Juan de Estrada, vecino de este pueblo de Orizaba, se obliga a pagar a Payo Patiño Dávila, Corregidor por Su Majestad de este dicho pueblo, 40 pesos de oro común, los cuales son por razón de un caballo bayo cebruno.\n
OBLIGACIONES
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Mateo de Rivera, vecino de la ciudad de Tepeaca, señor de su recua, se obliga a pagar a Juan Fernández, vecino del pueblo de [Tlalixcoyan], 92 pesos y 4 tomines de oro común, los cuales debe por razón de 46 pesos que le prestó, y el resto que sale a pagar por Felipe, indio arriero.\n
Juan de Estrada, vecino de este pueblo de Orizaba, se obliga a pagar a Luis de Oliveros, Presbítero, 250 pesos de oro común, los cuales son por razón de un esclavo mulato.\n\n \n
Juan de Leiva, vecino de Orizaba, se obliga a pagar a Andrés Rodríguez, vecino de la provincia de Tabasco, 2 550 pesos de oro común, los cuales son por razón de 100 cargas de cacao de Tabasco que le ha dado y entregado en la ciudad de Tepeaca.\n
Gerónimo Rodríguez se obliga a pagar a Juan de Estrada, 19 pesos de oro común, los cuales sale a pagar por Josepe, indio arriero, que está preso en la cárcel pública por deberlos a Nicolás Conte y a Manuel Herrera.\n
Juan de Cuéllar, estante en el pueblo de Orizaba, se obliga a pagar a Miguel Guillén, vecino del pueblo de Tecamachalco, 50 fanegas de trigo puestas y entregadas en cualquiera de las estancias de Juan Briseño o de Carvajal.\n
Nicolás Rizo, vecino de este pueblo de Orizaba, se obliga a pagar a Juan Gómez, de la misma vecindad, 50 pesos de oro común, los cuales son por razón de un caballo castaño.\n
Andrés de San Miguel, Gobernador; Vicente Sánchez, Alcalde; Diego Sánchez, Regidor; Gaspar López, Toribio Méndez y Baltazar de la Cruz, tequitlatos del pueblo de Tequila, mediante lengua de Francisco Núñez, se obligan a pagar a Francisco de Oliveros, por poder de Sancho de Pantigosa, 288 y 4 granos de oro común, que suman 254 fanegas de maíz a razón de 15 reales por fanega, las cuales son por razón del tributo del dicho pueblo de Tequila.\n
Cristóbal de Miranda se obliga a pagar a Juan de Estrada, vecino de este dicho pueblo, 202 pesos de oro común, los cuales son por razón de cuatro caballos de carrera.\n\n\n
Domingo Sánchez, herrador, vecino de este pueblo de Orizaba, se obliga a pagar a Alonso Prieto, vecino del pueblo de Tehuacán, 125 pesos de oro común los cuales son por razón de 100 fanegas de trigo.\n\n\n