Don José Irineo Castañeda, vecino de las Vigas, de esta jurisdicción, dijo que ha convenido con don José Joaquín Vargas y Machuca, vecino de Santa María Tlatlauque [Tlatlauqui], en comprarle un atajo de mulas que se compone de 16 aparejadas de lazo y reata en precio cada una de 65 pesos, más un caballo y una silla en la misma cantidad de 65 pesos, dando como muerto y sin valor todos los trastos de cocina y yegua que según se acostumbra en estos tipos de contratos, cuyo valor es de 1 275 pesos que debe satisfacer en los términos siguientes: 200 pesos en reales de contado para fines de agosto próximo, igual cantidad para fines de octubre de este mismo año, y el resto dentro del término de siete meses, contados a partir de 25 de junio último. Cantidades que pagará por su cuenta y riesgo y pondrá en poder del citado Vargas, en los plazos asignados en el pueblo de Santa María Tlatlauque [Tlatlauqui], para lo cual se da por recibido del atajo de mulas, y se constituye deudor de la citada cantidad y se obliga a satisfacer en los plazos señalados, a cuyo seguro, obliga sus bienes
JUAN JOSÉ PAZ, ESCRIBANO PÚBLICO INTERINOOBLIGACIONES
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Don Jacinto de Regueira Carcaño, vecino del pueblo de las Vigas, dijo que por liquidación de cuentas que ha tenido con don Manuel Allen, de este comercio y vecindad, le adeuda la cantidad de 630 pesos 6 y 3 cuartillas reales, cuya cantidad se obliga a pagar en el término de 6 meses, con hipoteca de la porción de paja y cebada que tiene efectiva y guardada, más la siembra considerable de papa que tiene hecha.
José Peralta y Pedro Lobato, vecinos de las Vigas se comprometen, el primero como fiador del segundo a entregar a Mariana Lobato, hija del segundo y de su difunta madre, Rosa María Farfán, la parte que le toca de 9 o 10 vacas, que son herencia otorgada por la difunta.
Don Mariano Ramírez, vecino del pueblo de las Vigas, como fiador de su tío don Claudio Salazar, otorga que se obliga a pagar a Antonio de Acosta, como albacea de don Juan José Barradas o a don Manuel José Bellido.
Claudio Salazar, vecino de Las Vigas, como principal deudor, y Juan José Barradas, vecino del paraje de la Joya de esta jurisdicción, como su fiador, otorgan que se obligan a dar y pagar a don Manuel José Bellido, vecino del comercio de Jalapa, como albacea que es de don Antonio de Sequeda, la cantidad de 643 pesos y un real que el dicho Claudio Salazar le salió restando de todas las cuentas ajustadas.
Basilio y José Luis Lara, con Manuel Estaban, el segundo vecino del pueblo de las Vigas y los otros dos de Xilotepec, de esta Jurisdicción, dijeron que el primero es deudor de la cantidad de 818 pesos de don Pedro Bon y Cornide, vecino de la Nueva Veracruz, valor del ganado que de su Hacienda de Tortugas le suministró al fiado, cuya cantidad no ha podido satisfacerle por las circunstancias que han mediado; y como de dicho ganado dio el segundo valor de 300 pesos, y al tercero de 272 pesos, resulta que, el primero satisfaciendo a su acreedor, los segundos sólo tienen que satisfacerle el exceso de 246 pesos, más como es el deudor principal siempre es obligado a la satisfacción del todo en caso de no ser puntuales los demás al pago. Por lo que se obligan por la presente a pagar las mencionadas cantidades parciales que han declarado, hipotecando el primero 100 cabras y 10 cuartillas de sembradura que tiene en cerro cuadrado; el segundo hipoteca cuatro fanegas de cebada, una de maíz y 80 cabras; el tercero cinco cuartillas de maíz y 100 cabras.
Alejandro Matías, Juan Ramírez y Pablo Velasco, vecinos del pueblo de San Miguel Las Vigas, deben y se obligan pagar al señor Alcalde Mayor o a quien corresponda, la cantidad 103 pesos 7 reales, en el plazo de 3 meses, pertenecientes al hurto de 25 cargas y 3 cuartillas de maíz que había en una troje y que los otorgantes, junto con otras personas sustrajeron, por lo cual ofrecen como fiador a don Francisco de Castañeda.
Ignacio Fernández de Velasco, vecino del pueblo de San Miguel de las Vigas, dijo que el 28 de noviembre de 1772, en compañía de Juan Leonicio, traspasó una tienda a don Juan Antonio de la Riva, que importó 618 pesos 4 ½ reales, de los que Leoncio dio 150 pesos, y quedaron en dar el resto en 8 meses; señalando que él estuvo al cuidado y administración de dicho negocio durante 8 años. De dicha compañía, Ignacio otorga que ha recibido la mitad de la tienda y bienes que le corresponde, por lo que señala que se obliga a que pagará a dicho Leoncio, la cantidad de 400 pesos en 2 años contados desde hoy, y para seguridad del pago, hipoteca unas casas que posee en dicho pueblo.