OBLIGACIONES

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              Sin título
              MX UV.USBIX ANC-P-0055-PC_0055_0099 · Unidad documental simple · 1719/10/12
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              José de Aguilar, vecino de esta villa de Córdoba, se obliga de pagar a José Curbelo Castro, vecino de la jurisdicción de esta villa, a saber 72 pesos de oro común, mismos que le prestó y tiene recibidos en reales de contado. Cantidad que pagará para la cosecha de tabaco del próximo año de 1720, en una carga de tabaco extrafino sin pleito alguno, pena de la ejecución de su cobranza.

              JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO PÚBLICO Y DE CABILDO
              Sin título
              MX UV.USBIX ANC-P-0056-PC_0056_0016 · Unidad documental simple · 1720/02/17
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              El Capitán don Lope Antonio de Iribas, vecino de esta villa de Córdoba, como Síndico del convento de Señor San Antonio de religiosos Descalzos, dijo que Diego Saúl, vecino que fue de esta villa, por escritura que otorgó en ella el 17 de noviembre de 1699, cargó 500 pesos sobre la casa de la morada de Juan Vázquez, vecino que fue de esta villa, y que hoy posee Nicolás de Armenta, ubicada en la calle que sale de la plaza Pública para el camino de San Juan Coscomatepeq [Coscomatepec]; y linda por el sur y el poniente con solar de los herederos de Juan de Espinosa, calle en medio; y por otra parte con medio solar de Agustín de Alcalá. Cuyos réditos del principal de 500 pesos, que son 25 pesos, ordenó se convirtieran en veinticinco misas rezadas por la pitanza de 8 reales cada una, 13 misas en los días lunes en la santa iglesia parroquial de esta villa, en el Altar de las Benditas Ánimas del Purgatorio y las doce restantes en la iglesia de Señor San Antonio de esta villa, en el Altar de la Virgen de Ánima, todas las misas aplicadas por las Benditas Ánimas del Purgatorio. Siendo voluntad de Diego Saúl, que las misas las dijera el Licenciado don Pedro Rubio de Gaviria, Presbítero, ya difunto, y en su lugar el Bachiller don Pedro Franco de Guzmán, y por falta de éste el que nombre el dicho síndico del convento de Señor San Antonio. [roto] Otorga que instituye la dicha capellanía con la dote principal de 500 pesos a censo redimible sobre la casa mencionada. Nombra capellán al Bachiller don Rafael de [Olivera], Clérigo de Menores Ordenes, natural de esta villa, hijo legítimo de Antonio de Olivera, difunto, y de Ana Franco de Guzmán, vecina de esta villa; para que a su título pueda ordenarse, ascendiendo al santo presbiterato; y por falta o muerte de éste nombra a Pedro Joaquín [y Miguel] Trillo de Figueroa, naturales de esta villa, [hijos legítimos] de Pedro Trillo de Figueroa, [roto]. Don Lope Antonio de Iribas se nombra patrono de dicha capellanía, asimismo, nombra a los síndicos de dicho convento que le sucedan en dicho sindicato.

              JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDO
              Sin título
              MX UV.USBIX ANC-P-0056-PC_0056_0117 · Unidad documental simple · 1720/10/25
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              Doña Sebastiana de Madrid, vecina de esta villa de Córdoba, viuda, albacea testamentaria y tenedora de bienes que quedaron por fin y muerte de su marido Juan Hernández; tutora y curadora ad bona de sus menores hijos; dijo que por auto proveído por el alcalde mayor de esta villa y juez de los autos del juicio divisorio de dichos bienes entre sus herederos, a los dos días de este presente mes y año en que aprobó las cuentas de división y partición y condenó a las partes a que estuviesen y pasasen por ella, mandó otorgara escritura de obligación y tutela a favor de dichos menores, por lo cual, otorga que ha recibido de sí misma 5 061 pesos 6 reales y 2 granos que tocan y pertenecen a las hijuelas de partición de doña María Josefa [Hernández] y Juan Nicolás [Hernández], sus hijos menores, a razón de 2 530 pesos 7 tomines un grano que les toca y pertenecen a cada uno; cuya cantidad se obliga a tener en lo mejor parado de sus bienes y entregárselos a los susodichos luego que tengan edad competente o tomen estado, llanamente y sin pleito alguno, para cuyo cumplimiento hipoteca todos sus bienes.

              JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDO
              Sin título
              MX UV.USBIX ANC-P-0037-PC_0037_0018 · Unidad documental simple · 1702/04/03
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              El Regidor don Miguel de Leiva Esparragosa, vecino de esta villa de Córdoba, otorga que debe y se obliga de pagar a Dionisio Serrano y Perea, vecino del pueblo de San Juan Cuescomatepeque [Coscomatepec], la cantidad de 2 800 pesos de oro común en reales, resto de 4 100 pesos que el Capitán don José de Leiva Esparragosa, hermano del otorgante, debía a doña Micaela Ramos, vecina de dicho pueblo y suegra de dicho Dionisio. Dicha cantidad procede de una casa que vendió doña Micaela al Capitán don José de Leiva Esparragosa, y cuyo monto de la venta se destinó como dote de doña Nicolasa Ramos, hija de doña Micaela y mujer de dicho Dionisio Serrano. Asimismo, dijo que por la muerte de dicho capitán recayó la obligación de pago en José de Leiva, padre del otorgante y de dicho capitán, como heredero que es. Y por cuanto, este día don Miguel de Leiva compró a su padre, José de Leiva, una hacienda de trapiche en esta jurisdicción, con la condición de pagar los 4 100 pesos a la dicha doña Micaela, de los cuales ya pagó a Dionisio Serrano 1 300 pesos restando los dichos 2 800 pesos, que se obliga a pagar en los plazos que se mencionan en esta escritura.

              JUAN JIMÉNEZ, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICO
              Sin título
              MX UV.USBIX ANC-P-0037-PC_0037_0051 · Unidad documental simple · 1702/06/10
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              Don Francisco de Meza y Mendoza, vecino de esta villa de Córdoba y dueño de hacienda de hacer azúcar en esta jurisdicción, otorga que debe y se obliga de pagar a los señores jueces hacedores de la santa iglesia catedral de la ciudad de la Puebla de los Ángeles, 440 pesos y un real de oro común que importaron los diezmos causados de dicha hacienda de los años de 1699, 1700 y 1701, los cuales pagará en los plazos y tiempos mencionados en el acta.

              JUAN JIMÉNEZ, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICO
              Sin título
              MX UV.USBIX ANC-P-0037-PC_0037_0054 · Unidad documental simple · 1702/06/11
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              José Gómez Dávila, vecino de esta villa de Córdoba y dueño que fue de hacienda de hacer azúcar en esta jurisdicción, otorga que debe y se obliga de pagar a los señores jueces hacedores de la santa iglesia catedral de la ciudad de la Puebla de los Ángeles, 656 pesos de oro común en reales que importan los diezmos causados en dicha hacienda por los años pasados de 1699, 1700 y 1701, de los cuales pagará en los plazos y tiempos mencionados en el acta.

              JUAN JIMÉNEZ, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICO
              Sin título
              MX UV.USBIX ANC-P-0037-PC_0037_0077 · Unidad documental simple · 1702/08/23
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              Doña Manuela de Altamirano, vecina de esta villa de Córdoba, viuda de Pedro García de Meza, su albacea testamentaria y tenedora de bienes, otorga que debe y se obliga a pagar a los señores jueces hacedores de la santa iglesia catedral de la ciudad de la Puebla de los Ángeles, 466 pesos de oro común, que lo importaron los diezmos causados en la hacienda de beneficio de hacer azúcar que quedó por bienes de dicho su marido, de los años 1699, 1700 y 1701, cuya paga hará en la siguiente manera: 233 pesos para el día fin de enero y el resto para el día fin de julio del año venidero de 1703, una paga tras otra en la parte y lugar que fuere.

              JUAN JIMÉNEZ, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICO
              Sin título
              MX UV.USBIX ANC-P-0037-PC_0037_0082 · Unidad documental simple · 1702/08/25
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              Don Miguel Valero Grajeda, Alférez Mayor de esta villa de Córdoba y vecino en ella, dueño de hacienda de trapiche en esta jurisdicción, otorga que debe y se obliga de pagar a los señores jueces hacedores de la santa iglesia catedral de la ciudad de la Puebla de los Ángeles, 249 pesos y 2 reales de oro común que lo importaron los diezmos causados en dicha hacienda de los años de 1699, 1700 y 1701, cuya cantidad pagará de la siguiente manera: 124 pesos y 5 reales para el último día del mes de enero y el resto para el día fin de julio del año venidero de 1703.

              JUAN JIMÉNEZ, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICO
              Sin título
              MX UV.USBIX ANC-P-0037-PC_0037_0086 · Unidad documental simple · 1702/08/26
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              Antonio Sebastián Pérez Padrón, vecino de esta villa de Córdoba y dueño de hacienda de trapiche de hacer azúcar en esta jurisdicción, otorga que debe y se obliga de pagar a los señores jueces hacedores de la santa iglesia catedral de la ciudad de la Puebla de los Ángeles, 1 413 pesos de oro común en reales que debe de diezmos causados en dicha hacienda en los años de 1699, 1700, y 1701; cuya cantidad pagará en los plazos y tiempos expresados en el acta.

              JUAN JIMÉNEZ, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICO
              Sin título
              MX UV.USBIX ANC-P-0037-PC_0037_0107 · Unidad documental simple · 1702/10/14
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              Francisco Díaz de Aday, vecino de esta villa de Córdoba, otorga que se obliga de pagar a Nicolás Rodríguez, residente en ella, 124 pesos y 4 reales que le debe del trabajo personal que le sirvió en su rancho, de resto y ajuste de cuentas, los cuales pagará en esta villa para la cosecha del año que viene de 1703, en tabaco fino a razón de 60 pesos la carga; y en caso que no alcance a hacer dicha paga en tabaco fino, la ha de hacer en tabaco entre fino a precio de 40 pesos la carga y en fino corto a razón de 30 pesos la carga. Y para mayor seguridad de dicha paga, hipoteca una casa en esta villa, en la calle que de la plaza principal sale para el pueblo de Orizaba, armada sobre horcones, cerrada de tablas y cubierta de teja, que hace frente, dicha calle en medio, con solar de los herederos de Juan Abad.

              JUAN JIMÉNEZ, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICO