MULAS

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              1624, Expediente 1
              MX UV.USBIX ANO-E-0056-EO_0056_0105 · Unidad documental simple · 22/06/1629
              Parte de Archivo Notarial de Orizaba

              Pasó para la Veracruz la recua de Alonso Gil de Benita, vecino de Tepeaca, con catorce mulas cargadas para despacho de flota, dos indios llamados Pedro y Pablo, y se le notificó que no los baje a dicha ciudad de conformidad con la ordenanza de 11 de agosto de 1623, que lo prohíbe desde primero de junio de cada año hasta 5 de octubre.

              1636, Expediente 3
              MX UV.USBIX ANO-E-0081-EO_0081_0056 · Unidad documental simple · 22/08/1637
              Parte de Archivo Notarial de Orizaba

              Luis Álvarez de Soria, Escribano de Su Majestad y vecino de la Nueva Veracruz, manifestó 128 mulas cerreras que ha traído a esta jurisdicción para venderlas. Asimismo, el corregidor le notificó acudir a pagar la alcabala que a Su Majestad pertenece.\n

              Sin título
              MX UV.USBIX ANX-P-0003-PX_0003_0538 · Unidad documental simple · 10/09/1607
              Parte de Archivo Notarial de Xalapa

              Juan de Sosa del Castillo, vecino de la Nueva Veracruz, vende a Pedro Jiménez Aguayo, vecino de la provincia de Jalapa, un negro llamado Bernardo, de tierra Bran, de 20 años de edad, por el precio de 490 pesos de oro común, él y una mula.

              Sin título
              MX UV.USBIX ANX-P-0035-PX_0035_0031 · Unidad documental simple · 15/09/1758
              Parte de Archivo Notarial de Xalapa

              Doña Juana Núñez, vecina del pueblo de Jalapa, viuda de Antonio Vanegas, dueña de literas y mulas, otorga poder especial a don Pedro de Madera, vecino de la Nueva Veracruz, para que comparezca ante los Oficiales Reales, donde haga postura por llevar las misiones que lleguen de España, obligándola con todos sus menesteres a llevarlas a los lugares que se le ordenen, por medio de sus sirvientes.

              Sin título
              MX UV.USBIX ANX-P-0084-PX_0084_0105 · Unidad documental simple · 1827/07/30
              Parte de Archivo Notarial de Xalapa

              Don Guillermo B. Jaques y Compañía, residente en esta villa, como contratista de las postas en la carrera desde esta villa hasta la Veracruz, otorga que da en arrendamiento en favor de don Juan Mejía, vecino de esta villa, las tres paradas o maestrías de postas de Corral Falso, Plan del Río, Puente Nacional que rinde esta última en los manantiales, y de venida de abajo en este suelo, por el tiempo, precio y circunstancias que contienen las condiciones siguientes: 1ª Qué esta contrata ha de ser por el tiempo y espacio de cuatro años y medio, por cuyo tiempo está contratado por el gobierno desde Veracruz hasta esta villa. 2ª Qué es al cargo de Mejía dar en cada de las tres paradas citadas cuatro mulas de tiro para conducción del carro que lleva la valija y pasajeros; por cuyo servicio le ha de pagar en cada un año 3 300 pesos adelantados. 3ª Qué igualmente ha de facilitar Mejía en las tres paradas dichas bestias y cabalgaduras que se necesiten para los correos extraordinarios que suban y bajen, como a las demás personas particulares que corran la posta, o las que de cualquiera manera se ocupen por disposición de la Renta de Correos; percibiendo por este respecto un real por cada legua de cada una de las que así ocupen, de los extraordinarios o particulares que las pidan. Teniendo para ello el dicho Mejía el número competente de ganado de una y otra clase en cada una de las referidas paradas, y las precisas en caballería para no causar el menor retardo al correo de pasajeros. 4ª Qué el pago de los 3 300 pesos lo deberá hacer por tercios cumplidos y a cuya buena cuenta le entrega ahora 1 000 pesos que se le descontarán al hacerle el pago del tercero, cuarto y quinto tercio, pues éste tiene que comprar algunas bestias para dar principio a esta contrata; razón porque se le hace esta anticipación. 5ª Que esta contrata o subarriendo debe dar principio el día en que Mejía se haga cargo de las postas o paradas, que será dentro de quince días poco más o menos, para que vaya y vuelva a tierra caliente a comprar las bestias que necesite para las referidas tres paradas. De todo lo cual impuesto Mejía que está presente añadió: que está sujeto a esta contrata, en tanto le sean hechos los pagos estipulados en cada tercio vencido, pero qué en el acto de demorársele algún entero, allí cesó su obligación y responsabilidad que no será suya en este caso. Y ambos se obligaron en la más bastante forma de derecho con sus personas, bienes habidos y por haber.

