Juan González Bello, residente de esta villa de Córdoba, albacea testamentario, tenedor de bienes y fideicomisario de su sobrino el Licenciado don Juan González Vello [Bello], Presbítero, declara que por fin del susodicho quedó un trapiche de hacer azúcar en esta jurisdicción en el paraje que llaman la Palmilla, el cual consta de 13 caballerías. Y debido a que debe dar cuenta a los herederos de isla de Canaria, y esto sólo es posible hasta dentro de dos años, decidió arrendarlo para evitar su pérdida. Por lo tanto usando el poder que le confiere otorga en arrendamiento a Diego del Monje [Monge] y Gómez, vecino de esta villa, el trapiche nombrado Nuestra Señora de la Candelaria con todo lo que le pertenece, por tiempo de dos años y en precio de 300 pesos cada uno.
ANTONIO DE SINTRA, ESCRIBANO REALPALMILLA, PARAJE LA
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Juan García de Miranda, vecino de esta villa de Córdoba, otorga que da en arrendamiento a Pedro Garsia de Mesa [García de Meza], vecino de ella, 4 caballerías de tierra que posee en esta jurisdicción en el paraje nombrado la Palmilla, que linda por la parte del sur con tierras de la hacienda de don Gaspar Carabajal [Gaspar Ramírez de Carvajal Benavente]; por la del norte con la barranca y río del pueblo de San Lorenzo; por el poniente con tierras del Licenciado don Juan González Vello [Bello]. Lo arrienda por tiempo de dos años en precio de 40 pesos cada uno. Por otra parte declara que dicho Pedro García de Meza tiene un trapiche de hacer azúcar nombrado San Josep [José] en la cercanía de esta villa y ha tratado de comprarlo, por tanto otorga que cumplido el arrendamiento de dichas tierras le venderá dicho trapiche con todo los aperos [roto].
NICOLÁS DE ESTRADA, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICOPedro García de Meza, hijo de Toribio García, difunto y de Ana de Leyva [Leiva], vecino de esta villa, ordena su testamento en la forma siguiente: Declara que fue casado con María de Cabrera, las cual llevó en dote 100 pesos, una caja de ropa, una cama, y él tendría 100 pesos, durante el matrimonio procrearon a Rosa María; y disuelto dicho matrimonio él pasó a segundas nupcias con doña Manuela Altamirano, quien llevó al matrimonio 250 pesos, 100 de ellos en reales y lo demás en géneros, y él tendría 100 pesos que le quedaron por muerte de doña María de Cabrera. Señala que tiene cuentas con su tío el Regidor Joseph [José] de Leyva [Leiva], doña Juana de Contreras [Gatica] y con el Alguacil Mayor Francisco de Solís a quienes ordena se les pague. Declara que estuvo asistiendo a un tío suyo en la ciudad de Oaxaca [roto]. Menciona por sus bienes un solar de 50 varas en cuadro, que compró a censo principal redimible al Cabildo y Regimiento de la villa de Córdoba, en 100 pesos de réditos que son 15 pesos de tres años; en dicho solar tiene fundada un casa de vivienda y del cual tiene vendido medio solar a su hermano. Asimismo, declara que está fundando un trapiche en términos de esta jurisdicción, en el paraje que llaman La Palmilla, en 4 caballerías de tierra que compró a [Juan] García de Miranda, su primo, en 688 pesos a censo principal que quedaron impuestos sobre dichas caballerías; también posee 3 suertes de caña sembradas en dicho trapiche. Señala que tiene en su poder 100 pesos de su hija Gertrudis, los cuales hizo donación doña Josepha [Josefa] García de Miranda, su prima. Por otro lado declara que durante su matrimonio con doña Manuela de Altamirano han procreado a Gertrudis, Juana y a Antonio. Nombra por albacea testamentario al Regidor Joseph [José] de Leyva [Leiva] del [roto] y Mendoza, y por herederos a sus hijos; y como tenedora de bienes, tutor y curador de sus hijos a doña Manuela Altamirano, su mujer.
ALONSO DE MEZA Y MENDOZA, JUEZ RECEPTOREl Licenciado Juan González Bello, Clérigo Presbítero Domiciliario [de este Obispado de la Puebla], vecino de esta villa de Córdoba y natural de la isla de Tenerife en la Gran [Canaria], hijo legítimo de Antonio Martín Franco y Lucía Francisca de Barrios, vecinos que son del lugar de San Antonio del Tánger, otorga su testamento en la manera siguiente: Declara por bienes un trapiche ubicado en el paraje de Palmillas, el cual se compone de 13 caballerías, una casa de madera y paja, casa de trapiche con su tienda y otros artículos que se mencionan en la escritura. También señala que es capellán de una capellanía de misas rezadas. Nombra por su albacea a Juan González Bello su tío y a Juan Rodríguez Durán, y como sus universales herederos a los citados sus padres.
ANTONIO DE SINTRA, ESCRIBANO REAL