Autos sobre una petición hecha por fray Gabriel Bermejo, Ministro Provincial de la Orden del Beato Juan de Dios, orden encargada del hospital y convento de dicho beato ubicado en el pueblo de Orizaba, a las justicias de su majestad para que el gobernador, alcaldes y regidores del dicho pueblo, paguen 154 pesos en reales y 68 fanegas de maíz que como tributo, los indios del pueblo de Orizaba tienen obligación de pagar al Hospital, a quienes muchas veces se les ha pedido pagar y no lo han hecho, padeciendo el hospital muchas necesidades, por tal razón, solicita que en caso de no pagar, los apremie con prisión.
ORIZABA, PUEBLO DE
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Autos que sigue don Manuel Álvarez, Colector de Diezmos de este Obispado de Orizaba, contra Francisca de Medina, por cantidad de pesos de oro común que le debe de diezmos rezagados.
Inventario y auto de los bienes de Pedro Hernández Catalán, difunto, vecino que fue de Orizaba.
Autos que siguen don Luis Vivero y Peredo, vecino de Tulancingo, y Diego de Córdoba, boyero, por el arrendamiento del comedero nombrado Escamela, en términos de Orizaba, perteneciente a dicho don Luis.
Autos, tutelas y curaduría de los menores hijos y herederos de Juana Gómez, discernida en Cristóbal Gutiérrez de Huesca, y demanda de Felipe Martín Durán, sobre que éste le saque de una fianza, y para que se le renueve dicha tutela.
Auto en el que el Capitán Diego Mardones Barahona, Corregidor y Juez de Caminos y Registros, dijo que Su Majestad por Real Ordenanza ha mandado que desde el primero de junio y hasta el 5 de octubre de cada año, ningún carretero, ni arriero baje con indio de puertos abajo so las penas contenidas en la dicha Real Ordenanza, y para que tenga efecto y se castigue a los que no obedecieren, ordena se notifique a los carreteros y arrieros no bajen so pena que se procederá contra ellos con todo rigor, asimismo, manda por su Real Ordenanza, que las notificaciones que se hicieren se asienten en un cuaderno para que en todo tiempo conste de ello y así lo mandó y firmó.
Melchor de Vera, mayordomo de los carros del Regidor Juan García del Castillo, ha sido notificado del auto donde el Corregidor don Francisco de Luna y Arellano ordena no cargar más de tres pipas en cada carro, so pena de 200 pesos, lo cuales se destinarán para el aderezo del camino.
Auto para que los vecinos del pueblo de Orizaba que “sin licencia ni facultad del Gobierno estaban poseyendo las casas y solares en que vivían, siendo así que eran del Patrimonio Real, el Virrey de esta Nueva España dijo que, por hacerles bien y merced, haciendo un donativo considerable a Su Majestad para los efectos de la Armada de Barlovento, se los confirmaría y haría nuevas mercedes en las tierras que les faltase.”\n
El Capitán don Francisco de Aguirre, Alcalde Mayor, Juez de Caminos y Cobranza de los Reales Tributos, dijo que por cuanto tiene noticia que en la avenida del río Blanco ocurrida el 12 del presente mes y año, cuyo río pasa entre los pueblos de Orizaba, Tequila, Tilapa y Zongolica, se llevó el puente por donde transitan los indios de esos pueblos al de Orizaba para vender sus legumbres y semillas; por lo que los ministros de la doctrina y justicia mandaron a los mencionados indios a hacer y poner el dicho Puente. Y habiendo terminado el puente y aderezado la entrada y salida y estribado, los indios de Tequila y Zongolica dijeron por medio de un intérprete, que los indios, gobernadores y alcaldes de Orizaba, les impedían pasar por el puente para vender sus mercaderías y legumbres. Por lo que visto por el alcalde mayor, dictó auto en el que ordena que viniesen y pasasen libremente a vender sus mercaderías y legumbres, y que se notifique al gobernador y alcaldes de este pueblo para que no les impidan el trajino ni la venta de sus mercaderías.
El Capitán Rodrigo Serrano, Alcalde Mayor, dijo que algunos carreteros, arrieros y criadores de ganado han pasado ocultando sus mercaderías sin llegar al registro; y los indios que les sirven y otras personas los llevan forzados y sin pagarles, en particular se habla de Sebastián Ponce, Diego Ponce, Antonio Báez y Agustín de Castañeda; por lo que manda se traigan a los citados y a los demás que se pasaren, y se castigue con una pena de 50 pesos aplicados por tercias partes, para la Cámara de Su Majestad, el juez y el denunciador.