OBLIGACIONES

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              17 Archivistische beschrijving results for OBLIGACIONES

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              MX UV.USBIX ANX-P-0017-PX_0017_0199 · Stuk · 24/05/1723
              Part of Archivo Notarial de Xalapa

              Don Juan Domingo, Capitán Alcalde de Teocelo; Lucas Martín, Regidor; y Juan de Santiago, Alguacil Mayor, dijeron que en cumplimiento de lo mandado para que tengan escuela en su pueblo, han convenido con Antonio de la Cruz Méndez, natural y escribano actual de ese pueblo a enseñarles, obligándose a pagarle 5 pesos cada mes, más una fanega de maíz por tiempo de cuatro años, un huevo cada viernes por muchacho, y el maestro se obliga a enseñarles la lengua castellana, la doctrina cristiana, a leer y escribir, 3 horas por la mañana y 3 en la tarde.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0022-PX_0022_0013 · Stuk · 26/01/1737
              Part of Archivo Notarial de Xalapa

              Pedro Ortiz, como principal y Diego Vázquez, como su fiador y principal pagador, vecinos de Coatepec, deben y se obligan a pagar a José Robledano de Cardeña, la cantidad de 970 pesos por el arrendamiento de las alcabalas de los pueblos vecinos de Ayahualulco, Ixhuacán de los Reyes, Teocelo, Xicochimalco, Coatepec y los ingenios ubicados al otro lado del río Nacastapala, desde Zoncuantla hasta las lomas, desde el río Pedernales, por el tiempo de 5 años.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0086-PX_0086_0094 · Stuk · 1829/08/22
              Part of Archivo Notarial de Xalapa

              El ciudadano Juan José Rebolledo, vecino del pueblo de Jico [Xico] en este cantón, de quién le ha dado conocimiento don Manuel Patiño, dijo: que tiene convenio de venderle al ciudadano Juan Suárez, vecino del pueblo de Acatzingo en partido de Tepeaca, estado de Puebla, un pedazo de tierra, situado en el pueblo de su vecindad, paraje nombrado Ozitla, lindando por una parte con el camino de este nombre, por otra con el arroyito de igual título, por otra con el camino que gira a Teocelo, y por otra con unos espinos. Cuyo terreno hubo y compró del señor cura don José Teodoro Couso. Y no pudiéndose formalizar la escritura de venta, por no estar aquí el comprador, ni quién con poder para el efecto acepte la compra; en razón de no estar legalizados los documentos que acreditan la adquisición, ha deliberado formalizar la siguiente promesa; por lo tanto, otorga que promete y se obliga a realizar la escritura de venta de la tierra, tan luego como se le requiera para ello por sujeto que tenga competente poder del nominado Juan Suárez, por cuenta del cual tiene recibidos de mano del señor cura don Idelfonso María Tamariz, los 100 pesos del precio de la venta, sobre que por no parecer de presente esa entrega, renuncia a ley de cosa no entregada y a los cuatro años que se prefinen para la prueba de su recibo; otorgando a favor de Suárez el conducente resguardo y se obliga a no apartarse del pacto convenido, pena de pagarle el precio que ahora recibe y las costas y daños que por la contravención se irrogasen. Finalmente da por celebrada perfectamente la venta.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0081-PX_0081_0087 · Stuk · 1824/06/09
              Part of Archivo Notarial de Xalapa

              Don José María Rebolledo Maldonado, vecino de la jurisdicción y doctrina del pueblo de Xicochimalco, declara ser deudor a doña Rita Guapillo, de esta vecindad, como viuda de don José Rodríguez, la cantidad de 3 057 pesos, 2 y medio reales, por resto de cuentas del subarriendo que Rodríguez le hizo del trapiche de la Laguna que estaba a su cargo, por escritura que pasó en esta villa a 11 de septiembre de 1815, de cuya suma le otorgo recibo en forma. Y se obliga a satisfacerle dicha suma abonándole 500 pesos anuales, de la siguiente manera: para el día último de este mes entregará 250 pesos y los otros 250, el último día de agosto de este presente año. Y en igual fecha del año venidero de 1825, le pagará los réditos de 5 por ciento anual sobre la cantidad que le resta. Así sucesivamente lo realizara en los demás años. Y para el cumplimiento de ello en favor de su acreedora hipoteca un rancho y trapiche de caña, con todo lo que le pertenece a excepto las tierras situado en la doctrina del pueblo de Teocelo, el cual no podrá vender, ceder, cambiar ni enajenar, hasta no estar pagada esta deuda, e incluso pueda su acreedora sacarla de tercero venderlo, rematarlo y con el producido cubrirse con el principal, réditos, décima y costas.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0091-PX_0091_0032 · Stuk · 1834/02/14
              Part of Archivo Notarial de Xalapa

