OBLIGACIONES

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              Sin título
              MX UV.USBIX ANX-P-0012-PX_0012_0235 · Unidad documental simple · 03/02/1688
              Parte de Archivo Notarial de Xalapa

              El Capitán Don Antonio Tomás, Alcalde Mayor de Jalapa, comunicó a los gobernadores indígenas de Jalapa, Coatepec, Chapultepec, Tonayán, Tlacolula, Xilotepec, Naolinco, Chiltoyac, Ixhuacán de los Reyes, Teocelo, Jalcomulco, San Pedro Chiconquiaco, Acatlán, San Juan Miahuatlán, San José Miahuatlán, Tepetlán, Coacoatzintla y San Andrés Tlanelhuayocán, la necesidad de reparar las casas reales de Jalapa, pues se encuentran muy maltratadas sus paredes y techar dichas casas de teja, por los inconvenientes que hay que estén de zacate como al presente lo estan, y todos se obligaron a cooperar, a razón de cuatro reales por tributario.

              Sin título
              MX UV.USBIX ANX-P-0017-PX_0017_0194 · Unidad documental simple · 21/05/1722
              Parte de Archivo Notarial de Xalapa

              Don Alonso Juan, Gobernador del pueblo de Jalcomulco, Pedro de la Cruz y Marcos de la Cruz, Alcaldes; y Juan Andrés, Escribano, en su nombre y de los naturales de ese pueblo por quienes prestan voz y caución, dijeron mediante Andrés Pérez, intérprete de esta jurisdicción, que en cumplimiento de la órdenes para la continuación de las escuelas, por la presente se obligan a pagar a José Vanegas, vecino de Atempa, 60 pesos de oro común en cada año, más 12 fanegas de maíz, ración de chile y sal cada semana, un huevo todos los viernes por cada muchacho que asistan a la escuela, con cargo y calidades de que les ha de enseñar la lengua castellana y en ella la doctrina cristiana, a leer y escribir ocupando en esto 3 horas por la mañana y 3 por la tarde.

              Sin título
              MX UV.USBIX ANX-P-0017-PX_0017_0203 · Unidad documental simple · 15/07/1724
              Parte de Archivo Notarial de Xalapa

              Andrés Martín, Gobernador de Jalcomulco; Juan de la Cruz y Sebastián Fabián, Alcaldes; y Juan Andrés, Escribano, dijeron mediante Andrés Pérez, intérprete, que en cumplimiento de lo que se tiene mandado de que en todos los pueblos haya escuela, se obligan a pagar durante 3 años a Andrés Pimentel, residente en esta jurisdicción, 60 pesos de oro común en cada año, que han de correr desde el 1 de agosto venidero, más 12 fanegas de maíz, un huevo cada viernes por muchacho, y el maestro será obligado a tener escuela para enseñar la lengua castellana, a leer y escribir; a los muchachos desde los 5 años hasta que tomen estado y las muchachas hasta los 10 años.

              Sin título
              MX UV.USBIX ANX-P-0029-PX_0029_0099 · Unidad documental simple · 15/12/1749
              Parte de Archivo Notarial de Xalapa

              José de Ayala, vecino de este pueblo, se obliga a pagar a don Juan Martín de Zurbano, la cantidad de 415 pesos por año, por el arrendamiento de las alcabalas de Coatepec e Ixhuacán de los Reyes, desde el río Nacastapalapa e incluyendo los pueblos de Coatepec, Xicochimalco, Ixhuacán de los Reyes, Santiago Ayahualulco, Teocelo, los ingenios y las lomas desde el río Pedernales con todos los demás ranchos que pertenecen a los curatos de Coatepec, Ixhuacán de los Reyes, el pueblo de Jalcomulco y el ingenio de Pacho, por el tiempo de 5 años.