Don Vicente Gómez, hizo exhibición de dos testimonios de escritura para que se registren en este libro, su data en Orizaba en 10 de julio del próximo pasado, y de ellos se manifiesta que doña Gertrudis de Acosta, viuda del Capitán don Nicolás de Carvajal [y Contreras], actual mujer de don Manuel González Carrasco, albacea testamentaria y heredera usufructuaria de dicho su difunto marido para que durante los días de su vida goce los réditos del caudal del susodicho, “y el que fuere por su muerte” se convirtiere en obras pías a su arbitrio y disposición por su alma y la del susodicho; y para dar cumplimiento a la voluntad de Carvajal, en atención a que liquidado el caudal resultaron a su favor 19 428 pesos 2 reales y 6 granos, los cuales están impuestos en la hacienda de fabricar azúcar titulada Nuestra Señora de la Concepción, alias las Palmillas, que es la misma que el referido don Nicolás vendió a censo al Capitán don Gabriel Mangado y Clavijo, y hoy posee su mujer doña Gertrudis de Segura. Asimismo, se manifiesta que con la cantidad hizo aplicación de ciertas obras pías que han de tener efecto después de su fallecimiento, de las cuales fueron aprobadas por el señor juez de testamento, y éste último mandó que doña Gertrudis de Segura, poseedora de la hacienda, hiciera reconocimiento a favor de dichas obras pías, las que la referida doña Gertrudis de Acosta, para cuando el caso llegue después de su fallecimiento, determinó dotar y fundar cada una con el principal que le corresponda. Y en virtud de ello aplicó y destinó 2 000 pesos para que sus réditos se conviertan en tres misas cantadas anuales durante la novena de Nuestra Señora de los Dolores en el convento de San Antonio; y también para que se apliquen para parte del gasto de los desagravios que por los meses de septiembre de cada año se hacen en el propio convento. Y para que su fundación tenga efecto, desde ahora y para después de su fallecimiento hizo institución, fundación y dotación de la referida memoria de misas y obra pía con el citado principal; y de ello dio por cesión y poder a quien por las referidas obras pías fuere parte legítima para que cobre y perciba de la citada doña Gertrudis Segura y sus herederos y sucesores en dicha hacienda de Palmillas el principal y réditos de estas dotaciones, y nombró por patrón de ella al guardián que fuere del convento.
Zonder titelOBRAS PÍAS
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Don Vicente Gómez, hizo exhibición de un testimonio de escritura para que se registre en este libro, su data en Orizaba en 10 de julio del próximo pasado, y de ellos se manifiesta que doña Gertrudis de Acosta, viuda del Capitán don Nicolás de Carvajal [y Contreras], actual mujer de don Manuel González Carrasco, albacea testamentaria y heredera usufructuaria de dicho su difunto marido, para que durante los días de su vida goce los réditos del caudal del susodicho, “y el que fuere por su muerte” se convirtiere en obras pías a su arbitrio y disposición por su alma y la del susodicho; y para dar cumplimiento a la voluntad Carvajal, en atención a que liquidado el caudal resultaron a su favor 19 428 pesos 2 reales y 6 granos, los cuales están impuestos en la hacienda de fabricar azúcar titulada Nuestra Señora de la Concepción, alias las Palmillas, que es la misma que el referido don Nicolás vendió a censo al Capitán don Gabriel Mangado y Clavijo, y hoy posee su mujer doña Gertrudis de Segura. Asimismo, se manifiesta que con la cantidad hizo aplicación de ciertas obras pías que han de tener efecto después de su fallecimiento, de las cuales fueron aprobadas por el señor juez de testamento, y éste último mandó que doña Gertrudis de Segura reconociese en favor de dichas obras pías, las que la referida doña Gertrudis para cuando el caso llegue después de su fallecimiento determinó separar, dotar y fundar cada una con el principal que le corresponda; y en virtud de ello aplicó y destinó 4 000 para dote y principal de tres obras pías que son las siguientes: 2 000 pesos para que con sus réditos se celebre anualmente en la parroquia de la villa de Orizaba la Preciosísima Sangre de Nuestro Señor Jesucristo el segundo miércoles de julio; 1 000 pesos para que sus réditos en la misma parroquia se celebre anualmente en tres días de los nueve antecedentes al Viernes de Dolores, tres misas cantadas en honras del Divino Rostro de Nuestro Señor Jesucristo; y otros 1 000 pesos para que sus réditos se conviertan en celebrar en la citada parroquia el 16 de noviembre de cada año, la festividad de la Gloriosa Virgen Santa Gertrudis. Y para que su fundación tenga efecto, desde ahora y para después de su fallecimiento hizo institución, fundación y dotación de la referida memoria de misas y obra pía con el citado principal; y de ello dio por cesión y poder a quien por las referidas obras pías fuere parte legítima para que cobre y perciba de la citada doña Gertrudis Segura y sus herederos y sucesores, en dicha hacienda de Palmillas, el principal y réditos de estas dotaciones, y nombró por patrón de las dotaciones al señor cura de españoles que por tiempo fuere de la feligresía de la dicha villa.
Zonder titelJuan García de Malabear, vecino de esta villa de Córdoba, dueño de hacienda de fabricar azúcar en su jurisdicción nombrada San José de las Lagunas y San Francisco Toxpan, hizo exhibición de una escritura otorgada el día de ayer para que se registre en este libro, y de ella se manifiesta que don Francisco Mateos Navarro, vecino que fue del comercio de la ciudad de México, por él y en nombre de doña María Dávila Barrientos, vecina de ésta, viuda del Regidor don José Mateos Navarro, en virtud de su poder, se obligó y la obligó como dueños que eran ambos de dichas haciendas, a reconocer sobre la nominada San José de las Lagunas la cantidad de 8 500 pesos de principal, por escritura otorgada en 7 de junio de 1755, en favor de la obra pía de dotar huérfanas que se halla fundada en el Colegio de los Ex Jesuitas de la ciudad de Oaxaca, y a satisfacer sus correspondientes réditos de 5 por ciento en cada un año, por vía de depósito irregular, por tiempo de ocho años; y que habiéndose redimido hasta el presente los 6 500 pesos de dicho principal, han quedado existentes sobre la referida hacienda 2 000 pesos restantes, y en consecuencia de ella y de haber pasado al referido don Juan García el dominio de la mencionada hacienda, por remate que de ella se le hizo, ratificó en la citada escritura por lo tocante a dichos 2 000 pesos de principal y se obligó a reconocerlos sobre la referida hacienda de San José de las Lagunas en favor de la mencionada obra pía, y a darlos y pagarlos al Señor don José Moreno, Tesorero de la Santa Cruzada y Mayordomo del ilustrísimo señor obispo de dicha ciudad, y en ínterin sus réditos de 5 por ciento desde el año pasado de 1783, y para seguridad del principal hipotecó la expresada hacienda.
Zonder titelEl Regidor Joseph de Leyva [José de Leiva], vecino de esta villa de Córdoba y dueño de hacienda de fabricar azúcar en esta jurisdicción, dijo que por cuanto su hacienda de trapiche nombrada San Juan Bautista se halla gravada con un censo a favor de la obra pía que instituyó y fundó el Licenciado don Diego Jaimes Ricardo [Villavicencio], difunto, cura que fue del partido de Santa Cruz Tlacotepeque, y para que haya persona que por el otorgante cancele esta escritura de imposición, otorga poder al Capitán Joseph de Leyva [José de Leiva] Esparragosa, su hijo, vecino de esta villa, para que en su nombre parezca ante cualquier juez y justicia eclesiástica y secular y pida se le reciban las cantidades de pesos por razón del censo o censos cargados e impuestos sobre dicho trapiche a favor de cualquier obra pía, convento o comunidad, quedando libre de todo gravamen su hacienda.