              El ciudadano Paulino Benítez, vecino de la Rinconada en el distrito del Puente Nacional, dijo ser deudor de don Rafael Herrera, vecino de Veracruz, de la cantidad de 248 pesos y 7 reales por efectos que le ministró con carta de fianza de don Bernabé de Elías Vallejo. Que el citado Herrera escribió a don Bernardo Sayago de este comercio para que requiriese al comparente y que después de verificada dicha comparecencia se le pretendió embargo de sus mulas. Que para evitar el extravío y perjuicio que originaría el embargo se presentó el ciudadano Juan Agustín Sánchez, vecino de Teocelo, para garantizar el pago bajo la condición de que formalice escritura de obligación de pago de la suma a fines de agosto próximo, con la fianza de tres solares unidos y unas paredes construidos en ellos, ubicados en el pueblo de Coatepec. Por lo que reduciendo a efecto dicha obligación el nominado Paulino Benítez otorga que se obliga a satisfacer al nominado ciudadano [Juan] Agustín Sánchez la citada cantidad de 248 y 7 reales, cuyo entero ha de verificar el día último de agosto de este presente año en reales de contado, para que en el evento de no cumplir con el expresado pago en la fecha fijada pueda proceder Sánchez contra dichos solares.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0016-PX_0016_0291 · Stuk · 25/02/1717
              Part of Archivo Notarial de Xalapa

              Don Baltazar Hernández y don Guillermo Hernández, Alcaldes, don Gaspar Melchor y don Matías Hernández, Regidores y Domingo de la Cruz, Escribano del pueblo de Teocelo, en cumplimiento de Real Cédula que dispone la fundación de escuelas con maestros que enseñen a los indios la lengua castellana, aprendan en ella la doctrina cristiana, a leer y escribir, se obligan a pagar a Antonio de la Cruz, de esa vecindad, 50 pesos, 5 fanegas de maíz, agua, leña que fuere menester y un huevo que ha de dar cada muchacho por semana.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0047-PX_0047_0057 · Stuk · 04/06/1776
              Part of Archivo Notarial de Xalapa

              Pedro de Alcántara Sánchez, vecino de Teocelo, como principal, y Antonio de la Trinidad Ortega, del pueblo de Xicochimalco y dueño de mulas, como su fiador, otorgan que se obligan a pagar a la masa general de la iglesia catedral de la Puebla, la cantidad de 1, 230 pesos, a razón de 416 pesos anuales, en un tiempo de 3 años, contados a partir de 1777 y concluidos en 1779; dicha cantidad es por concepto de los diezmos del Partido de Ixhuacán de los Reyes que se le remataron al mencionado Pedro.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0012-PX_0012_0235 · Stuk · 03/02/1688
              Part of Archivo Notarial de Xalapa

              El Capitán Don Antonio Tomás, Alcalde Mayor de Jalapa, comunicó a los gobernadores indígenas de Jalapa, Coatepec, Chapultepec, Tonayán, Tlacolula, Xilotepec, Naolinco, Chiltoyac, Ixhuacán de los Reyes, Teocelo, Jalcomulco, San Pedro Chiconquiaco, Acatlán, San Juan Miahuatlán, San José Miahuatlán, Tepetlán, Coacoatzintla y San Andrés Tlanelhuayocán, la necesidad de reparar las casas reales de Jalapa, pues se encuentran muy maltratadas sus paredes y techar dichas casas de teja, por los inconvenientes que hay que estén de zacate como al presente lo estan, y todos se obligaron a cooperar, a razón de cuatro reales por tributario.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0010-PX_0010_0007 · Stuk · 21/02/1673
              Part of Archivo Notarial de Xalapa

              Domingo de Oliveros, vecino de Jalapa, como principal deudor, y José de Armenta, vecino de Teocelo, su fiador, se obligaron a pagar a la Santa Iglesia Catedral de la ciudad de Puebla de los Ángeles, 645 pesos de oro común que valieron y montaron los diezmos que se deben en este partido a la dicha iglesia de los años de 1672, 1673 y 1674; al precio de 215 pesos anuales, de semillas, ganados, y demás géneros y menudencias (menos los escusados y vendidos aparte del azúcar y algunos ganados); los 165 de los españoles y los 50 de los naturales, que se remataron en el dicho principal en esta provincia, para el 25 de diciembre de 1674, y el resto, para de allí en un año.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0028-PX_0028_0067 · Stuk · 16/10/1747
              Part of Archivo Notarial de Xalapa

              Don Alonso Bonilla, español y vecino del pueblo de Teocelo, se obliga a pagar los diezmos caseros que pagan los españoles, indios y demás feligreses del partido y Curato de Ixhuacán de los Reyes, por el tiempo de 3 años, mismos que compró en la iglesia catedral de la Ciudad de la Puebla de los Ángeles, pagaderos por el tiempo de 3 años, en la cantidad de 245 pesos en cada año.