Don Salvador Rincón, vecino en el pueblo de Perote, debe y se obliga pagar a don Francisco González, la cantidad de 3, 997 pesos, producto de la venta de una tienda mestiza que ha traspasado en la cantidad de 1, 407 pesos y de una casa por la cantidad de 1, 400 pesos, en dos partes, la primera el 24 de marzo de 1768 y la restante en 1769, nombrando como fiadores a sus hermanos don Ignacio Rincón, José Rincón, vecinos del mismo pueblo.
OBLIGACIONES
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El Capitán Antonio Vázquez Ruiz, vecino del pueblo de Jalapa, otorga poder especial a don Baltazar de Vidaurre, Procurador del Número de la Real Audiencia de la Ciudad de México, para que lo pueda obligar, conforme a lo determinado por el Juez de Intestados a favor de la testamentaria de don Santiago de Buenabad, en cantidad de pesos que con aquel juzgado se le haya de entregar, hipotecando la hacienda Nuestra Señora de los Remedios, alias Lucas Martín; esto como resultado del pleito que ha seguido contra la testamentaria de Alejandro Álvarez de Guitián, en defensa de los derechos y acciones de su viuda María Antonia Álvarez de Guitián, ahora mujer del otorgante y por la parte que le asista de don Santiago de Buenabad.
Doña Luisa Margarita de la Rosa Hernández, viuda y albacea del difunto don Tomás Borro, próxima a mudarse a la Ciudad de la Nueva Veracruz, debe y se obliga pagar a don Juan Santiago Lobo, la cantidad de 559 pesos y 2 reales, por adeudos de su difunto esposo, en dos plazos; el primero el 2 de noviembre de 1768 y el segundo el 2 de noviembre de 1769 y para seguridad de dicha deuda, hipoteca una casa que se ubica en la Calle Nueva de este pueblo de Jalapa.
Don Francisco Maniau y Ortega, como deudor, y don Francisco del Día, como fiador principal y llano pagador, vecinos del pueblo de Jalapa, deben y se obligan pagar a don Pedro Pérez de Laje, vecino de la capital de México, albacea y administrador de los bienes del difunto don Pedro Lorenzo Rodríguez, la cantidad de 1, 400 pesos de oro común en el periodo de 1 año.
Don Francisco Gutiérrez Bracho, vecino del rancho de Corral Falso, jurisdicción de Jalapa, debe y se obliga a pagar, en la Ciudad de la Nueva Veracruz, a don Miguel José Ramírez, por cuenta de don Antonio de Soto, Alcalde Mayor de la Villa de Tuxtla, la cantidad de 238 pesos, en monedas de oro.
Doña María Manuela de Acosta, viuda y albacea de don Manuel José de Acosta, curadora y tutora de los bienes y personas de sus hijos legítimos, vecina de este pueblo de Jalapa, a la cual le fue impuesta una fianza de 500 pesos, se obliga a pagar a sus hijos, lo que les corresponde de los inventarios de su difunto padre, por lo que hipoteca sus bienes dotales y gananciales, especialmente una casa, ubicada en este pueblo, de paredes y techada de madera y tejas, la cual linda al sur con la Calle de San Francisco, al poniente con la Calle del Ganado, al norte con solar y casa de Pedro de Guevara y al oriente con el Callejón de la Sierpe.
Don José de Ugarte, vecino de este pueblo de Jalapa, se obliga a favor de don Antonio Primo de Rivera, Factor de la Real Factoría de tabacos, pólvora y barajas, en la fianza de 2, 000 pesos, que se compromete a pagar a la Dirección y General Administración de naipes, tomando en dicha deuda, sus bienes y propiedades como empeño respaldo, que al termino de pago quedaran libres de toda deuda.
Don José de Foronda, residente del pueblo de Jalapa, debe y se obliga pagar a don Francisco Berriozábal, vecino de España y residente del mismo pueblo, la cantidad de 4, 200 pesos de oro común en reales de contado, en el plazo de 1 año, con réditos del 5% y 100 pesos más de oro común.
Don Juan Ortiz, vecino del pueblo de Coatepec, debe y se obliga pagar a don José Manuel Trigo, vecino del pueblo de Jalapa, la cantidad de 186 pesos, para el mes de septiembre del siguiente año; para ello se extiende una condición donde el deudor, hará un pago igualitario de la ya citada cantidad, al ser comisionado para el recibo de tabacos de la Villa de Córdoba.
Don Matías de la Mora Castañeda y doña Mariana Josefa Viveros, deben y se obligan a pagar la cantidad de 4, 709 pesos y 4 cuartillas de reales, por concepto de la herencia dejada a los menores doña Antonia Serdán Ponce de León y José Mariano, hijos legítimos del difunto de Miguel Ponce de León y de la declarante, y para cubrir dicho adeudo, hipotecan una casa ubicada en este pueblo, en la esquina de Plaza Pública, nombrando como fiadores a don Modesto Viveros, don Diego Viveros, don Francisco Julián de Ochoa y Francisco Javier López, vecinos del pueblo de Jalapa.