Antonio Sebastián Pérez Padrón, vecino de esta villa, en nombre del Capitán Juan Jiménez, vecino de Orizaba, Escribano Público y de Registros de dicho pueblo, de esta villa y jurisdicción, en virtud de su poder, dijo que en conformidad de la facultad que por leyes y cédulas reales conceden a los que tienen oficios renunciables y vendibles, otorga que renuncia los dichos oficios de escribano público y de registros del pueblo de Orizaba, el de San Antonio Huatusco, de esta villa de Córdoba que posee el dicho su parte, en primer lugar en Antonio Pérez Padrón, en segundo en Juan Morera de Silva y en tercero en José González Moreno, con la preferencia, según los lugares y grados contenidos.
MIGUEL VALERO GRAJEDA, JUEZ RECEPTORORIZABA, PUEBLO DE
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El Capitán Antonio Sebastián Pérez Padrón, vecino de esta villa, en voz y nombre del Capitán Juan Jiménez, vecino del pueblo de Orizaba, Escribano Público y de Registros de dicho pueblo, de esta villa, su partido y jurisdicción, dijo que en conformidad de la facultad que por leyes y cédulas reales conceden a los que tiene oficio renunciables y vendibles, otorga que renuncia a los citados oficios de Escribano Público y Registros de Orizaba, el de San Antonio Huatusco y esta villa de Córdoba que posee su parte, en primer lugar en Antonio [Pérez Padrón], en segundo en Juan Morera de Silva y en tercer lugar en José González [Moreno], con la preferencia y según los lugares que van mencionados.
ALONSO LÓPEZ DE SAGADE, JUEZ RECEPTORJuan Gómez Dávila, vecino de esta villa de Córdoba, dueño de hacienda del beneficio de hacer azúcar nombrada Santa Theresa [Teresa], albacea testamentario y tenedor de bienes del Regidor don José Gómez Dávila, su hermano difunto, y de dicho cargo usando, otorga que vende a doña Josefa de Calvo, vecina del pueblo de Orizaba, una negra esclava de dicho difunto, nombrada Isabel Pérez, casta Conga, de edad de cuarenta y cinco años. La vende en precio de 300 pesos de oro común.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDOGaspar Rendón, vecino y mercader de esta villa, albacea y heredero de Diego Jacinto de Carmona, vecino que fue del pueblo de Orizaba, nombrado por tal en la memoria testamentaria y también declarado en el testamento nuncupativo, otorga haber recibido de don José Antonio Ramos, vecino de la ciudad de México, 1 380 pesos de oro común de resto de la cuenta [roto], de cuya cantidad otorgó recibo.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDOJuan Hernández, vecino de esta villa de Córdoba, natural del pueblo de Orizaba, hijo legítimo de Diego Hernández y Ana Ramos, difuntos, vecinos que fueron de dicho pueblo; y Sebastiana de Madrid, su legítima mujer, natural del pueblo de Orizaba, hija legítima de Tomás de Madrid y de Josefa Pizarro, difuntos, vecinos que fueron de dicho pueblo, dijeron que por cuanto las cosas del descargo de su conciencia y bien de su alma se las tienen comunicadas, por tanto, en aquella vía y forma otorgan el uno al otro y el otro al otro el poder para otorgar testamento. Mandan a cada una de las cofradías sitas en esta parroquia 2 pesos de limosna. Declaran que son casados, que tienen por hijos a Manuel José Hernández de edad de seis años, Teresa de Jesús Hernández de cinco años, Matías Hernández de dos años y María Josefa Hernández de cinco meses. Se nombran albaceas el uno al otro y el otro al otro y también nombran al Sargento Esteban Nava. Nombran herederos universales a sus cuatro hijos.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDOJuana Rodríguez Romano, viuda, vecina de esta villa de Córdoba, en voz y nombre de Benito Rendón, su marido difunto, vecino que fue de esta villa y natural que fue del puerto de Cabarro Cohuto [Combarro Couto] del convento de San Juan del Pollo [San Juan de Poio] del reino de Galicia y arzobispado de Santiago, hijo legítimo de Andrés de Renda y de Catalina Díaz Fernández, vecinos y naturales que fueron del citado puerto; y en virtud de su poder para testar que se otorgaron el uno al otro el pasado 15 de abril de 1703, y de dicho poder usando otorga que ordena su testamento bajo las cláusulas y legados que le tenía comunicado en la forma siguiente: Declara que su marido murió el 27 de febrero del presente año en el pueblo de Orizaba, que fue amortajado con el hábito de San Francisco de cuya orden era uno de sus hermanos terceros y sepultado en la parroquia del pueblo de Orizaba, debajo de la lámpara del Santísimo Sacramento y que el día de su entierro, 28 de febrero, se le cantó misa de cuerpo presente. Le comunicó y en su nombre declara que el día de su fallecimiento se contaran los presos de la cárcel pública de esta villa y a cada uno se le dieran 2 reales de limosna, lo cual tiene ejecutado. Ítem le comunicó y en su nombre declara que fue su voluntad se diesen 25 pesos para la fábrica de la obra material de la iglesia parroquial y 10 pesos al convento del Señor San Antonio. Ítem le comunicó su marido se diesen 100 pesos a Ana Margarita, doncella, huérfana que tienen en su casa. Ítem, le comunicó el dicho su marido se den 200 pesos y toda la ropa de color de su poner a Benito Caravallo, su sobrino. Ítem le comunicó su marido, era su voluntad que después de su fallecimiento se fundara una capellanía y memoria perpetua para que todos los días de fiesta y domingos del año se diga la misa de once rezada en la parroquia de esta villa, y para ello se saque de sus bienes hasta 4 000 pesos y se cargue a censo redimible en finca segura y permanente, para que con sus réditos se digan dichas misas, y al título de dicha capellanía se puedan ordenar los parientes de él y de ella, para lo cual y cuando llegue el caso llamó por primer patrono de la capellanía a la presente otorgante y por capellán de ella a cualquiera de los hijos, sobrinos y hermanos de la otorgante. Ítem declara que habrá tiempo de veinticinco años que contrajeron matrimonio y que durante él no tuvieron hijos. Y en voluntad de dicho poder la nombró y eligió por albacea, tenedora de todos sus bienes y asimismo la instituyó como su universal heredera.