Miguel Carrera, vecino del pueblo de Tecamachalco, se obliga a pagar a Felipe de la Cueva [y de] Herrera, administrador del ingenio de Orizaba, 204 pesos y 4 tomines de oro común, los cuales son los que el susodicho le prestó en reales de plata por hacerle buena obra.\n
OBLIGACIONES
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Martín Rodríguez, vecino del pueblo de Tecamachalco, se obliga a pagar a Miguel Carrera 220 pesos de oro común, los cuales son por razón de 6 bestias mulares hembras, 2 mansas y 4 cerreras, herradas con el fierro de Carrera que está en el margen de esta escritura.\n\n\n
Juan de Cuéllar, estante en el pueblo de Orizaba, se obliga a pagar a Miguel Guillén, vecino del pueblo de Tecamachalco, 50 fanegas de trigo puestas y entregadas en cualquiera de las estancias de Juan Briseño o de Carvajal.\n
Juan de Arguello, vecino del pueblo de Tecamachalco, se constituye por real depositario de 110 pesos de oro común, los cuales prometió y se obligó de darlos y pagar según como ahora los recibe, a Gaspar Forcadell, vecino de la ciudad de México.\n\n
Juan de Balderas, vecino del pueblo de Tecamachalco, se obliga de pagar a Juan Blanco, 103 pesos de oro común, los cuales son por razón de una pipa de vino de islas y siete cueros de Castilla de echar vino en ellos.\n\n
Juanes de Licona, se obliga de entregar a Antonio [Antón] de Palma, vecino del pueblo de Tecamachalco, 100 fanegas de trigo, las cuales le prestó por hacer placer y buena obra.\n\n
Baltazar de los [roto], negro herrado en el [rostro], libre que dijo ser, el cual es también preso en la cárcel pública de este pueblo, por 16 pesos que declaró deber a Álvaro Patiño Dávila, justicia de este pueblo, quien se los dio en reales, por lo que el otorgante se obliga de servir a Hernando Jiménez, vecino del pueblo de Tecamachalco, por tiempo y espacio de un año y por precio de 20 pesos de oro común, de donde le ha de descontar los 16 pesos que el dicho Hernando Jiménez pagó a Álvaro Patiño Dávila.
Álvaro Correa se obliga de pagar a Antonio [Antón] de Palma, vecino del pueblo de Tecamachalco, 132 pesos y medio de oro común, los cuales son por razón de 150 fanegas de trigo.\n\n
Gaspar de Matas, vecino del pueblo de Tecamachalco, se obliga de pagar a Luis Muñoz Bravo, Escribano de Su Majestad, 170 pesos de oro común, los cuales son por razón de una pipa de vino de jerez y un caballo castaño oscuro de camino, que del susodicho recibió comprados.
Andrés Solano, labrador del pueblo de Tecamachalco, se obliga de pagar a Gabriel Bravo, [184] pesos de oro común, mismos que Gonzalo Pérez Gallego debe a don Rodrigo de Vivero y que el dicho Gabriel Bravo los tiene por su poder.