Lázaro Díaz, vecino de este pueblo de Orizaba, dueño de recuas de mulas, como fiador de Pedro Romero, se obliga a pagar al padre Luis Ramírez, de la Compañía de Jesús, 250 pesos, puestos en la ciudad de los Ángeles.
ORIZABA, PUEBLO DE
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Antonio de Ayala, mulato libre, dueño de recua, vecino de Orizaba, se obliga de pagar Antonio Méndez Chilón que viene de Angola, y estante en la Veracruz, por razón de una esclava negra nombrada María, de tierra Angola, de edad de 20 años más o menos, 100 pesos que le tiene entregados, y 300 pesos restantes para el año de 1631. Nombró por su fiador y principal pagador a Juanes de Vidarte.
Petición de Francisco de Camas de León, en nombre del Capitán Baltazar Domínguez, vecino del número de los fundadores de la villa de Córdoba, para que lo dejen libremente trajinar con su recua por el camino de la Veracruz, sin llevarle derechos de las visitas que hicieren a su recua, para lo cual presentó mandamiento del Marqués de Cerralbo, con copias insertas de la ordenanza del Marqués de Guadalcázar (1619), confirmación del Marqués de Cerralbo (1625), mandamiento del Marqués de Montesclaros (1607), confirmación de don Luis de Velasco (1610), y mandamiento del Marqués de Gelves (1622), los cuales hacen alusión a que sólo carretas y carreteros deberán llevar derechos por las visitas que hicieren a los carros y carretas, exceptuado de este derecho a las recuas, así mismo no haberse de entender con los dueños de recuas la prohibición de bajar con indios en tiempo señalado a la Veracruz, sino tan solamente con las cuadrillas de carros. En cuyo auto el corregidor de Orizaba, hace mención de una causa de denunciación en contra de dicho Domínguez, por bajar con indios en servicio de su recua a la Nueva Veracruz en tiempo prohibido, resolviendo enviar al Señor Virrey los mandamientos presentados por parte de Baltazar Domínguez, junto con la ordenanza que revocó el Señor Marqués de Guadalcázar y confirmó el Señor Marqués de Gelves, y provea lo que fuere servido.
Sebastián Díaz y Antonio de Olazábal, hermanos, manifestaron llevar y traer en servicio de su recua, dos indios llamados Gabriel y Francisco, asimismo se les notificó que a los indios debe dársele buen tratamiento, no servirse de ellos contra su voluntad y pagarles por su trabajo conforme a lo mandado por Su Majestad.
Don Antonio de Monroy Figueroa, Corregidor por Su Majestad en este partido, Juez de Caminos y de Registros y de la visita y castigo de ellos, dijo que tuvo noticia de la llegada de un arriero que desembocó por el paso de la Angostura y que había trasversado el camino huyendo de la visita que se le hace a las recuas y cata de lo que llevan en ellas, debido a la nueva imposición de los 25 pesos a la grana y plata que suben a la Nueva Veracruz o bajan de ella y los indios y otras personas que traen en su servicio, lo que deben manifestar en este oficio y registros de Orizaba y Jalapa, conforme a ordenanza de los Señores Virreyes, para lo cual mandó a un ejecutor a que trajese ante él al dicho arriero y sus mulas para que hiciera la manifestación, y habiéndole traído ante el dicho corregidor declaró llamarse Domingo Álvarez, vecino de la villa de Córdoba, ser dueño de recua y trajinar con ella de la Veracruz a Tehuacán y a otras partes donde se le ofrece, asimismo manifestó que viene con 11 mulas de aparejos cargadas de trigo del pueblo de Tehuacán y que en su avío trae consigo dos hijos suyos llamados Gregorio y Domingo, no trayendo ningún indio, cuyo trigo declaró es para comer en su casa y para vender y que las 11 mulas junto con las de silla suman 14, las cuales compró en esta jurisdicción a don Gaspar de Rivadeneira, a Francisco Álvarez y a Juan González; también fue notificado por el corregidor que al día siguiente debe presentar testimonio donde se indique que pagó el alcabala de dichas mulas y las alcabala en la Nueva Veracruz.
Lázaro Díaz, dueño de recua, vecino de este pueblo, manifestó una arroba de cera labrada de Campeche para vender en este pueblo. Asimismo, el corregidor le notificó acudir a pagar la alcabala que a Su Majestad pertenece.\n
Juan Francisco, dueño de recua, manifestó llevar en ella 14 pipas de vino en 84 barriles, en virtud de una certificación firmada por los jueces oficiales reales para entregar en [roto] al Capitán Martín de Chavarría, cuya imposición monta 350 pesos [roto].\n
Se tomó la razón de 20 barriles de vino y 30 botijas más que lleva Juan Bautista de Ávila en su recua, para entregar en este pueblo a Domingo Gómez, vecino y mercader de este lugar.\n\n\n
Se tomó la razón de 6 pipas de vino que lleva Antonio de Trujillo en su recua, para entregar a Diego Dalva y a Lorenzo Gómez.\n
Los jueces oficiales de la Real Hacienda y Caja de la ciudad de Veracruz y puerto de San Juan de Ulúa, Martín de Artadia y Vertiz y Joan [Juan] de Echevarría, hacen saber al alcalde mayor del pueblo de Orizaba, a sus tenientes y justicias, que por orden del Virrey de la Nueva España, están procediendo a la averiguación de cualquier mercadería que de rezagos de galeones hubieren venido en el navío nombrado San Francisco Javier, Capitana de la Armada de Cartagena, y que han promulgado bando para que ningún dueño de recua se atreva a sacar de la ciudad de Veracruz mercaderías ni otros géneros sin que primero se manifiesten, vean y reconozcan por ellos y se sepa los géneros que son, a quien pertenecen y de donde vinieron; por lo cual piden que pongan cuidado en que ningún dueño de recua pase por su jurisdicción con mercaderías de Castilla y otros géneros si no llevare despacho de los jueces, y hallando sin el dicho despacho se sirvan detener las dichas mercaderías, prender las personas y embargar las mulas, dándoles aviso de ello para que ejecuten las penas impuestas por el dicho bando y las demás en que hubieren incurrido.