Don Miguel de Leiva Esparragosa, Alcalde Ordinario, y doña Narcisa Blanco de Buendía, su legítima mujer, hicieron exhibición de un testimonio de escritura con inserción de varias diligencias otorgada por el Licenciado Nicolás María Rubín de Celis, Presbítero Domiciliario de este obispado, por el que consta que a memorial presentado por el susodicho al señor obispo de la ciudad de los Ángeles, pidió se le conceda a censo redimible de un 5 por ciento la cantidad de 3 000 pesos de los reales que se hallaban depositados en el cofre de la santa iglesia, sobre una casa de cal y canto situada en la calle que llaman la Nueva, de madera y teja, valuada en 5 596 pesos. Y por decreto de su ilustrísimo mandó que los interesados otorgaran escritura de obligación de la citada cantidad de 3 000 pesos en favor de la capellanía que fundó la Madre María Francisca de San Ignacio, Religiosa que fue del convento de la Santísima Trinidad de dicha ciudad, con especial y expresa hipoteca de dos casas de don Miguel de Leiva y de igual manera doña Narcisa sus bienes dotales. Por tanto, el 22 de mayo el nominado Licenciado Nicolás María Rubín de Celis otorgó escritura, obligándoles a pagar los 3 000 pesos a la capellanía citada y en su nombre a los capellanes dentro del término de cinco años y en ínterin los réditos de 5 por ciento.
JOSÉ MARÍA GERALDINO Y ABAD, ESCRIBANO PÚBLICOOBLIGACIONES
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“Don Félix de Gándara, de esta vecindad, exhibió un testimonio de una escritura para que se registre en este libro, y de él consta haberla otorgado en la ciudad de los Ángeles el 8 de febrero pasado, y que los 6 000 pesos que con calidad de réditos reconocía a favor del Conde de Castelo, sobre una casa de cal y canto de edificio bajo, cubierta de madera y teja, y que respecto de que dicho conde necesitó de otra igual cantidad para varios gastos, la que se le entregó por parte del convento de religiosas de Santa Clara con las circunstancias de que el otorgante se obligara a su satisfacción en la forma [ilegible] con dicho convento y con efecto, dándose por entregado de la referida cantidad del citado convento de Santa Clara, en su consecuencia colocó y cargó dicho principal sobre las casas susodichas, asimismo con hipoteca de las mismas casas”.
JOSÉ MARÍA GERALDINO Y ABAD, ESCRIBANO PÚBLICOEl Bachiller don José de Leiva Valero, Clérigo Presbítero de esta vecindad, Comisario del Santo Oficio de la Inquisición, exhibió un testimonio de una escritura para que se registre en este libro, y por él consta que el día de ayer se obligó a reconocer 1 000 pesos de principal a favor de sagrado convento de religiosos de Santo Domingo de Oaxaca, y a darlos en el término de cuatro años y a satisfacer el rédito de 5 por ciento, y para asegurar el pago hipotecó su hacienda del beneficio de hacer azúcar titulado Señor San José [Joseph] de Buena Vista con todo lo que le pertenece, asimismo, una casa de cal y canto de edificio alto y bajo, con portal arriba y debajo de arquería de bóveda sobre pilares de cantera labrada, cubierta de viga y techo de azotea, compuesta de distintas y abundantes piezas, y también un rancho de labor nombrado Nuestra Señora de Guadalupe, contiguo a la citada hacienda de San José.
JOSÉ MARÍA GERALDINO Y ABAD, ESCRIBANO PÚBLICOEl Bachiller don Manuel Gómez Dávila, Presbítero, albacea tenedor de los bienes quedados por el final de doña Florentina Millán, su único heredero, exhibió un testimonio de una escritura para que se registre en este libro, en el consta que el día de hoy se obligó a reconocer 1 000 pesos sobre una casa de cal y canto cubierta de madera y teja que quedó en esta villa por bienes de la citada doña Florentina, que confesó haber recibido de don Toribio Rodríguez Cabanzón como Síndico Tesorero del Venerable Orden Tercero de Penitencia de Nuestro Padre Señor San Francisco de Asís, sita en su convento de religiosos Franciscos Descalzos con advocación de Señor San Antonio de ésta, y la que se juntó entre diferentes hermanos profesos de dicho Orden Tercero; con el fin de que se impusiese sobre finca segura a censo principal redimible para que sus réditos se conviertan en sufragar los costos de los Desagravios de Cristo Señor Nuestro que se han de celebrar anualmente en su respectivo tiempo en la capilla de dicho Venerable Orden Tercero de Penitencia y por vía de depósito irregular con obligación de réditos, obligándose a satisfacer dicha cantidad en el término de cinco años contados desde hoy día de la fecha, y en el ínterin sus respectivos réditos de 5 por ciento.
JOSÉ MARÍA GERALDINO Y ABAD, ESCRIBANO PÚBLICOEl Teniente de Caballería Marcos José de Hería, de esta vecindad, hizo exhibición de un testimonio de una escritura para que se registre en este libro, por el que consta que en esta villa en 22 de septiembre de este año, se obligó a reconocer 1 000 con sus réditos que confesó haber recibido del Capitán don Francisco Antonio [roto] mayordomo de la cofradía de las Benditas Ánimas del Purgatorio sita en esta iglesia parroquial, por vía de depósito irregular y sobre una casa de cal y canto, cubierta de madera y teja, fundada en solar que posee en esta villa en la calle que llama del Señor San Roque, la que sujetó y gravó por especial hipoteca para el seguro de dicho principal y sus réditos en favor de dicha cofradía, y a entregarla dentro de cinco años.
