(en)

        Hiërarchische termen

        POSTAS

          Gelijksoortige termen

          POSTAS

            Verwante termen

            POSTAS

              5 Archivistische beschrijving results for POSTAS

              5 results directly related Exclude narrower terms
              Zonder titel
              MX UV.USBIX ANX-P-0097-PX_0097_0028 · Stuk · 1839/03/18
              Part of Archivo Notarial de Xalapa

              Comparecieron don Miguel Zires, agente de la empresa de diligencias establecida en México, transeúnte en esta ciudad; y don Félix Lucido, vecino de ella, como apoderado de la señora Piedad Due, quienes exhibieron una escritura otorgada en la ciudad de México el 18 de febrero del presente año, ante el escribano don Ramón de la Cueva, en la que consta que la señora Due, viuda de don José María Suárez, vecino que fue de Plan del Río, y don Diego Ramón Somera, que hoy es dueño del establecimiento todo de Diligencias Línea Unida, rescindieron el contrato que Suárez celebró en 1º de abril de 1835 para servir los extraordinarios que ocurrieran desde Corral Falso a Veracruz en los puntos de ese derrotero por el término de cinco años, el cual por su fallecimiento quedó a cargo de la citada esposa, quien por los motivos que en dicha escritura se menciona ha renunciado expresamente el año y días que faltan para concluir dicho contrata bajo las cuatro condiciones que en ella fueron sentadas. Y el señor Zires dijo que faltando solo que el señor Lucido como apoderado actual de la señora Due le haga entregas de las postas que administra en Veracruz, la Antigua, Puente Nacional, Plan del Río y Corral Falso, y estando anuente a hacerlo luego que fue impuesto de la resolución de su poderdante, han convenido en que dicha entrega se haga en este día bajo las bases y condiciones que expresa el papel que en dos fojas exhibe. Por lo que, a través de la presente, ratifica los cuatro artículos que contiene dicho convenio, obligándose el señor Zires por don Diego Ramón Somera, y el señor Lucido por la señora doña Piedad Due, a cumplir respectivamente, cada uno, por lo que les corresponde en las cláusulas estipuladas sin variar su sentido.

              Zonder titel
              Zonder titel
              MX UV.USBIX ANX-P-0090-PX_0090_0169 · Stuk · 1833/12/17
              Part of Archivo Notarial de Xalapa

              Don José María Suárez, vecino de Plan del Río y presente en este suelo, dijo que el 12 de noviembre próximo pasado, se le remató en la ciudad de México, la contrata de postas de correos de esta caja de Xalapa a la de Veracruz y de aquella a ésta, por el tiempo de cinco años y bajo los términos y condiciones que se expresan en el mismo remate, como consta el documento que se agrega a este registro, y que de nuevo ratifica el comparente la obligación que tiene contraída por el referido remate, y presenta por sus fiadores a don Juan Francisco de Bárcena, de esta vecindad y comercio y actual alcalde de primera nominación en esta municipalidad y a don Luis García Teruel, dueño de la hacienda nombrada Lucas Martín en cercanía de esta ciudad, vecino en la propia finca, mismos que instruidos del todo lo relacionado, otorgan que se constituyen fiadores del mencionado don José María Suárez.

              Zonder titel
              Zonder titel
              MX UV.USBIX ANX-P-0084-PX_0084_0105 · Stuk · 1827/07/30
              Part of Archivo Notarial de Xalapa

              Don Guillermo B. Jaques y Compañía, residente en esta villa, como contratista de las postas en la carrera desde esta villa hasta la Veracruz, otorga que da en arrendamiento en favor de don Juan Mejía, vecino de esta villa, las tres paradas o maestrías de postas de Corral Falso, Plan del Río, Puente Nacional que rinde esta última en los manantiales, y de venida de abajo en este suelo, por el tiempo, precio y circunstancias que contienen las condiciones siguientes: 1ª Qué esta contrata ha de ser por el tiempo y espacio de cuatro años y medio, por cuyo tiempo está contratado por el gobierno desde Veracruz hasta esta villa. 2ª Qué es al cargo de Mejía dar en cada de las tres paradas citadas cuatro mulas de tiro para conducción del carro que lleva la valija y pasajeros; por cuyo servicio le ha de pagar en cada un año 3 300 pesos adelantados. 3ª Qué igualmente ha de facilitar Mejía en las tres paradas dichas bestias y cabalgaduras que se necesiten para los correos extraordinarios que suban y bajen, como a las demás personas particulares que corran la posta, o las que de cualquiera manera se ocupen por disposición de la Renta de Correos; percibiendo por este respecto un real por cada legua de cada una de las que así ocupen, de los extraordinarios o particulares que las pidan. Teniendo para ello el dicho Mejía el número competente de ganado de una y otra clase en cada una de las referidas paradas, y las precisas en caballería para no causar el menor retardo al correo de pasajeros. 4ª Qué el pago de los 3 300 pesos lo deberá hacer por tercios cumplidos y a cuya buena cuenta le entrega ahora 1 000 pesos que se le descontarán al hacerle el pago del tercero, cuarto y quinto tercio, pues éste tiene que comprar algunas bestias para dar principio a esta contrata; razón porque se le hace esta anticipación. 5ª Que esta contrata o subarriendo debe dar principio el día en que Mejía se haga cargo de las postas o paradas, que será dentro de quince días poco más o menos, para que vaya y vuelva a tierra caliente a comprar las bestias que necesite para las referidas tres paradas. De todo lo cual impuesto Mejía que está presente añadió: que está sujeto a esta contrata, en tanto le sean hechos los pagos estipulados en cada tercio vencido, pero qué en el acto de demorársele algún entero, allí cesó su obligación y responsabilidad que no será suya en este caso. Y ambos se obligaron en la más bastante forma de derecho con sus personas, bienes habidos y por haber.

              Zonder titel
              Zonder titel
              MX UV.USBIX ANX-P-0092-PX_0092_0057 · Stuk · 1835/05/04
              Part of Archivo Notarial de Xalapa

              Don Manuel Escandón y Compañía y don José María Suárez, presentes en este suelo, dijeron que el primero tiene rematadas las postas de esta línea con el Gobierno General y como tal remate de dicho ramo ha contratado con el segundo de que por el espacio de cinco años contados desde el día primero de abril pasado, sean de cargo de éste los extraordinarios que ocurran de Corral Falso a Veracruz, en los puntos de ese derrotero que son Corral Falso, Plan del Río, Puente Nacional y Veracruz, e igualmente la Antigua; y ha de mantener bien atendidas las mulas destinadas a la remuda de las diligencias que conduce la correspondencia ordinaria, en los puntos de Corral Falso, Plan del Río y Puente Nacional. Todo ello por la cantidad de 8 600 pesos anuales que le serán satisfechos por tercios adelantados, cuya contrata se obligan a cumplir fiel y exactamente.

              Zonder titel
              Zonder titel
              MX UV.USBIX ANX-P-0091-PX_0091_0031 · Stuk · 1834/02/13
              Part of Archivo Notarial de Xalapa

              Don José María Suárez, vecino del Plan del Río, otorga poder al Doctor don José María Pérez, residente en México, para que en su nombre se presente en todos los tribunales superiores e inferiores haciendo valer la acción que le compete al otorgante como contratista actual de las postas de correos de esta ciudad a Veracruz, bien sea sosteniendo que sea subsistente dicha contrata o bien consintiendo que se rescinda, precediendo la efectiva indemnización de todos los perjuicios que de esa rescisión le resultan por los gastos que tiene hechos en caballos, mulas, aperos, semillas, corrales, vegas de camalote y demás avíos.

              Zonder titel