Martín Sánchez, vecino de la Nueva villa de Córdoba, otorga poder general al Licenciado Juan Núñez Centeno, Presbítero, vecino del pueblo Orizaba, para que lo defienda en todos los pleitos, causas y negocios civiles y criminales, habidos y por haber; así como también para recibir y cobrar cualquier maravedí, pesos de oro común, mercaderías y otros géneros que le adeuden.
JUAN DE MIRANDA, ESCRIBANO PÚBLICO Y DE CABILDOORIZABA, PUEBLO DE
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El Capitán don Gregorio Martínez de Solís, Alguacil Mayor y Regidor Perpetuo de esta villa de Córdoba por Su Majestad, dijo que el día 17 de este presente mes y año contrajo matrimonio en el pueblo de Orizaba con doña Rosa María de Rivadeneira, hija legítima del Capitán don Francisco de Rivadeneira, difunto, y de doña Leonor de Zubiate y Arévalo, y por cuanto su suegra le prometió por dote 1 033 pesos en diferentes alhajas y ropa de vestir de la susodicha, por la presente otorga haber recibido dicha cantidad en los bienes que se mencionan en esta escritura. Cuya cantidad junto con 7 000 pesos que manda a su mujer en arras propter nuptias en honra de su virginidad y limpieza, se obliga a tener en su poder en lo mejor parado de sus bienes.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDODon Juan Antonio Blázquez Mayorazgo, residente en esta villa de Córdoba y vecino del pueblo de Orizaba, en voz y en nombre del Capitán don Tomás Rodríguez de Vargas, vecino de la ciudad de la Veracruz, Familiar del Santo Oficio de la Inquisición de los del número de esta Nueva España, y en virtud del poder que de él tiene otorgado, vende a don Juan de Espinosa, vecino del pueblo de Cosamaluapam [Cosamaloapan], una esclava negra nombrada María Josefa, de veintidós años poco más o menos. La vende por esclava cautiva, sujeta a perpetuo cautiverio y servidumbre, por libre de deuda, empeño e hipoteca u otra enajenación, sin asegurarla de ninguna tacha, vicio, defecto ni enfermedad, al precio de 380 pesos de oro común en reales, y los costos de alcabala y escritura, es por mitad de los que se da por entregados.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDOAgustín Valero, vecino de esta villa de Córdoba, como principal deudor, y José de Iturralde y Andrés García Valero, como sus fiadores y principales pagadores, se obligan de pagar a don Juan de Villegas, vecino del pueblo de Orizaba, a saber 228 pesos de oro común de a 8 reales de plata cada uno; cantidad que le prestó en reales de contado y que están en su poder y que pagarán el día último del mes de diciembre del presente año, en reales de contado o en maíces al precio corriente, en cualquiera de las dos especies, sin pleito alguno, pena de la ejecución y costas de la cobranza.
FÉLIX DE SOSA, ESCRIBANO REALDe una parte parecieron don Juan Ignacio y don José Prudencio Cruzado, menores hijos y herederos del Provincial don Francisco Cruzado, difunto; y el Bachiller don Pedro de Montenegro, tutor y curador de dichos menores; y por la otra parte don Francisco Javier Cruzado, también hijo de dicho provincial, residente en esta villa y vecino del pueblo de Orizaba; en virtud de la licencia que les fue concedida a dichos menores por parte de don Jerónimo de Acosta, Alcalde Mayor de esta villa, dijeron que han convenido de hacer y otorgar esta escritura de compromiso y concierto con las condiciones siguientes: primeramente, reconociendo la imposibilidad de don Francisco Javier Cruzado y por excusar costos y pleitos no le pedirán a sus hijos ni herederos, ni demandarán cosa alguna a razón del tiempo que tuvo en su poder la hacienda nombrada Santa Cruz de las Palmillas, por haberse satisfecho sus 2 000 pesos de la legítima materna. También, es condición que Francisco Javier Cruzado no pida cosa alguna del tutor de los menores por razón de herencia paterna, porque ésta al presente no la hay, por no haber dejado caudal alguno el difunto y solo la hacienda donde tiene diferentes créditos y cada y cuando que éstos satisfagan de sus frutos que queden libre e indemne de ellos, entonces se procederá a la cuenta de la división paterna y entrará en partición Francisco Javier. Es condición que las veces que don Francisco Javier quisiere vivir o residir con su mujer e hijos en la hacienda se le permita y que de ella como a los otros menores se le alimente con el diario de todos los días, y por ello no se le descuente ni rebaje cosa alguna por ser todo un propio caudal. Asimismo, es condición que no se le pagará de la hacienda cosa alguna a los acreedores de don Francisco Javier, aunque de libramiento sobre el tutor, solamente a aquellos que están opuestos al concurso de tenedores que se siguen a los bienes del provincial don Francisco Cruzado. Condiciones que los otorgantes se comprometen a guardar, por lo que unos obligaron sus personas y los otros sus bienes habidos y por haber.