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDODon Amaro José Bocarando, vecino del pueblo de Orizaba, residente en esta villa de Córdoba, dueño de trapiche en la jurisdicción de ella, dijo que por cuanto el 13 de julio del presente año otorgó escritura de fundación de capellanía de 3 000 pesos de principal que tiene a censo redimible, cargados sobre la hacienda de hacer azúcar de que es dueño don Hipólito del Castillo de Altra, y hecho los nombramientos de capellanes propietarios y patronos, y con los demás nombramientos, cláusulas y condiciones necesarias como de ella parece a que se remite, en la cual se ratifica y también la aprueba en todo y por todo, y por habérsele dado algunas cláusulas que son importantes a ellas y tenga validación la fundación, lo ha reducido a esta escritura, por tanto, en aquella vía y forma otorga y [roto] a dicha capellanía las condiciones siguientes: Es condición que en caso que por alguna razón quede vacante la capellanía y el llamado a ella esté estudiando, en este caso el ilustrísimo obispo que fuere, su provisor o vicario hará el nombramiento de capellán interino que diga las misas de su dotación por la limosna ordinaria. Y también es condición de esta escritura que en caso de redimir el principal de la dicha capellanía por don Hipólito del Castillo ha de hacer con intervención del obispo o de su provisor y vicario para que se imponga en el lugar que le pareciere.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDODon Manuel José Lázaro de Rosas, Presbítero de este obispado de la Puebla de los Ángeles, vecino de esta villa de Córdoba, dueño de hacienda del beneficio de hacer azúcar en esta jurisdicción, exhibió tres tantos de escritura de obligación otorgada por el susodicho como principal, en nombre y con poder del Capitán Diego Bringas de Manzaneda, vecino del pueblo de Orizaba, y don Juan Francisco Trápaga de Rosas, como sus fiadores, y todos de mancomún acuerdo se obligaron a pagar 4 000 pesos de oro común de principal a favor, los 2 000 de ellos de la capellanía de misas rezadas que fundaron Juan Alonso Gómez e Isabel Flores su mujer, de que es capellán propietario el Bachiller don Antonio de Bustamante, Presbítero, Promotor Fiscal de este obispado; los otros 1 000 de la capellanía de misas rezadas que de bienes de doña Petronila Fernández de Molina fundó dicho Bachiller don Antonio de Bustamante, de quien es patrono y capellán actual el Bachiller don Fernando Félix de Bustamante, Presbítero; y los 1 000 restantes de otra capellanía también de misas rezadas que fundó don Bartolomé de Aguayo, Prebendado que fue de la santa iglesia catedral de dicha ciudad, y hoy sirve en propiedad el Bachiller don Salvador de Aguayo, Presbítero, capellán de coro de dicha iglesia; y a pagarlos dentro de dos años y en el ínterin sus réditos de 5 por ciento en cada un año por medio de depósito irregular; siendo de saber que Diego Bringas sólo está constituido fiador por 3 000 pesos, don Juan Francisco Trápaga de Rosas por 1 000 pesos y dicho Licenciado don Manuel como principal de toda la cantidad; para cuyo seguro obligó sus bienes especialmente hipotecó una hacienda de hacer azúcar nombrada Nuestra Señora de Cossamaluapan [Cosamaloapan] y el ojo del agua; cuyas tierras se componen de 8 caballerías y linda por la parte de oriente y sur con las del Capitán don José de Segura y Ceballos, por la del norte con tierras realengas y por el poniente con tierras de don Alonso Gómez del Corro, con todo lo de su pertenencia; y de su pedimento puso este registro en el libro del becerro. Esta escritura fue otorgada en la ciudad de los Ángeles a los 17 días de este presente mes y año.
FRANCISCO ESTÉVEZ, JUEZ RECEPTORJoseph [José] de Huribe [Uribe], vecino de esta villa de Córdoba, otorga que vende a Diego Ventura, vecino del pueblo de Orizaba, una casa embarrada, cubierta de teja de 10 varas de largo que tiene en el pueblo de Orizaba, con un solar en que está edificada, con 50 varas de frente y 50 de fondo. Dicha casa está ubicada en la calle de la estación que llaman de Las Tres Cruces, que linda por una parte con solar de don Juan Antonio, indio principal de dicho pueblo, y por la otra con solar de Juan Maldonado; la cual hubo y compró de Josepha [Josefa] Valles. La vende en precio de 160 pesos.
NICOLÁS DE ESTRADA, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICOEl Capitán don Amaro José Bocarando, residente en esta villa de Córdoba, dueño de hacienda de beneficio de hacer azúcar en su jurisdicción, vecino del pueblo de Orizaba, otorga poder general a su hijo el Bachiller don Pablo José Bocarando y Espinosa, Clérigo Diácono de menores ordenes, vecino de la ciudad de los Ángeles, para que lo represente y defienda en todos sus pleitos, causas y negocios civiles y criminales, eclesiásticos y seculares. Asimismo, para que pueda vender o arrendar las casas que tiene en dicho pueblo de Orizaba.
GASPAR RENDÓN, JUEZ RECEPTOR