JOSÉ MARÍA GERALDINO Y ABAD, ESCRIBANO PÚBLICOEl Capitán don Miguel de Leiva Esparragosa, de esta vecindad y república, hizo exhibición para que se registre en este libro de un testimonio de escritura por la que se manifiesta que, en el pueblo de Tecamachalco, jurisdicción de Tepeaca, en 11 del corriente mes, doña Manuela Antonia Rodríguez de Abouza y Meza, viuda y albacea testamentaria fideicomisaria de don Gaspar Mejías de Reinoso, habiéndose seguido autos de inventario por fallecimiento del citado su marido y pedido adjudicación con audiencia de sus partes, la cual le fue librada, razón por la cual se obligó a pagar a sus hijos las cantidades que se les librasen por razón de su herencia paterna conforme a la división y partición que ha de procederse a doña Josefa Teresa por hallarse casada, y a los demás sus hijos menores cuando tomen estado, y a todos con sus réditos de 5 por ciento en cada un año que convertirá a los menores en sus alimentos, cuyos pagos se ejecutará en dicho pueblo. Igualmente se obligó a satisfacer las deudas que deben erogarse del citado caudal. Y para seguridad del principal hipotecó todos los bienes que se le adjudicaron.
JOSÉ MARÍA GERALDINO Y ABAD, ESCRIBANO PÚBLICO Y DE CABILDODoña Francisca García de Lara, viuda de don Pedro Martínez de Lejarza, vecina de ésta, hizo exhibición de un testimonio de escritura para que se registre en este libro, y en él consta que, en la ciudad de la Puebla el 26 de abril del presente año, el Capitán don Ambrosio Gómez del Corro, de esta vecindad, residente en dicha ciudad, en nombre de la susodicha y en virtud de su poder, la obligó como principal y se obligó como su fiador de pagar al convento de señoras religiosas de Santa Clara de la mencionada ciudad, la cantidad de 2 000 pesos de oro común que de sus arcas se le han mandado ministrar, los cuales pagará en el plazo de cinco años, y para asegurar el pago hipotecó su casa que tiene en esta villa, en esquina de la calle del convento de Señor San Antonio que va para la que nombran la Cañada; y el dicho Capitán don Ambrosio como tal fiador hipotecó su hacienda nombrada San Juan Bautista Zacatepec.
JOSÉ MARÍA GERALDINO Y ABAD, ESCRIBANO PÚBLICO Y DE CABILDODon Toribio Rodríguez Cabanzón, de esta vecindad y república, presentó cuatro copias testimoniados de una escritura para que se registre en este libro, y de ellas consta que en la ciudad de México en 23 del que expira, don Domingo Ugartechea y Cadalso, vecino de la ciudad de Tlaxcala, residente en Puebla, por lo que le toca como marido legítimo de doña Mariana Rumayor Ruiz de Tagle, en virtud de su poder bastante que le confirió, presentó memorial ante el señor obispo de la Puebla, en donde le solicitó 6 000 pesos para el giro de su comercio, de los principales que se hallan en el cofre de la santa iglesia parroquial Catedral, con obligación de réditos sobre tres casas que posee, situadas las dos en la referida Tlaxcala, y la otra en ésta, y habiendo practicado las correspondientes diligencias, por decreto del señor obispo, se le mandaron entregar de los principales que se relaciona, 6 017 pesos 5 reales, por lo que se dio para cuando lo recibiese por entregado de la citada cantidad, y para mayor seguro de la citada cantidad hipotecó las dos casas ubicadas en Tlaxcala, como la otra que se halla en esta villa.
JOSÉ MARÍA GERALDINO Y ABAD, ESCRIBANO PÚBLICO Y DE CABILDODon Vicente Gómez, de esta vecindad, hizo exhibición de una escritura por la que consta que el Licenciado don José de Leiva Blanco, Presbítero de esta vecindad, otorgó escritura de 800 pesos que recibió del Capitán don Miguel de Leiva Esparragosa, su padre, como albacea testamentario y tenedor de los bienes que quedaron por fin y muerte de don José Lozano, para efecto de que los reconocerá sobre su hacienda de hacer azúcar nombrada Señor San José de Gracia.
Don Vicente Gómez, de esta vecindad, hizo exhibición de un testimonio de escritura otorgada en 25 del corriente por el Subteniente don Pedro Arriaga de esta vecindad, por el que se manifiesta habérsele entregado por el Capitán don Francisco Antonio de la Llave, de esta república, y su consorte doña María Gertrudis de Ávila, igual vecina de ésta, 600 pesos para que los reconociera sobre una casa de cal y canto, cubierta de madera y teja, edificada en solar propio de 50 varas en cuadro, con otro medio solar que se halla contiguo a ella de 25 varas de frente y 50 de fondo, que posee en esta villa, en favor de la cofradía de la Preciosísima Sangre de Jesucristo Nuestro Señor, sita en la santa iglesia parroquial de ésta, para que de sus réditos que son 30 pesos en cada un año, se distribuyan en la celebración de la fiesta que se ha de celebrar a la dicha Preciosísima Sangre, cuya cantidad la constituyó e hipotecó en favor de la referida cofradía y de los que por ser en su poder se dio por entregado, y se obligó a satisfacer sus réditos de 5 por ciento, y para el mayor seguro del principal hipotecó la referida casa, con el solar de su pertenencia.
JOSÉ MARÍA GERALDINO Y ABAD, ESCRIBANO PÚBLICO Y DE CABILDO