Manuel de Tevez, arriero, se obliga de pagar a Francisco de Oliveros, [126] pesos de oro común, los cuales son por razón de dos mulas y dos machos cerreros.
ORIZABA, PUEBLO DE
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Don Miguel de Mendoza, indio principal dijo haber vendido un solar para edificar casa a Diego Díaz, arriero, por 60 pesos de oro común, y dentro de cierto tiempo se obliga de hacerle en el dicho solar, una casa de morada a su propia costa, de 8 brazos de largo y 3 de [ancho] de piedra y cubierta con su jacal bueno.
Hernán Vázquez, da su poder a [Amador] Rodríguez para que pueda cobrar de [Francisco] Hernández, arriero, 109 pesos y 2 tomines de oro común que el susodicho le debe.\n\n\n
[Gonzalo] Pérez [Gallego] otorga poder general a [Juan] Sáez, Clérigo Presbítero.
Nicolás Conte, se obliga de dar a Francisco de Oliveros, una recua de 18 mulas de las que le entregó carta de venta en forma para que sean suyas, en razón de ciertas cuentas que entre los susodichos ha habido.\n\n\n\n
Juan Blanco otorga poder a Gabriel Bravo para que pueda recibir y cobrar de cualesquier persona, maravedís y pesos de oro, joyas, bestias, esclavos, ganados, escrituras, y otros.\n\n
Rodrigo de Vivero, otorga poder a Juan Ramírez de Velasco y Pedro de Mendoza, para que puedan cobrar 4 006 pesos, 7 reales y 6 granos de oro común, que en 5 partidas de plata en reales iban registradas en las naos de la flota del General don Álvaro Manrique.\n
Gaspar de los [Reyes] compra a don Rodrigo de Vivero, 593 arrobas de azúcar blanca y 461 arrobas de azúcar despumas [sic] de la que se hace en este ingenio.\n\n
Gregorio de Salinas, se obliga de pagar a Diego del Salto, 30 pesos de oro común, los cuales son por razón de un macho.
Doña Inés de Rioja, viuda, mujer que fue de Alonso de Carrión, solicita la tutela de [Mariana] y Agustina, sus hijas menores de 12 años;y visto por el corregidor le mandó que haga juramento y obligación. Y la dicha doña Inés juró que usará bien y diligentemente el cargo de tutora y curadora de las personas y bienes de las dichas sus hijas.