JERÓNIMO DE ACOSTA, JUEZ RECEPTORDon Francisco de Aguilar, vecino y natural de esta villa de Córdoba, Regidor Perpetuo de ella por Su Majestad, hijo del Regidor don Francisco de Aguilar y de doña Nicolasa Bernal difuntos, otorga poder para testar al Licenciado don Andrés de Meza y Mendoza, Presbítero, a Pablo Blas Muñoz, su yerno, y a María Rodríguez Ponce, su mujer, para que en el término que dispone la ley 33 de Toro , hagan y ordenen su testamento en la forma siguiente: dijo que habrá tiempo de 30 años poco más o menos, que es casado con María, con quien procreó nueve hijos. Señala fue albacea y tenedor de bienes del Regidor Francisco de Aguilar y de doña Nicolasa Bernal, sus padres, cargo que no ha podido cumplir por lo que manda a sus albaceas lo cumplan. Señala que su padre le dejó encargado que diese a su hermano, Antonio de Aguilar, una casa ubicada en el pueblo de Orizaba, de lo que manda a sus albaceas cumplan lo mencionado. Declara que de la parte que le toca de herencia de sus padres a Juan de Aguilar, su hermano, le tiene entregado unas paredes, medio solar y unas mulas. Fue albacea del difunto Francisco Sánchez, cuyo testamento no ha cumplido del todo, por lo que manda a sus albaceas lo hagan y paguen a Micaela Daza lo que le restare de los bienes de dicho difunto. Declara por bienes una casa de cal y canto en esta villa, que tiene de censo 1 000 a favor de la cofradía del Señor San José del pueblo de Orizaba, de la que debe lo que dijere el mayordomo. También, declara por bienes un rancho con sus tierras, una casa de tejas y tres esclavos. Nombra por sus albaceas testamentarios al Bachiller don Andrés de Meza, Pablo Blas Muñoz y doña María Rodríguez Ponce, su mujer, a quien también nombra tenedora de bienes, tutora y curadora de sus hijos menores. Por herederos señala a sus hijos, mencionados en este poder.
FÉLIX DE SOSA, ESCRIBANO REALJuan Hernández, vecino de esta villa de Córdoba, vende a don Agustín José Bocarando Hidalgo, vecino del pueblo de Orizaba, medio solar de tierra que tiene y posee por propio en dicho pueblo, mitad de uno que compró a los herederos de Antonio Olazaba. Dicho medio solar está en la calle Real, con 25 varas de frente y 50 de fondo, que por una parte linda con casa de los hijos y herederos de Bartolomé Bocarando, difunto, y por la otra con el otro medio solar expresado, y por el fondo con solar de Diego Martínez Vanegas y hace frente, la calle Real en medio, con casas de Rafael de Ayala. Lo vende libre de empeño, enajenación e hipoteca, al precio de 200 pesos.
MANUEL DE ROSAS, JUEZ RECEPTORJosé Moreno, vecino de esta villa de Córdoba, vende a Antonio Ramírez, vecino del pueblo de Orizaba, una negrita nombrada Alejandra, que será de edad de diez años, criolla que nació en la casa y compañía del Capitán don Hipólito del Castillo de Altra. La vende por esclava cautiva, sujeta a perpetuo cautiverio y servidumbre, por libre de empeño, enajenación e hipoteca, sin asegurarla de ninguna tacha, vicio, defecto, enfermedad pública o secreta, en precio de 200 pesos.
MANUEL DE ROSAS, JUEZ RECEPTORDon Francisco Pibot y Tapia, vecino de esta villa de Córdoba, en voz y en nombre del Alférez don Pedro de Vera, vecino de la Nueva ciudad de la Veracruz, y en virtud del poder que le fue sustituido por don Juan Antonio Blázquez Mayorazgo, vecino del pueblo de Orizaba, vende a don Diego del Real, vecino de la ciudad de Tehuacán, un negro esclavo nombrado José, que será de edad de veintiocho años, que hubo y compró del Sargento Mayor don Juan de Barranco, en dicha ciudad de la Veracruz. Lo vende por esclavo cautivo sujeto a perpetuo cautiverio y servidumbre y libre de deuda, empeño e hipoteca, sin asegurarlo de ninguna tacha, vicio, defecto ni enfermedades, al precio de 330 pesos de oro común.
MANUEL DE ROSAS, JUEZ RECEPTORDon Fernando de Carvajal, residente en esta villa de Córdoba y vecino del pueblo de Orisaba [Orizaba], dijo que a don Francisco Pibot y Tapia, vecino de esta villa, como mejor postor se le remataron los diezmos en público remate, pertenecientes a esta villa, al pueblo de Orisaba [Orizaba] y sus doctrinas así de españoles, naturales como de trapiches, por tiempo de cinco años, que empieza a correr desde el presente año hasta 1720, a razón de 7 825 pesos anuales, cuyos pagos se obligó a hacer por las pascuas de navidad de cada año. Y entre los fiadores que ofreció, señaló al otorgante, quien sabedor de sus derechos por la presente otorga que sale y se constituye fiador de Francisco Pibot y Tapia, en cantidad de 1 000 pesos anuales por el tiempo que corrieren los diezmos, y se obligó a que si dejara de pagar a la iglesia Catedral de la ciudad de los Ángeles, a su cofre y masa general los referidos 7 825 pesos anuales, luego de que sea requerido como tal su fiador, exhibirá los 1 000 pesos en que hace tal fianza, sin pleito, pena de ejecución y costas de cobranza con salario de dos pesos de oro común diarios.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDO