Francisco Estupiñan, vecino de Naolinco, se obligó a pagar a Lucas Marín, residente en esta provincia, tratante en mulas cerreras, 340 pesos de oro común, precio de nueve bestias mulares, a ciertos plazos.
MULAS
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Don Gonzalo Sayago y Doña Agustina Díaz de Córdoba, su legítima mujer, vecinos de Naolinco, se obligaron a pagar a Felipe de la Barreda Gayón, vecino de Naolinco, 1200 pesos de oro común, procedidos de 30 mulas aparejadas, a razón de 40 pesos cada una, en dos plazos de seis meses, a partir de hoy día de la fecha.
Juan de Lezama, vecino del pueblo de Xicochimalco, dueño de recua, vende al Capitán Hipólito de la Peña y a Sebastián Barradas, españoles, vecinos del pueblo de Naolinco, 29 mulas aparejadas y 3 de silla, las primeras en 40 pesos cada una y las segundas en 60, que suman 1, 200 pesos, de los que tiene recibidos 400 pesos, lo demás ha de pagarlos por mitad en el primer y segundo viaje de la flota que se está esperando.
Bartolomé Salvador Barba y Gaspar Fernández Barba, hermanos residentes en este pueblo, y vecinos de Huamantla, jurisdicción de Tlaxcala, venden a Justo Sáenz de la Lastra Ruiz Ugarrio, vecino de Naolinco, 20 mulas y machos de carga con sus aparejos de reata abajo, de diferentes edades y colores, al precio de 15 pesos de oro común cada uno.
Bartolomé Díaz Delgado, vecino de Naolinco, provincia de Jalapa, se obligó a pagar a Alonso de Iliarte, residente en esta provincia, 374 pesos y 4 tomines de oro común, precio de siete bestias mulares de arria, con tres enjalmas, a 53 pesos y 4 tomines cada una, para fin del mes de mayo de 1621, todos juntos en una paga.
Juan de Angulo, vecino de Naolinco se obligó a pagar a Lucas Marín, tratante en mulas cerreras, 320 pesos de oro común, precio de ocho mulas, en esta manera: 113 pesos del primer tercio para el 18 de febrero del presente año, 113 pesos del segundo tercio, de allí en siete meses, y los 114 pesos restantes, para de allí en otros siete meses adelante.
María Petrona Sánchez, viuda de don Francisco Valero, como su albacea testamentaria, tutora, tenedora de bienes y curadora de sus hijos menores, solicita cancelación de escritura por la cantidad de 1, 976 pesos mexicanos, los cuales le liquidó don Salvador, vecino de Naolinco, por la compra de 52 mulas.
Don Juan Aantonio de Lagos y Arbide, curador de los menores hijos del difunto don Pedro Lagunas, informa que Nicolasa y Antonio Manuel Lagunas, hijos mayores de dicho difunto, le solicitaron permiso para otorgar al Capitán Agustín García Campomanes, la administración de unas mulas, por lo que piden a la justicia que apruebe dicha solicitud.
Alonso de la Mota, vecino de Xilotepec, se obligó a pagar a Juan de Angulo, vecino de Naolinco, 660 pesos de oro común por razón y precio de 12 bestias mulares aparejadas con todos sus pertrechos, a 55 pesos cada una, en esta manera: la mitad para fin del mes de abril de 1628, y la otra mitad, para allí en 8 meses, o sea para fin del mes de diciembre del año antes mencionado.
Pedro de la Mota, vecino de Naolinco, como principal deudor, y Juan de Angulo, de la misma vecindad, como su fiador, se obligaron a pagar a Antonio González, vecino de Naolinco, 385 pesos de oro común, precio de 11 mulares de arria con sus aparejos, a 35 pesos cada una, en esta manera: 90 pesos dentro de 20 días; 100 pesos para de allí en 6 meses, otros 100 pesos, en otros 6 meses adelante, y los 95 restantes, para de allí en otros 6 meses.