Luis Álvarez de Soria, Escribano de Su Majestad y vecino de la Nueva Veracruz, manifestó 128 mulas cerreras que ha traído a esta jurisdicción para venderlas. Asimismo, el corregidor le notificó acudir a pagar la alcabala que a Su Majestad pertenece.\n
MULAS
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Información hecha de pedimento de Juan Martín Castro, vecino de esta ciudad, acerca de ser suyas 10 mulas que le embargaron en el pueblo de Orizaba de pedimento de Rafael Gesala y Francisco Gutiérrez. \n
José Serrano, vecino de la ciudad de Tlaxcala, residente en este pueblo, se obligó a pagar a Melchora Núñez, viuda de Juan Pardo de Ulloa, ocho pesos de oro común mensuales a partir del 1 de agosto del presente año, por el arrendamiento de tres mulas y un macho con sus aparejos.
Bartolomé Díaz, vecino de esta provincia, se obligó a pagar a Cristóbal de Lozana Salazar, mercader, vecino de Jalapa, 190 pesos de oro común, precio de tres mulas aparejadas y un macho, a 47 pesos y 4 tomines cada uno, en esta manera: la mitad cuatro meses después de la fecha de esta escritura y la otra mitad de allí en otros cuatro meses corridos.
Alonso Ruiz, vecino de Jalapa, se obligó a pagar a Diego López Maldonado, residente al presente en este pueblo, 208 pesos de oro común, precio de cuatro bestias mulares cerreras, a 52 pesos cada una, en esta manera: 69 pesos ocho meses después de la fecha de esta escritura, 69 pesos más dentro de otros ocho meses, y los 70 restantes de allí en otros ocho meses corridos.
Andrés Ramírez, de color mulato, libre, vecino de Jalapa, se obligó a pagar a Francisco de Cárdenas, de la misma vecindad, 90 pesos de oro común, precio de dos mulas y un macho, en esta manera: 30 pesos seis meses después de la fecha de esta escritura, 30 pesos más de allí en otros seis meses y los 30 pesos restantes, en otros seis meses corridos.
Melchor del Moral, vecino de Jalapa, se obligó a pagar a Diego López Maldonado, residente al presente en este pueblo, 45 pesos de oro común, precio de una mula cerrera, en esta manera: la mitad para dentro de ocho meses y la otra mitad de allí en otros ocho meses cumplidos.
Francisco Camacho, residente en esta provincia, se obligó a pagar a Tomás de Soto, vecino de Jalapa, 2 300 pesos de oro común, precio de 25 mulas de arria con sus aparejos, a 67 pesos cada una, con 11 mantas de jerga, un negro llamado Juan María, criollo de Jalapa, en 600 pesos, y 25 pesos por otros tantos que le debía un indio llamado Gaspar, el cual le fue entregado con las mulas, dicha suma la dará en esta manera: 1000 pesos para fin de mayo de 1618; 650 pesos para fin de noviembre del referido año, y los 650 pesos restantes para fin de mayo de 1619.
Francisco Martín, vecino de Jalapa, se obligó a pagar a Alonso Guilarte, mercader residente en esta provincia, 312 pesos de oro común, precio de 6 mulas de arria, en esta manera: 156 pesos para fin de octubre del presente año y los 156 pesos restantes, para fin del mes de abril de 1619.
Juan Francisco de Barrionuevo, vecino de Jalapa, se obligó a pagar a Alonso Ruiz, de la misma vecindad, 104 pesos de oro común, precio de una mula y un macho de arria con sus aparejos, en esta manera: la mitad de ellos seis meses después de la fecha de esta escritura, y la otra mitad de allí en otros seis meses.