José [de] Silva, de esta vecindad otorga que debe y se obliga a pagar a don Domingo Franceschy, la cantidad de 2 523 pesos 3 reales que pagará en el término de tres años contados desde esta fecha, y para mayor seguridad en el pago, otorga escritura de obligación y reconocimiento con general hipoteca, sobre la casa de su morada, ubicada en la Calle de San Francisco de Paula y puente del Alcabalero, de 12 varas y media de frente, linda con casa de José María Peña, al sur con casa del difunto Pedro Mariano [de la] Cruz, al oriente con casa que hoy pertenece a su acreedor Franceschy y al poniente con casa de los herederos de Bernabe[l] Vázquez. Dicho convenio será siempre y cuando el otorgante viva, por gracia que Franceschy le hace.
OBLIGACIONES
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Doña Agustina [de] Zárate, y el Presbítero José María Tavera, viuda e hijo, albaceas de don José Antonio Tavera, dijeron que el finado quedó debiendo varios picos a don José Antonio de la Peña, Regidor Perpetuo Alférez Real, en su particular y como albacea de don José Antonio Liñeiro y de don Juan Gómez de Estrada, su padre político, que todos ascienden a la suma de 2 600 pesos 6 y 7 octavos reales, y como no dejó otros bienes con que satisfacer esta suma el acreedor ha querido beneficiarlos, por lo que se le otorga la correspondiente obligación con hipoteca de la casa que fue de su morada, ubicada en la Calle de San Francisco de Paula.
Don Joaquín Toraño, vecino de esta Villa, debe y se obliga pagar a don [José] Vicente Casas, vecino del Lencero, la cantidad de 1 594 pesos 5 reales y 5 centavos, importe del traspaso de una tienda pulpería, ubicada en la esquina de la Calle de San Francisco de Paula y Callejón del Perro, frente a la casa del otorgante, cuya cantidad se compromete a pagar en el término de un año, y para mayor seguridad de dicha deuda hace hipoteca de una casa de su propiedad, ubicada en el confín de la citada Calle de San Francisco de Paula y callejón, que de ésta atraviesa para la curtiduría, y hace frente hacia el norte con dicha tienda que se haya en casa propia de don Antonio Guillén; por el fondo hacia el sur linda con solar que fue de don Jerónimo Lozano; por el poniente con casa de don Juan Antonio Pardo; y al oriente con dicho callejón y del otro lado casa del otorgante.
José Antonio Salado, de esta vecindad, se obliga a pagar a don Pedro Zulueta, del comercio de la Nueva Veracruz, la cantidad de 1 058 pesos y 6 reales en géneros y efectos que en aquella ciudad le vendió, cuya cantidad pagará en el término de un año, abonándole el 5% de réditos anuales y para seguridad de la deuda hipoteca una casa ubicada en el Barrio de la Laguna y última cuadra de la Calle de San Francisco de Paula.
María de Thormes, vecina del pueblo de Jalapa, debe y se obliga pagar a don Vicente de Toledo y Viveros, Alcalde Mayor de este pueblo y Mayordomo de la Pura y Limpia Concepción de esta parroquia, la cantidad de 69 pesos y 6 reales, mismos que se compone de 68 pesos de principal que redimió don Juan Antonio de la Riva y 1 peso y 6 reales que cargó sobre una casa que posee en este pueblo, la cual linda al poniente con casa de María del Moral, al sur con casa que llaman de la Vázquez, al oriente con casa de Pedro del Moral y al norte con calle de San Francisco de Paula, en el periodo de 2 años, con réditos del 5 %.
Doña María Manuela de Acosta, viuda de don Manuel José de Acosta y vecina de este pueblo, tutora y curadora de sus menores hijos, se obliga a pagar a sus hijos lo que les corresponde según las hijuelas que constan en los inventarios de bienes de sus difunto marido, en reales efectivos y sin pleito alguno, luego que tengan edad o tomen estado, y para su mayor seguridad hipoteca una casa ubicada en este pueblo y calle de San Francisco de Paula.
Don José Antonio Tavera, vecino de este pueblo de Jalapa, otorga que debe a doña María del Rosario Cabañas, viuda de don Cristóbal Martínez, la cantidad de 300 pesos, mismos que se obliga a pagar a dicha María o a quien en su lugar hubiere, el próximo mes de agosto del presente año, y para seguridad de esta deuda, hace hipoteca de una casa de cal y canto situada en la calle de San Francisco de Paula con la que hace frente hacia el sur y del otro lado casas de Nicolás Molina, al oriente linda con casas de Pedro del Moral, al poniente con casa de don José Antonio Borja, y al norte con solar de Nicolás Lagunas.
Don Juan [Antonio] Pardo, de esta vecindad y comercio, debe a don Francisco Mulero, residente en esta Villa, 1 891 pesos 4 y medio reales resto de mayor cantidad que importaron el traspaso que le hizo de los efectos de su tienda y muebles de la casa, cantidad que se obliga a pagar en el término de 1 año y medio. Como seguro de la deuda hipoteca una casa ubicada en la Calle de San Francisco de Paula de esta Villa. Es condición de esta escritura que el citado don Francisco Mulero otorgue en arrendamiento, a partir del 1 de enero de 1802, a dicho don Juan Pardo una casa ubicada en la referida Calle de San Francisco de Paula esquina frontera de don Juan Pardo, por tiempo de 5 años y en cantidad de 26 pesos mensuales.
Manuel Perea, maestro zapatero, vecino del pueblo de Jalapa, otorga que debe y se obliga a pagar a don Antonio Merino, de la misma vecindad, la cantidad de 200 pesos de oro común que pagará en el plazo de 5 años, y para cumplir con su pago, hipoteca su casa de cal y canto, techada de tejas, con el sitito que le pertenece, ubicada en la calle de San Francisco de Paula, entre la casa de don Antonio Mason y la de Vicente Pedrote.
Doña María de Thormes, doncella y vecina de la Villa de Xalapa, otorga que se obliga a pagar a doña Nicolasa Catarina Cardeña, de esta vecindad, la cantidad de 104 pesos, los cuales pagará en un tiempo de 2 años y para la seguridad en su pago hipoteca la casa de su morada ubicada en la calle de San Francisco de Paula con la que hace frente al norte por donde tiene 6 varas y 40 de fondo, linda al oriente con casa y solar de Pedro del Moral, al sur que es el fondo con solar de don Tomás Antonio Franco, al poniente con otra que vendió a don Mariano Serrano.