Zonder titelDoña María Nicolasa de Bistrain Dávila, vecina de esta villa de Córdoba, viuda del Alférez Antonio Miguel, difunto, su albacea, otorga poder especial a don Felipe José Fonte de las Cuevas, vecino de esta villa, para que en nombre y en representación de su persona reciba y cobre judicial y extrajudicialmente del Licenciado don Pedro de Ledezma, Canónigo de la iglesia catedral de la Puebla de los Ángeles, a saber 300 pesos de la obra pía que consta de un mandamiento que está en poder del Capitán don Sebastián de Guevara y Lucio, su tío. Asimismo, para que cobre del Licenciado don Gaspar Durán de Huerta de otra obra pía de 430 pesos que se le mandaron a pagar por decreto del señor obispo de la puebla de los Ángeles, y que está en poder del Licenciado Gaspar Durán.
Zonder titelDon Diego Dávila Barrientos, vecino de esta villa de Córdoba, dijo que el Licenciado Juan Francisco Álvarez Ricardo, Cura que fue del partido de Tlacotepeque [Tlacotepec], difunto, dispuso instituir cierta obra pía [para huérfanas] con gravamen sobre una porción de la hacienda nombrada San Isidro, que posee el otorgante junto con un rancho al pago de Quichula [Quechula], San Bartolomé y Coyotepeque [Coyotepec], en la jurisdicción de Tepeaca, y de cuyo gravamen debía el otorgante 1 612 pesos de los réditos corridos hasta fin de febrero del año de 1692, a razón de 240 pesos cada año, de lo que otorgó vale firmado a favor de dicha obra pía. De la mencionada cantidad, el Licenciado Diego Jaimes Ricardo [Villavicencio], como albacea que fue de dicho difunto y patrón de la capellanía, le relajó [53 pesos] que pagó el otorgante a Isidro [Hernández] de Seresero, vecino del partido de Quichula [Quechula], para el ajuste de la dote que se le dio a una huérfana de dicha obra pía; y 25 [pesos] que le libró Juan de [roto], como albacea del Licenciado don Diego Jaimes Ricardo, por haberlos dado a [Mariana], huérfana, viuda de don Francisco de Bistrayn [Bistrain]. Por lo cual resta debiendo sólo 1 534 pesos, que pertenecen a las dotes de doña Ana Dávila Jaimes, su hija [roto]; Gertrudis Jaimes, hija de Antonio [roto], difunto; y [roto] Jaimes, su mujer; doña Beatriz de Trejo, hija de Agustín [roto], vecino y labrador de dicho partido de Quichula; y doña Josepha [Josefa] Jaimes, [hija] de Pedro Jaimes Alfonso; a quienes pertenece dicha cantidad y a cada una le tocan 383 pesos 4 tomines. Por lo cual se obliga por la presente a pagar dichos 1 534 pesos, conforme vayan tomando [estado las susodichas].
Zonder titelDon Juan de Ugalde Aróstigui, residente en esta villa y vecino de la ciudad de Tehuacán, como apoderado de doña Isabel Dávila Barrientos, mujer legítima de don Antonio de Ugalde Aróstigui, vecinos de dicha ciudad, otorga haber recibido del Capitán don José de Carvajal y Contreras, albacea, tenedor de bienes y uno de los herederos del Regidor don Gaspar Ramírez de Carvajal Benavente, difunto, la cantidad de 91 pesos 2 reales correspondientes a la manda y obra pía que dejó ordenada don Gaspar Ramírez de Carvajal Benavente, la cual originalmente era de 100 pesos pero sólo cupieron en el quinto de sus bienes los dichos 91 pesos y 2 reales, por lo tanto, otorga carta de pago y recibo en forma.
