Doña María Josefa Cruz Ortiz de Zárate, mujer legítima de don José Mariano Polanco, con licencia previa de su marido, dijo que su padre don Felipe Cruz, vecino que fue de esta villa, recibió de don José de la Fuente, como hermano mayor del Venerable Tercero de San Francisco, la cantidad de 1 055 pesos con réditos de 5 por ciento anual, pertenecientes a las memorias de misas que mandaron fundar don Manuel de Boza con 500 pesos principal y doña Josefa de Neira Claver con 550 pesos, hipotecando el nominado Felipe al seguro de ese capital dos casas suyas, una ubicada en la calle del Ganado y la otra casa hace esquina a la citada calle y la de la Caridad, ésta última propiedad también tiene impuesto la cantidad de 200 pesos a favor de don José María Gutiérrez de Zamora. También, dijo que por fallecimiento de su padre ahora le pertenecen ambas propiedades, quien del conocimiento del Síndico Actual del convento de San Francisco de esta villa y con acuerdo del muy Reverendo Padre Guardián que a la fecha es Fray José Lugo de Luna ha resuelto cargar el relacionado capital de los 1 055 pesos pertenecientes al convento sólo sobre la casa grande que es de la que primero se habló, quedando exceptuada de este gravamen la casita de la esquina. Y que debiendo formalizar esto que se ha dicho, por el presente la nominada doña María Josefa Cruz otorga que se obliga a reconocer ese capital sobre la casa grande ubicada en la calle del Ganado con los réditos de un 5 por ciento anual. Y estando presente don Francisco Fernández y Agudo, Síndico actual de dicho convento aprueba que el capital quede impuesto sólo en la casa ubicada en la calle del Ganado y por tanto da por libre de todo gravamen la otra casita, para que su actual poseedora pueda disponer de ella como le convenga.
JUAN NEPOMUCENO DE ARRIAGA, ESCRIBANO NACIONAL E INTERINO PÚBLICOOBLIGACIONES
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Doña Lucía Josefa Ortiz de Zárate, vecina del pueblo de Jalapa, viuda de don José Mateo Rubio Roso, como tutora y tenedora de las personas y bienes de sus hijos menores, otorga que debe a don Santos de Uriarte, vecino y del comercio de la Nueva Veracruz, 4, 027 pesos 6 y medio reales que importaron varios efectos de Castilla que le ha comprado para con sus utilidades mantenerse ella y sus hijos, los cuales se obliga apagar dentro de seis meses y para el seguro pago de la deuda hipoteca dos casas una contigua a la otra haciendo esquina en la calle de la Amargura con la que hace frente la principal y del otro lado esquina y casa de los herederos de don Manuel Rivero, al sur linda con casa de doña Rita Morales, al poniente con casa que fue de doña María Romero y al norte con calle que llaman de la Caridad.
Don Antonio Guzmán Grant, otorga que ha recibido de don Anastasio Cruz y de don José María de Bausa, Mayordomos, Hermanos Mayores del Señor San José de la Laguna y del Señor de la Santa Veracruz, situada en esta antigua Iglesia parroquial, la suma de 350 pesos, de la cual 250 pesos pertenecen a la primera cofradía y 100 a la segunda; cuyo principal se obliga a satisfacer la parte que corresponde a cada una de ellas, por el término de 5 años, con sus 5 % cada uno; y para seguridad del principal hipoteca, sujeta y grava una casa de cal y piedra, cubierta de madera y teja, que posee en la Calle de la Caridad.
El Señor Presbítero don José María Rubio Roso, de esta vecindad, dijo que su finado hermano don Marcos [Rubio Roso], con poder del compareciente y de sus demás hermanos ya difuntos, gravó una casa que les pertenecía a todos por herencia de su padre don Mateo Rubio Roso, situada en la primera cuadra de la calle de la Amargura en esta ciudad, haciendo esquina a la calle de la Caridad, en cantidad de 1 000 pesos pertenecientes a un ramo de capellanía que parece fundó don Gabriel Arteaga, los cuales se reconocían en casa propia de don Mateo Badillo y se trasladaron a la del señor compareciente y sus hermanos, con hipoteca de la referida casa, según consta en escritura con fecha en esta ciudad a 13 de abril de 1795. Asimismo, declara estar debiendo hasta el 14 de octubre último 850 pesos de réditos vencidos por el expresado capital de los 1 000 pesos, por lo cual otorga que se obliga a pagar abonando 25 pesos anualmente cada día 11 de octubre, a más de enterar el anual corriente de 50 pesos. Y para mayor seguridad de dicha deuda de 850 pesos, hipoteca una casa que posee por herencia de su difunto padre, ubicada en esta ciudad en la calle que nombran de la Caridad, con la cual hace frente al norte; lindando por oriente con la casa en que se reconoce el enunciado capital de 1 000 pesos y también posee el otorgante. Y estando presente el Licenciado don Carlos Hernández Viamonte, como apoderado del recaudador de huecos y vacantes de la mitra de Puebla, otorga que acepta y confiesa tener recibidos 75 pesos correspondientes al anual de 11 de octubre de 1834, 50 pesos por el anual corriente y 25 pesos en cuenta de lo atrasado.
JUAN NEPOMUCENO DE ARRIAGA, ESCRIBANOEl Presbítero don José María Rubio Roso, otorga que ha recibido del señor Cura don José Francisco Campomanes, los 200 pesos que reconocía sobre la casa que heredó de su madre y de su tío el Presbítero don José Mariano Rosado, por un papel simple que este último otorgó en esta ciudad el 22 de junio de 1799, pertenecientes a la cofradía de Nuestra Señora del Carmen, sita en esta iglesia parroquial. De cuya cantidad don José María Roso se da por entregado, cuyo pago hará al mayordomo de la expresada cofradía dentro de cinco años contados desde esta fecha y entre tanto sus correspondientes réditos del 5 por ciento anual. Y para seguridad hipoteca una casa de su propiedad, ubicada en esta ciudad en la calle de la Caridad.
ANTONIO MARÍA BUENABAD, ESCRIBANODon Felipe Cruz, de esta vecindad, otorga que ha recibido de don José Gutiérrez Zamora, de este comercio y vecindad, la cantidad de 200 pesos, los cuales se obliga a satisfacer en un término de dos años, empezando a contarse desde el día 9 de noviembre próximo pasado, pagará por ellos el 5% anuales. Para seguridad de esta deuda hipoteca una casa de paredes de dos viviendas, de edificio bajo, cubierta de madera y teja, ubicada en esta Villa, que hace esquina y frentes a la Calle que llaman de la Caridad y del Ganado, misma que se obliga a no vender o enajenar hasta que la deuda este pagada.