Isabel Vázquez, vecina de esta villa de Córdoba, viuda de Diego de Sandoval, y Juan Álvarez, hijo legítimo de la susodicha, dijeron que Diego de Sandoval otorgó un vale a favor del Capitán Juan Díaz de Palacios, residente en esta villa, hecho en el pueblo de Teposcolula el 8 de [agosto] de 1688, por la cantidad de 143 pesos de oro común en el que constituyó a los otorgantes fiadores, con hipoteca de una casa y a satisfacer en cuatro meses, cuyo plazo se cumplió sin solventar la deuda, iniciando el Capitán Juan Díaz pleito ante la Real Justicia de esta villa y pretendiendo embargar la casa hipotecada en dicho vale; por lo cual se obligan a pagar al capitán 170 pesos de oro común, los mismos que resultan de dicho vale y costas causadas por el pleito, la mitad a mediados de junio de este año y la otra mitad en junio de 1691, ambas cantidades deben ser entregadas en la ciudad de la Nueva Veracruz.
Zonder titelOBLIGACIONES
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Isidro Medel, vecino de esta villa de Córdoba, dijo que por no encontrarse el instrumento de la venta de un solar que le compró a censo redimible al Cabildo, Justicia y Regimiento de esta villa de Córdoba, por la presente otorga obligación de pago a favor de esta villa por 5 pesos de oro común cada año correspondiente al 5 por ciento de 100 pesos, valor de dicho solar de 50 varas en cuadro a la linde de las Casas Reales y de Pedro García de Meza, calle en medio, y con solar de Alonso Galván.
Zonder titelDoña Josepha [Josefa] García de Miranda, viuda de Joseph [José] de Olivera, dueño de trapiche de hacer azúcar, y Juan García de Miranda, su sobrino, dueño también de trapiche de fabricar azúcar en esta jurisdicción, dijeron que el 31 de agosto de 1688 el Capitán Bernardo Velázquez de Ladrada, vecino de la Veracruz, como su apoderado los obligó de mancomún con el Sargento Mayor don Pedro López del Cano, Alcalde Mayor que fue de esta villa y San Antonio Guatusco [Huatusco], a pagar a don Gerónimo [Jerónimo] Francisco Mier del Tojo la cantidad de 2 000 pesos de oro común cada uno al plazo que se contiene en dicha obligación, cuyo plazo se ha cumplido viniendo a la cobranza Luis Francisco de Haze como su apoderado, y habiendo conseguido de éste un nuevo término, por la presente se obligan a pagar 2 000 pesos en un año con 100 pesos más y los restantes 2 000 pesos dentro de dos años con 200 pesos más.
Zonder titelJuan Pablo de Sierra Valle y Juan Bautista de Sierra Valle y Rioseco, hermanos, vecinos de esta villa de Córdoba, se obligan a pagar al Doctor don Diego Sánchez Peláez [Peláez Sánchez], Racionero de la Santa Iglesia Mayor de la ciudad de la Puebla de los Ángeles, 495 pesos de oro común en reales que el dicho Juan Pablo Sierra Valle le debe por débito causado a Juan Peláez Natera, su primo difunto, cuya cantidad pagarán dentro de seis meses, hipotecando como seguro de la deuda una hacienda de hacer azúcar propiedad de Juan Bautista, en la jurisdicción de Zongolica.
Zonder titelAlonso de la Fuente, carretero, se obliga de pagar a Sebastián Díaz 167 pesos 6 tomines de oro común, por razón de dineros prestados y otras cuentas.
Alonso de la Fuente, carretero, vecino de la ciudad de México, se obliga a pagar a Tomás Herrera, vecino de Jalapa, 55 pesos de oro común, por razón de otros tantos que recibió en reales.
Don Domingo Rizo y doña María Teresa del Día, marido y mujer, vecinos del pueblo de Jalapa, otorgan que deben y se obligan a pagar a don Manuel del Día, la cantidad de 648 pesos y 7 reales, que le cupieron en parte de herencia en los bienes de su abuelo don Francisco del Día, ya que por ser menor de edad dicho Manuel quedo en poder de los otorgantes, cuya cantidad pagarán en el periodo de 6 meses.
Dominga Micaela González, viuda de Pedro Vázquez, vecina del pueblo de Jalapa, en nombre y representación de Pascual [Bailón] Toral, otorga que debe y se obliga a pagar a Miguel Ángel, de esta misma vecindad, la cantidad de 74 pesos 1 y medio reales, en el periodo de 8 meses, para mayor seguridad en su pago, obliga todos sus bienes habidos y por haber.
Doña Antonia Lemus, viuda de don José María Ycardo, vecina de la ciudad de la Nueva Veracruz y residente en este pueblo de Jalapa, se obliga a pagar a don Juan José González, la cantidad de 600 pesos, que es el resto de 900 pesos concepto de la venta de una casa ubicada en la calle del Beaterio, obligándose a cubrir el resto en 8 meses.
Don Juan Joaquín de Cendoya y Arizabaleta , vecino del pueblo de Jalapa, se obliga como fiador de don Rafael de Salazar, de esta misma vecindad, en virtud de superior orden de la Real Audiencia, a entregar en la ciudad de Cádiz la cantidad de 70 pesos anuales a las hijas del citado Salazar, para sus alimentos.