Zonder titelDon Nicolás Rodríguez Dávila, vecino de esta villa y dueño de hacienda del beneficio de hacer azúcar nombrada San José en esta jurisdicción, otorga haber recibido del Señor Capitán don Antonio de Leiva Esparragosa, Alcalde Ordinario de esta villa por Su Majestad, a saber tres libranzas: una dada por el Capitán don Gaspar Rendón, vecino de esta villa, de 600 pesos sobre el Capitán Manuel de Soto Guerrero, vecino de la Nueva ciudad de la Veracruz, a favor de Antonio Millán Quijada, vecino de esta villa; otra de dicho Antonio Millán Quijada de 300 pesos sobre el Capitán Miguel de Iglesias, vecino de la ciudad de los Ángeles, a favor del Alguacil Mayor don Gregorio Martínez de Solís; y otra del mismo Antonio Millán Quijada sobre el Capitán don José de Carvajal y Contreras, vecino de esta villa, de 587 pesos 6 reales a favor de dicho Alguacil Mayor don Gregorio Martínez de Solís. Las cuales están puestas contentas por dicho alguacil mayor por cuenta del otorgante, y son las mismas que exhibió el dicho Antonio Millán por la cantidad de 1 500 pesos que le debía; y las tres libranzas importan 1 487 pesos 6 reales que junto con 12 pesos 2 reales que tenía recibidos el otorgante suman los 1 500 pesos; por lo cual otorga carta de pago y recibo en forma y se obliga a que cobrada dicha cantidad la tendrá en depósito hasta que se liquide el quinto que le toca y pertenece a doña Marina Gómez Dávila, su difunta madre, que está siguiendo el otorgante ante los señores presidente y oidores de la Real Audiencia de esta Nueva España, contra el Secretario Juan de Espinosa, sobre que dé cuentas de dicho albaceazgo; y si los dichos señores de la Real Audiencia declararan caber en el quinto los dichos 1 500 pesos para la obra pía que dejó la dicha difunta y se le mandaran devolver para imponerlos sobre la casa del dicho Antonio Millán, el otorgante los exhibirá luego que sea requerido, para lo cual hipoteca su hacienda de hacer azúcar.
Zonder titelNicolás de Ortega, vecino del pueblo de Orizaba, dijo que cuando contrajo matrimonio con María de Piña, hija legítima de Manuel de Piña, difunto, y de Josepha [Josefa] Román, recibió de su suegra 340 pesos de oro común, cantidad que le tocó por parte de la obra pía de casamiento [roto] fundada por el Licenciado Juan Francisco [Jaimes Ricardo Villavicencio], Cura Beneficiado por Su Majestad [roto] [en el partido de] Santa Cruz Tlacotepec, por haber sido la susodicha sobrina del fundador y la primera que fue nombrada y señalada en una de las dotes de dicha obra pía. Por lo tanto, otorga que ha recibido dicha cantidad del Licenciado Diego Jaimes Ricardo [Villavicencio], Cura Beneficiado por Su Majestad Vicario y Juez Eclesiástico del partido de Santa Cruz Tlacotepec, tío de su esposa y primer patrón que es de dicha obra pía.
Zonder titelDoña María Nicolasa de Bistrain Dávila, vecina de esta villa de Córdoba, viuda del Alférez Antonio Miguel, difunto, otorga poder a don José Miguel de Vargas, residente en esta villa, para que en su nombre pida, demande, reciba y cobre judicial o extrajudicialmente de don Pedro de Ledezma, Prebendado de la santa iglesia catedral de la ciudad de los Ángeles, y de sus bienes, albaceas y herederos y de quien con derecho pueda y deba, la cantidad de 300 pesos de oro común en reales que le debe a la otorgante en virtud de [roto]; asimismo, 430 pesos que le está debiendo el Licenciado don Gaspar Durán de Huerta, Cura Beneficiado por Su Majestad, Vicario que fue del pueblo de Santa Cruz Tlacotepeq [Tlacotepec], y patrón que fue de la obra pía que mando fundar de sus bienes el Capitán José de Álvarez Ricardo y el Bachiller don Juan Francisco Álvarez Ricardo, para casar huérfanas, como consta en el decreto del señor obispo de este obispado de la Puebla y que para en poder del dicho Bachiller don Gaspar Durán.
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