Vicente Alemán, vecino de la nueva ciudad de Veracruz, arrendatario del ingenio San Miguel Arcángel de Almolonga, en esta jurisdicción, se obligó a pagar a su socio Juan Bautista Marín, 4 350 pesos de oro común; los 2 350 pesos, por otros tantos que Juan Bautista Marín metió en el ingenio; 1 000 pesos más por su trabajo personal en él, y los 1 000 pesos restantes, precio de la caña que de su parte dejó sembrada, porque de aquí en adelante, Vicente Alemán quedó como único arrendatario y sólo el pagará los 6 000 pesos de oro común anuales de renta convenidos con Miguel de Aviñón, propietario del Ingenio; y los 4 350 pesos que adeuda, los dará en esta manera: 500 pesos para el fin de octubre del año indicado; y los 3 350 pesos restantes, para fin del mes de mayo de 1620.
OBLIGACIONES
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Juan Bautista Marín, residente en el ingenio de Almolonga, jurisdicción de Jalapa, se obligó a pagar a Vicente Alemán, vecino de la nueva ciudad de Veracruz, 4 200 pesos de oro común, del alcance de cuentas que ambos tuvieron en la sesión del arrendamiento del ingenio de Almolonga, en esta manera: 1 400 pesos para de la fecha de esta escritura en diez meses, 1 400 pesos más, para de allí otros diez meses.
El Capitán Don Nicolás Flores Altamirano, dueño del ingenio de fabricar azúcar nombrado San Miguel Almolonga, ante la ejecución que contra sus bienes se ha girado por la cantidad de 912 pesos y 2 tomines de oro común, de los corridos de dos censos en favor de Juan del Valle, vecino de México, por cuenta de los corridos, paga a su acreedor 300 pesos en reales, y se obligó a dar otros 312 pesos para fin del mes de octubre, y los 300 restantes, más 24 pesos de costas, para el fin del mes de diciembre, todo en el presente año.
El Capitán Don Nicolás Flores Altamirano, dueño del ingenio San Miguel Almolonga, dijo que por cuanto firmó una cédula por 495 pesos de oro común, en compañía de Juan de Castro, vecino de la Nueva Veracruz, en favor de Don Francisco de los Santos, difunto, vecino que fue de Jalapa; y por la división que se hizo de sus bienes entre su mujer y sus herederos, les cupo de porción y herencia paterna 481 pesos 7 tomines y 4 granos de oro común, a Nicolás de los Santos y a Juana de los Santos, hijos legítimos del dicho difunto. Y poniéndolo en efecto, por la presente escritura, Don Nicolás Flores Altamirano se obligó a pagar dicha cantidad en esta forma: 100 pesos un tomín y 10 granos a Nicolás de los Santos; a Juan de los Santos 127 pesos un tomín y 10 granos; a Francisco de los Santos 127 pesos un tomín y 10 granos; y a Juana de los Santos, otros 127 pesos un tomín y 10 granos, los cuales suman la partida que les cupo de la herencia de su padre, y en el interín que los cobran, les pagará de réditos el 5 por ciento anual a cada uno de los herederos.
El Capitán Don Nicolás Flores Altamirano, dueño del ingenio de San Miguel Almolonga, dijo que por cuanto Cristóbal López de la Plata ha hecho postura a los diezmos de azúcares y mieles de los ingenios y trapiches de esta jurisdicción, del año pasado de 1680 y los señores hacedores de los diezmos del obispado de Puebla le han pedido fianza, atento a ello, dio su poder cumplido para que lo pueda obligar como su fiador por la cantidad de pesos que montaren los dichos diezmos.
El Capitán Don Nicolás Flores Altamirano, residente en el trapiche Nuestra Señora de la Concepción, dio su poder cumplido al Doctor Don Rodrigo Flores de Valdéz, presbítero del Arzobispado de la ciudad de México, cura propietario de la parroquia de Santa Catarina Mártir de dicha ciudad, para que en su nombre liquide y fenezca con el señor Don Carlos Antonio de Luna y Arellano, la cantidad de pesos de oro procedidos del tiempo que el otorgante tuvo en propiedad el ingenio nombrado San Miguel Almolonga, y hecho el alcance que le hiciere, suplique a Su Señoría se le haga rebaja y perdone la demasía de 1500 pesos de oro común en que puede alcanzar la posibilidad en que se halla para su entera satisfacción; hecha la rebaja, haga la escritura de obligación de los dichos 1500 pesos a favor de Su Señoría, prorrateando lo que cupiese igualmente a cada un año, para que dentro de 10 años, esta deuda quede enteramente satisfecha.
El Capitán Don Fernando [Ruiz] de Córdoba y Arellano, vecino de la nueva ciudad de Veracruz, dio su poder cumplido a Don José de Ceballos y Burgos, su primo, dueño del ingenio Nuestra Señora de la Concepción [San Miguel Almolonga], generalmente para que en todos sus pleitos, causas y negocios civiles y criminales que tuviere; especialmente para que pueda obligarlo como fiador de Francisca Ramírez, viuda de Francisco de Orduña Castillo, vecina de Jalapa, cuando le fuere discernida la tutela y curaduría de sus menores hijos.
Miguel de Aviñón, residente en su ingenio de azúcar nombrado San Miguel Almolonga, en esta provincia, se obligó a pagar a Diego López Maldonado, vecino de Jalapa, 200 pesos de oro común, por razón de otros tantos que le prestó en reales de contado, para fin del mes de septiembre del presente año, puestos en este pueblo.
El Capitán Don Nicolás Flores Altamirano, dueño del Ingenio San Miguel Almolonga, dio su poder al Capitán Don Carlos [Antonio] de Luna y Arellano, vecino de la jurisdicción de Tepeaca, propietario de la Hacienda de la Noria, para que lo pueda obligar como fiador del Capitán Don Francisco de la Higuera Matamoros hasta en la cantidad de 700 pesos, y juntamente con el susodicho, pagarán a la Santa Iglesia Catedral de la ciudad de Puebla de los Ángeles, los diezmos del ganado ovejuno.
Don Manuel de Acosta, vecino de esta jurisdicción, arrendatario de las tierras de Almolonga, se obliga a pagar a don Manuel Fosio, vecino de San Juan Chapultepec, la cantidad de 700 pesos, para mediados del mes de agosto de este año.