Pedro Juárez, arriero, se obliga de pagar a [Salvador] López, 66 pesos de oro común.\n\n\n
ORIZABA, PUEBLO DE
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Pedro [Zaro], estante en el pueblo de Orizaba, se obliga de pagar a Francisco de [Oliveros], y a Juan Blanco [39] pesos de oro común de resto y fenecimiento de cuentas entre él y los susodichos.
Francisco de Velasco se obliga de dar y pagar a Diego González, 163 pesos de oro común, los cuales declaró deberle del resto de un año que el susodicho le sirvió de pastor en su hacienda.
Juan López se obliga a dar y pagar a [Francisco] de Oliveros, 80 pesos de oro común, los cuales son por razón de un caballo bayo. \n\n\n
Pedro Juárez, arriero, se obliga de pagar a Salvador López, 62 pesos y 6 tomines y medio de oro común, los cuales son del resto y fenecimiento de cuentas que entre ellos han hecho acerca de unos fletes.
Cristóbal de Rivas, se obliga de pagar a Cristóbal Pérez, 50 pesos y 4 tomines de oro común, los cuales debía Luis, mulato preso en la cárcel de este pueblo al dicho Cristóbal Pérez.
El gobernador, alcalde y regidor del pueblo de Orizaba, por lengua de Juan García, intérprete, se obligan con Juan de Moya a tener hecho un corral en 40 días en la sabana de este pueblo, tres partes de madera y una de piedra.
Alonso de Carrión se obliga de dar y pagar a Juan [de Estrada], 50 pesos de oro común, los cuales son por razón de un caballo bayo.
Juan del Río se obliga de pagar a Miguel Correa, 200 pesos de oro común, los cuales son los que el susodicho por hacerle buena obra, ha quedado a pagar a Simón de Prado y a Benito González.
Miguel Carrera se obliga a pagar a Simón de Prado 200 pesos de oro común, los cuales sale a pagar por Juan del Río.