              JUAN FRANCISCO CARDEÑA, ESCRIBANO NACIONAL
              Sin título
              MX UV.USBIX ANX-P-0069-PX_0069_0154 · Unidad documental simple · 17/09/1805
              Parte de Archivo Notarial de Xalapa

              Don Anastasio Cruz, vecino de esta Villa, albacea y heredero de su difunto hermano don Pedro Mariano de la Cruz, declara deber al concurso de acreedores de don Joaquín de Quintana, vecino y del comercio que fue de la Nueva Veracruz, en que es síndico don Manuel de Solórzano, del mismo comercio, y don Genaro Francisco Garza, la cantidad de 2,692 pesos 7 reales, importe del valor de unas mulas que el citado Quintana vendió al difunto su hermano en cantidad de 3,300 pesos, a cuya suma abonó 607 pesos 1 real, obligándose a pagar en el término de un año y a mayor abundamiento le ha de satisfacer los premios de 5% anual.

              Sin título
              MX UV.USBIX ANC-P-0008-PC_0008_0084 · Unidad documental simple · 1660/06/28
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              Nicolás de Alguero, vecino de la ciudad de Oaxaca, natural del pueblo de Santa Catalina [Catarina] Minas de Chichicapa, hijo legítimo de Alonso Sánchez y Magdalena de Alguero, vecinos de dichas minas de Chichicapa, ya difuntos, otorga testamento en la manera siguiente: Declara por sus bienes cuarenta y dos mulas, las treinta aparejadas y las demás de silla y servicio, de dichas mulas dieciséis de ellas con carga de la Veracruz para Oaxaca, doce cargadas de cera de Francisco de [roto], vecino de la ciudad de la Veracruz, para entregar a Nicolás de Gamboa, y las cuatro cargas restantes tres y medio de hilo de Campeche y una marquesa de cera de Campeche. Asimismo, declara por bienes cuatro camisas, dos sabanas de algodón, una espada y una silla gerónima [sic]. Manda se le dé a Diego García, indio de su servicio, dos mulas, una de silla y otra de aparejo. Señala que un mozo llamado Andrés de la Cruz tiene un macho con sus mulas, manda se le entreguen y se ajusten cuentas con él. Nombra por su albacea a Lucas Alguero y a su mujer Inés de los Ríos y del remanente de los bienes que quedaren, nombra como su legítima heredera a dicha Inés de los Ríos.

              NICOLÁS BLANCO, ALCALDE ORDINARIO
              Sin título
              MX UV.USBIX ANC-P-0044-PC_0044_0005 · Unidad documental simple · 1708/01/11
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              Benito Caravallo, vecino de esta villa de Córdoba, natural de la villa de Combarro del reino de Galicia, hijo legítimo de Esteban Caravallo y de [roto] de Renda, vecina de dicha villa, estando enfermo en cama en su libre y entero juicio, otorga su testamento en la forma y manera siguiente: Declara estar casado con Antonia Milián, natural y vecina de esta villa, durante su matrimonio han tenido por hijos legítimos a María Josefa de trece años, Francisca de ocho, Ana Prudencia Caravallo de dos meses. Declara por sus bienes una casa de cal y canto, cubierta de teja, y en ella un solar en que está edificada y tres bestias. Declara que diferentes personas le son deudoras como en cantidad de 1 600 pesos del repartimiento que tiene hecho de mulas; asimismo, le deben diferentes personas a pagarle en tabaco como cantidad de 300 pesos, todo lo cual manda se cobre. Declara adeudar a don Justo Caballero, vecino de la ciudad los Ángeles, la cantidad de 300 pesos; a don Nicolás del Castillo de Altra, vecino de dicha ciudad, 100 pesos; a Pedro Jiménez, vecino de dicha ciudad, 90 pesos; a José Domingo dos cargas de tabaco; a doña Juana Rodríguez Romano, su tía, 50 pesos; al Cabo de Escuadra Francisco Díaz, 70 pesos; a Manuel Tablero, vecino de la Veracruz, como 70 pesos; y a José de Brito 24 pesos. Nombra herederos a los citados sus hijos.

              SEBASTIÁN PÉREZ PADRÓN, JUEZ RECEPTOR
              Sin título
              MX UV.USBIX ANC-P-0027-PC_0027_0035 · Unidad documental simple · 1692/09/06
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              Alonso Galban [Galván], vecino de la villa de Córdoba, otorga que debe y se obliga de pagar a Thomas Jimenes de la Rosa [Tomás Jiménez de la Rosa], vecino de la Nueva ciudad de Veracruz, 580 pesos que por otros tantos le ha prestado; para seguridad del pago hipoteca veinte mulas.

              NICOLÁS DE ESTRADA, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICO
              Sin título
              MX UV.USBIX ANC-P-0027-PC_0027_0036 · Unidad documental simple · 1692/09/06
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              Joseph de Billegas [José de Villegas], vecino de esta villa de Córdoba, otorga que debe y se obliga de pagar a Thomas Ximenez de la Rossa [Tomás Jiménez de la Rosa], vecino de la Nueva ciudad de Veracruz, 580 pesos que por otros tanto le ha prestado; para seguridad del pago hipoteca diez mulas.

              NICOLÁS DE ESTRADA, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICO